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Tópico: Compensacion
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2013 14:55:31 Asunto: Re: Compensacion
Buen día ContadorJose: [quote]..deseo presentar una segunda compensación presentare toda la información de nuevo o solo presento el formato 41 por internet para las siguientes compensaciones? [/quote]? Así es, lo siguiente se encuentra contenido en la Tabla de Avisos de Compensación: 9.- [b]Tratándose de [color=blue]remanentes, únicamente llenará el formato 41 [/color]correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio formato solicita.[/b] Saludos
Tópico: ANTICIPO DE CLIENTE, ES UN INGRESO ACUMULABLE
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 17, 2013 21:17:07 Asunto: Re: ANTICIPO DE CLIENTE, ES UN INGRESO ACUMULABLE
Buen día fcovaldez: ¡¡ Bienvenido !! 'Manejas' 2 términos: 1.- Anticipo de Clientes y 2.- Depósitos en garantía. Si fuesen anticipos de clientes, si son acumulables para efectos de ISR e IETU y gravable para IVA. Para los depósitos en garantía en caso de prestación de servicios no conozco disposiciones que traten el tema. Sin embargo para arrendamientos el Reglamento de ISR establece lo siguiente: [b]RISR[/b] Artículo 18-A. Para los efectos de lo establecido en los artículos 17 y 141 de la Ley, [b]no se considerarán ingresos acumulables los depósitos recibidos por el arrendador, cuando éstos tengan como finalidad exclusiva garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas [/b]en el contrato de arrendamiento y sean devueltos al finalizar el contrato. [b]Cuando los depósitos se apliquen al cumplimiento de cualquier obligación derivada del contrato de arrendamiento, el monto aplicado será considerado como ingreso acumulable para el arrendador en el mes en que se apliquen[/b] En mi opinión este 'criterio' también puede ser aplicable para efectos de la prestación de servicios, dado que dicho 'depósito en garantía' no puede considerarse como el pago de una contraprestación, sino solamente es un importe que garantiza el cumplimiento o compromiso del servicio pactado o acordado. En caso de que el cliente en un futuro tuviese algún adeudo que no liquidara y ya no fuera mas tu cliente, si aplicas ese depósito en garantía para cubrir dicho adeudo, en ese caso se acumularía como ingreso. Saludos [i]Editado: Mayo 18, 2013 08:02:46[/i]
Tópico: saldo a favor de isr anual contra ietu o iva en provisionales ??
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2013 19:41:38 Asunto: Re: saldo a favor de isr anual contra ietu o iva en provisionales ??
Buen día perlasegovia: Si, si puedes. Favor de consultar este enlace: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/4_4209.html[/url] Saludos
Tópico: requerimiento devolución
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2013 14:06:42 Asunto: Re: requerimiento devolución
Buen día carolinaflores: ¡¡ Bienvenida !! Todas las deducciones personales, tales como Honorarios Médicos, Primas de Seguros de gastos Médicos, Intereses, etc. pueden pagarse en efectivo. Así lo dispone el último párrafo del Art. 176 de LISR: ' Los requisitos de las deducciones establecidas en el Capítulo X de este Título no son aplicables a las deducciones personales a que se refiere este artículo.' Las colegiaturas si deben pagarse con medios distintos del efectivo, dado que así lo requiere el Decreto respectivo. Saludos
Tópico: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 13, 2013 17:28:42 Asunto: Re: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
Buen día Damián: Igualmente un placer 'verte' de nuevo en este foro. [quote] ……no porque ni el SAT o TELERISA fueran buenas personas y querían publicar dicho movimiento, si no porque como[b] la televisora cotiza en la bolsa[/b] y presentó sus estados financieros para mostrar su solvencia, a[b]hí fue donde se supo la susodicha movida…[/b][/quote]… Exactamente, por esa razón salió a la 'luz pública' de otra forma jamás nos hubiésemos enterado. ¡¡ Ah !! cuántas otras 'movidas' se harán a espaldas de nuestros sufridos y cautivos contribuyentes ? Saludos cordiales
Tópico: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 13, 2013 17:22:20 Asunto: Re: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
Buen día Paco: [quote]Definitivamente siguen pesando las influencias..[/quote]. Serán las influencias o será el 'pago' de favores anteriores ? Saludos
Tópico: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 13, 2013 11:45:44 Asunto: Condonan deuda por 3,000 mdp a Televisa; Ponte al Corriente así actuará con todos ?
Buen día el sábado 12 del presente El Universal publica la noticia de que el SAT le condonó casi 3,000 millones de pesos a Televisa, argumentando que es en base al programa de Ponte al Corriente. [b]Aquí la pregunta que nos planteamos es: ' Asi condonará el SAT las deudas al resto de nosotros los mortales ?[/b] En este enlace pueden acceder a dicha noticia: [url]http://www.eluniversal.com.mx/notas/922324.html[/url] Saludos
Tópico: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2013 09:05:37 Asunto: Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Buen día FISCIVAN11: Realmente no le entiendo plenamente a tu duda respecto a la actividad. Ahora bien, volviendo a lo de la ropa me llama la atención lo siguiente que mencionas: [quote]LOS MONTOS QUE NO SON NADA CONGRUENTES EN CUANTO AL GASTO COMUN EN UNA PERSONA SON TAN ALTOS QUE[b] SE PRESUMIRÍA QUE LA ROPA FUE PARA VARIAS PERSONAS[/b] [/quote] Entonces no estás seguro que la ropa la utilizó el contribuyente solamente ? Saludos
Tópico: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2013 08:55:57 Asunto: Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Buen día LC.GONZALEZ: [quote]¿en tu revisiones no te han objetado dicha deduccion?[/quote] Nunca y cabe aclarar que me han revisado en forma directa y también en los casos que he solicitado devoluciones de ISR o de IVA en las cuales se le envían al SAT todos los comprobantes de gastos, jamás han objetado los comprobantes de ropa. Desde luego esos gastos de ropa no son representativos respecto al total de los gastos totales. Saludos
Tópico: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2013 16:22:28 Asunto: Re: DEDUCIBILIDAD EN COMRPA DE ROPA Y ACEESORIOAS PARA PERSONAS FISICAS
Hola FISCIVAN11: La ropa para las personas físicas con actividades profesionales o empresariales, entre otras, no solamente es un gasto estrictamente indispensable, sino obligatorio. Por lo tanto no le veo problema alguno en considerar la compra de ropa como deducible. Saludos PD.- Puedes consultar las leyes de tu estado y verificar si las personas físicas pueden andar sin nada de ropa en lugares públicos, esto es, fuera de su hogar y no ser detenidas por la policía.

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