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Tópico: Prueba global del imss
enrique9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto: Re: Prueba global del imss
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=29386 ya estaba esta pregunta en otro sitio
Tópico: DEDUCCION DE AUTOMOVIL EN ARRENDAMIENTO
enrique9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto:
Tiene totalmente la razon Chavalon: La depreciacion de automoviles, no existe como deduccion para ISR, dentro del 142 LISR. Por lo tanto si no puede deducirse para ISR, para IETU tampoco. Y aunque genere ingresos ese bien, como lo indica el art 6 LIETU, no esta premitido como deduccion en ISR y este tambien es un requisito que para poderse deducir en IETU debe ser deducible para ISR. Ese bien solo podria deducirse en una actividad empresarial o por la actividad de servicios independientes y entonces si aplicarían los transitorios del Artículo Quinto de la LIETU o Articulo Noveno Disculpame por mi error. Y eso que ya lo había señalado, en otro topico algo similar, que en arrendamiento solo existen 6 deducciones más el predial como deducciones autorizadas o en su defecto la deduccion ciega, para efectos de ISR.
Tópico: DONATIVOS A TABASCO
enrique9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto: Re: DONATIVOS A TABASCO
Me temo que no seria deducible. A nombre ¿de quien se dio las autorizaciones del SAT para ser donatarias x persona, para lo de esa ayuda? Por ejemplo el Teleton, existeria una asociacion, y ésta solicitó la autorizacion para recibir donativos y expidería un comprobante o en su defecto como ya cuenta con el permiso, la ficha del depósito sería tu comprobante, ahi tendria los datos suficientes como comprobante de deducibilidad. Desconozco si el gobierno Federal ya habría extendido un permiso así, para la cuestion de lo de Tabasco. ¿A que RFC se le entrega ese donativo y ese RFC tendría la autorización mencionada? Si no las donaciones que se darian al vecino tambien serian deducibles, ¿no lo crees? y tambien se darían donaciones al hermano, a la querida, y hasta la suegra, a las de los tables o chips&dale. Lee 29, 30 y 31 LISR para comprender lo anterior
Tópico: Llenado de formatos de la Sria de Trabajo y Previsión Social
enrique9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto: Re: Llenado de formatos de la Sria de Trabajo y Previsión So
Yo me apunto como consejero de la comisión mixta.... ¿se puede?
Tópico: corrida de importe por cesantia
enrique9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto:
Hola: Pero si la persona tiene ánimos de seguir trabajando, que espere a tener un fondo mayor, mientras tenga la oportunidad de seguir trabajando, que no desaproveche esa oportunidad y se tire a la amaca a esperar a que lo pensionen. El fondo podría acabarse pronto. Hay simuladores me parece que en la página de Fiscalia, si no en la de la www.consar.gob.mx debe haber algunos muy interesantes. También en algunas páginas de las Afores. Sería prudente hacerle una visita a la Afore para que vaya allanado el camino para cuando tienda la cama. Al cabo preguntar no lo haría más pobre. Al seguir trabajando, además de incrementarse el fondo, el promedio del SBC también se incrementaría, considerando que se gana cada día más y así se paga por parte del patrón. En el dominó se dice que uno pasa (en rondas preliminares) para ganar. Pero si en la oportunidad final (última ronda) se pasa ya no se podría ganar. A eso me refiero a que se siga trabajando mientras se puede.
Tópico: Integracion del Salario base de cotizacion
enrique9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto: Re: Integracion del Salario base de cotizacion
Hola: Por lo que leo, Sr herrera305, el "nefasto" IMSS, les llegó a verificar en parte sus obligaciones y visualizando la problemática que tienen de su parte, esperaría el IMSS, a que Ustedes mismos se regularicen. ¡¡¡¡Qué peladazos los del IMSS!!!! Que mayor oportunidad que esa, no les hicieron una auditoría a toda de las ley, y daría la OPORTUNIDAD DE REGULARIZARSE. Me parece que no ha entendido que sus prestaciones no estan bien soportadas, al parecer, así sería. Bueno, así le entiendo a su tópico expuesto. Sin ánimo de ofender, pero algo se hizo mal y ahora debe tomarse cartas en el asunto para arreglar esa situación y que en el futuro no pase de nuevo. Con esto, me parece que ha de estar de acuerdo, ¿verdad? Ahora que si Ustedes, cuentan con el soporte documental adecuado para desvirtuar las integraciones que presumiblemente le hicieron de su conocimiento los del IMSS; esto sería su mayor defensa, ante una revisión de auditoría de "verdad". No la de a "mentis" que les hicieron. Que dentro de las fundamentaciones debería tener: nóminas bien integradas y pagadas, contabilidad, avisos afiliatorios presentados, pagos de seguridad social, con integraciones salariales adecuadas, que se cuente con listado de asistencia por cada empleado, otro listado de donde se lleve la puntualidad o ambos controles, pero este control debe regir a cada empleado en particular, no sólo a unos cuantos, control por cada una de las prestaciones y pagos salariales. Por cada una de las partidas no integradas, se apegan conforme a derecho. Y tan no sólo indicar que estan bajo los parámetros de legislación, pues hechos documentales debe soportar a las palabras. Al parecer a los del IMSS, tienen otro punto de vista muy diferente a este soporte documental mencionado. ¿Sería así? ¿Quién tendría la razón, viéndolo fríamente sin sentimentalismos? Apréndásmole a ellos (auditores del IMSS) y de nuestros mismos errores, pues muy posiblemente esta piedrita se presente en años venideros, OTRA VEZ. Se dice, que hombre es el único animal que cae dos veces en el mismo hoyo. ¿Será porque se es más animal que el resto de ellos? Primero hay que fijarse si uno mismo se encuentra bien, para exigir a los demás que procedan conforme a derecho. Discúlpeme si mis apreciaciones le resultan fuertes o agresivas, pero no tiene la mínima intensión de ofender, si no al contrario. Buscaría hacer ver, que siempre nos escudamos que los demás (autoridades en especial) llegan de manera artera y con mala fé, que requieren ser disciplinadas, pues nos "ofenden" en indicarnos que estamos mal, cuando en varias ocasiones, los que estamos más mal somos uno mismo. Procuremos acabar con la cultura "de que los demás tienen la culpa", sin responsabilizarnos por nuestras acciones personales. Pero podría tener una no muy acertada visualización de la situación. Y que se tenga todo bien, pero entonces no endería, la preocupación para con los del IMSS.
