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Tópico: Comprobantes fiscales: Requieren el domicilio completo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2009 10:34:18 Asunto: Re: Comprobantes fiscales: Requieren el domicilio completo
Roberto: No soy Paco, pero esta información aparece en la sección Actualidades de hoy: No. Registro: 50,189 Jurisprudencia Época: Sexta Instancia: Pleno Fuente: R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 11. Noviembre 2008. Tesis: VI-J-SS-11 Página: 7 CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN COMPROBANTES FISCALES.- QUIEN LOS EXPIDE TIENE OBLIGACIÓN DE IDENTIFICAR EL DOMICILIO FISCAL COMPLETO.- De los artículos 29-A, fracción I, y 83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación, se puede concluir que los comprobantes a que se refiere el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, además de los requisitos que el mismo establece, deberán contener, entre otros datos, impreso el domicilio fiscal del contribuyente, señalando que sin ese requisito el particular se hará acreedor a una sanción. De tal manera, quienes expiden comprobantes fiscales por las actividades que realizan, tienen la obligación de identificar su domicilio fiscal completo, incluida la colonia, en el caso de existir, además de la calle, número y código postal donde está ubicado, pues de lo contrario no puede aceptarse que se haya satisfecho la obligación formal establecida por el Legislador en el precepto 29-A, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. Y se actualiza la hipótesis de infracción prevista en el artículo 83, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, relativa precisamente a la expedición de comprobantes sin requisitos fiscales. (1) Contradicción de Sentencias Núm. 663/07-20-01-8/Y OTRO/1016/08-PL-01-01.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 6 de octubre de 2008, por mayoría de 9 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretario: Lic. Julián Rodríguez Uribe. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/50/2008) Saludos
Tópico: Pago de contribuciones realizados con una cuenta distinta a la del contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2009 08:45:11 Asunto: Re: Pago de contribuciones realizados con una cuenta distinta a la del contribuyente
Impuestos1: Al parecer la liga que anoté no 'abre', te copio lo que aportó el compañero a_cano, en ese tópico: En relación con el tema, me permito transcribir criterio de la SCJN: Registro No. 242206 Localización: Séptima Época Instancia: Tercera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación 28 Cuarta Parte Página: 81 Tesis Aislada Materia(s): Civil, Administrativa IMPUESTOS. QUIEN DEBE HACER SU PAGO. Si bien es cierto, que las leyes fiscales, local y federal, imponen los impuestos al que percibe la utilidad con motivo de los réditos, [color=red][b]ello no quiere decir que ineludiblemente el pago deba hacerlo el causante y que exista impedimento legal para que en su nombre lo haga un tercero[/b][/color]. Al Estado le interesa que se cubra la carga fiscal y no que lo haga forzosamente el causante, quedando libre la voluntad de los contratantes para hacer estipulaciones al respecto, ya que no existe disposición legal que lo prohíba. Amparo directo 4346/70. Miguel Hernández y otra. 12 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. [color=red][b]Énfasis añadido:[/b][/color] Saludos
Tópico: Pago de contribuciones realizados con una cuenta distinta a la del contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2009 07:05:35 Asunto: Re: Pago de contribuciones realizados con una cuenta distinta a la del contribuyente
Impuestos1: ¡¡Bienvenido !! Hace poco tiempo se trató un tema parecido, esta es la liga: [url][b]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=36985&idCat=10[/b][/url] Saludos
Tópico: coeficiente de utilidad mayor a 1.0000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2009 18:21:13 Asunto: Re: coeficiente de utilidad mayor a 1.0000
dgg07: [quote]....de que manera se podria obtener un coeficiente de utilidad mayor a 1 [/quote] Cuando tu Utilidad Fiscal sea mayor que tus Ingresos Nominales. Saludos
Tópico: Devolución de 2% para efectos del IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2009 18:15:48 Asunto: Re: Devolución de 2% para efectos del IETU
cararel: [quote]…..me devolvió la tesorería el[b] 2% sobre nóminas que pagué en el ejercicio de 2008,[/b] por lo tanto entiendo que [b]deberé de acumularlo para efectos del IETU[/b], estoy en lo correcto?.[/quote] Asi es, si lo consideraste como deducción en 2008, si debes acumularlo. El fundamento ya lo señaló Saúl. Saludos
Tópico: formado 41 y DEM IVA
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Mensaje Foro: Software Enviado: Septiembre 29, 2009 18:11:00 Asunto: Re: formado 41 y DEM IVA
fatymty: [quote]....se necesita para presentar una compensacion, si hay que bajar algun programa,[/quote] Si la vas a efectuar por Internet, si se requiere que 'bajes' un Software, para ello puedes consultar esta liga: [url][b]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_14018.html[/b][/url] [quote]...se hace el mismo procedimiento en las devoluciones...[/quote] No, para ello depende si se trata de Grandes Contribuyentes o Personas que dictaminen sus Edos. Financieros o Contribuyentes 'Normales', éstas son las ligas: Para Grandes Contribuyentes: [url][b]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/guia_tramites/125_11125.html[/b][/url] Para Contribuyentes 'Normales': [url][b]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9988.html[/b][/url] Es conveniente que consultes en la página del SAT, el procedimiento en detalle para cada caso, ya se trate de Compensaciones o Devoluciones Saludos
Tópico: Formato 32 Anexo 1 Editable Actual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2009 11:36:42 Asunto: Re: Formato 32 Anexo 1 Editable Actual
rmc: [quote].....el anexo 1 del formato 32 editable de la version actual...[/quote] El Anexo 1 se suprimió Saludos [i]Editado: Septiembre 28, 2009 11:37:58[/i]
Tópico: Fundamento Venta casa habitacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2009 21:30:21 Asunto: Re: Fundamento Venta casa habitacion
ricardoso18: [quote]….[b]el fundamento [/b]del ingreso exento por venta de casa habitacion de una persona fisica...[/quote] [quote]Su actividad no es la venta de bienes inmuebles[/quote] Para ISR: Arts. 109 Fracc. XV a) de LISR y 129 y 130 del RISR Para IETU: Art. 4 Fracc. VII Saludos [i]Editado: Septiembre 17, 2009 22:50:18[/i]
Tópico: RETENCION A HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2009 15:57:47 Asunto: Re: RETENCION A HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO
CARORLLA: [quote]pero tambien estos mismos reciben un sueldo quincenal y estan dados de alta ante IMSS. [/quote] [quote]...le retengo con la tasa maxima (29%) o le aplico lo de la tarifa? [/quote] Al total de Ingresos en el mes(Sueldo mas Honorarios de Consejo), le aplicas la Tarifa del Art. 113 Saludos [i]Editado: Septiembre 17, 2009 16:10:48[/i]
Tópico: deduccion de televisor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2009 10:35:32 Asunto: Re: deduccion de televisor
lobozac: [quote]..mis respuestas fueron en razon de esto .......1-. ¿ es deudcible la compro de una television para su uso personal[/quote] Y la mía no lo es? [quote]Si lo tiene en la Sala de espera de su taller para entrenimiento de sus clientes mientras esperan su automóvil, si puede considerarse como deducible, [color=red][b]en caso contrario no lo es.[/b][/color] [/quote] saludos

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