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Tópico: Deducibilidad de Sorteos
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Deducibilidad de Sorteos
Sin dejar de lado el derecho de origen. Cumpliendo con los requsitos antes mencionados.
Tópico: Caso PF relacionada con PM terreno
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Caso PF relacionada con PM terreno
Buena tarde: [color=red:07fa15d426]Asociación en Participación[/color:07fa15d426] El CFF establece en su Artículo 17-B que: Para los efectos de las disposiciones fiscales, se entenderá por [color=red:07fa15d426]Asociación en Participación[/color:07fa15d426] al conjunto de personas que realicen actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas derivadas de dicha actividad. La A en P estará obligada a cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para las Personas Morales en las leyes fiscales. Para tales efectos, cuando dichas leyes hagan referencia a Persona Moral, se entenderá incluida a la Asociación en Participación considerada en los términos de este precepto. Representación: El asociante representará a la asociación en participación y a sus integrantes, en los medios de defensa que se interpongan en contra de las consecuencias fiscales derivadas de las actividades empresariales realizadas a través de dichas asociaciones en participación.
Tópico: INTERESES
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: INTERESES
Préstamos otorgados por Personas Físicas Impuesto Sobre la Renta (Capítulo IX De los demás ingresos que obtengan las Personas Físicas) La acumulación de los intereses se encuentra regulada en el artículo 168 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Tratándose de ganancia cambiaria y de los intereses a que se refiere este capitulo, se estará a las siguientes reglas: En relación con la acumulación de interés en el segundo párrafo de la fracción V de este artículo dice: los intereses percibidos en los términos de este artículo, excepto los señalados en la fracción IV del mismo, serán acumulables en los términos del artículo 159 de esta ley. Cuando en términos del artículo citado el ajuste por inflación sea mayor que los intereses obtenidos, el resultado se considerara como perdida. Por su parte el artículo 159, de la LISR reza: Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos los intereses reales percibidos en el ejercicio. Las obligaciones del acreedor (prestamista) están contempladas en el articulo 169 de la Ley en comento: los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en el articulo 168 de esta ley, por los mismos efectuaran dos pagos provisionales semestrales a cuenta del impuesto anual excepto por los comprendidos en la fracción IV del citado articulo. En el segundo y tercer párrafo de este artículo (169), señalan lo siguiente: Cuando los ingresos a que se refiere este articulo se obtengan por pagos que efectúen las personas a que se refieren los títulos II y III (retención por personas morales) de esta ley, dichas personas deberán retener como pago provisional la cantidad que resulte de aplicar al monto de los intereses y la ganancia cambiaria acumulables, la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del limite inferior que establece la tarifa contenida en el articulo 177 de esta ley. las personas que hagan la retención en los términos de este articulo, deberán proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención. dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el articulo 113 de la propia ley. Impuesto al Valor Agregado: Por lo que respecta a los intereses para efectos del IVA son considerados una prestación de servicios por corresponder a una obligación de dar, los cuales derivan de un acto jurídico. Fundamento art. 14, fracc. VI, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se encuentran gravados a la tasa del 15% del Impuesto al Valor Agregado, debido a que no encuadran en alguno de los supuestos de exenciones establecidas en el artículo 15, fracción X, de la Ley en comento.
Tópico: ARRENDAMIENTO QUE ME ACONSEJAN?
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO QUE ME ACONSEJAN?
Buena tarde: Creo que podrías aplicar la opción para el último pago provisonal, contemplada en el artículo 186, del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tópico: Enajenacion acciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Enajenacion acciones
Buena tarde: Lo recomendable es acudir con Contador Registrado, para que dictamine la operación y se pueda hacer una retención menor al 20% del total de la operación, en los términos del artículo 204 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta, ya que en este caso el impuesto sería sobre la ganancia en la enajenación de dichas acciones. De otra manera el pago provisional sería aplicando la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, Art. 154, cuarto párrafo de la LISR. Para llevar a cabo este proceso se debe cumplir con las reglas de funcionamiento establecidas en los Estatutos del Contrato Social (Escritura Constitutiva) y de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Tópico: presenta aviso para llevar contabilidad?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: presenta aviso para llevar contabilidad?
Buena tarde: En análisis de prestigioso despacho en relación con las reformas propuestas al Código Fiscal de la Federación: "La reforma propuesta establece que los contribuyentes podrán procesar a través de medios electrónicos datos e información de su contabilidad en lugar distinto a su domicilio fiscal, sin que por ello se considere que se lleva la contabilidad fuera del domicilio fiscal".
Tópico: Deducibilidad de Sorteos
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Deducibilidad de Sorteos
Buen día: Te sugiero analizar la NORMA Oficial Mexicana NOM-028-SCFI-2000, Prácticas comerciales-Elementos de información en las promociones coleccionables y/o por medio de sorteos y concursos, publicada el 19 de mayo del 2000 en el DOF. Además los proveedores que realicen promociones por medio de sorteos y concursos, deben obtener la autorización de la Secretaría de Gobernación, conforme a las disposiciones aplicables.
Tópico: vales de Despensa/Tarjeta Electronica
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: vales de Despensa/Tarjeta Electronica
Buen día: Se esta cumpliendo el objetivo de la prestación, al estar supliendo el Vale de papel por una tarjeta "plástico".
Tópico: FUNDAMENTO OBLIGACION ESCRITO AL PATRON
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: FUNDAMENTO OBLIGACION ESCRITO AL PATRON
Buen día: La obligacion del contribuyente es presentar declaración anual: Cuando además obtenga ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo. ( inciso a), Fracc. III, artículo 117 de la LISR).
Tópico: Caso PF relacionada con PM terreno
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: Caso PF relacionada con PM terreno
[quote:49f23e16e8="EduardoOchoa"]Fideicomiso es otra opcion pero cuesta una lana. Pero tambien lo puedes hacer en cualquier contrato privado, no tienes ni un problema (fiscalmente hablando), legalmente siempre sera mejor, un fideicomiso o de perdis un contrato atipico pero ante notario.[/quote:49f23e16e8] Qué tipo de contrato atipico ?

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