Tópico: CONDICION PARA PAGO INFONAVIT
enrique9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto:
1.- Espere la notificación de retención por parte del INFONAVIT, por ese trabajador o 2.- Espere a realizar el confronta del INFONAVIT al término del bimestre, ahí vendría cuánto le correspondería retenerse a es trabajador, entonces comenzaría a retener desde el próximo bimestre obligatoriamente. Pues ya se sabría todos los datos relativos al trabajador, número de crédito, tipo de descuento, etc. 3.- Preocúpese de por las obligaciones del patrón, que le correspondería asistir, que el trabajador se preocupe y ocupe de las suyas, y por la preopaciones y obligaciones de los otros patrones, supongo que ellos se harían cargo. No es muy maduro "ayudarle" al trabajador "a cumplir con rebajarle menos retenciones", cada quien se obliga por su cuenta, si no como le hizo el trabajador para conseguir su casa, pues se obligó mediante contrato y a su persona le corespondería promover sus concesiones o situaciones que le competan. No se trata de hacer prejuicios o de otorgarles ventajas. Hay reglas que cada participante debe cumplir de manera INDEPENDIENTE, que no estarían sujetas a la aprobación de otra de las partes. No crees, que sea bueno que cada quien, haga su parte y punto. Así todo mundo trabaja y todos progresamos. 4.- Según desde mi punto de vista entre más gane el trabajador, más debe aportar al INFONAVIT, y no quiere decir, que sólo trabaje para cubrir al INFONAVIT. Pero sus ventajas se traducerían a que pagaría más rápido su crédito y saldría más rápido de su OBLIGACIÓN, que contrajo por consentimiento propio, nadie le obligo, tal vez la exposa sí, pero también, por eso se amoló de consentimiento propio. Así que no "pobretee" al "pobre" trabajador. 5.- Si ese trabajador sale rápido de su crédito, habría suficiente dinero para otro nuevo crédito, para otra persona trabajadora. Mientras que el trabajador por el cual se preocupa ahora, tendría un mejor bienestar, pues ganaría más y con una casa en favor de él y su familia. Y a esto se le llama progreso. Si le buscamos "ayudar" a retener de menos, el progreso no se daría.
Tópico: Días de vacaciones.
enrique9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto:
Dejame ver, si entendí bien, dices que se comenzaría tu período vacacional a partir del 12 Noviembre, por 10 días que te corresponderían. ¿La pregunta sería, cuando te correspondería regresar, de tomarse todos esos días de manera total (10 días)? Según yo, el 27 Noviembre próximo. Porque los primeros 5 días los avarcarías de la semana del 12 al 18, pues ahí tendrías tus primeros 5 días laborables descansados, más dos días de descanso por esos 5 días. Así te corresponderían cuando ordinariamente laboras 5 días "normales" a tu semana, bueno así lo supongo o ¿me equivoco? Por la siguiente semana, corresponderían otros 4 días más, pero también habría un día de descanso obligatorio el 19 de Noviembre y a no considerarse éste último día, dentro del conteo de vacaciones permisibles. Así que avarcaría del 19 al 25 de Noviembre, de igual manera que lo anterior, para considerarse los dias de descansos 6to y 7mo. días. Hasta aqui llevarías sólo 9 días, te faltaría 1 día más de vacaciones que sería el 26 de Noviembre. Regresarias el 27, para completar 4 días trabajados para esa próxima semana, más el día de descanso, y así tendrías derecho a descansar el 1 y 2 de Diciembre, tambien. Como pasaría con todas las demás semanas que laborarías como semana Inglesa. Según mi consideración, te pagan 6to. y 7mo. día y no sólo el 7mo. día. Ese 6to día jugaría la misma suerte del 7mo día. ¿No lo crees? ¿O no te pagan el 6to día?
