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Tópico: PUBLICADO Y....DEROGADO
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 31, 2009 10:36:40 Asunto: Re: PUBLICADO Y....DEROGADO
Hugo: [quote]...Feliz año nuevo. [/quote] Igualmente mis mejores deseos para el próximo Año, que mañana inicia.......... Saludos
Tópico: FELIZ 2010
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 31, 2009 10:22:39 Asunto: Re: FELIZ 2010
Igualmente Ruiz Uzcanga, que todos tus anhelos se conviertan en realidad. [color=red][b]¡¡ Feliz Año 2010 !![/b][/color]
Tópico: NUEVA TASA DEL IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2009 07:36:25 Asunto: Re: NUEVA TASA DEL IVA
SILVESTRE04: [quote].....quien tenga facturas del año 2009 que tienen impresa la tasa del 15 % solo [b]bastara con ponerle un sello[/b] del 16 % o como la verdad no me queda claro.[/quote] Puedes hacerlo por escrito (a mano, a máquina o mediante impresora) o con un sello: TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 Y SUS ANEXOS 5, 8, 15 Y 19 Publicada el 28 de diciembre de 2009 TERCERO………………… ……………….. Ultimo parrafo Asimismo, para efectos del artículo 29-A, fracción VI del CFF, los contribuyentes que al 1 de enero de 2010 tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el SAT, en los que esté impresa la tasa del 10% o 15% del IVA, podrán seguir utilizándolos hasta agotarlos o termine su vigencia, [b]para lo cual deberán señalar en los mismos, [color=red]por escrito o mediante sello[/color][/b], la tasa del 11% o 16%, según corresponda. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con el Reglamento del CFF. Igualmente se te desea lo mejor para el próximo y los años venideros
Tópico: PUBLICADO Y....DEROGADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2009 21:02:11 Asunto: Re: PUBLICADO Y....DEROGADO
[b]TERCERA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2007-2008 Publicada el 31 de Diciembre del 2007[/b] [b]Pagos Provisionales de IETU[/b] [b]2.14.7[/b].Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y artículo 31, primer párrafo del CFF, los contribuyentes [b]efectuarán los pagos provisionales del IETU,[/b] incluso mediante declaraciones complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, conforme al esquema anterior de pagos electrónicos utilizando el procedimiento establecido en la regla 2.16.4., debiendo reflejar el pago en el concepto “IMPUESTO AL ACTIVO/ IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA”. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 9, segundo párrafo de la Ley del IETU, lo reflejarán en el concepto “IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. IMPUESTO DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO”. [b]Una vez efectuado el pago provisional del IETU[/b] conforme al párrafo anterior, [b]los contribuyentes [color=red]enviarán la información a que se refiere el listado de conceptos[/color] [/b]que se contiene en la página de Internet del SAT y que sirvió de base para determinar el impuesto. El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación. En los casos en los que los contribuyentes no hayan determinado impuesto a cargo, [b]se considerará cumplida su obligación [/b][b]cuando hayan enviado la información [color=red]del listado de conceptos[/color][/b] que se contiene en la página de Internet del SAT. Asimismo, [b]se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar los pagos provisionales del IETU[/b], cuando hubiesen realizado el pago del IETU a cargo [b]y [color=red]enviado la información del listado de conceptos[/color].[/b] [b][color=red]La información de la determinación del IETU[/color] a que se refiere esta regla, [color=red]se presentará[/color] [/b]conforme a la siguiente tabla: ................ ................ [b]Actualmente es la Regla II.2.12.8[/b] Saludos [i]Editado: Diciembre 29, 2009 22:34:48[/i]
Tópico: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2009 10:06:54 Asunto: Re: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
aldofizcalizta: ¡¡ Bienvenido !! [quote]....debere usar las tablas del mes de Julio ó las tablas del mes de enero? [/quote] Debes utilizar la Tarifa del mes de Julio. Puedes consultar el Art. 127 de LISR Saludos [i]Editado: Diciembre 29, 2009 10:14:43[/i]
Tópico: Procedimiento para trasladar el 1% adicional de IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 16:18:48 Asunto: Re: Procedimiento para trasladar el 1% adicional de IVA
Iwyzgtz: [quote]..DOF [b]24 DE DICIEMBRE 2009[/b], ENTRA EN VIGOR 1 DE ENERO 2010.[/quote] Solamente una precisión, la Tercera R.M.F 2009, fue publicada el día de hoy 28 de Diciembre del presente año. Saludos
Tópico: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 12:37:26 Asunto: Re: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
Asi es mi estimado Hugo, ya ves que los del SAT aún y cuando están de vacaciones se les 'barren' las 'id.....eas' Saludos
Tópico: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 12:13:50 Asunto: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
Buen día, de acuerdo a lo señalado en la Tercera R.M.F. del 2009, los Contribuyentes que hayan presentado durante TODO el 2009 las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros (DIOT) no están obligados a presentar la Declaración de Clientes y Proveedores por dicho ejercicio: TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2009 Y SUS ANEXOS 5, 8, 15 Y 19 OCTAVO. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF,[color=red][b] durante el ejercicio fiscal de 2009, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2009. [/b][/color]Derivado de lo anterior, las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5. y las personas físicas presentarán la información en los términos de la regla I.5.1.6. Solamente espero que por ser Día de los Inocentes, no sea una 'Inocentada' del SAT. Saludos [i]Editado: Diciembre 28, 2009 16:11:37[/i]
Tópico: Estimulos Fiscales - Momento de Acumulación
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 11:59:13 Asunto: Re: Estimulos Fiscales - Momento de Acumulación
Hola Adrián, efectivamente en lo señalado con rojo señalo: [quote]'el importe de esta [b]ha sido determinado [color=red]en dinero y[/color] de esta manera [color=red]modifiquen positivamente el patrimonio [/color][/b]del contribuyente',[/quote] Es decir, en mi opinión mientras no reciba el 'dinero' mi patrimonio no se afecta. Saludos
Tópico: retenciones de iva para el 2010
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 11:41:46 Asunto: Re: retenciones de iva para el 2010
Hola Alberto, solamente deseo hacer unas precisiones en cuanto a lo comentado. Nellyo pregunta cual es el % de Retención para 2010 y es tal como yo lo mencioné, es decir: Si el IVA trasladado es del 16%, la retención será del 10.6666 % Si el IVA trasladado es del 10%, la retención será del 7.3333 % Ella no mencionó que cuál fue el incremento, sino la tasa de retención. En cuanto a la reteción del 4%, ésta no sufre cambio ya que no fue modificado el Art. 3 del RLIVA que señala lo siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO II.-[b] La retención se hará por el 4% del [color=red]valor de la contraprestación[/color][/b] pagada efectivamente, cuando reciban los servicios de autotransporte terrestre de bienes que sean considerados como tales en los términos de las leyes de la materia. Es decir, [b]la retención es sobre el Valor del Servicio y no sobre el IVA trasladado[/b], como en el caso de Honorarios y/o arrendamientos. Saludos y te felicito por tus comentarios en otros tópicos [i]Editado: Diciembre 28, 2009 11:42:36[/i]

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