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Tópico: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 22:59:45 Asunto: Re: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
Buenas noches ngm, agradezco infinito tus inmerecidos conceptos vertidos sobre un servidor y te reitero mi admiración por el grado de profesionalismo y conocimientos que muestras en cada tópico en que participas. Volviendo al tema, una cosa es lo que debería ser y otra la que se establecen en las disposiciones fiscales. Desafortunadamente para el contribuyente el Art. 136 -Bis es muy claro y solamente permite el acreditamiento de los Pagos Prov. efectuados al mismo Estado y desde su primer párrafo nos 'desliga' del Art. 127 y solo lo menciona para efectos de la base gravable. El Art. 127 por su parte también señala claramente que solo se podrán acreditar los Pagos Prov. de la cantidad que resulte de aplicar la tarifa del Art. 113 sobre la base gravable. En el artículo que amablemente pones a disposición del foro, también se aprecia claramente que el acreditamiento de los Pagos Prov., solamente se aplican para el impuesto al que correponden. En este caso y en ningun otro se trata de convencer a nadie ni de imponer nuestros puntos de vista, considero que estos foros son para que cada cual exponga libremente de acuerdo a su interpretación sus opiniones y puntos de vista, lógicamente con los fundamentos correspondientes. Es en verdad muy grato el dialogar en forma serena, inteligente, objetiva y constructiva contigo, ya que además de ser una respetable dama, has demostrado tus amplios conocimientos en los aspectos fiscales. Pido por favor que no se preste mi último comentario a mofas ni a burlas, tampoco se trata de encontrarnos en el 'Club de Elogios Mutuos', se trata de que ojalá muchos o todos nos comportaramos con altura y ética profesional y no tomar estos foros para insultar a otros colegas o simplemente para efectuar comentarios para un lucimiento personal. Vaya mi mas sincero reconocimiento ngm. Saludos cordiales Pd.- No me refiero a ti lobozac [i]Editado: Agosto 25, 2011 23:53:38[/i]
Tópico: Programa electrónic​o F-3241
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 10:24:55 Asunto: Re: Programa electrónic​o F-3241
Buen día JARL91: En principio debe utilizarse exclusivamente para contribuyentes que dictaminan. Para las personas físicas en algunos trámites vía internet ya no lo requieren, sin embargo es muy coinveniente que consultes para cad tipo de trámite en especial el Anexo 1-A publicado en el DOF el 4 de Julio de 2011 y que corresponde a la RMF para 2011: Liga: [url] ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/legislacion11/anexo1-Armf_04072011.doc[/url] Espero te sirva la información. Saludos
Tópico: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 09:58:53 Asunto: Re: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
Hola Aldo. Considero que aún no comprendes totalmente el 'espíritu' del Art. 136 Bis. Ya lo comentó lobozac que se trata de 2 (DOS) CÁLCULOS INDEPENDIENTES el uno del otro. Al final de realizar los cálculos INDEPENDIENTES, se COMPARAN los resultados respectivos. Los cálculos se realizan [b]CADA MES[/b] POR SEPARADO, esto es, se determina el 'NETO' que corresponda a cada uno (Federación y estado), restando al cálculo 'BRUTO' obtenido los Pagos Provisionales efectuados con anterioridad en forma INDEPENDIENTE para cada entidad. Lo anterior es que NUNCA se van a acreditar EN FORMA DIRECTA, los Pagos Prov. del Estado Vs. los cálculos de la Federación( Art. 127 y Art. 113) La Entidad Federativa (Estado), siempre va a tener 'prioridad' para recibir el ISR, ya que el Régimen Intermedio es de administración exclusiva del Estado, cuando menos para recibir casi siempre el 5% de ISR que establece el artíulo referido. Salvo en el caso que no haya ISR a pagar de acuerdo al cálculo del Art. 127 (Tarifa 113), o bien que los PP anteriores al Estado sean mayores al impuesto DEL MES DEL ESTADO, éste siempre tendrá prioridad sobre la Federación para recibir el pago del 5% de ISR, o la cantidad que le resulte después de efectuada la COMPARACIÓN. Saludos [i]Editado: Agosto 25, 2011 10:04:24[/i]
Tópico: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2011 13:33:45 Asunto: Re: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
Para nada ngm, al contrario te agradezco que hayas complementado mi comentario. Aldo, te recomiendo 'estudies' detalladamente TODO el contenido de la liga que te anoté para, como dice ngm, puedas integrar los ejemplos que contiene Vs. el Art. 136 Bis para una mayor comprensión. Como respuesta a tu pregunta: los Pagos Provisionales anteriores, tanto para el 5% ISR Estatal como para el ISR Federal, se acreditan (restan) ANTES de efectuar 'la Comparación' de ambos impuestos. De otra forma en el ejemplo que mencionas, estarías 'duplicando' los pagos provisionales anteriores. En caso de que tengas dudas aún, con toda confianza trataremos de resolverlas. Gracias mi estimada ngm por tus comentarios complementarios y tus aclaraciones. Saludos afectuosos
Tópico: Act Prof ¿con derecho a deducc inmediata? publ sep05, estara vigente ??
