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Tópico: Se elimina por solicitud del usuario en el Mercury 35228
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2010 19:28:07 Asunto: Re: Se elimina por solicitud del usuario en el Mercury 35228
calj34: Puedes tener varios navegadores y utilizarlos en las operaciones que te funcionen y te convengan. El Google Chrome es compatible con casi el 99% de las operaciones de la página del SAT y te guarada las contraseñas por default. Puedes probarlo y si te funciona utilízalo como 'bateador emergente' (beisbol) o como 'cambio' (futbol). En lo personal utilizo el Internet Explorer, el Google Chrome y el Mozilla Fierfox.. Es tu decisión Saludos
Tópico: Se elimina por solicitud del usuario en el Mercury 35228
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2010 19:16:52 Asunto: Re: Se elimina por solicitud del usuario en el Mercury 35228
celj34: ¡¡ Bienvenido (a) !!! Ya probaste con el Google Chrome ? Saludos
Tópico: Se elimina la declaracion mensual de IETU????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2010 19:04:23 Asunto: Re: Se elimina la declaracion mensual de IETU????
jlchan: Es de buen gusto y educación concluir los Tópicos que se inician: [url][b]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=40426&idCat=10[/b][/url] En caso de que no 'abra' la liga, éste es el nombre del tópico: [quote] ALGUIEN HA OBTENIDO DEVOLUCION DE IDE MENSUAL, APLICANDO LAS 'FACILIDADES ADMINISTRATIVAS' ???[/quote] Saludos [i]Editado: Agosto 30, 2010 23:46:11[/i]
Tópico: CADUSIDAD EN LAS FACTURAS EN PERSONA FALLESIDA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 29, 2010 16:28:43 Asunto: Re: CADUSIDAD EN LAS FACTURAS EN PERSONA FALLESIDA
[quote]..y es cadu C dad [/quote] Mejor así: cadu C [color=red][b]i[/b][/color]dad Saludos
Tópico: Pagos a sindicato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 29, 2010 16:04:42 Asunto: Re: Pagos a sindicato
Hola Ruiz Uscanga: Hace tiempo se trató un tópico parecido, esta es la liga: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=29805&idCat=10&p=1[/url] En mi opinión si serían deducibles para ambos impuestos, cubriendo los requisitos del Art. 29-C del CFF y de la Regla I.2.10.19. Además de que los mismos se encuentren contenidos dentro del Contrato Colectivo de Trabajo, tal como lo menciona profyh Saludos [i]Editado: Agosto 29, 2010 16:23:58[/i]
Tópico: Venta auto usado antiguo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2010 13:50:12 Asunto: Re: Venta auto usado antiguo
Lmpsc: [quote]....dudo que haya factura, así que entiendo que habrá que irse por el lado del avalúo y acumular la utilidad resultante. [/quote] En virtud de que la operación, según comentas, es de $ 100,000.00 Dlls., también debes tomar en cuenta los siguiente: [b]LISR[/b] Artículo 154…… [b]Tratándose de la enajenación de otros bienes, el pago provisional será por el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, y será retenido por el adquirente si éste es residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México,[/b] excepto en los casos en los que el enajenante manifieste por escrito al adquirente que efectuará un pago provisional menor y siempre que se cumpla con los requisitos que señale el Reglamento de esta Ley. En el caso de que el adquirente no sea residente en el país o sea residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, el enajenante enterará el impuesto correspondiente mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los quince días siguientes a aquél en que se obtenga el ingreso. Tratándose de la enajenación de acciones de las sociedades de inversión a que se refiere el artículo 103 de esta Ley, se estará a lo dispuesto en dicho precepto. En el caso de enajenación de acciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores, se estará a lo dispuesto en el artículo 60 de esta Ley. Cuando el adquirente efectúe la retención a que se refiere el párrafo anterior, dará al enajenante constancia de la misma y éste acompañará una copia de dicha constancia al presentar su declaración anual. [b]No se efectuará la retención ni el pago provisional a que se refiere el párrafo anterior, cuando se trate de bienes muebles diversos de títulos valor o de partes sociales y el monto de la operación sea menor a $227,400.00.[/b] Saludos
Tópico: Se elimina la declaracion mensual de IETU????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2010 12:34:24 Asunto: Re: Se elimina la declaracion mensual de IETU????
javi9923: Puedes consultar en esta liga: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&op=latest&id=231414[/url] Saludos
Tópico: Venta auto usado antiguo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2010 10:51:28 Asunto: Re: Venta auto usado antiguo
Lmpsc: [quote]a) ¿Que tratamiento fiscal debe darle? [/quote] El de una enajenación de bienes, Arts. 146 LISR y 14 CFF [quote]b) ¿Que parte del ingreso sería acumulable? [/quote] La diferencia que resulte después de aplicar lo señalado en el Art. 152 de LISR [quote] c)¿Acumulable para IETU? [/quote] No, de acuerdo al Art. 4 Fracc. VII LIETU [quote]d) ¿Exento de IVA por ser usado? [/quote] Si, de acuerdo al Art. 9 de LIVA y 16 de CFF. Saludos
Tópico: RECUPERACION POR SEGURO DE AUTOMOVIL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2010 10:20:13 Asunto: Re: RECUPERACION POR SEGURO DE AUTOMOVIL
Gracias por tus comentarios sos, no había leído tus comentarios en este tópico y también para un servidor es una gran satisfacción leer tus 'esporádicos' pero excelentes puntos de vista. Sinceramente sería una gran pérdida si es que tu intención es dejar de pertenecer a esta página, ya que nos privarías de tus comentarios llenos de experiencia, sabiduría y centrados.Porque me imagino que los números que anotas al final de tus participaciones es como si fuese una 'cuenta regresiva', es así?. Espero que recapacites y sigas en esta página, para poder así seguir 'deleitándonos' con tus opiniones siempre tan valiosas. Saludos muy afectuosos
Tópico: RECUPERACION POR SEGURO DE AUTOMOVIL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2010 10:10:57 Asunto: Re: RECUPERACION POR SEGURO DE AUTOMOVIL
Hola enrique: [quote]¿cual fue tu opinion con respecto a la mia Chavalon? [/quote] Mi opinión sigue siendo exactamente la misma que expresé en mi comentario anterior: [quote][b]La deducción que se permite es para la Compañía Aseguradora, no para el que recibe la indemnización por daños[/b][/quote] Saludos

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