Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de CHAVALON

Autor Mensaje
Tópico: para expertos en la materia
CHAVALON

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2010 20:17:08 Asunto: Re: para expertos en la materia
felipe_casa: [quote]....ademas de otras [b]obligaciones tiene retencion de isr por sueldos y salarios[/b]....... [/quote] Ya verificaste en la Guía de Obligaciones Fiscales y/o en la Constancia de Inscripción del RFC en su parte inferior, si esa obligación se encuentra 'Activa' o la tiene registrada como tal ? Saludos [i]Editado: Mayo 06, 2010 20:17:33[/i]
Tópico: obligaciones fiscales PF del sector agropecuario
CHAVALON

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2010 14:48:04 Asunto: Re: obligaciones fiscales PF del sector agropecuario
Maytehe: ¡¡ Bienvenida !! [quote]...[b]que obligaiciones tengo que cumplir [/b]al darme de alta en la actividad del sector primario ( agricultura -corte cultivo de caña de azucar )....[/quote] Para inscribirte tienes 2 opciones: 1.-Acudir al Módulo del SAT que corresponda al Contribuyente, o 2.-Preincribirte inicialmente a través de la página del SAT, est es la liga: Preinscripción en el RFC [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/21_12672.html[/url] En la opción 1, el funcionario del SAT te entregará al final del llenado del cuestionario, una guía de Obligaciones Fiscales, además que en la parte inferior de la Inscripción en el RFC se detallan las Obligaciones Fiscales que deberás cumplir. En la opción 2, al ir contestando el Cuestionario, al final también puedes y debes imprimir tanto la Inscripción de Constancia del RFC con la CIF, como la Guía de Obligaciones Fiscales. Te anoto unas ligas que pueden servirte previamente a la Inscripción, en las cuales te enterarás de algunas de las obligaciones: Régimen de Actividades Empresariales [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/princ_fisc_p/131_8177.html[/url] Régimen Intermedio [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/princ_fisc_p/131_8179.html[/url] Saludos
Tópico: como cotizar servcios contables y fiscales a un precio justo?
CHAVALON

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2010 23:24:38 Asunto: Re: como cotizar servcios contables y fiscales a un precio justo?
roberbaeza: Cuanta verdad contienen todos y cada uno de los puntos que mencionas en tus comentarios. Resalto algunos no por mas importantes, sino por el sentido humano como lo planteas: [quote]2.- [b]La competencia es alta y desleal[/b], porque va desde los grandes despachos que abarcan las grandes contabilidades debido a su prestigio y demas, hasta los informales que ni siquiera tienen una cedula, no dan recibos de honorarios, no pagan impuestos, no asisten a cursos ni se actualizan, ni tienen un despacho que los respalde, normalmente cobran la mitad de lo normal y terminan llevandose un monton de pequeños contribuyentes. Otros contribuyentes que simplemente van al SAT/Finanzas a que les calculen sus impuestos segun el período que les corresponda.[/quote] [quote]7.- De verdad compañeros, a veces [b]no es tan fácil teniendo a una familia que mantener[/b] y cosas por el estilo, la mayoría de los contribuyentes se va o con el que le cobra mas barato o con el que tiene una firma ya reconocida [/quote] [quote]Aqui en el despacho hemos hecho una calculadora en excel en la que mas o menos nos guiemos de cuanto cobrar pero no tenemos tanta experiencia en esos asuntos y si es cierto, [b]a veces por retener a un cliente terminamos cobrando menos[/b].[/quote] Te felicito, resumiste en los 8 puntos en que enumeraste tus comentarios, las verdades a las que nos hemos enfrentado casi todos cuando nos decidimos a 'emprender la aventura por nuestra propia cuenta', como bien lo comentas. Mi recomendación es que te mantengas siempre actualizado, seas siempre recto, honrado y justo tanto en tus honorarios como en los trabajos que desarrolles, llegarán los tiempos en que la Calidad y la Honradez se impongan y recuerda sobre todo que no existen contribuyentes 'chicos' o 'grandes', todos nos merecen nuestro mayor esmero y profesionalismo ya que para ellos, 'su negocio' es lo mas importante. También recuerda que la Mejor Publicidad es una Buena Recomendación, por lo tanto de cualquier cliente, como te expreso en el párrafo anterior, puede provenir esa Recomendación. Saludos y mucha suerte [i]Editado: Mayo 06, 2010 01:09:14[/i]
Tópico: Y dónde esta la Miscelánea Fiscal 2010???
CHAVALON

