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Tópico: Capital social efecto
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2010 14:29:19 Asunto: Re: Capital social efecto
principiante_fiscal: [quote]... la aportacion seria en [b][color=red]efectivo[/color][/b] para una SA...[/quote] Debes cumplir con lo siguiente: LISR Artículo 86-A. [b]Los contribuyentes [color=red]deberán informar[/color] a las autoridades fiscales[/b], a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o [b][color=red]aumentos de capital que reciban en efectivo[/color][/b], en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes. Saludos
Tópico: Declaracion Anual Personas Fisicas 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2010 14:22:52 Asunto: Re: Declaracion Anual Personas Fisicas 2009
En un tópico que inició lobozac mencioné lo que establecía la página del SAT, esto es parte de mi comentario en dicho tópico: [quote]• ISR propio del ejercicio. [b]Se debe anotar el impuesto sobre la renta propio que resulte en el ejercicio[color=red] siempre que sea el efectivamente pagado[/color],[/b] es decir, sin considerar acreditamientos o reducciones (sólo se pueden considerar las compensaciones que en su caso se hayan realizado). [/quote] Lo siguiente también se señala en la misma página, pero para Personas Morales: 5. En la carpeta Impuesto Empresarial a Tasa Única de los formularios 18, 19, 20 y 21 se realizaron los siguientes cambios: A) Para la determinación del IMPUESTO A CARGO (2ª. DIFERENCIA), [b][color=red]se eliminó el renglón ACREDITAMIENTO DEL ISR RETENIDO, ya que para el ejercicio 2009, este dato se incluye en el renglón ISR PROPIO DEL EJERCICIO.[/color] [/b] Esta es la liga del comentario de las Personas Morales: [url]ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/DA/2009/cambiosDEM10.pdf[/url] Saludos [i]Editado: Abril 08, 2010 14:23:25[/i]
Tópico: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 08, 2010 12:32:07 Asunto: Re: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
Gracias primeramente por sus menciones hacia mi persona. Hoy por simple coincidencia leí el nombre de este tópico e ingresé en él. Normalmente no acudo a este foro de Seguridad Social, pero el día de hoy lo hice y me encontré con esta magnífica idea de Vcaspe y secundada por un gran grupo de compañeros. Con todo gusto me gustaría participar en este Simposio propuesto, solamente me indican de que forma y sobre que temas podría colaborar. Es para mi un privilegio compartir los escasos conocimientos con todos los compañeros y colegas. Agradezco nuevamente la mención a los compañeros que lo hicieron y reitero mi total disposición en participar y colaborar en dicho Simposio. Saludos a todos los compañeros
Tópico: PERSONA MORAL QUE CANCELA FACTURAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 17:40:25 Asunto: Re: PERSONA MORAL QUE CANCELA FACTURAS
kombo_m: [quote]...[b]se cancela la compraventa[/b] por x motivos y [b]le regresan la factura.[/b] la persona moral... ......[b].como se debe de proceder[/b] en esos casos...[/quote] El original de la factura que te devolvieron, lo adjuntas al resto de las copias de la misma y a TODOS los tantos, los sellas con un 'CANCELADO' y los archivas en el 'Consecutivo Fiscal' [b]No se requiere elaborar Nota de Crédito.[/b] Cancelas contablemente el registro contable original y al final del ejercicio acreditas, compensa o solicitas en devolución el monto pagado. Saludos
Tópico: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 17:29:24 Asunto: Re: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
lobozac: [quote]....pero el programa lo permite...........[b]INCLUSO [color=red]GENERA SALDOS A FAVOR,[/color].[/b].............[b][color=red]donde vendra eso que mencionas, de la aplicacion de solo hasta el total del iet[/color]u [/b]? [/quote] La respuesta te la dí en este mismo tópico: lobozac: [quote]LOS CREDITOS POR SUELDOS PAGADOS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL PAGADAS........ESO PERMITE 'DISMINUIR' O INCLUSO FORZAR UN SALDO A FAVOR DE IETU...[/quote] [b]En el 'Detalle del Cálculo' [color=red]lo 'Ajusta[/color][/b] Ya lo intentaste ?
Tópico: DIOT Personas Fisicas x arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 16:03:52 Asunto: Re: DIOT Personas Fisicas x arrendamiento
assercofi: [quote]....las personas [b]físicas x arrendamiento[/b] ( [b]t[color=red]iene obligacion de presentar el IVA[/color][/b]), [b][color=red]si están obligadas a presentar la DIOT[/color].[/b]...[/quote] Si, esto es de la página del SAT: 1.-¿[b]Quiénes son los [color=red]obligados[/color] a presentar la DIOT?[/b] Todas las personas que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o [b]que [color=red]tengan registrada la clave de[/color] obligación fiscal correspondiente al [color=red]IVA[/color].[/b] Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y fracción VIII de la LIVA, así mismo las Reglas I.5.1.4 y I.5.1.5 de la RMF para 2009. Saludos
Tópico: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 14:40:51 Asunto: Re: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
lobozac: [quote].....[b]donde vendra [/b]eso que mencionas, de la aplicacion de solo [b]hasta el total del ietu [/b]?[/quote] Art. Sexto Transitorio de LIETU Saludos
Tópico: Estoy presentando una declaracion del 2007
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 14:37:35 Asunto: Re: Estoy presentando una declaracion del 2007
fernando........: [quote]....[b]Presento los formatos impresos [color=red]en el banco [/color][/b]me la aceptarian. [/quote] Si, puedes presentarlos en el banco, siempre que cumplas con lo siguiente: [b]Si está en alguno de los siguientes casos [color=red]puede pagar en la ventanilla bancaria [/color]de los bancos autorizados con la Hoja de ayuda[/b] que se genera e imprime desde el programa DelcaraSAT: 1.-Los que perciben ingresos por servicios profesionales (honorarios) o arrendamiento de bienes inmuebles y sus ingresos en el año anterior (2008) hayan sido inferiores a 370,310.00 pesos. 2.-Los que perciben ingresos por actividades empresariales (comerciales, industriales, agropecuarias) en el régimen General o Intermedio y sus ingresos en el año anterior (2008) hayan sido inferiores a 2,160,130.00 pesos. 3.-Los que percibieron ingresos por salarios de uno dos o más patrones sin importar el monto de dichos ingresos. 4.-Los que percibieron ingresos por salarios e intereses, enajenación o adquisición de bienes y la suma de todos en el año (2009) haya sido inferior a 400,000.00. Saludos
Tópico: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 12:52:02 Asunto: Re: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
migueljurado: [quote]...¿Por qué tendría yo [b]que [color=red]compensarlo [/color][/b](saldo a favor) contra el IETU si en los pagos mensuales lo acredité? [/quote] No mi estimado Miguel, en el Declarasat el saldo a favor de ISR que aplicas Vs. el IETU, [b]es vía [color=red]Acreditamiento[/color][/b], asi se manifiesta tanto en el Detalle del Cálculo como en los Formatos. Es decir. lo aplica tal y como lo establece el Art. 8 de LIETU. Saludos
Tópico: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2010 07:36:34 Asunto: Re: DUDAS DUDAS Y MAS DUDAS.........ANUAL 2009
lobozac: [quote]….. POR EJEMPLO, MIS PAGOS EN EXCESO DE ISR, 'QUE DEBERIAN SER COMPLETAMENTE' ACREDITABLES CONTRA IETU......[/quote] En el Anexo 'Datos Complementarios' en la parte inferior izquierda, se encuentra un 'botón' que dice: 'Cantidades a Compensar', ahí informas del impuesto que vayas a compensar y Vs. cuál. Saludos

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