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Tópico: ERROR ACUSE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 15, 2012 12:18:01 Asunto: Re: ERROR ACUSE DIOT
Buen día, este problema existe desde la semana pasada y no es la primera vez que ocurre. Definitivamente es un problema de la página del SAT, pero como siempre ocurre, nunca reconocen sus fallas. Saludos
Tópico: requerimiento del sat por depositos bancarios de una persona que no esta inscrita en el RFC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 12, 2012 12:37:21 Asunto: Re: requerimiento del sat por depositos bancarios de una persona que no esta inscrita en el RFC
Buen día namibia: Puedes consultar el Art, 107 LISR y verificar que la esposa se encuentre en este supuesto: LISR Artículo 107. Para los efectos de este artículo también se consideran erogaciones los gastos, las adquisiciones de bienes y los depósitos en cuentas bancarias o en inversiones financieras. No se tomarán en consideración los depósitos que el contribuyente efectúe en cuentas que no sean propias, que califiquen como erogaciones en los términos de este artículo, cuando se demuestre que dicho depósito se hizo como pago por la adquisición de bienes o de servicios, o como contraprestación para el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes o para realizar inversiones financieras[b] ni los traspasos entre cuentas del contribuyente o a cuentas de su cónyuge[/b], de sus ascendientes o descendientes, en línea recta en primer grado Saludos
Tópico: ACTUALIZAR ARCHIVO FISCAL DE CONTRIBUYENTE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2012 20:27:14 Asunto: Re: ACTUALIZAR ARCHIVO FISCAL DE CONTRIBUYENTE
Buen día vicentino: Otra opción es que el contribuyente asista al módulo del SAT correspondiente y solicite en el módulo express, una Relación de Obligaciones Fiscales pendientes de presentar. Como sugerencia es recomendable que tramite su FIEL, ya que va a requerirla forzosamente para solicitar folios, sellos digitales y/o emitir comprobantes fiscales ya sea con CBB o CFDI. Saludos
Tópico: ACTUALIZAR ARCHIVO FISCAL DE CONTRIBUYENTE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2012 14:35:46 Asunto: Re: ACTUALIZAR ARCHIVO FISCAL DE CONTRIBUYENTE
Buen día vicentino: Ya intentaste en el Expediente Integral del Contribuyente ? Para consultarlo se requiere la FIEL. Saludos
Tópico: pago de cia. aseguradora por el robo de un auto.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2012 21:50:29 Asunto: Re: pago de cia. aseguradora por el robo de un auto.
Buen día UNICORNIO: ¡¡ Bienvenida !! [b]Para ISR:[/b] Puedes consultar el Art. 43 de LISR, al cual refiere el Art. 124 de la misma Ley. Te copio algunos párrafos del Art. 43 LISR: [b]Cuando el contribuyente reinvierta la cantidad recuperada en la adquisición de bienes de naturaleza análoga a los que perdió[/b], o bien, para redimir pasivos por la adquisición de dichos bienes, [b]únicamente acumulará la parte de la cantidad recuperada no reinvertida[/b] o no utilizada para redimir pasivos. La cantidad reinvertida que provenga de la recuperación sólo podrá deducirse mediante la aplicación del por ciento autorizado por esta Ley sobre el monto original de la inversión del bien que se perdió y hasta por la cantidad que de este monto estaba pendiente de deducirse a la fecha de sufrir la pérdida. Si el contribuyente invierte cantidades adicionales a las recuperadas, considerará a éstas como una inversión diferente. [b]La reinversión a que se refiere este precepto, deberá efectuarse dentro de los doce meses siguientes contados a partir de que se obtenga la recuperación. [/b]En el caso de que las cantidades recuperadas no se reinviertan o no se utilicen para redimir pasivos, en dicho plazo, se acumularán a los demás ingresos obtenidos en el ejercicio en el que concluya el plazo. [b]Para IETU[/b]: Artículo 2…. También [b]se consideran ingresos gravados por enajenación de bienes, las cantidades que perciban de las instituciones de seguros[/b] las personas que realicen las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley, [b]cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas contratadas de seguros o reaseguros relacionados con bienes que hubieran sido deducidos para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.[/b] Saludos [i]Editado: Noviembre 07, 2012 21:54:00[/i]
