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Tópico: Consulta de una compensacion
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 17:51:32 Asunto: Re: Consulta de una compensacion
hermendozac: Si lo enviaste por Internet en el mismo 'Mi portal', solamente que en lugar de 'Solicitud' debes seleccionar 'Consulta' y proporcionando tu número de Folio puedes tener la información. Si deseas que te 'avisen' del avance o resultado, puedes 'cambiar' el Medio a Correo Electrónico y te llega la información por ese medio. Saludos [i]Editado: Abril 28, 2009 17:52:22[/i]
Tópico: Oficializan extensión para declaración anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 17:45:50 Asunto: Re: Oficializan extensión para declaración anual
elvin: [quote]....no hay ningun sustento legal, que no seria [color=red][b]mejor que lo publicaran en resolucion miscelanea[/b][/color]? Refiriendome concretamente a la facilidad de presentar el aviso de compensacion. [/quote] [b]En el Anteproyecto de la R.M.F. 2009 pendiente de publicar en el DOF[/b], [b]en la [color=red]Regla I.4.11[/color] señala lo de[color=red] la presentación del Aviso de Compensación [/color]durante [color=red]el mes de Mayo[/color].[/b] Ahora falta alguna disposición (si es que hubiere), para presentar los Avisos de Compensación en Junio, a raíz del diferimiento de la presentación de la Declaración Anual. Saludos
Tópico: ANTEPROYECTO DE LA R.M.F. 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 17:17:58 Asunto: Re: ANTEPROYECTO DE LA R.M.F. 2009
Les recomiendo leer el nuevo Capítulo[b] I.2.21.- 'De los contribuyentes que opten por el Portal Tributario PyMEs'.[/b] Saludos [i]Editado: Abril 29, 2009 00:28:12[/i]
Tópico: ANTEPROYECTO DE LA R.M.F. 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 16:38:49 Asunto: ANTEPROYECTO DE LA R.M.F. 2009
En la página del SAT se publica el Anteproyecto de la Resolución Miscelánes Fiscal para el 2009. Esta es la liga: [b][url]ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/anteproyectos/rmf2009.pdf[/url][/b] Saludos
Tópico: Oficializan extensión para declaración anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 10:42:01 Asunto: Re: Oficializan extensión para declaración anual
[quote]..[b]cual seria el beneficio [/b]de presentarlo en junio?[/quote] En mi caso que se 'desature' o que funcione correctamente 'Mi portal' ya que he tratado desde el miércoles de la semana pasada enviar varios Avisos de Compensación y como no está funcionando correctamente o lo hace en forma intermitente dicha sección, solamente he podido enviar el 5% del total. Saludos [i]Editado: Abril 28, 2009 10:42:33[/i]
Tópico: Oficializan extensión para declaración anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 10:27:37 Asunto: Re: Oficializan extensión para declaración anual
garcyasocp: [quote]....si presentas la anual en mayo tienes 5 dias despues de presentada para meter tú aviso de compensación.....[/quote] Eso ya lo sé, pero estabas enterado tú de lo que publicó el SAT el 13 de Mayo del presente? [b]Compensación del saldo a favor del ISR contra el IETU[/b] [b]Las personas físicas[/b] que en su declaración anual correspondiente al ejercicio del 2008, determinen saldo a favor del impuesto sobre la renta e impuesto empresarial a tasa única a su cargo, podrán compensar el saldo a favor contra el impuesto a cargo en la misma declaración. [b][color=red]La presentación del aviso de compensación[/color], a que se refiere el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, [color=red]podrá realizarse durante mayo de 2009[/color][/b]. Esta disposición no aplica a los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Saludos [i]Editado: Abril 28, 2009 10:28:14[/i]
Tópico: Oficializan extensión para declaración anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2009 09:44:31 Asunto: Re: Oficializan extensión para declaración anual
Gracias por la información PACO, ahora la pregunta es: La presentación de los Avisos de Compensación que habían 'extendido' para el mes de Mayo, la 'extenderán' para el mes de Junio ???? Saludos [i]Editado: Abril 28, 2009 09:45:50[/i]
Tópico: contribuyentes obligados a presentar el listado de IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 27, 2009 16:38:13 Asunto: Re: contribuyentes obligados a presentar el listado de IETU
mluna: [quote]me surge la duda porque [b]llamé a 01 800 [color=red]y me dicen [/color][/b]que todos los contribuyentes deben presentar el listado ... [/quote] Qué consideras tú que tendrá mas validez: 1.-Lo 'hablado' sin fundamento, o 2.-Lo escrito en una Regla que ya fue publicada en el DOF, que se encuentra vigente y que significa que ya adquiriste un 'derecho' de acuerdo al C.F.F. Tú decides Saludos
Tópico: cedula fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 26, 2009 10:36:32 Asunto: Re: cedula fiscal
marifer: [quote]...ya intente en mi portal en la pagina del sat, y me dice error de pagina...[/quote] En estos momnentos no está funcionando Mi Portal. Inténtalo nuevamente mas tarde o mañana muy temprano, ya que dicho portal desde la semana pasada ha estado 'trabajando' de forma intermitente. Saludos pd.- Ayer sábado yo imprimí 2 Cédulas (CIF) y una Constancia
Tópico: Anual de PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 26, 2009 00:33:52 Asunto: Re: Anual de PF
hhconsultoressc: Bienvenido (a) [quote]....entonces donde queda eso??? [color=red][b]se pierde[/b][/color] y ya...[/quote] No, no se pierde. Los Pagos Provisionales efectuados al Estado, solamente se acreditan hasta por el monto del Impuesto del ISR Anual. [color=red][b]La diferencia (P.Prov. mayores que ISR Anual), se solicita en Devolución al Estado.[/b][/color] Lo siguiente fue la respuesta que hice a un tópico del 17 del presente mes: [b][color=blue]'Ese saldo a favor por los pagos Prov. al Estado que no se reflejan en la Declaración Anual de ISR, debes solicitar la Devolución en tu Entidad Federativa. Aquí en Monterrey la Sría. de Finanzas y Tesorería te están solicitando para el trámite de la devolución lo siguiente: .-Solicitud de Devolución (la elaboras ahí mismo) 2 copias de: .-Declaraciones de pagos Prov. al Estado .-Declaración Anual 2008 .-Credencial del IFE o Identificación oficial con foto, firma y CURP. El plazo para la Devolución es de 3 semanas, según ellos.[/color]'[/b] En la siguiente liga también se trató el mismo tema: [color=blue][b][url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=35255&idCat=10[/url][/b][/color] Puedes consultar en tu Estado los requisitos necesarios para la Devolución. Saludos [i]Editado: Abril 26, 2009 00:55:06[/i]

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