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Tópico: Devolucion automatica ISR (saldo mayor a $25,000)
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: Devolucion automatica ISR (saldo mayor a $25,000)
R.1.=SI, PUEDE PRESENTARLA CON LA CIEC. R.2.=NINGUNA DESVENTAJA, SALVO EL SAT TIENE 40 DÍAS HÁBILES PARA EFECTUAR LA DEVOLUCIÓN MEDIANTE EL FORMATO 32. EN DEV. AUTOMÁTICAS, EN TEORÍA SE TARDAN UN POCO MENOS.
Tópico: MEDIO DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: MEDIO DE PRESENTACION
SI, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYAS PRESENTADO TUS P.P. POR INTERNET.
Tópico: COMPLEMENTARIAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: COMPLEMENTARIAS
CONSULTA EN ESTA LIGA: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2002/8_41.html
Tópico: ARRENDAMIENTO AUTOMOVIL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO AUTOMOVIL
$ 250.00 DIARIOS
Tópico: ayuda urgente en presentacion de una declaracion anual pm
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: ayuda urgente en presentacion de una declaracion anual p
CONSULTA EN ESTAS LIGAS: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2002/8_41.html http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2003/28_3448.html http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2004/117_5223.html http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2005/129_7340.html
Tópico: CAMBIAN VALORES PARA P.P. DE P. FÍSICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: CAMBIAN VALORES PARA P.P. DE P. FÍSICAS
EN LA R.M.F. 2007, SE SEÑALAN LOS IMPORTES DE LAS P.F. PARA PRESENTAR DECLARACIONES DE P.P. POR INTERNET O EN FORMAS: 2.15.1. Para los efectos del séptimo párrafo del artículo 20 y del artículo 31 del CFF, los contribuyentes a que se refiere la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR; [b:6b1559b56a]las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a $1,967,870.00[/b:6b1559b56a]; [b:6b1559b56a]las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obtenido en dicho ejercicio ingresos inferiores a $337,350.00,[/b:6b1559b56a] así como las personas físicas que inicien actividades y que estimen que sus ingresos en el ejercicio serán hasta por dichas cantidades, según corresponda, efectuarán los pagos provisionales o definitivos, incluyendo retenciones, así como sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal…………… ………………… ………………… APLICA TAMBIÉN PARA DECLARACIONES ANUALES VIGENCIA: DEL 1o. DE MAYO 2007 AL 30 DE ABRIL 2008.
Tópico: Declaratoria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: Declaratoria
R.M.F. 2007. 2.2.3. Para los efectos del artículo 22, primer párrafo del CFF, y la regla 2.2.10., los contribuyentes del IVA solicitarán la devolución de las cantidades que tengan a su favor, utilizando la forma oficial 32, acompañada de su Anexo 1 o 1-A, según corresponda, así como de la documentación mencionada en la propia forma oficial. Adicionalmente a lo señalado en el párrafo anterior, deberán presentar los medios magnéticos a que se refiere el rubro C, numeral 8, inciso d), punto (2), del Anexo 1, que contengan la información de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores que representen al menos el 80% del valor de sus operaciones, así como la información correspondiente a la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, operaciones de importación y exportación. [b:427cdda8db]No obstante lo anterior, los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros para efectos fiscales, por los saldos a favor mensuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2006 y posteriores, podrán presentar solicitud de devolución acompañada de la declaratoria formulada por el contador público registrado[/b:427cdda8db], cuando dicho contador hubiera emitido o vaya a emitir para efectos fiscales, dictamen relativo a los estados financieros del contribuyente referido al periodo que corresponda el saldo a favor y siempre que en la declaratoria el contador manifieste bajo protesta de decir verdad haberse cerciorado de la veracidad de las operaciones de las que deriva el impuesto causado y el impuesto acreditable declarado por el contribuyente y dicha declaratoria, se formule en los términos establecidos por el artículo 52, fracción II del CFF, y el Anexo 1 o 1-A de las formas oficiales 32 y 41, quedando relevados de presentar la información en medios magnéticos de los proveedores, prestadores de servicios y arrendadores y operaciones de comercio exterior. Las solicitudes de devolución deberán presentarse en el módulo de atención fiscal de la ALAC, en la Administración Regional de Grandes Contribuyentes o en la Administración Central de Recaudación de Grandes Contribuyentes, según corresponda, acompañadas de los Anexos correspondientes, incluyendo el documento que acredite la personalidad del promovente.
Tópico: ANUAL EN PAPEL......O POR INTERNET
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: ANUAL EN PAPEL......O POR INTERNET
NO HAY NADA QUE AGRADECER LOBOZAC, AL CONTRARIO GRACIAS A TÍ POR TUS CONCEPTOS SOBRE MI PERSONA. UN SALUDO CORDIAL.
Tópico: RETENCION SUELDOS CON HOJA MEMBRETADA ?
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: RETENCION SUELDOS CON HOJA MEMBRETADA ?
LOBOZAC, SI DECIDES PRESENTAR SOLAMENTE LA ANUAL DE REGIMEN INTERMEDIO, TE COPIO UNA RESPUESTA DEL SAT PARA SU PRESENTACIÓN: P.-3. Tratándose de contribuyentes que tributan en el Régimen [b:58b3be4e5f]Intermedio cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior fueron menores a $1´750,000.00 [/b:58b3be4e5f]¿a través de que vía deberán presentar la declaración del ejercicio 2006? R.-La deberán presentar a través de: [b:58b3be4e5f]•Ventanilla bancaria cuando haya cantidad a pagar[/b:58b3be4e5f], saldo a favor o ceros, utilizando la forma fiscal 13 “Declaración del Ejercicio. Personas Físicas” y Anexo 3 “Régimen Intermedio de actividades empresariales” y en su caso, Anexo 1 “Retenciones, pagos efectuados por terceros y deducciones personales” y Anexo 5 “Información del IVA”. [b:58b3be4e5f]•En las ALAC´s cuando tengan saldo a favor o ceros [/b:58b3be4e5f] •Y opcionalmente, vía Internet en el programa DeclaraSAT, y en caso de tener cantidad a pagar, deberán además, realizar el pago a través del portal bancario. Fundamento legal: Reglas 2.17.1., 2.18.1. y 2.18.3., de la RMF para 2006, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2006 y modificadas la primera en la 12ª MRMF publicada en el DOF del 30 de enero de 2007, la segunda en la 3ª y 12ª MRMF del 2 de agosto de 2006 y 30 de enero de 2007 respectivamente, así como el Artículo Tercero Transitorio de esta última modificación. SALUDOS
Tópico: declaracion anual pf salario+asimilado sys
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2007 Asunto: Re: declaracion anual pf salario+asimilado sys
JOEEEL: EFECTIVAMENTE. SALUDOS

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