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Tópico: Venta de terreno, cual sería el costo de deducción del ingreso
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2013 09:18:56 Asunto: Re: Venta de terreno, cual sería el costo de deducción del ingreso
Buen día CPHUMBERTO: [quote]El terreno lo enajena una Persona Moral[/quote] En ese caso consulta el Art. 21 de LISR. Para efecto del IETU, consulta los Arts. 5 Fracc. I y Art. 6, Fraccs. I al IV de LIETU Saludos [i]Editado: Mayo 31, 2013 10:32:36[/i]
Tópico: CALCULO DE PAGO DE DIVIDENDOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2013 19:12:48 Asunto: Re: CALCULO DE PAGO DE DIVIDENDOS
Buen día Erick: Voy a tratar de contestar cada pregunta: [quote]1.-En la misma vertiente de los 1000 del dividendo del 2012, suponiendo que vienen de la cufin, solo debere sacar el cheque de 1000....[/quote] Así es. [quote]... o si debo ponerle los 428 en el apartado de retención y anotándole que proviene de la cufin. [/quote] Los cálculos se realizan en un Papel de Trabajo solamente. [quote]2.- Para usar estos dividendos en debí de haber llenado en la declaración anual de personas morales en el rubro de: [b]saldo actualizado de la cuenta de utilidad neta[/b] [/quote] Así es. [quote]3- el asiento contable seria CARGO Resultado del Ejercicio 200x X ABONO Bancos X [/quote] Así es, cargo a: Utilidades Acumuladas de Ejercicios Anteriores. [quote]4.- Para el calculo provisional de la empresa existe el rubro del ISR en el pago referenciado [b]'ANTICIPOS Y RENDIMIENTOS DISTRIBUIDOS EN EL PERIODO'[/b] no debo de poner nada [/quote] Así es, ese renglón se refiere solo a Soc. Cooperativas y Asoc. y Soc. Civiles. [quote]5.- En la declaración anual: Persona Fisica acumulo esos 1000 y automáticamente sale los 428. Es correcto [/quote] Es correcto [quote]Para la Persona moral no voy a tener ningún efecto [/quote] Si, en la Declaración Anual del ejercicio en que distribuyó los Dividendos, debe reportarlos en el Anexo 'C' como tales. Saludos
Tópico: venta de joyas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2013 18:16:50 Asunto: Re: venta de joyas
Buen día Luisa: Puedes consultar y ver si te aplican, los artículos siguientes: Art. 106.- LISR Art. 1.- LIETU Art, 1°- LIVA Saludos
Tópico: archivo de pago referenciado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2013 18:34:22 Asunto: Re: archivo de pago referenciado
Buen día cruzalex: Desde el lunes la aplicación de Pagos Referenciados ha estado fallando, en lo personal desde anteayer intenté enviar algunas declaraciones y me señalaba error o simplemente no desplegaba el formato. Hasta hace un rato pude hacerlo al fin. Saludos Pd.- Intenta con Google Chrome a ver si tienes mejor resultado
Tópico: duda en registro de gastos de una construccion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2013 11:04:38 Asunto: Re: duda en registro de gastos de una construccion
Hola Perla. Si la bodega que comentas es para uso de la Inmobiliaria, para efectos fiscales es una Inversión en Activo Fijo. Para efectos del IETU es deducible conforme se efectuaron los pagos de los gastos erogados por la construcción de la misma. Para ISR, se debe depreciar a partir de la fecha en que se inicie su utilización o en el ejercicio sigueinte. Te copio parte del Art. 37 de LISR: Artículo 37. [b]Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley[/b], sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares. ...................... [b]Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente.[/b] El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley. En tu comentario inicial no especificas para que Ley hiciste deducibles los gastos, si para IETU o para ISR, es por ello mi comentario anterior Saludos [i]Editado: Mayo 29, 2013 11:06:29[/i]
Tópico: duda en registro de gastos de una construccion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2013 10:08:38 Asunto: Re: duda en registro de gastos de una construccion
Buen día Perla: [quote]...erogaciones por la construccion de una bodega y todo se registro en gastos y se hizo deducible. [/quote] [quote]..a partir de cuando se calculará la depreciacion ??.[/quote] Pretendes deducir 2 veces ? Saludos
Tópico: FACTURA ELECTRONICA PERSONA MORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2013 09:18:58 Asunto: Re: FACTURA ELECTRONICA PERSONA MORAL
Buen día ALMARYN: Aplica para ambos, de acuerdo al Art. 29-B del CFF. Puedes consultar asimismo la Regla I.2.8.1.1. de la RMF 2013 Saludos [i]Editado: Mayo 28, 2013 10:10:36[/i]
Tópico: VALE LA PENA VOLVER A LEERLO. FELIZ DIA DEL CONTADOR!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2013 13:10:59 Asunto: Re: VALE LA PENA VOLVER A LEERLO. FELIZ DIA DEL CONTADOR!!!
Gracias por recordarlo jlchan, aún cuando los comentarios no son de mi autoría, me uno a las felicitaciones para tod@s l@s colegas [b][color=blue]¡¡¡ FELICIDADES EN NUESTRO DÍA !!!![/color]![/b] [i]Editado: Mayo 25, 2013 13:12:27[/i]
Tópico: Error en la declaracióna anual, EUTU vs. ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2013 07:56:29 Asunto: Re: Error en la declaracióna anual, EUTU vs. ISR
Buen día moyotin: [quote]... tuve saldo a favor en la declaración Anual por $ 4,000.00;....[/quote] Y ya consultaste en la página del SAT cuál es el estatus de tu devolución ? Saludos
Tópico: Porcentaje de iva para Gasolina ??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2013 22:54:05 Asunto: Re: Porcentaje de iva para Gasolina ??
Buen día Gabriela: Considerando el IEPS en el importe, en promedio el IVA que 'aparece' en los comprobantes de consumo es entre el 15.30% y el 15.40 % aproximadamente. Pero el IVA por el consumo de gasolina sin considerar el IEPS, es del 16& Desconozco si esa es en realidad tu duda Saludos . [i]Editado: Mayo 22, 2013 22:55:24[/i]

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