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Tópico: ESTADO DE CUENTA ENVIADO A APARTADO POSTAL
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 04, 2011 15:28:36 Asunto: Re: ESTADO DE CUENTA ENVIADO A APARTADO POSTAL
Buena tarde: ¿Ya verificaste que el banco acepte dicho cambio? Gracias
Tópico: Cómputo Días Vacaciones
a_cano

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 16, 2011 16:21:49 Asunto: Re: Cómputo Días Vacaciones
Buena tarde: Cabe agregar criterio de la SCJN: Localización: Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta III, Febrero de 1996 Página: 245 Tesis: 2a./J. 6/96 Jurisprudencia Materia(s): laboral [b]VACACIONES. REGLA PARA SU CÓMPUTO. [/b] De conformidad con el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, el derecho al disfrute de vacaciones se genera por el tiempo de prestación de los servicios; y así se obtiene que por el primer año, el trabajador se hará acreedor a cuando menos seis días laborables y aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios, es decir, al segundo año serán ocho, al tercero diez; y, al cuarto doce. [color=red][b]Después del cuarto año, el periodo de vacaciones se aumentará en dos días por cada cinco de servicios, [/b][/color]que empezarán a contar desde el inicio de la relación contractual, porque la antigüedad genérica se obtiene a partir de ese momento y se produce día con día y, de forma acumulativa, mientras aquel vínculo esté vigente; por tanto, una vez que el trabajador cumple cinco años de servicios, operará el incremento aludido y, entonces, disfrutará hasta los nueve años de catorce días de asueto; luego, del décimo al décimo cuarto años de dieciséis y así sucesivamente. Contradicción de tesis 25/95. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y Segundos Tribunales Colegiados del Sexto y Octavo Circuitos. 10 de noviembre de 1995. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosa María Galván Zárate. Tesis de jurisprudencia 6/96. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión privada de diez de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, por cinco votos de los Ministros: Genaro David Góngora Pimentel, Mariano Azuela Güitrón, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y presidente Juan Díaz Romero. Saludos [i]Editado: Enero 16, 2011 16:23:23[/i]
Tópico: Cheques sin utilizar
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2010 20:22:22 Asunto: Re: Cheques sin utilizar
Buena noche: Aún cuando el comañero ya nos compartió su decisión, [color=navy][b]en relación con la destrucción de los “cheques”, [/b][/color]me permito transcribir como ejemplo, parte de la carta que tuvieron que firmar los clientes del Banco azul, a raíz de los nuevos estándares de seguridad para los cheques. […] A partir de la presente fecha en que se me entregue mi nueva chequera, [color=red][b]me obligo a no utilizar aquellos cheques que me fueron entregados con anterioridad[/b][/color] que corresponden del número xxxx al xxxx de la cuenta número xxxx por no contar con los nuevos estándares de seguridad, por lo anterior [color=red][b]me obligo a dar de baja los números de cheques [/b][/color]a través de línea XXXX al número xxxxxx,[color=red][b] así mismo me obligo, a no utilizarlos y a destruirlos;[/b][/color] y me doy por enterado que aquellos cheques entregados con anterioridad o que se encuentren en circulación, podrán pagarse hasta el 30 de abril de 2010. y posterior a este fecha en ningún banco podrán depositar o negociar cheque que no cuente con las medidas de seguridad con las que cuenta su nueva chequera. […] [i]Editado: Diciembre 30, 2010 20:23:20[/i]
Tópico: Prestamo de persona fisica a persona Moral
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2010 14:19:05 Asunto: Re: Prestamo de persona fisica a persona Moral
Buena tarde: [color=red][b]La retención del 20%[/b][/color] sobre los intereses nominales, que se establece en el artículo 160 primer párrafo, [color=red][b]en este caso no procede[/b][/color], en virtud de que los intereses no se derivan de un título valor como lo señala el primer párrafo del artículo 159 de LISR, por ejemplo: de obligaciones y certificados de participación art. 208, 228-d Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Saludos
Tópico: Cheques sin utilizar
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 29, 2010 12:29:43 Asunto: Re: Cheques sin utilizar
Buen día: Mi estimado Paco, es un procedimiento que es llevado a cabo, por algunos organismos del sector gobierno. [color=navy][b]¿Que ocupará más espacio, una hoja que contiene redactada un acta administrativa o conservar una serie de formas continuas o talonarios? [/b][/color] ¿A quién le interesa de que sean destruidos y en un momento dado no se haga mal uso de dichos documentos? Considero que [color=red][b]se deberá consultar al banco [/b][/color]en el cual se llevan las cuentas, en relación de que [color=navy][b]si se deberá solicitar por escrito, dar de baja de su sistema los “folios” que no van a ser utilizados.[/b][/color] Saludos [i]Editado: Diciembre 29, 2010 12:35:58[/i]
Tópico: Cheques sin utilizar
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2010 20:34:02 Asunto: Re: Cheques sin utilizar
Buena noche: Mi estimado, [color=red][b]la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en su Capítulo IV, se regula el cheque,[/b][/color] y de acuerdo con el artículo 176 de la Ley en comento, el cheque debe contener: I.- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento; II.- El lugar y la fecha en que se expide; III.- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero; IV.- El nombre del librado; V.- El lugar del pago; y VI.- La firma del librador. En este caso [color=red][b]lo que realmente se estará destruyendo, son formatos o esqueletos que están vacíos,[/b][/color] mediante acta administrativa, en dicho acto deberá participar tanto el responsable de su resguardo y control, como su jefe inmediato y dos testigos.
Tópico: Cheques sin utilizar
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2010 17:33:19 Asunto: Re: Cheques sin utilizar
Buena tarde: Mi estimado, se procede a la destrucción de los cheques, dejando constancia, levantando acta de destrucción de cheques, donde intervienen: el administrador, tesorero, etc. etc. Saludos [i]Editado: Diciembre 28, 2010 17:34:29[/i]
Tópico: TELETON
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 09, 2010 20:10:57 Asunto: Re: TELETON
Karina: Los supuestos contadores que generaron el correo a que hace referencia, [color=red][b]no saben nada de contabilidad menos de impuestos.[/b][/color] [color=navy][b]Para saber más sobre la transparencia del Teletón[/b][/color], le recomiendo consultar la siguiente dirección: http://www.teleton.org.mx/fundacion-teleton/transparencia/
Tópico: Deduccion de regalos a clientes
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2010 20:56:27 Asunto: Re: Deduccion de regalos a clientes
Buena noche: Te sugiero analizar los siguientes ordenamientos: NORMA Oficial Mexicana NOM-028-SCFI-2007, Prácticas comerciales-Elementos de información en las promociones coleccionables y/o promociones por medio de sorteos y concursos. Artículos 46 al 50 de la Ley Federal de Protección al Consumidor relacionados con las promociones y ofertas. Saludos
Tópico: SE ADICIONA UN ARTÍCULO 226 BIS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2010 22:24:44 Asunto: Re: SE ADICIONA UN ARTÍCULO 226 BIS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Buenta noche: [color=red][b]Cuando desciende el Sol de la cultura, hasta los enanos proyectan grandes sombras.[/b][/color] autor: Anónimo

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