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Tópico: AYUDA URGENTE
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: AYUDA URGENTE
Son dos casos diferentes, ya que los dividendos pueden ser: 1. Provenientes de CUFIN (no generan retencion) y 2. No provenientes de CUFIN (generan retencion) Por lo que uno no tiene ingerencia en el otro, son muy independientes uno del otro.
Tópico: AYUDA URGENTE PORFAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: AYUDA URGENTE PORFAVOR
Sabes, yo tuve la misma duda, y la solucion en mi opinion es la aplicacion del boletin B-10 (ya que si vemos la CUFIN esta afectada por la inflacion ademas de que partes de resultados fiscales).... La opcion que comentas no se si sea la correcta.
Tópico: requisitos compensacion remanentes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: requisitos compensacion remanentes
Otra mas del SAT, ya que aqui me hicieron modificar el formato ya que yo señalaba el ultimo numero de control (como antes).....y pues ni modo a hacerles caso a cada ALAC (ni ellos se ponen deacuerdo...no les digo asi quieren que los entedamos puesN.....)
Tópico: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
OK, de entrda la adquisicion de los inmuebles estaria cubierta....pero que pasa con el arrendamiento de los mismos, y ademas no facturar....eso es otro punto al respecto (el manejo o el esquema que se puede adoptar al respecto).
Tópico: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
Sabes, con lo poco que he logrado investigar, lo de la exclusion de extranjeros tiene solucion, ya que se tiene que apegar al 27 Fracc I de la Constitucion......y se le considera mexicano para los efectos correspondientes
Tópico: Es deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: Es deducible?
Lo unico que no seria deducible seria el gasto de ducible que te cobra la aseguradora (que contradictorio se oye), por lo que solo la prima sera la deducción.
Tópico: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Dudas sobre manejo de extranejeros en México.
Les expondre un caso real que no he logrado decifrar su punto clave: Playa inospita, poco explorada pero ya ahorita bastante explotada, como si el gobierno hubiera dicho "dare facilidades para que se realizen desarrollos turisticos". OK, inversionistas americanos se avientan, constituyen sociedades, compran terrenos a la orilla de la playa, construyen condominios y villas de un costo bastante elevado , asi mismo, antes de edificar realizan preventa de dichos inmuebles, por lo que el 99.99% son a ciudadanos estadounidenses (los que adquieren). Posteriormente, los estadounidenses, ya que no se pasan el 100% del tiempo en esos lugares, contratan los servicios de una PM (promotora ) para que les administre dichos bienes, llegan turistas y les rentan los condominios, pero al solicitarle comprobante dicen "no expedimos comprobantes ya que son pequeños contribuyentes" :twisted: . Mis dudas son: 1. Como un extranjero puede adquirir un bien en nuestro pais (como en este caso algo tipo villa en la orilla de la playa)...es mediante fideicomisos?? como se maneja esto?? 2. Como pueden estar como pequeños contribuyentes (ilogico no?) 3. Que tanta extencion de la playa es propiedad federal???? Agradezco si alguien tiene alguna idea al respecto la comente.
Tópico: Integracion hrs extras
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 06, 2005 Asunto: Re: Integracion hrs extras
Que tal, como siempre me gusta conluir o mas bien comentar la desicion qeu se tomo, les comento lo siguiente: 1. Localize (como les comente anteriormente) un articulo que cierto CP realizo, y es exactamente lo que el IMSS considera como omision, por lo que me aclaro la duda (o mas bien me definio el criterio). 2. La gran mayoria de los contribuyentes solo toma 9hrs a la semana para el excedente integrarlo, sin considerar si las reliza en un dia, dos, tres, etc..pero el IMSS no les observa ya sea por que no los han revisado, por que tienen omisiones mas fuertes (comparadas con las hrs extras) o por que se dictaminan y areglan (o manejan) las tarjetas checadoras para no caer en la integracion. Consultamos a un despacho que dictamina (entre otras cosas) para IMSS, y nos dice que sobre este tema el IMSS (por raro que paresca) tiene razon, y nos aconsejo pagar, ya que ve el caso perdido y que solo se podria ganar al cometer el IMSS errores en el proceso de la auditoria.... Asi es que a pagar y corregir 2004 y 2005. Gracias por sus opiniones... asi mismo al Lic.
