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Tópico: Devolucion de IVA Adqu Automovil 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: Devolucion de IVA Adqu Automovil 2007
Mira, en ese caso se requieren analizar mas condicionantes.....
Tópico: Devolucion de IVA Adqu Automovil 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: Devolucion de IVA Adqu Automovil 2007
[quote:2927dd59c8="AlexLopez"]Hola¡ Espero me puedan ayudar. Recientemente en agosto de 2007, adquirí un automovil a credito. dando 55 mil de enganche. Estoy dado de alta como PF x Honorarios y Sueldos y Sal. Solicite dev de IVA por la cantidad de $16mil aprox por la compra del vehiculo. Obviamente me llego requiriendome lo siguiente: 1.- copia de los estados de cuenta donde se refleje el pago de la unidad 2.- relacion de gastos que amparen el iva acreditable del periodo 3.- original y copia de los comprobantes 4.- escrito libre donde se manifieste el origen del saldo a favor así como de la fuente de financiamiento empleada. Mi pregunta es: Es posible solicitar este iva aunque la operación haya sido a credito y en efectivo? [color=blue:2927dd59c8]NO[/color:2927dd59c8] O solo es posible recuperar el iva del enganche y el del las mensualidades mes a mes??? [color=blue:2927dd59c8]ASI ES[/color:2927dd59c8] Tendre que solicitar un comprobante fiscal con el iva desglozado por el enganche? [color=blue:2927dd59c8]SI[/color:2927dd59c8] y lo mismo por las mensualidades que se pagaran? [color=blue:2927dd59c8]ASI ES[/color:2927dd59c8] Este tema ha sido tratado en este foro, sin mebargo las situaciones tratadas aun no entraba en opecaión lo de "efectivamente pagado" De antemano muchas gracias por su apoyo.[/quote:2927dd59c8] Aunque queda aquello de ¿conseguiste un credito bancario y le debes al banco...? ojo, no me refiero a arrendamiento financiero...
Tópico: IMPAC 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: IMPAC 2007
Queria ver quien caía.. ya que haciendo el pre, a medio camino recorde que al no haberme amparado debia seguir el procedimiento de Ley 2007..... :lol:
Tópico: IMPAC 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: IMPAC 2007
Estoy realizando el pre fiscal 2007... ¿Que deudas entran para determinar el IMPA? jajajajaajajajaa :evil:
Tópico: Amortización de pérdidas fiscales en el IETU
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto:
[quote:a74339652d="CERVANTES-QUIJANO"]Sabes Enrique, a veces me es muy difícil entender lo que quieres decir, empleas muchas palabras que su uso no es correcto en el contexto del tema, como que te esfuerzas por ser rebuscado olvidando que la elegancia esta en ser practico, pero bueno... Por otra parte, confundes la definitividad del IETU, pues no porque puedas acreditar éste con el ISR y viceversa, significa que por eso es temporal, por el contrario, es un impuesto definitivo que no podrás recuperar en un futuro, característica que si tenia el IMPAC, y por ende ese impuesto si era temporal, y no porque en un futuro se pueda reformar la ley del IETU significa que por eso es temporal, eso no tiene lógica, pues cuantas veces se ha reformado la Ley del ISR?? Y no por eso es un impuesto temporal o si??[/quote:a74339652d] Tan definitivo como que se plantea la posibilidad de que sustituya al ISR.... como bien comentas, no existe forma de recuperarlo como anteriormente en IMPAC si procedia... asi es que, o coopelas o cuelo!
Tópico: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto:
[quote:1c33205015="CERVANTES-QUIJANO"]Categorico BR1!!! Me pregunto en 20 anios que fuera diferente si no hubiera inviado este mensaje?[/quote:1c33205015] Quizas no hubiera recordado que no pise el bicho, ya que mi hijo en el futuro quizas use dicho bicho para descubrir el remedio de la calvicie, y no por que yo sufra de ella, si no por la lana que me generará, con la cual podre pagar un abogado fiscalista que logre reducir la carga tributaria para mi familia, y con ello lograr destronar a Slim, el cual por calvo no llegará al 1er lugar, ya que es requisito fundamental para Forbes.... NOTA: debi ser cuentacuentos y no contador, pero ser contador es lo mas cercano a ser cuentacuentos... por rolleros y mas cuando hay reformas que sirven para ser mas indispensables.... :idea:
Tópico: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto:
[quote:64fc02381d="CERVANTES-QUIJANO"]Si es cierto BR1 que el aletear de una mariposa puede crear un huracan bajo la teoria del CAOS??[/quote:64fc02381d] Si, ¿no viste el capitulo donde Omero Simpson piso un bicho en el pasado y al volver al presente Bart era un mutante?.. yo no ocupo mas prueba para pensar que es totalmente cierto... 8O
Tópico: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
[quote:de46080315="enrique9727"]“Articulo 3-A. Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehiculo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.” Con esta paupérrima definición hasta un "triciclo" es "automovil", en igual medida que una camioneta Van, Voyager, Outlander.[color=blue:de46080315]EL TRAILER, EL CAMION DE VOLTEO, EL TROQUE TRANSPORTA PUERCOS, LA AVALANCHA DE CHABLEO, UTOBUSES, MONTACARGAS, ETC[/color:de46080315][/quote:de46080315]
Tópico: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: Limitante en deducción de automóviles para pick up ?
Pick-up es camion de carga, no automovil... no aplica tope de LISR... la misma autorirar lo aclara con sus criterios
Tópico: urge fundamento legal para acreditar 100% del iva?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2007 Asunto: Re: urge fundamento legal para acreditar 100% del iva?
