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Tópico: Persona Fisica actividad empresarial Venta de Vehiculo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2012 21:13:46 Asunto: Re: Persona Fisica actividad empresarial Venta de Vehiculo
Buen día analeonor: .[quote]..Este ingreso debe de gravar para ISR, Iva y ietu. ???[/quote] En primer lugar debiste haber facturado (con tus facturas) ese vehículo Para ISR si, pero puedes deducir el costo fiscal Para IETU también, si lo dedujiste para este impuesto Para IVA si debiste haber trasladado este impuesto Felices Fiestas !!!
Tópico: suspencion de SC.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2012 21:02:17 Asunto: Re: suspencion de SC.
Buen día jinetesincabeza: Celebrar una Asamblea General Extraordinaria y acordar la Disolución de la misma y protocolizar la Asamblea ante Notario Público. Posteriormente realizar ante el SAT los trámites concernientes a la misma. Felices Fiestas !!!
Tópico: REQUISITOS DE PERDIDAS FISCALES PARA EFECTOS DE ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2012 20:57:39 Asunto: Re: REQUISITOS DE PERDIDAS FISCALES PARA EFECTOS DE ISR
Buen día jana: Puedes consultar el Art. 61 de LISR Felices Fiestas !!!! [i]Editado: Diciembre 12, 2012 20:58:28[/i]
Tópico: GASTOS MÉDICOS, DENTALES, HOSPITALARIOS, ETC, PODRÁN SEGUIR PAGÁNDOSE EN EFECTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2012 12:29:11 Asunto: GASTOS MÉDICOS, DENTALES, HOSPITALARIOS, ETC, PODRÁN SEGUIR PAGÁNDOSE EN EFECTIVO
La Comisión de Hacienda y Crédito Públicosión rechazó la propuesta de que para su deducibildad, los Gastos médicos, Dentales, Hospitalarios y de Transporte escolar se deberían de pagar con medios distintos del efectivo, tales como cheques, tarjetas de crédito o débito, etc.: Esta publicaión de hoy del periódico El Norte, lo informa: [b]Rechazan freno a gasto médico[/b] [b]Los diputados consideraron que el cambio era inoportuno y generaría inconvenientes a los contribuyentes[/b] Cd. de México, México (12 diciembre 2012).- La propuesta del Ejecutivo de prohibir las deducciones por gastos médicos, hospitalarios y dentales a los pagos que se realicen en efectivo fue rechazada en la Comisión de Hacienda y Crédito Público. De acuerdo con el diputado Víctor Fuentes, del Partido Acción Nacional (PAN) e integrante de la comisión señalada, el esquema de deducción para los gastos médicos permanecerá tal y como se encuentra actualmente. 'Ya avanzó la propuesta de que el esquema para la deducción de los gastos médicos permanezca igual y no sea obligatorio el uso del sistema financiero', señaló. Los diputados de la comisión consideraron que el cambio era inoportuno y generaría inconvenientes para los contribuyentes del País. [b] De esta manera, las deducciones seguirán siendo aceptadas si el pago se realiza en efectivo, por lo menos durante el ejercicio fiscal de 2013.[/b] En la Ley de Ingresos que el Ejecutivo envió al Congreso se proponía que para que las deducciones por gastos médicos, hospitalarios y dentales fueran válidas, el pago se debía hacer con cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito o débito. La justificación para el cambio era una fiscalización más sencilla y efectiva de los contribuyentes, así como una mayor certeza de que la persona que solicitaba la deducción efectivamente había realizado el pago. Fuente.- Periódico El Norte Felices Fiestas !!!
Tópico: Gasto médicos serán deducibles solo si se pagan con tarjeta o cheque
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2012 13:31:02 Asunto: Re: Gasto médicos serán deducibles solo si se pagan con tarjeta o cheque
Buen día Paco y vabdo: Efectivamente, la iniciativa señala que los pagos por conceptos de Gastos Médicos, Dentales y Hospitalarios, y los de transportación escolar, se efectúen por medios distintos del efectivo, sin especificar si se aplicaría la Fracc. III del Art. 31 LISR, o en su defecto aplicaría el Decreto del Estímulo Fiscal en Colegiaturas. Esperemos que decide el Congreso. Este es lo que menciona la Iniciativa de la Ley de Ingresos: 6. Para la aplicación de las deducciones previstas en el artículo 176, fracciones I y VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [b]los pagos por honorarios médicos o dentales y los gastos hospitalarios, así como los gastos destinados a la transportación escolar[/b] efectuados por el contribuyente, [b]deberán realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, por transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México, o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios. [/b] Felices Fiestas !!
