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Tópico: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2014 20:30:08 Asunto: Re: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
Hola mi estimada memoli, respeto tu punto de vista, pero para un servidor la herramienta Mis Cuentas y el Sistema de Registro Fiscal son cosas distintas, independientemente de lo que dice la asesora del SAT. 1.- Mis Cuentas son una HERRAMIENTA que utilizan solamente las personas físicas y sirve no solo para 'contabilzar' ingesos y gastos, sino que además se puede utilizar para facturar a cierto tipo de contribuyentes. 2.- Esta herramienta (Mis Cuentas) es opcional su utilización. 3.- No lo establece ninguna disposición fiscal, sino solamente el Comunicado de prensa 010/2014. 4.- El SAT lo identifica como 'Registro Fiscal Simplificado' , este es el enlace: [url]https://rfs.siat.sat.gob.mx/PTSC/RFS/menu/[/url] 5.- El Sistema de Registro Fiscal lo señala el Art. 28 Fracc. III y IV del Código Fiscal de la Federación vigente. 6.- Su utilización es obligatoria a partir del 1o. de Julio 2014 y DEBE ser utilizado tanto por personas físicas como personas morales en general, sin excepciones. Copio ambas fracciones del CFF: CFF Artículo 28. [b]Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén [color=blue]obligadas a llevar contabilidad[/color], estarán a lo siguiente:[/b] III. Los registros o asientos que integran la contabilidad [b][color=blue]se llevarán[/color] [/b]en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos [b]deberá[/b] estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. IV. [b][color=blue]Ingresarán[/color] de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.[/b] El SAT no ha emitido ninguna regla de caracter general, ni tampoco ha desarrollado el Sistema de Registro Fiscal Esperemos que el SAT aclare y que sus comunicados sean mas precisos, ya que ni el propio perssonal (asesores) conocen la diferencia entre ambos conceptos Que tengas un excelente día [i]Editado: Febrero 24, 2014 20:42:16[/i]
Tópico: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2014 11:10:35 Asunto: Re: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
Memoli, muchísimas gracias por tus palabras. te lo agradezco infinitamente. Desde mi participación anterior cometí un error al citar una regla que no aplicaba a la pregunta del o de la iniciadora del tópico No hay que confundir que una cosa son 'Mis Cuentas' y otra muy distinta es la del 'Sistema de Registro Fiscal': La o el iniciador del tópico preguntó: ¿ES OBLIGATORIO UTILIZAR EL SISTEMA[b] MIS CUENTA [/b]PARA REGISTRO CONTABLE? La Regla que cité 'habla' del 'Sistema de Registro Fiscal': [quote][b]Sistema de registro fiscal[/b] I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la [b]aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”,[/b] disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña[/quote] La primera (Mis Cuentas), es una herramienta para todos los contribuyentes personas físicas sin importar su Régimen Fiscal. Copio parte de dicho comunicado 010/2014 del SAT: [quote]Comunicado de prensa 010/2014 México, D.F., a 29 de enero de 2014 Mis cuentas: el registro de ingresos y ventas, más fácil y más rápido  Es una herramienta para todas las personas físicas, independientemente de su actividad[/quote] Esta herramienta es opcional. Ver el comunicado completo El Sistema de Registro Fiscal a que alude la regla citada, es obligatoria, no solo para personas físicas, sino para Personas Morales también, esto de acuerdo al Art. 28 Fracc. III y IV del CFF: III. Los registros o asientos que integran la contabilidad [b]se llevarán[/b] en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. IV. [b]Ingresarán de forma mensual su información contable[/b] a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto. En efecto el SAT con tanto comunicado nos confunde cada vez mas y de pronto no sabemos que es opcional y que es obligatorio. Para efectos de este tópico que se preguntó sobre 'Mis Cuentas', desde luego que no es obligatorio, independientemente de que yo también me confundí y cité una Regla que no aplicaba. Ofrezco una disculpa por mi error. Saludos afectuosos memoli [i]Editado: Febrero 24, 2014 11:14:32[/i]
Tópico: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2014 11:01:48 Asunto: Re: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
Buen día Jiz_my: ¡¡ Bienvenido (a) !! [quote]¿ES OBLIGATORIO UTILIZAR EL SISTEMA MIS CUENTA PARA REGISTRO CONTABLE?[/quote] No, no es obligatorio, es opcional, de acuerdo a la siguiente Regla: RMF 2014 RMF I.2.8.2…………. Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, [b]las personas físicas [color=red]que cuenten con un sistema contable electrónico[/color], [color=blue]podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo[/color],[/b] siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2. Lo anterior significa que si cuentas con un sistema contable electrónico, puedes llevar tu contabilidad en el mismo y no en el de Mis Cuentas Saludos