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2010 01:07:37 Asunto: Re: Y dónde esta la Miscelánea Fiscal 2010???
Tal como lo menciona lobozac, la RMF 2009-2010 no menciona la fecha de vigencia, sino solamente la de entrada en vigor. En los últimos 4 años del 2005 al 2008 inclusive, las RMF's señalaban tanto la fecha de inicio de vigencia como la de terminación de la misma: RMF 2008-2009 Transitorios Primero. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de junio de 2008, salvo lo dispuesto en los Títulos 11 de los Libros I y II, que [b]entrarán en vigor el 1 de julio de 2008, y estará vigente hasta el 30 de abril de 2009.[/b] [b]RMF 2007-2008[/b] Transitorios Primero. La presente Resolución [b]entrará en vigor el 1 de mayo de 2007 y estará vigente hasta el 30 de abril de 2008.[/b] [b]RMF 2006-2007[/b] Transitorios Primero. La presente Resolución [b]entrará en vigor el 1 de mayo de 2006 y estará vigente hasta el 30 de abril de 2007.[/b] [b]RMF 2005-2006[/b] Transitorios Primero. La presente Resolución [b]entrará en vigor el 1 de junio de 2005 y estará vigente hasta el 31 de marzo de 2006.[/b] La del 2009-2010 menciona solamente la fecha del inicio de su vigencia, mas no el de su terminación: [b]RMF 2009-2010[/b] Transitorios Primero. La presente Resolución [b]entrará en vigor el 1 de mayo de 2009.[/b] Ojalá y solamente efectúen modificaciones sobre esta RMF porque en verdad es complicado mantenerse actualizado con tantos cambios tanto a las Reglas como a los transitorios que 'acompañan' generalmente tanto a las RMF`s, como a sus 'Modificaciones'. Saludos
Tópico: Para la Anual s¿Se acumulan las pensiones del IMSS ?
CHAVALON

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2010 00:38:13 Asunto: Re: Para la Anual s¿Se acumulan las pensiones del IMSS ?
Hola Mem así es, el IMSS por negligencia, flojera o desconocimiento no efectuó (ahora confirmas que en todo el país) retenciones durante el 2009 y ahora al presentar la Dec. Anual, si el Pensionado no tiene suficientes Deducciones Personales, lógicamente que resulta con un Saldo a Cargo de ISR. Parece ser que este año de 2010 el IMSS ya 'se puso las pilas' y empezaron a retener. Saludos
Tópico: ¡¡ FELIZ DÍA DEL NIÑO !!..UN POCO TARDE...
CHAVALON

Mensajes: 31
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2010 21:15:55 Asunto: Re: ¡¡ FELIZ DÍA DEL NIÑO !!..UN POCO TARDE...
Muy agradecido por tus comentarios gaboss, pero solamente me considero un Aprendiz en todo y un Maestro en nada. Y tienes razón, ya en una ocasión 'comparé' a los Foristas como Compañeros de Trabajo y ahora leyendo tu comentario coincido en que somos como una Gran Familia Saludos afectuosos
Tópico: aviso de compensa cion x internet, cuales anexos se presentan
CHAVALON