Tópico: PAGOS PROVISIONALES DE MAYO 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2012 12:04:31 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES DE MAYO 2012
Buen día zory: [quote][b]ES CIERTO QUE SI EN ENERO DE 2012 PRESENTO ESTADISTICAS DE ENERO 2012 DE ISR DE REGIMEN INTERMEIDO APRA LA FEDERACION, IVA Y IETU TODO EN CEROS[/b] EL DIA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012. Y[b]A NO ESTA OBLIGADO A PRESENTAR FEBRERO, MARZO ,ABRIL Y MAYO DE 2012[/b]? [/quote] No, no es cierto. Aún cuando no exista pago en un mes, y en los siguientes meses tampoco, debes presentar las declaraciones de esos meses, esto es, debes presentar todos los pagos provisionales de todos los meses del año, independientemente si se tuvieron o no ingresos: RMF 2012. II.2.8.5.2. Para los efectos del artículo 31, sexto párrafo del CFF, cuando por alguna de las obligaciones fiscales que esté obligado a declarar el contribuyente mediante el programa “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, a que se refiere la regla II.2.8.5.1., en declaraciones normales o complementarias, incluyendo extemporáneas, [b]no tenga cantidad a pagar [/b]derivado de la mecánica de aplicación de ley o saldo a favor, [b]se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo [/b]que corresponda, a través del citado programa, llenando únicamente los datos solicitados por el mismo. CFF 31, RMF 2012 II.2.8.5.1. Saludos [i]Editado: Noviembre 07, 2012 12:07:03[/i]
Tópico: Registro de compra de camión para PF en Régimen Intermedio-Autotransporte
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Noviembre 07, 2012 11:49:32 Asunto: Re: Registro de compra de camión para PF en Régimen Intermedio-Autotransporte
Buen día scollyklm: Complementando lo señalado por ALLENDE (saludos), además, para el primer camión, puedes acudir con un Corredor Público y con la documentación que cuentas, puedes obtener una Factura Mercantil para mayor soporte de la deducción fiscal del vehículo. Saludos
Tópico: IETU EN ARRENDAMIENTO Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 07, 2012 11:12:08 Asunto: Re: IETU EN ARRENDAMIENTO Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Buen día morena: ¡¡ Bienvenida !! [quote]....... COMO TENDRIA QUE DECLARAR EL IVA Y EL IETU SI TENGO ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y ARRENDAMIENTO?[/quote] Ambos Impuestos IVA e IETU, se presentan en una sola Declaración para ambos Regímenes Fiscales. Esto es, para efectos del IETU , se calcula el impuesto de cada Régimen fiscal y se presenta en una sola declaración. Pare efectos del IVA, la suma de los IVA´s Trasladados, menos los Acreditables y/o Retenidos de ambos Régimenes se suman y el resultado se presenta en una sola declaración. Saludos [i]Editado: Noviembre 07, 2012 11:19:15[/i]
Tópico: CONSIDERACION DE RECURSOS FISCALES COMO INGRESO ACUMULABLE PARA ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2012 20:31:30 Asunto: Re: CONSIDERACION DE RECURSOS FISCALES COMO INGRESO ACUMULABLE PARA ISR
Muchas gracias por esa información a_cano Saludos
Tópico: ¿DIOT DE FORMA EXTEMPORANEA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 01, 2012 11:44:05 Asunto: Re: ¿DIOT DE FORMA EXTEMPORANEA?
Buen día vicentino: [quote]EL ART.32FR VIII DICE QUE LA INFORMACION SE DEBE DE PRESENTAR A MAS TARDAR EL DIA 17 DEL MES INMEDIATO POSTERIOR AL QUE CORRESPONDA DICHA INFORMACION--- [/quote] La DIOT puede presentarse durante el mes, esto es, desde el día 1° hasta el día último del mes posterior al que se trate: RMF 2012. [b]Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas y morales, formato, periodo y medio de presentación[/b] I.5.5.2. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, [b]durante el mes inmediato posterio[/b]r al que corresponda dicha información de conformidad con lo previsto en la regla II.5.5.2. Tratándose de contribuyentes personas físicas, proporcionarán la información a que se refiere el párrafo anterior, [b]durante el mes inmediato posterior a[/b]l que corresponda dicha información de conformidad con lo previsto en la regla II.5.5.2. LIVA 32, RMF 2012 II.5.5.2. Saludos

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