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Tópico: RECIBOS DE NOMINA Y RIF
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 01, 2014 19:37:39 Asunto: Re: RECIBOS DE NOMINA Y RIF
Buena noche: [b]La Regla I.3.3.1.17., de la RMF para 2014, dispone lo siguiente:[/b] [b]Deducción de salarios pagados en efectivo I.3.3.1.17.[/b] Para efectos del artículo 27, fracción III, en relación con el artículo 94 de la Ley del ISR y 29, primer párrafo del CFF, [color=fuchsia][b]las erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado pagadas en efectivo, podrán ser deducibles,[/b][/color] [b]siempre que además de cumplir con todos los requisitos que señalan las disposiciones fiscales para la deducibilidad de dicho concepto,[/b] [color=fuchsia][b]se cumpla con la obligación inherente a la emisión del CFDI correspondiente por concepto de nómina.[/b][/color] CFF 29, LISR 27, 94 Énfasis añadido. Saludos
Tópico: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 31, 2013 14:47:28 Asunto: Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...
Buena tarde: Mi estimado, la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, se encuentra publicada en el Diario Oficial de la Federalción, del 11 de diciembre de 2013. [url]http://www.dof.gob.mx/index.php?year=2013&month=12&day=11[/url] Saludos
Tópico: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 31, 2013 13:46:43 Asunto: Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...
Buena tarde: [color=fuchsia][b]El fundamento... [/b][/color]Artículo 186 de la Nueva LISR, [b]Artículo 186.[/b] El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta Ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador. [color=fuchsia][b]Se otorgará un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistente en el equivalente al 25 % del salario efectivamente pagado a las personas de 65 años y más. [/b][/color]Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley. Saludos
Tópico: IEPS AL PAN DULCE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2013 19:00:52 Asunto: Re: IEPS AL PAN DULCE
Buena tarde: Además, [color=maroon][b]tendrá que colocar el pan dulce en un envase y adherir a éste la etiqueta correspondiente.[/b][/color] Saludos [i]Editado: Diciembre 30, 2013 19:01:16[/i]
Tópico: IEPS AL PAN DULCE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2013 17:53:14 Asunto: Re: IEPS AL PAN DULCE
Buena tarde: [quote]3.- LA PREGUNTA ES: ¿COMO LE HAGO PARA DETERMINAR LA CARGA CALORICA DE CADA PAN DULCE QUE PRODUZCO?. UNA FORMA SIMPLE Y DE HACERLO, SERIA LA CARGA CALORICA DEL PAN QUE PRODUCE BIMBO, TIA, ROSA, ETC. ESA INFORMACION VIENE EN EL EMPAQUE DE CADA PAN. PERO..... YO PRODUZCO COMO 15-20 TIPOS DE PAN DULCE, ADEMAS DE LOS PASTELES. [/quote] [color=fuchsia][b]Considero que se requieren los servicios de un ingeniero químico en alimentos...[/b][/color] [b]Además los productos deberán estar preenvasados de acuerdo con la NORMA Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010,[/b] [color=maroon][b]En virtud de que la Regla I.5.1.2., publicada en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y su anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación, del día 30 de diciembre de 2013, dispone lo siguiente:[/b][/color] [b]Tasa aplicable a los alimentos no básicos, con base en la información de la etiqueta[/b] [b]I.5.1.2.[/b] Para los efectos del artículo 2, fracción I, inciso j) penúltimo párrafo de la Ley del IEPS, la aplicación de la tasa correspondiente se efectuará con base en la información de las kilocalorías manifestadas en el etiquetado de alimentos, de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria”, publicada en el DOF el 5 de abril de 2010. LIEPS 2, NOM DOF 05/04/2010 A su vez, la NORMA Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria. Publicada en el Diario Oficial de la Federación del día 5 de abril de 2010, define etiqueta y Producto preenvasado, de la siguiente manera: [b]3.16 Etiqueta [/b] Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, [color=fuchsia][b]adherida, sobrepuesta o fijada al envase del producto preenvasado [/b][/color]o, cuando no sea posible por las características del producto, al embalaje. … [b]3.34 Producto preenvasado[/b] [color=fuchsia][b]Los alimentos y bebidas no alcohólicas, que son colocados en un envase de cualquier naturaleza[/b][/color], en ausencia del consumidor, y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente. Esperamos tus comentarios... [i]Editado: Diciembre 30, 2013 17:54:20[/i]
Tópico: Cúal es el porcentaje de deducción de un teleferico
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2013 17:09:13 Asunto: Re: Cúal es el porcentaje de deducción de un teleferico
Buena tarde: [b]Según Wikipedia La enciclopedia libre:[/b] … [color=navy][b]El teleférico es un medio de transporte [/b][/color]que consiste en cabinas con capacidad para llevar un grupo de personas. Estas cabinas viajan suspendidas en el aire transportadas por uno o varios cables. [color=navy][b]La mayoría de estos medios de transporte son accionados por energía eléctrica.[/b][/color] Este transporte se usa en zonas con grandes diferencias de altura, donde el acceso por carretera o ferrocarril resulta difícil. … De acuerdo con la definición anterior, estimando que el teleférico se considera transporte eléctrico de personas, el porciento de deducción sería conforme a la fracción VI, del artículo 41, (10% en el transporte eléctrico). Saludos [i]Editado: Diciembre 28, 2013 18:28:39[/i]
Tópico: necesitara dar cfdi en 2014?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 27, 2013 20:59:30 Asunto: Re: necesitara dar cfdi en 2014?