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2010 09:05:46 Asunto: Re: aviso de compensa cion x internet, cuales anexos se presentan
fdiaz: [quote]...persona fisica [b]arrendador..[/b].[b]el isr pagado en exceso se acredita contra ietu,.[/b]..c[b]uantos anexos son[/b].....[b]y en donde localizo[/b][/quote] En tu caso solamente estás obligado a presentar el Anexo 'A' junto con el Aviso de Compensación (Formato electrónico F41 o en Papel). Lo puedes localizar aquí en Fiscalia en Formatos Fiscales o en la página del SAT. Saludos
Tópico: DUDAS CON EL F3241
CHAVALON

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2010 01:32:41 Asunto: Re: DUDAS CON EL F3241
LMaggy: [quote] IVA ACREDITABLE DEL PERIODO. [b]Me pide la proporción pero [color=red]le puse 0[/color][/b] porque mi actividad es al 0%. [/quote] Debes anotarle 1.0000 [quote]+ PARA DETERMINAR LA PROPORCION APLICADA. PARA VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES . . GRAVADAS ES POR LAS QUE PAGUE IVA? AHORA ... POR LOS QUE NO SE DEBA PAGAR IMPUESTO.. ES LO QUE PAGUE AL 0%?[/quote] Supongo que estás hablando del reverso del Anexo 7, de ser así, debes anotar las cantidades como sigue, uponiendo también que solamente tienes Ingresos a la Tasa del 0% ´ 1a. Columna Gravados.- En el primer renglón y último renglón, anotas el total de Ingresos de la tasa 0% 2a. y 3a. Columnas no se llenan 4a. Columna.- anotas lo mismo que en la 1a. Columna. Saludos
Tópico: SE PUEDE BAJAR LA BASE CON SOC CONYUGAL EN INGRESOS POR SUELDOS
CHAVALON

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2010 01:21:09 Asunto: Re: SE PUEDE BAJAR LA BASE CON SOC CONYUGAL EN INGRESOS POR SUELDOS
rafaellj: [quote][b]SE PUEDE BAJAR LA BASE CON SOC CONYUGAL EN INGRESOS POR SUELDOS[/b][/quote] No, normalmente la deducción del 50% en Soc. Conyugal, aplica en arrendamientos de Bienes o en Actividades Empresariales donde ambos tengan activos o propiedades en común dentro del negocio. No aplica para sueldos. Puedes consultar, entre otros, el Art. 108 LISR y los Arts. 120 y 123 del RISR. Saludos
Tópico: Para la Anual s¿Se acumulan las pensiones del IMSS ?
CHAVALON

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2010 00:59:17 Asunto: Re: Para la Anual s¿Se acumulan las pensiones del IMSS ?
JMAU: [quote]....[b][color=red]ESTAS SEGURO[/color] QUE [color=red]EL IMSS NO HIZO RETENCION DE ISR EN LAS PENSIONES[/color] QUE PAGO EN 2009[/b]? [/quote] De aproximadamente 21 casos de Pensionados (No trabajadores del IMSS) que recibieron pensiones superiores a los 9 Salarios Mínimos del Área B de la zona metropolitana de Monterrey, no les efectuaron ninguna retención durante el 2009. A partir del mes de Febrero del 2010, empezaron a retenerles ISR a los que excedían de los 9 salarios mínimos y en forma retroactiva al mes de Enero de 2010, claro solamente por el excedente de los 9 S.M. Desconozco si en otras Ciudades o Estados el IMSS haya aplicado el mismo criterio de no retener a los que por Ley debió haberlo hecho. En lo personal me tocó presentar las Declaraciones Anuales de varios de ellos (los pensionados) y a todos ellos les acumulé las pensiones recibidas y les disminuí como exentos los 9 Salarios Mínimos a que se refiere el Art. 109 Fracc. III de LISR. Saludos [i]Editado: Mayo 04, 2010 01:03:09[/i]

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531 532 533 534 535 536 537 538 539 540 541 542 543 544 545 546 547 548 549 550 551 552 553 554 555 556 557 558 559 560 561 562 563 564 565 566 567 568 569 570 571 572 573 574 575 576 577 578 579 580 581