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2011 13:21:09 Asunto: Re: Act Prof ¿con derecho a deducc inmediata? publ sep05, estara vigente ??
Buenas tardes Gabriela: [quote] ….no hubieran obtenido ingresos mayores a[b] 840,000.00[/b][/quote] El monto máximo de ingresos es de $1,079,912.43., de acuerdo a la siguiente Regla: [b]RMF 2011[/b] I.3.12.1.1. [b]Para los efectos del artículo 12[/b]4, último párrafo de la Ley del ISR, la cantidad actualizada en vigor, a partir del 1 de enero de 2009, [b]es de $1,079,912.43. [/b] LISR 124 Saludos [i]Editado: Agosto 24, 2011 13:23:04[/i]
Tópico: Devolucion ISR persona fisica Salarios
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2011 09:25:52 Asunto: Re: Devolucion ISR persona fisica Salarios
DeLeon: [quote]Muchas gracias...[/quote] Al contrario. Saludos Pd. Recuerda que hasta el 31 de Agosto se pueden presentar las Solicitudes de Devolución en forma presencial. A partir del 1o. de Septiembre deben efectuarse por Internet
Tópico: Devolucion ISR persona fisica Salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2011 08:00:42 Asunto: Re: Devolucion ISR persona fisica Salarios
Buen día DeLeon: [quote]...En dichas declaraciones [b]se marco el recuadro de compensacion en lugar de devolucion... [/b][/quote] .[quote].[b].es necesario [color=blue]presentar declaracion complementaria[/color] [/b]por ambos ejercicios??? [/quote] Si, de acuerdo a la siguiente Regla: [b]RMF 2011[/b] I.2.3.1……………. Las personas físicas [b]que [color=blue]hubiesen marcado erróneamente el recuadro “compensación[/color]” en su declaración del ejercicio[/b], en las formas oficiales 13, 13-A o formato electrónico, según corresponda, en virtud de que no tendrán impuestos a cargo o créditos fiscales contra que compensar,[b] [color=blue]podrán cambiar de opción[/color] para solicitar la devolución del saldo a favor en el ISR[/b] correspondiente al ejercicio fiscal [b]siempre que el contribuyente [color=blue]presente declaración complementaria señalando dicho cambio[/color][/b], y proporcione los datos a que se refieren el sexto y séptimo párrafos de la presente regla. ……………. Saludos
Tópico: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2011 21:42:18 Asunto: Re: Los pagos anteriores de ISR estatal, se pueden acreditar vs el pago prov de ISR Federal?
Hola Aldo, realmente no es así. En la liga que te cito puedes ver claramente cual es el procedimiento del pago de ambos impuestos. Si después de leer el contenido de la liga siguen las dudas, con todo gusto las tratamos de aclarar. LIGA: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_intermedio/13_6837.html[/url] Saludos [i]Editado: Agosto 23, 2011 21:52:47[/i]
Tópico: intereses sobre prestamo hipotecario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2011 15:17:20 Asunto: Re: intereses sobre prestamo hipotecario
Hola Enrique: Marifer comenta que la persona física ya está obteniendo ingresos y las inversiones en inmuebles si no se otorgan en arrendamiento veo muy difícil que de ellas se obtengan ingresos. Actualmente la P.F. ya está en operaciones y lo único que va a hacer es 'sustituir' el gasto de la renta por el de los intereses.Además de que será su nuevo Domicilio Fiscal El Art 172 de LISR no condiciona a que deban obtenerse ingresos sobre las inversiones y menos que los ingresos se generen antes de efectuar la inversión. A manera de ejemplo cito algunas fracciones del mencionado artículo: LISR IX.Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el[color=blue] [b]último día del ejercicio,[/b][/color] se reúnan los requisitos que para cada deducción en lo particular establece esta Ley............... Aquí se menciona que sea durante el ejercicio, no antes ni después de las deducciones. X.-[b]Que hayan sido efectivamente erogadas[color=blue] en el ejercicio[/color] de que se trate[/b]. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. Igualmente se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente erogado....... [b]En este caso procede totalmente la deducción de intereses por los motivos antes mencionados[/b] Saludos [i]Editado: Agosto 22, 2011 15:22:32[/i]
Tópico: intereses sobre prestamo hipotecario
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2011 13:09:22 Asunto: Re: intereses sobre prestamo hipotecario
Gracias marifer, en ese caso tal como ya mencionaron los compañeros, [b]para ISR [/b]serán totalmente deducibles los intereses y acreditable el IVA de los mismos. Saludos

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