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27/Dic/13 00:08
estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

_Hola compañeros, aqui con una consulta.
Me comentan de un estímulo de 25% sobre el salario para a empleados de 65años o más.

Alguien de ustedes tiene informacion al respecto ??
Desconozco tema, fundamento, forma de aplicacion.

Agradezco infinitamente informacion sobre el tema.

Gracias de antemano.

Saludos !!! :)
 
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perlasegovia
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27/Dic/13 12:19
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Hola perlasegovia

ISR Art. nuevo 1.5
ISR Art. anterior 1.7.
Estímulo a la contratación discapacitados, deducción adicional del 25% de su salario El estímulo fiscal consiste en deducir un monto adicional equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un 80% o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes. Una diferencia de este estímulo con respecto al vigente hasta 2013, es que el anterior aplica también a los salarios que se paguen a personas con 65 años o más de edad. Este nuevo decreto, no contempla el pago a estas personas.

Fuente: FISCALIA
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=6352
 
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vabdo
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27/Dic/13 12:24
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Hola buenas tardes:

Dispensame. No comprendo totalmente tu pregunta, esta diseñada con cierto descuido

Existe una ayuda del gobierno para cualquier persona denominada 65 y mas, deben los interesados suscribirse para obtenerla y es de SEDESOL

Por otra parte, pareciera que indicarias con respecto a empresas. Si fuese este el caso, que por cierto no se menciona por tu parte, lo interesante es que la mayoria de las personas desconoce que ya lleva años un articulo de la LISR que incentiva la contracion de
personas discapacitadas y que se encuentran en la vejez.

Este beneficio consistia en hacer deducible por partida doble o en exceso al valor de los salarios. Adicionalmente en la LSS en ocasiones les previene la reintegracion de las cuotas de seguridad social en algunos casos.

Tambien existìa un beneficio fiscal casi año con año, en la Ley de Ingresos un beneficio fiscal muy semejante al de ISR pero ahora ya no localizo en la nueva LI de 2014.

Unicamente observo el art 222 LISR del estimulo pero hace referencia a los discapacitados, ya no se observa a las contraciones de personal con edad de 65 años en adelante

Dejo el texto de la ley como sigue:

CAPÍTULO III
DE LOS PATRONES QUE CONTRATEN A PERSONAS QUE PADEZCAN DISCAPACIDAD

Capítulo adicionado DOF 31-12-2010

Artículo 222. El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta Ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad
del trabajador.

Me refiero a que existian estos beneficios fiscales porque al parecer ya no existen estos beneficios fiscales, ni en LISR ni LI en 2014, en LISR por lo menos de 2012 en adelante.

Habria que analizarse si se presenta ahora nuevos estimulos dentro de las facilidades administrativas que desarrolla y emite el SAT

Anteriormente año con año venian decretandose los estimulos fiscales ahi si no se porque se eliminaron y tan solo han quedado el relativo al art 222 LISR





Editado: Diciembre 27, 2013 13:11:59
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Dic/13 13:49
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Gracias Vabdo...

Es excactamente la informacion que esperaba.

Que tengas buen fin de año y que el 2014 sea lleno de bendiciones.

Saludos !!

p.d. me gusta el mensaje final.

muchos en el foro lo deberian tener presente ... :)
 
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perlasegovia
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30/Dic/13 10:27
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Gracias a ti perlasegovia, por cerrar el tópico.

Mis mejores deseos para el próximo año.
 
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vabdo
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31/Dic/13 13:31
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Mi estimada Perla:

Recapitulando el foro:

1.- No existe estimulo, por lo menos en este foro no se ha expuesto y su servidor lo desconoce con respecto a los empleados con 65 años o mas.

2.- El estimulo del 25% es una facilidad administrativa. Que por cierto, no la considero como tal. Pues la Ley ya ofrece el 100%. Es decir la Ley me ofrece mas, que la supuesta facilidad, que este caso la deberia de llamar, CARGA excesiva al contribuyente, mejor no me faciliten el pago o no me ayuden, estaria mejor si esta supuesta ayuda.