Tópico: Donativo a Escuela del Gobierno
enrique9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto:
Es muy sabido que un donativo seria una partida no indispensable para la consecusion de las actividades que realice por lo general cualquier empresa con fines de lucro, persona fisica. Mas sin embargo, la LISR, permiteria la deduccion de estas partidas, si ese donativo se cuenta con una comprobacion adecuada al SHCP o reglas que emite la misma en el DOF. Para que ese comprobante sea adecuado, debe la donataria cumplir con el requisito de ser donataria autorizada, si tiene ese permiso, emiteria comprobantes adecuados. Considera que para 2008, solo hasta el 7% de los ingresos acumulables, seria los que factiblemente podrian deducirse, tanto para personas morales y fisicas.
Tópico: INTEGRACION DEL SDI
enrique9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2007 Asunto: Re: INTEGRACION DEL SDI
Hola: Por el aguinaldo y la prima vacacional, serian partidas fijas, por las cuales no se modificaría el SDI, pues todo el año se pago con valor mas grande que el efectivamente erogado por el patron. Cuando aumente la cuota diaria, automaticamente se incrementaria en la proporcion correspondiente por todas esas partidas fijas, y se repercuteria en el valor del SDI. En el caso de que alguna de las partidas fijas fueron pagadas en una mayor proporcion, a la que fueron integradas. Seria conveniente integrar la parte excedente, como si fuese una partida salarial variable. Por ejemplo son 15 dias de aguinaldo por lo general, pero el trabajador obtuvo mas de los 15 dias por aguinaldos o gratificaciones. Ese exceso debe ser integrado como una partida variable. Si es costumbre pagar en mayor cuantia a la proporcion minima de ley, pues integrese desde un principio, la proporcion que corresponda a lo que erogarían efectivamente. Para evitar partidas no intregradas adecuadamente. Por las partidas salariales (VARIABLES) se integrarian por bimestres vencidos, como se señala en el art 34 LSS. Los amarres globales no serian exactos, solo darian un amarre aproximado y pueden haber parametros que no se consideren adecuadamente como base de gravacion, por lo que seria consideradada una base mayor o menor, pues no se realizarían las consideraciones pertinentes en ese amarre global. Es decir el amarre global, no consideraria circunstancias que en el detalle posiblemente ya se estaria considerando, o viceversa el amarre global presupondria que no se han integrado adecuadamente partidas salariales, seria de un estudio mas pormenorizado para llegar a conclusiones determinantes y concretas. Algunas consideraciones podrian ser las siguientes: a) Las erogaciones variables de noviembre y diciembre del ejercicio anterior, deben se consideradas para el primer bimestre de este ejercicio. b) Las erogaciones variables de noviembre y diciembre del ejercicio actual, deben se consideradas para el primer bimestre siguiente. En ocasiones son similares, pero tambien hay que considerar que muchas partidas salariales son incrementados los salarios en esos periodos, y esos podria ser que la diferencia sea mas grave para analizarse. c) Las partidas salariales de ciertas personas se encuentran topadas pues el SDI, se encontraria limitado a 25 SMGDF. Habria que tomar en consideracion esta circunstancia para las nominas de las personas que pudieren encontrarse en esta situacion, para adecuarse en el amarre global. d) Las percepciones indemnizaciones deben ser identificadas. e) Identificar partidas salariales otorgadas fuera de nomina que se encuentren detalladamente relacionadas por concepto. f) Donde la ley marca un limite para no integrarse habria que determinar las partes excedentes que gravarian. h) Analizar como son registradas en contabilidad, las partidas salariales, prestaciones y prevision social, para tomarlo en consideracion del amarre global si proceden esas cifras globales, con relacion a su integracion para el seguro social. ------------------------------------------------------------------------------- Partidas que pudiesen ocasionar saldos a favor o como pagos de mas, en el amarre global: 1.- No considerar ausentismos e incapacidades en los pagos del SUA 2.- Cuando hay bajas de trabajadores no son reportadas con la fecha adecuada, por lo que se pagaria IMSS y en su defecto no hubo pago de nominas. Partidas que pudiesen ocasionar saldos a cargo o como pagos de menos, en el amarre global: 1.- Trabajadores no afiliados adedecuadamente, en las fechas desde que le empiezan a pagar. (La ley dispensaría hasta 4 dias) 2.- Lo mismo para el caso de incrementos o disminuciones de integracion salariales, no son efectuados adecuadamente, conforme a respetarse esos 4 dias. De hecho para que no salga diferencia, debe darse de alta el movimiento desde el primer dia en que proceda el período de pago. 2.- Ausentismos maximos permitidos por el IMSS 7, del 8vo. en adelante, aunque no habria pagos salariales, si habria pagos de IMSS 3.- Comisiones, gratificaciones no intregradas adecuadamente 4.- Los topes de integracion no fueron considerados de manera apropiada, como el de despensa, tiempo extra, premios de puntualidad, de asistencia. 5.- Partidas salariales otorgadas fuera de nomina muy comunmente no se consideran para las integraciones salariales del seguro social.

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