Buena noche: En relación con los enajenantes de vehículos usados, te sugiero consultar las Reglas I.2.4.3., I.2.7.3.4., y II.2.5.3.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, que se encuentra publicada en el portal del SAT, misma que se encuentra pendiente de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación. En relación con las operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles celebradas ante notario, consultar la Regla I.2.7.1.25., de la Resolución en comento. Saludos [i]Editado: Diciembre 27, 2013 21:12:51[/i]
Tópico: REGIMEN DE INCORPORACION- partes relacionadas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 26, 2013 13:40:22 Asunto: Re: REGIMEN DE INCORPORACION- partes relacionadas
Buena tarde: [b]Complemento, que dice la Ley Aduanera y su Reglamento:[/b] [b]LEY ADUANERA ARTICULO 68. Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos: [/b] I. Si una de ellas ocupa cargos de dirección o responsabilidad en una empresa de la otra. II. Si están legalmente reconocidas como asociadas en negocios. III. Si tienen una relación de patrón y trabajador. IV. Si una persona tiene directa o indirectamente la propiedad, el control o la posesión del 5% o más de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación y con derecho a voto en ambas. V. Si una de ellas controla directa o indirectamente a la otra. VI. Si ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera persona. VII. Si juntas controlan directa o indirectamente a una tercera persona. [color=fuchsia][b]VIll. Si son de la misma familia.[/b][/color] [b]REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA Artículo 110.[/b] [color=fuchsia][b]Para efectos de la fracción VIII del artículo 68 de la Ley, se considera que existe vinculación entre personas de la misma familia, si existe parentesco civil; por consanguinidad legítima o natural sin limitación de grado en línea recta, en la colateral o transversal dentro del cuarto grado; por afinidad en línea recta o transversal hasta el segundo grado; así como entre cónyuges.[/b][/color] Saludos [i]Editado: Diciembre 26, 2013 13:41:11[/i]
Tópico: CIERRE NEGOCIO
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 23, 2013 17:35:57 Asunto: Re: CIERRE NEGOCIO
Buena tarde: [b]Es importante tener en cuenta lo que disponen los artículos 2332 y 2334 del Código Civil Federal y correlativo:[/b] [b]Artículo 2332.[/b] Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes presentes. Artículo 2344.- Si el valor de los muebles excede de doscientos pesos, pero no de cinco mil, la donación debe hacerse por escrito. [color=maroon][b]Si excede de cinco mil pesos, la donación se reducirá a escritura pública.[/b][/color] [b]Así como el artículo 109 de la LISR, que establece lo siguiente:[/b] [b]Artículo 109.[/b] No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: … XIX. Los donativos en los siguientes casos: a) Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto. b) Los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado. c) Los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Por el excedente se pagará impuesto en los términos de este Título. Espero sea de utilidad... [i]Editado: Diciembre 23, 2013 17:36:19[/i]
Tópico: MOBILIARIO PARA USO EN EVENTOS
a_cano

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Diciembre 18, 2013 11:33:43 Asunto: Re: MOBILIARIO PARA USO EN EVENTOS
Buen día: ¿En que régimen fiscal tributa? Gracias

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