3.- Tanto la facilidad o el estimulo VERSAN en relacion a los DISCAPACITADOS, pero no cualquier tipo de discapacitado, debe ser demostrable a los ojos del IMSS o la institucion que haga las veces de la ministracion de la seguridad social. QUe expidan un certificado para merecer ese estimulo o facilidad. Si bien la facilidad no indica este requisito, lo considero como indispensable, puesto que para deducir una deduccion este requisito jamas pudiera ser eludido a excepcion de los donativos, unica deduccion autorizada donde los donativo no tienen que justificarse su indispensabilidad, el resto de las deducciones SI.
Por tal motivo, sin justificarse mediante certificado que existe una discapacidad, aunque se de por obvias razones, se marca que fuera ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE, de no contarse con ese certificado se pondria en tela de duda que proceda aplicarse la deduccion, de ahi la importacia de que un experto justifique con su opinion la discapacidad, pues un profesional lo tiene que emitir y esto es para cumplir con las leyes fiscales este preciso requisito que quedaria de manera indubitable su cumplimiento.

4.- Los discapacitados pudieran ser menores a 65 años.
 
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enrique9727
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31/Dic/13 13:46
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Buena tarde:

El fundamento... Artículo 186 de la Nueva LISR,

Artículo 186. El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta Ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador.

Se otorgará un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistente en el equivalente al 25 % del salario efectivamente pagado a las personas de 65 años y más. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

Saludos
 

 
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a_cano
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31/Dic/13 14:17
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

No me explico porque cambia mucho ese art 186 LISR con el del compañero a_cano, de una ley nueva.

Tambien obtuve una LEY NUEVA por el ISR, bueno ya no tan nueva, pero vigente al dia de hoy. Que espero aun no cambien mucho por 2014, pero la verdad no tiene reformas al dia de hoy de manera significativa por lo menos en el aspecto de lo tratado en este foro.

Ambas leyes son distintas... paso a dejar mis apuntes, ya que no coincidimos o convergemos en el tema de este foro:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/82.pdf

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de enero de 2002
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 25-05-2012
...

TÍTULO V
DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE
FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL

...

Artículo 186 LISR. En los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando en el país estén ubicados dichos bienes.

También se considerarán ingresos de los que se refiere este artículo, las contraprestaciones que obtiene un residente en el extranjero por conceder el derecho de uso o goce y demás derechos que se convengan sobre un bien inmueble ubicado en el país, aun cuando dichas contraprestaciones se deriven de la enajenación o cesión de los derechos mencionados.

El impuesto se determinará aplicando la tasa del 25% sobre el ingreso obtenido, sin deducción alguna, debiendo efectuar la retención las personas que hagan los pagos. En el caso de que quien efectúe los pagos sea un residente en el extranjero, el impuesto lo enterará mediante declaración que presenten ante las autoridades fiscales dentro de los quince días siguientes a la obtención del ingreso.

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este precepto, tendrán la obligación de expedir recibos por las contraprestaciones recibidas, mismos que deberán reunir los requisitos que fije el Reglamento de esta Ley. Cuando dichos ingresos sean percibidos a través de operaciones de fideicomiso, será la institución fiduciaria quien expida los recibos y efectúe la retención a que se refiere este artículo.

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Si se supone es que es un estimulo considero que lo apropiado es analizar la estructura de la ley y ver precisamente en el apartado de los estimulos

Que en apariencia comienzan los estimulos a partir del art 217 y hasta el 238 el termino de esta ley ISR
 
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enrique9727
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31/Dic/13 14:28
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Moraleja:

El art 186 que me parece es el viejito de la LISR ahora es el 222. Son muy parecidos.

La diferencia primordial es que borraron de un plumazo el 25% del estimulo por las personas contratadas de 65 o mas. Tal como lo habia señalado en mis anteriores participaciones.

Medida muy muy retrograda si se busca fomentar el empleo y el buen trato a los que gustan mantenerse con trabajo en esta edad. Tal parece que nuestros gobernantes desean que se vayan a un asilo los ancianos y sean una cosa rumbada en algun lugar. En lugar de buscar coadyuvar con el PIB del pais. Quien si son ellos los que mas experiencia pudieran aportar para el devenir del pais.
 
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enrique9727
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31/Dic/13 14:47
Re: estimulo sobre salario a empleados de 65 o mas...

Buena tarde:

Mi estimado, la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, se encuentra publicada en el Diario Oficial de la Federalción, del 11 de diciembre de 2013.

http://www.dof.gob.mx/index.php?year=2013&month=12&day=11

Saludos
 

 
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a_cano
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