Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de CHAVALON

Autor Mensaje
Tópico: CREDITO FISCAL POR INVERSIONES ENTRE SEP Y DIC 2007....
CHAVALON

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2010 09:40:50 Asunto: Re: CREDITO FISCAL POR INVERSIONES ENTRE SEP Y DIC 2007....
ISAKI86: [quote]creo que confundio......[/quote] [quote].......con el credito del saldo pendiente de deducir de inversiones [color=red][b]del 97 [/b][/color]a dic 07... [/quote] Solamente una precisión,[b] [color=red]debe ser del 98 y no del 97:[/color][/b] [b]LIETU[/b] Transitorios Artículo Sexto.[b] Por las inversiones que se hayan adquirido [color=red]desde el 1 de enero de 1998[/color] [/b]y hasta el 31 de diciembre de 2007,…………… Saludos
Tópico: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
CHAVALON

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2010 08:11:28 Asunto: Re: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
lobozac, precisamente (coincidencia?) 'amaneció' en Actualidades un artículo relacionado con el tópico, parte de esto es lo que dice: 'Originalmente la obligación de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) a que obliga la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), [color=red][b]vence a más tardar el último día del mes siguiente a aquél al que corresponde[/color].[/b] Así lo establece la [color=red][b]Regla Miscelánea 2009 I.5.1.5. y I.5.1.6[/color][/b] [b]Esta obligación, establecida en el Artículo 32 fracción VII[/b]I de la ley del impuesto referido, establece que dicha información se presentará, [color=red][b]a más tardar el día[/color] 17[/b] del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información, [b][color=red]pero las reglas [/color]mencionadas [color=red]amplían el período hasta el último día[/color] del mes siguiente a aquel al que corresponda[/b]. Esta es la liga: [url][b]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=2997&c=1[/b][/url] Solamente en esta ocasión las DIOT's de Enero y Febrero del 2010, pueden ser presentadas hasta el 17 de Marzo, en forma individual cada mes, según el Art. Sexto transitorio de la 3a. RMF 2009-2010 Saludos [i]Editado: Febrero 11, 2010 08:19:13[/i]
Tópico: CREDITO FISCAL POR INVERSIONES ENTRE SEP Y DIC 2007....
CHAVALON

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2010 21:34:42 Asunto: Re: CREDITO FISCAL POR INVERSIONES ENTRE SEP Y DIC 2007....
jlchan: [quote]....de [b]no utilizarse [/b]el credito fiscal por inversiones entre septiembre 2007 y diciembre 2007, [color=red][b]durante el ejercicio 2008 [/b][/color]por no tener utilidad base para el pago provisional , [color=red][b]se pierde[/b][/color]? [b]solo podria utilizar dicho credito en 2009 y 2010.[/b] [/quote] En mi opinión no se pierde, aún y cuando el Art. Quinto transitorio señala que se deducirá 1/3 parte en cada ejercicio a partir del 2008, también señala la palabra AGOTARLO y mientras no se agote el TOTAL DEL CRÉDITO, puedes deducirlo a mas tardar en 2010. En mi opinión aplicaría 1/2 en 2009 y 1/2 en 2010. LIETU Artículo Quinto. ...... [b]El monto de la erogación a que se refiere el párrafo anterior se deducirá [/b]en una tercera parte en cada ejercicio fiscal [b]a partir del 2008,[color=red] hasta agotarlo[/color][/b]. Tratándose de los pagos provisionales, se deducirá la doceava parte de la cantidad a que se refiere este párrafo, multiplicada por el número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago ...... Saludos
Tópico: TRAMITE DEVOLUCION IVA CONVENCIONAL
CHAVALON

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2010 21:22:48 Asunto: Re: TRAMITE DEVOLUCION IVA CONVENCIONAL
SOLTEC2077: Es correcto, para mayor seguridad puedes consultar la liga que te proporcionaron y leer las Reglas II.2.2.1 y II.2.2.6 de la RMF 2009-2010 Saludos
Tópico: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
CHAVALON

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2010 21:18:58 Asunto: Re: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
lobozac: [quote].....,........Y LUEGO TE MARCA [color=red][b]EL DIA 17 [/b][/color][/quote] Si, pero la Regla I.5.1.5 te señala lo siguiente: [b]RMF 2009-2010[/b] [b]Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas morales, formato, periodo y medio de presentación[/b] I.5.1.5.Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, [b]los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones[/b],[b] [color=red]durante el mes [/color]inmediato posterior [/b]al que corresponda dicha información. La información se deberá presentar conforme a lo previsto en la regla II.5.1.8. [b]'[color=red]Durante'[/color] es del día primero al dia último del mes, no es así ?[/b] Saludos [i]Editado: Febrero 10, 2010 21:19:44[/i]
Tópico: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
CHAVALON