Tópico: NO ENCUENTRO EN 'MI PORTAL' DE LA PAGINA DEL SAT LA OPCION PARA SOLICITAR 'OPINION SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2014 17:43:12 Asunto: Re: NO ENCUENTRO EN 'MI PORTAL' DE LA PAGINA DEL SAT LA OPCION PARA SOLICITAR 'OPINION SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES'
Buen día PCContadores: Puedes consultar en este enlace: [url]http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/Paginas/opini%C3%B3n_de_cumplimiento_de_obligaciones_fiscales.aspx[/url] Saludos
Tópico: aumento de capital
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2014 17:20:38 Asunto: Re: aumento de capital
Buen día perlasegovia Realmente está muy complicado y serio el aspecto legal-mercantil de la sociedad, además de todas las probables violaciones a diferentes leyes de diferentes tipos. Mi recomendación es: si el notario puede, dentro de las disposiciones fiscales, 'arreglar' legalmente todo el embrollo, pues que lo haga. Saludos [i]Editado: Febrero 20, 2014 17:21:19[/i]
Tópico: P.Fisica con deducción ciega quiere acreditar IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2014 17:11:34 Asunto: Re: P.Fisica con deducción ciega quiere acreditar IVA
Buen día carsen [quote]....Si llevo la deduccion ciega para ISR y acredito IVA con gastos de la actividad... tendre que subir Contabilidad para Julio...[/quote] No, dado que optó por la deducción ciega. El Art. 28 del CFF señala: ''Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales [b][color=blue]estén obligadas a llevar contabilidad[/color],[/b] estarán a lo siguiente: …………….' Esto es, que cuando las Leyes respectivas obliguen a llevar contabilidad a ciertos contribuyentes, éstos estarán obligados a llevarla. Pero en el caso de los arrendadores que opten por la deducción ciega del 35% no están obligados a llevar contabilidad: LISR Artículo 118. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, [b]tendrán las siguientes obligaciones:[/b] II..-Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. [b][color=blue]No quedan comprendidos [/color]en lo dispuesto en esta fracción [color=blue]quienes opten por la deducción del 35% [/color]a que se refiere el artículo 115 de esta Ley[/b] Dado lo anterior, los arrendadores que opten por la deducción ciega, no están obligados a llevar ningún tipo de contabilidad ni ahora ni en julio 2014. Saludos [i]Editado: Febrero 20, 2014 17:13:11[/i]
Tópico: regimen de incorporacion dudas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2014 11:51:29 Asunto: Re: regimen de incorporacion dudas
Buen día BATISTA: [quote]...pero que pasa con el IVA ( lo trasladara en sus comprobantes y no lo acreditara) ¿sera subsidiado tambien? [/quote] Puedes consultar el artículo Séptimo Transitorio del DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa , publicado en el DOF el 26 de Diciembre de 2013. [quote] 2 tramitan cief y fiel para facturar ?[/quote]: De la pag. del SAT: 9. Pertenezco al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal, ¿para facturar necesito la Fiel? No, solo requieres tener contraseña. Fundamento legal: Regla ( 729 kB) I.2.7.1.21, Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. Saludos
Tópico: aumento de capital
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2014 10:48:34 Asunto: Re: aumento de capital
Buen día perlasegovia: [quote]* esos aumentos pueden ser en especie o en dinero que aportan los socios ?? [/quote]= Pueden ser en dinero o en especie. [quote]* como se registra en contabilidad ? [/quote]= C/o a Bancos o a Activo Fijo, con C/r a Capital Social. [quote]* se tiene que llevar ante notario para dar legalidad ? [/quote]= Depende, si el aumento es sobre el Capital Variable y en el Acta Constitutiva se establece que puede efectuarse dicho aumento de capital mediante una Asamblea General Ordinaria de accionistas, no es necesario acudir ante un notario. [quote]* como se determinan esos aumentos ? [/quote]= No entiendo tu pregunta, puedes replantearla por favor ? Saludos
Tópico: P.Fisica con deducción ciega quiere acreditar IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2014 09:53:56 Asunto: Re: P.Fisica con deducción ciega quiere acreditar IVA
Buen día anaili: [quote]el IVA de dichos gastos ¿puede acreditar?[/quote]= Si, si lo puede acreditar, ya que se trata de una ley distinta y la ley del IVA no lo restringe. [quote]al poder acreditar ¿tendrá que llevar contabilidad? [/quote] No, la obligación de llevar contabilidad la fija la ley del ISR y para quien opte por la deducción ciega del 35%, no se encuentra obligado. Ver Art. 118 Fracc. II Saludos [i]Editado: Febrero 19, 2014 10:00:22[/i]
Tópico: CHAVALON
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2014 20:05:41 Asunto: Re: CHAVALON
Muchas gracias Alberto por tus bellos pensamientos y por tus buenos deseos. Un fuerte abrazo de agradecimiento

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