Tópico: S de RL, extranjero, etc, etc
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2005 Asunto: S de RL, extranjero, etc, etc
El caso es el siguiente: Se constituye una S de RL , y analizando el acta constitutiva noto algunos detalles que no me habia tocado ver anteriormente: 1. La sociedad es S de RL, pero no menciona que es de C.V., pero en una de sus clausulas menciona "El capital social sera aumentado por acuerdo de la asamblea general extraordinaria de socios....entonces es correcto que no se mencione que es de CV?? o no tiene ninguna repercusion esto. Ademas la diferencia entre la S de RL y la SA de CV ¿cual es?, ya que muchos opinan que son resposables hasta por el monto de sus aportaciones (cada socio)...es lo mismo en las SA de CV ¿no?, la unica diferencia es que las S de RL son (por decirlo asi) mas aceptadas en los estados unidos (o mas faciles de digerir por ese gobierno partiendo de que es fundada en México?)..... 2. La duracion de la sociedad: INDEFINIDA...lo de 99 años fue moda???? 3. El presidente de la socidad es extranjero (USA), y tiene todas las facultades habidas y por haber (Administracion, dominio y pleitos y cobrnazas)......ademas se estipula en una clausula la inclusion de extranjeros, lo cual solicita la SRE para permitir la inclusion del mismo en una sociedad mexicana (invocando al Art. 27 fracc I de la constitucion pol de los estados unidos mexicanos).....condicionandosele a que no invocara la proteccion de su Gobierno, bajo pena, en caso de falta a su convenio, de [b:96ead6a1b5]perder dicha participacion en beneficio de la NAcion Mexicana[/b:96ead6a1b5]... Al respecto, significa que el extranejero en el caso de entrar en controversia con los demas socios, y tratar de invocar o acudir a las autoridades de estados unidos perdera la participacion en la sociedad y esta automaticamente quedara en poder de la Nacion????? (para que quiero de socio a la nacion..jejeje??) 4. Asambleas ordinarias y extraordinarias: Señala que las asambleas ordinarias se celebraran por lo menos una vez al año dentro de los SEIS MESES siguientes a la clausura de cada ejercicio social....¿Tengo la ley desactualizada? ya que el art. 181 de la LGSM dice que se reunira dentro de los CUATRO MESES siguientes a la clausura del ejercicio social..... Al celebrarse como lo señalan en el acta constitutiva y no como lo marca la ley ¿ que consecuancias puede ocasionar esta situacion??? seran nulas?? o se puede estipular otro periodo??? Asi mismo señala en el acta constitutiva: que las asambleas ORDINARIAS se celebraran para discutir cualquiera de los asuntos a que se refiere el Art. 181 de la LGSM, y que las asambleas EXTRAODINARIAS aquellas para para las que la LEy o o estos estados exijan un quorum especial, las cuales se reuniran para tratar de discutir (jajaja(perdon) tratar de discutir o sea que ya de plano dice que solo trataran).....cualquiera de los asuntos a que se refiere el articulo 181 de la LGSM.... Para esto, creo que fue error de dedo, pero claramente señala que en las asambleas ordinarias y extraordinarias se trataran asuntos referentes a los señalados en el Art. 181 de la Ley GSM.....cuando debio decir que las extraordinarias seran las que se reunan para tratar los asuntos mencionados en el Art. 182.... ¿Puede tener esto alguna repercusion en cuanto a posibles (perdon por la palabra) tranzas por parte de un grupo de socios (la mayoria pues)....afectando los intereses de la minoria??? o no es posible ya que la ley marca claramente cuales seran ordinarias y cuales extraordinarias. 5.Analizando la LGSM, en su articulo 63 señala lo siguiente: La constitucion de las Sociedades de responsabilidad limitada o el aumento de su capital no podra llevarse a cabo mediante suscripción publica....¿Qué significa esto? Cualquier opinion respecto a los putnos anteriores se agradece, asi mismo si tienen algun comentario que enriquesca el conocimiento sobre este tema es bienvenido. Gracias!!
Tópico: como se pagan los recargos
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2005 Asunto: Re: como se pagan los recargos
[quote:5f2ee8e01e="BR1"]Entonces que pasaria en este caso: Enero 2005, se determino IVA a cargo por 50,000, pero no se pago (por razones de falta de $$$). Agosto 2005, se va a pagar el IVA del periodo Enero 2005, pero como el contador analiza bien la situacion, resulta que trae IVA a favor del periodo Diciembre 2004 por 200,000. Apoco va a pagar recargos y actualizaciones????????? Para mi nop, no es que sea una maquina del tiempo, pero no es correcto ya que no se tendria base.[/quote:5f2ee8e01e] QUE??? SI ESTOY HABLANDO DE IVA...ES ACREDITAMIENTO...IVA A FAVOR DICIEMBRE 2004 CONTRA IVA A CARGO ENERO 2005

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