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2010 20:49:22 Asunto: Re: PRESENTO DIOT EN JULIO O AGOSTO O...
Hola lobozac: Siempre he sostenido en mis anteriores comentarios que [color=red][b]la fecha límite [/b][/color]para presentar la DIOT [color=red][b]es el día último de cada mes.[/b][/color] [b]Fiscalia opina lo mismo, puedes verificarlo en la Sección de Tablas e Indicadores en [color=red]Calendario de Obligaciones Fiscales de cada mes[/color][/b] y podrás observar como fecha límite de presentación de la DIOT el día último de cada mes. En cuanto a que deben`presentarse las DIOT's en tiempo y forma, no estoy de acuerdo ya que la Regla solamente hace mención a que hyan presentado TODAS, sin condicionar a que se hayan presentado en el mes siguiente al que que se declara. Saludos [i]Editado: Febrero 10, 2010 20:50:04[/i]
Tópico: Duda en Libro de Arrendamiento
CHAVALON

Mensajes: 24
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2010 12:22:59 Asunto: Re: Duda en Libro de Arrendamiento
Y para el IVA mi estimado Hugo, lo señala el Art. 32 de LIVA y el 71 del RLIVA. En este caso 'nace' la obligación de 'registrar' el IVA que le trasladan al Arrendador, derivado de que en la LIETU no es aplicable la deducción del 35% y por ende 'forzosamente' debes aplicar las deducciones señaladas en el Art. 142 (Fraccs, I a la VI), las cuales en algunas de ellas vienen 'acompañadas' de IVA. Saludos [i]Editado: Febrero 09, 2010 12:30:56[/i]
Tópico: Duda en Libro de Arrendamiento
CHAVALON

Mensajes: 24
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2010 11:56:41 Asunto: Re: Duda en Libro de Arrendamiento
maryfer1: [quote]…..voy a elaborar el libro [/quote] Bien hecho, aún y cuando para ISR no es obligatorio, para LIETU e IVA si lo es. Saludos [i]Editado: Febrero 09, 2010 12:19:16[/i]
Tópico: Arrendamiento de inmuebles por persona fisica que no reside en zona fronteriza
CHAVALON

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2010 00:42:07 Asunto: Re: Arrendamiento de inmuebles por persona fisica que no reside en zona fronteriza
Enrique: [quote]…. ¿Con que [color=red][b]disposicion de la LIVA[/b][/color], se defienden que de que [color=red][b]el ARRENDAMIENTO no es SERVICIO INDPENDIENTE[/b][/color]?........[/quote] [b][color=red]LIVA[/color][/b] [color=red][b]CAPITULO IV[/b][/color] [color=red][b]Del uso o goce temporal de bienes[/b][/color] Artículo 19.- [b]Para los efectos de esta Ley [/b][b]se entiende por uso o goce temporal de bienes, [color=red]el arrendamiento[/color],[/b] el usufructo y cualquier otro acto, independientemente de la forma jurídica que al efecto se utilice, [b]por el que [color=red]una persona permita a otra usar o gozar temporalmente bienes tangibles[/color], a cambio de una contraprestación.[/b] ………………… Lo de Servicios Independientes ya lo 'leíste' en el Art. 14 LIVA. Saludos
Tópico: Duda en Libro de Arrendamiento
CHAVALON

Mensajes: 24
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2010 17:54:30 Asunto: Re: Duda en Libro de Arrendamiento
Hola mi estimada memoli, hay que iniciar la semana con buen humor. Mis comentarios vienen a colación, ya que el SAT nos tiene hasta el 'gorro' de Controles, Informaciones, Estadísticas, Etc. Es por ello que cuando el SAT nos 'otorga' facilidades a través de Leyes, Reglamentos y/o Reglas, debemos aprovecharlas. No hay que estar como algunos Contadores ''conservadores' que aún recomiendan a sus clientes que 'deben pagar algo al SAT' (aunque no exista pago) para no tener problemas o no solicitar las devoluciones de Saldos a Favor cuando legalmente procedan. Decía mi Maestro de Fiscal en la carrera: 'Dad al César lo que es del César y al SAT lo que es del SAT' Lo anterior significa que debemos cumplir con el SAT en cuanto a Contribuciones, Declaraciones, Informaciones, Etc. solamente en lo que en las Leyes y/u otras disposiciones fiscales lo requieran, esto es, ' que no debemos dar cambio de más'. Saludos [i]Editado: Febrero 08, 2010 17:55:56[/i]

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531 532 533 534 535 536 537 538 539 540 541 542 543 544 545 546 547 548 549 550 551 552 553 554 555 556 557 558 559 560 561 562 563 564 565 566 567 568 569 570 571 572 573 574 575 576 577 578 579 580 581