[quote:2ce7287977="enrique9727"]Hola sosgtorreon y compañeros forista: 1.- La arrendadora financia un vehículo o equipo con el IVA integrado. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]NO, LA FINANCIERA FINANCIA EN BASE AL MOI[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 2.- La arrendadora facturaría a la persona (física o moral) los bienes mencionados en el contrato. Lo anterior serviría para formalizar la adquisición, es decir, el cambio de propietario de manera mercantil. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]NO CREO, YA QUE SE CONSIDERARIA VENTA A CREDITO Y EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO EL BIEN ES PROPIEDAD DEL ARRENDADOR Y POR LO TANTO ES INEMBARGABLE[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 3.- La arrendadora pide un enganche fuerte, para no [b:2ce7287977]verse perjudicado en sus flujos para el pago del IVA[/b:2ce7287977] de una mercancía vendida a plazos, pues el vendedor original, por lo general es lo que desea que le paguen el IVA para poder respetar el precio de venta de contado, y también ese efecto le aplicaria a la arrendadora, pues ahora refacturaría también. Si no el precio de venta se incrementaría y a la vez el financiamiento. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]NO, POR QUE EL ARRENDADOR ACREDITA EL IVA AL PAGARSELO A LA AGENCIA AUTOMOTRIZ Y SOLO LE AFECTA EL FLUJO HASTA QUE SE LO ACREDITA AL MES SIGUIENTE[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 4.- Si es persona moral la realiza la contratación, los intereses que cobraría la arrendadora, no causarían IVA, más no así a las personas fisicas, deben cubrir ese impuesto al 15%. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]SI CAUSARIAN IVA INDISTINTAMENTE...[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 5.- El art 5 LIVA indica que el acreditamiento se efectue mediante se vaya realizando los pagos, es decir de manera proporcional. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]ASI ES, FLUJO DE EFECTIVO DE CAPITAL Y DE INTERESES[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 6.- Habría que separar del valor de agencia y registrarse en contabildad como una adición, con un IVA acreditable diferido.... Datos que servirían para este registro, sería la factura que se emite en favor de la arrendadora. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]DE HECHO, EL MOI ES IGUAL AL CAPITAL FINANCIADO, POR LO QUE CON EL CONTRATO SE REGISTRA EN CONTABILIDAD TAL CUAL... ASI COMO EN ACTIVO DIFERIDO LOS INTERESES POR PAGAR Y PASIVO EL TOTAL DE RENTAS POR PAGAR[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 7.- Ahora habría también un contrato por arrendamiento financiero y se determinarían los pagos a realizarse, se sumarizarían y la difencia por el punto anterior, serían intereses con o sin IVA, según el caso. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]TODOS LOS INTERESES TIENEN IVA (PARA ESTE CASO)[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 8.- En mi contabilidad debo llegar al pasivo de contrato, en la cuenta de la arrendadora, también se tendría un cargo diferido por intereses por devengar, además del iva acreditado y diferido por pagarse, que servirian para cuadrar el pasivo, puesto que la unidad tiene un valor muy inferior. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]LA UNIDAD TIENE EL MISMO VALOR EN LA FACTURA DE LA ARRENDADORA Y DEL CONTRATO QUE LE FIRMAMOS[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 9.- Cada pago que se realice lo aplicarían contra el pasivo, más sin embargo, habría que realizar los asientos correspondientes para el acreditamiento del IVA proporcional al capital e interes de la mensualidad o del pago (enganche u otra parcialidad) [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]ASI ES, ABONANDO AL IVA ACREDITABLE AL PAGO QUE SE REALIZO AL INICIO, SOLO QUE SI LA ARRENDADORA APLICA EL 18-A DE LIVA NOS MOVERA NUESTRAS PROVISIONES (DE ESO TENGO DUDA..JEJEJE)[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 10.- Si hay intereses extras por ajustes de tasas o por recargos de mora, se irían a resultados de manera inmediata, a menos que ya hayan sido provisionadas previamente, algo que me parece muy difícil. Así que previamente ya se abrían enviado de cualquier forma a resultados. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]ASI ES, A MENOS QUE SE CREE UNA CUENTA TIPO CONTINGENCIAS...LO CUAL ALGUNOS SON TAN PERFECCIONISTAS QUE NO DUDO Y LAS CREEN[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 11.- Por ahi debe haber un topico en el cual ya sea enrique9727 o mirnalcantu, haya ejemplificado los asientos de como registrarse el arrendamiento financiero. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]QUIEN SABE..[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] 12.- La tablas donde vienen abono de intereses y capital son únicamente para efectos financieros, me parece que confundirían más, si se aplican para efectos contables o fiscales. [color=blue:2ce7287977][b:2ce7287977]NO LO CREO, ES LA UNICA BASE QUE SE TIENEN Y DEBEN CORRESPONDER AL CONTRATO, CLARO ESTA CON LA VARIABLE DEL 18-A DE LIVA (SI ES QUE APLICA PARA ESTOS CASOS)[/b:2ce7287977][/color:2ce7287977] (En el interés y el capital habría IVA intrínseco, además los intereses se van devengando sobre una base de saldos insolutos y no proporcionales, así que equiparan los pagos proporcionales, más no así los intereses)[/quote:2ce7287977] Estoy próximo a tener un caso práctico, quizas cambie algunos criterios que tenga conforme a lo real.... yo les comento y vemos....

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