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Tópico: DECLARACION ANULQUE SE FUE POR ERROR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2013 09:00:12 Asunto: Re: DECLARACION ANULQUE SE FUE POR ERROR
Buen día sylvestre: [quote]..mil gracias.....[/quote] Al contrario, el agradecido es un servidor por la confianza. Y cuando tengas alguna duda, acude sin ninguna pena a este foro, aquí encontrarás magníficas y certeras opiniones de los compañeros. Saludos
Tópico: DECLARACION ANULQUE SE FUE POR ERROR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2013 22:10:13 Asunto: Re: DECLARACION ANULQUE SE FUE POR ERROR
Buen día sylvestre: Puedes enviarla de nuevo como normal, el SAT normalmente tomaría esa segunda declaración presentada como 'complementaria'. Saludos
Tópico: recuperacion clave ciecf
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2013 22:06:53 Asunto: Re: recuperacion clave ciecf
Buen día jinetesincabeza: 1.- Si recuerdas al pregunta y la respuesta 'secreta', puedes tramitarla por Internet 2.- Si tienes FIEL, también puedes tramitarla por Internet De no ser afirmativas las 2 preguntas anteriores, debes acudir a cualquier módulo del SAT a tramitarla, no se requiere cita. Saludos
Tópico: ENAJENACION PROPIEDAD SOCIEDAD CONYUGAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2013 13:38:58 Asunto: Re: ENAJENACION PROPIEDAD SOCIEDAD CONYUGAL
Excelentes comentarios mi apreciable ngm, me uno al reconocimiento y felicitaciones de los compañeros que lo manifestaron Saludos afectuosos
Tópico: IETU a favor vs ISR a cargo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 22, 2013 11:07:09 Asunto: Re: IETU a favor vs ISR a cargo
Buen día alex78: [quote]Para compensar un ISR a cargo vs IETU a favor en la declaracion anual, [b]se debe de presentar en papel?[/b] [/quote] Es opcional presentarlo en 'papel' (Formato 41), o a través de Internet mediante el Formato Electrónico 41. Saludos
Tópico: pago de colegiaturas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2013 13:33:40 Asunto: Re: pago de colegiaturas
Buen día guafle007: [quote]...mi argumento que es la dependencia económica y que sea dependienta, ademas de que [b]se le realizan las trasferencias a su cuenta para que ella realice el pago [/b]con la tarjeta que se le dio.[/quote] En mi opinión si se puede incluir como beneficio fiscal (dentro de deducciones personales), adjuntando, en caso de solicitar saldo a favor de ISR, los estados de cuenta de Uds. y de su hija, para demostrar que 'indirectamente' Uds. están relaizando el pago por medio de su hija. Saludos
Tópico: acreditamiento IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2013 10:18:30 Asunto: Re: acreditamiento IVA
Buen día Dann: ¡¡ Bienvenido !! Puedes consultar el Art. 9 de la Ley del IVA y lo siguiente: REGLAMENTO DEL IVA Artículo 29. Para los efectos del artículo 9o., fracción II de la Ley, la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, se consideran comprendidos dentro de lo dispuesto por dicha fracción, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales. Tratándose de unidades habitacionales, no se considera como destinadas a casa habitación las instalaciones y obras de urbanización, mercados, escuelas, centros o locales comerciales, o cualquier otra obra distinta a las señaladas. En el caso que planteas, la proporción de acreditamiento del IVA será del 83.33 % Saludos [i]Editado: Abril 20, 2013 10:44:02[/i]
Tópico: ¿Cuál es el monto de los ingresos por intereses pagados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2013 16:31:35 Asunto: Re: ¿Cuál es el monto de los ingresos por intereses pagados?
Buen día cpallares: [quote]¿CUÁL ES EL MONTO DE LOS INGRESOS POR INTERESES PAGADOS?[/quote] [quote]...estoy tomando los $ 9,000.00, pero el asesor me dice que son los $ 16,000.00[/quote] Tal como lo menciona mi apreciable memoli (saludos cordiales), el monto que debes deducir en el Declarasat [b]son los Intereses Reales efectivamente pagados[/b] ya que así lo establecen tanor el Art. 176 Fracc. IV como el Declarasat, además de el comunicado del SAT que se contiene en el enlace proporcionado por el compañero Paco (saludos). Esto señala el Art. 176 Fracc. IV de LISR: IV. [color=blue]Los intereses reales efectivamente pagados [/color]en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión. Para estos efectos, se determinarán los intereses reales conforme a lo siguiente: Y esto señala el comunicado del SAT: [b]DEDUCCIONES PERSONALES 2012[/b] .- [b][color=blue]Intereses reales devengados y efectivamente pagados[/color] durante 2012[/b], por créditos hipotecarios utilizados únicamente para la construcción o remodelación de casa habitación, así como los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, aseguradoras, etc.) o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS)………………. En el Declarasat indica: Intereses Reales efectivamente Pagados [b]En tu caso serían los [color=blue]$ 9,000.00[/color][/b] y no los $ 16,000.00 que te indicó el asesor Saludos [i]Editado: Abril 19, 2013 16:42:46[/i]
Tópico: RECOMENDACION DEC ANUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2013 15:40:31 Asunto: Re: RECOMENDACION DEC ANUAL
Buen día fernandapacheco: En este enlace puedes acceder a Declarasat en Línea: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_11181.html[/url] Saludos
Tópico: Alta en el SAT de Ingeniero Agropecuario
CHAVALON

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2013 10:22:44 Asunto: Re: Alta en el SAT de Ingeniero Agropecuario
Bien Alex, entonces al inscribirlo en Mi Portal del SAT, procura que la actividad a desarrollar que señales o selecciones, 'cuadre' como Servicio Profesional Independiente, para que al final del cuestionario, te considere como Actividad Profesional. Saludos

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