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Tópico: Duda en contanle en amparo de impac
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 12, 2007 Asunto: Re: Duda en contanle en amparo de impac
Metere mi cuchara "esa respuesta debe dartela el abogado que te esta prestando el servicio" ya que, no creo que lo hayas presentado tipo machote o ¿me equivoco?
Tópico: ¿Cómo tramitar la CIEC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: ¿Cómo tramitar la CIEC?
Quizas sea por esto: Si es contribuyente (Persona Moral o Persona Física) y se inscribió al Registro Federal de Contribuyentes en el presente ejercicio o en el inmediato anterior, deberá registrar solamente el número de folio de su Cédula de Identificación Fiscal ([size=18:e8766a90cf][color=red:e8766a90cf][b:e8766a90cf]sin la letra inicial[/b:e8766a90cf][/color:e8766a90cf][/size:e8766a90cf]). O por esto A las Personas Físicas se les solicitará registrar la siguiente información: a) En caso de tener Tarjeta Tributaria, el número de folio de la misma. b) En caso de no contar con Tarjeta Tributaria, capturar la información del campo Cantidad a Pagar de los Formatos 13 ó 13A de la Declaración Anual normal del Ejercicio seleccionado. c) Fecha de presentación de la Declaración normal del Ejercicio seleccionado.
Tópico: IEPS DIESEL INDUSTRIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: IEPS DIESEL INDUSTRIAL
www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/ieps/41_9363.html
Tópico: sevicio profesional
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: sevicio profesional
JALEM: código de comercio=actividad empresarial= no se le retiene ISR e IVA lobozac: Si siempre es asi ¿no? otra cosa es que no me leas jajaja :D
Tópico: libro de consulta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: libro de consulta
www.gandhi.com.mx/Gandhi/Main/searchResults.cfm?Source=Autor&autorId=74930
Tópico: libro de consulta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: libro de consulta
Te recomiendo un libro (si vas empezando en esto de los impuestos) que se llama PAGO DE IMPUESTOS EN ESPAÑOL (trae los casos mas comunes de PF y PM.....veras que no te arrepentiras al comprarlo (aunque te daras cuenta despues que tiene sus detalles)...asi mi tía obtiene mas regalias por esas ventas jajaja) :lol:
Tópico: libro de consulta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: libro de consulta
Ingresos acumulables Menos: deducciones autorizadas Menos: PTU pagada en el ejercicio Igual: Resultado fiscal Asi entonces: Art. 14 LISR...... I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, [b:01c00d59b9]se adicionará la [color=red:01c00d59b9]utilidad fiscal[/color:01c00d59b9] o reducirá la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 220 de esta Ley. El resultado se dividirá entre los [color=red:01c00d59b9]ingresos nominales [/color:01c00d59b9]del mismo ejercicio.[/b:01c00d59b9] [color=red:01c00d59b9][b:01c00d59b9]Los ingresos nominales [/b:01c00d59b9][/color:01c00d59b9]a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, [size=18:01c00d59b9][color=red:01c00d59b9][b:01c00d59b9]excepto el ajuste anual por inflación acumulable[/b:01c00d59b9][/color:01c00d59b9][/size:01c00d59b9]. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades. Y como obtuviste utilidad fiscal (no confundir con resultado fiscal que fué CERO) debes determinar el C.U. :wink:
Tópico: libro de consulta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: libro de consulta
Uno de contabilidad básica...
Tópico: ¿Cómo tramitar la CIEC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: ¿Cómo tramitar la CIEC?
No cabe duda...queda mas lo de brujo..por aquello que en la página del SAT se público la información apenas hoy 11 de abril....o será que los del SAT léen FISCALIA (jajjaa....bien hicieran...)
Tópico: sevicio profesional
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: sevicio profesional
Bueno.....para darle un giro medio "flojeritis", me metí a la página del SAT, y en el buscador que se encuentra en dicha página puse la palabra mecanicos, y se despliega lo siguiente: [b:520f94a4cf][i:520f94a4cf]Talleres mecánicos[/i:520f94a4cf][/b:520f94a4cf] Son los que se dedican a la reparación, reconstrucción y mantenimiento de vehículos automotores en general, ya sean propiedad de empresas o del público en general. [b:520f94a4cf]Las personas que realizan esta actividad están consideradas como comerciantes y, en consecuencia, para fines mercantiles, su actividad está regulada por el Código de Comercio[/b:520f94a4cf]. [i:520f94a4cf][b:520f94a4cf]¿Cómo pagan sus impuestos?[/b:520f94a4cf][/i:520f94a4cf] 1.- El régimen de las actividades empresariales es para personas que vayan a realizar actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas. 2.- En el régimen intermedio pueden inscribirse las personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios) no excederán de $4’000,000.00. 3.- El régimen de pequeños contribuyentes es para aquellas personas que únicamente realicen operaciones con el público en general (es decir, que no proporcionen facturas a sus clientes en las que se desglose el IVA), que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales) mas intereses del año no excederán de $2’000,000.00. Asi es que no andube tan errado con lo del código de comercio......por lo que Maribel, te recomiendo que a los del SAT les muestres su misma página (y claro el código de comercio referente a los artículos que anteriormente se plasmaron)... Saludos (ya mas vale leer antes de opinar...jajaja lo digo por mí...tendre que agarrar clientes PF para ponerme al día...aunque paguen $500 al mes).. Saludos!!! PD: lo último es broma..... :twisted:

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