Tópico: CUAL DOMICILIO?? PARA DEDUCIR INTERESES INFONAVIT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2012 10:40:36 Asunto: Re: CUAL DOMICILIO?? PARA DEDUCIR INTERESES INFONAVIT
Buen día 2IMPARH: [quote]CUAL DOMICILIO?? PARA DEDUCIR INTERESES INFONAVIT[/quote] Complementando lo expuesto por mi apreciable ngm (saludos cordiales) El de la casa habitación: [b]LISR[/b] Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: …….. IV. [b]Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por [color=blue]créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación[/color] [/b]contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión. Para estos efectos, se determinarán los intereses reales conforme a lo siguiente Felices Fiestas !! [i]Editado: Diciembre 11, 2012 10:42:19[/i]
Tópico: tasa de isr anual 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2012 13:13:39 Asunto: Re: tasa de isr anual 2008
Buen día: El Artículo SEGUNDO de las DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2010, establece lo siguiente: ARTÍCULO SEGUNDO. Para los efectos de lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicarán las disposiciones siguientes: I.Para los ejercicios fiscales de 2010, 2011 y 2012, se estará a lo siguiente: a) Para los efectos del primer párrafo del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicará la tasa del 30%. II.Para el ejercicio fiscal de 2013, se estará a lo siguiente: a) Para los efectos del primer párrafo del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicará la tasa del 29%. Y aún cuando no se establece en este transitorio, en la Exposición de motivos de ese año, para el año 2014, la Tasa seríadel 28%. Sin embargo para el 2013, la Iniciativa enviada al Congreso, contempla manterner la Tasa del 30%, no respetando lo que se establece en el Artículo Segundo Transitorio del 2010. Ya comenzamos con 'cuentas mochas' Saludos [i]Editado: Diciembre 10, 2012 13:32:27[/i]
Tópico: tasa de isr anual 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2012 21:01:02 Asunto: Re: tasa de isr anual 2008
Buen día jorgegd: En ambos años la tasa era del 28% Saludos
Tópico: COMPENSACION POR CORRECCION FISCAL, RECIBI REQUERIMIENTO DE PAPELERIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2012 22:44:28 Asunto: Re: COMPENSACION POR CORRECCION FISCAL, RECIBI REQUERIMIENTO DE PAPELERIA
Buen día ADMINEXEL: ¡¡ Bienvenido (a)!! [quote]HABRA UN MOTIVO PARTICULAR POR EL CUAL ME ESTE REQUIRIENDO,[/quote] Es una facultad que tiene el SAT para ello. [quote]ES PREFERIBLE PRESENTAR LA DOCUMENTACION SOLICITADA [/quote] En mi opinión es lo mas recomendable, ya que 'saliste' de una auditoria y se supone que tu documentación e información son correctas, entonces no hay porque dudar. Saludos
Tópico: Repeco por cuyos ingresos debería pagar cuotas mayores
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 05, 2012 21:44:38 Asunto: Re: Repeco por cuyos ingresos debería pagar cuotas mayores
Buen día feliperod: [quote]¿Existe algún procedimiento en ley por medio del cual me cambien la cuota que vengo pagando bimestralmente? [/quote] Pudiesen aplicar lo siguiente: [b]LIVA[/b] Artículo 2o.-C…….. El impuesto al valor agregado mensual que deban pagar los contribuyentes se mantendrá [b]hasta el mes en el que las autoridades fiscales determinen otra cantidad a pagar por dicha contribución, en cualquiera de los supuestos[/b] a que se refieren los apartados siguientes: B. Cuando las autoridades fiscales, [b]a través del ejercicio de sus facultades, comprueben una variación superior al 10% del valor mensual[/b] de las actividades estimadas. ……. Las Entidades Federativas que hayan celebrado el convenio a que se refiere el párrafo anterior deberán, en una sola cuota, recaudar el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre la renta a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo y que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como las contribuciones y derechos locales que dichas Entidades determinen. Cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más Entidades Federativas, se establecerá una cuota en cada una de ellas, considerando el impuesto al valor agregado correspondiente a las actividades realizadas en la Entidad de que se trate y el impuesto sobre la renta que resulte por los ingresos obtenidos en la misma. Saludos

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