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Tópico: IETU y dep en efvo
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2007 Asunto: Re: IETU y dep en efvo
Mejor dicho, ¿no creen que el ISR terminara tambien siendo en base a flujo de efectivo antes de desaparecer?, asi sera mas comparable con IETU.....se lo dire al Gran Sapote para que a mediados de este sexenio lo propongan....
Tópico: PORCENTAJE DE INCREMENTO A LA RENTA DE BODEGA HASTA CUANTO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2007 Asunto: Re: PORCENTAJE DE INCREMENTO A LA RENTA DE BODEGA HASTA CUAN
jejeje...el cielo es el tope, es decir hasta donde se deje.. Se me paso: la Inflacion anual (con la posible variable de aumentar X puntos porcentuales)
Tópico: PORCENTAJE DE INCREMENTO A LA RENTA DE BODEGA HASTA CUANTO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2007 Asunto: Re: PORCENTAJE DE INCREMENTO A LA RENTA DE BODEGA HASTA CUAN
Sí, desde mi punto de vista hay tres opciones: 1. El cielo 2. El mercado, y 3. El sentido común y la razon se negocios.
Tópico: IETU y dep en efvo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2007 Asunto: Re: IETU y dep en efvo
Y las ventas en abonos??????????? puro ingresos ¿y deducción si existirá? Tal como dijo cheque alguna vez, ¿se duplica o triplica el trabajo?...creo que sí...en esa ocasión andaba con mis cédulas de excel..jejeje por eso me sentia tan seguro (y sigo seguro pero de que trabajaremos mas para amarrar bases cada mes)...
Tópico: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2007 Asunto: Re: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
Buenos días Enrique. Analizando (lastismosamente solo analizo temas mios...tratare de meterle tiempo a otros temas para tener mas conocimientos..). LISR, tiene en el Título IV de las Personas Físicas un capítulo IV denominado De los Ingresos por enajenación de bienes. Cuando a un contador, le cae un cliente que le señala que se dedicará a comprar y enajenar casas y terrenos (por ejemplo), lo primero que analiza es ¿puedo encuadrarlo en ese capítulo?.... al inicio sí, es decir en él se señalan las deducciones inherentes a dicha actividad.... Posteriormente, cuando la actividad de comprar y enajenar los bienes se hace mas considerable, inician las dudas respecto a ¿y como deducir los sueldos de que barre, del que cuida en las noches la casa que estoy vendiendo?, asi, ya no es tan ventajoso el capítulo IV, por lo que ¿convendría aumentar obligaciones para poder realizar deducciones estrictamente necesarias para dicha actividad?, la respuesta es obvia, ya que si serán considerables las deducciones que no se enumeran en el capítulo IV el margen de utilidad se reduce, y generando un impuesto irreal sobre una utilidad que no es tal.... Por lo tanto, el capítulo multicitada, es para PF no empresarias que enajenan bienes, ya que, de no existir tal capítulo seria una laguna fiscal....y por consecuencia sería un miniparaiso (jajaja...se escucha tonto pero esa es su razon de ser)....por lo que, ¿cómo recuperar el IVA de las deducciones si ante el SAT fue casi casi un acto accidental?, es mas, supongamos que la PF que anejana solo tiene la obligación de sueldos y salarios ¿cómo recuperar dicho IVA?...pareceria misión imposible... Por lo que, en el capítulo X, del título IV se hace referencia a los requisitos de las deducciones, el cual transcribo: Artículo 172. Las deducciones autorizadas en este Título para las personas físicas que obtengan ingresos de los Capítulos III, IV y V de este Título, deberán reunir los siguientes requisitos: (.........................) Artículo 173. Para los efectos de este Capítulo, [b:7c6630184c]no serán deducibles[/b:7c6630184c]: VIII. [b:7c6630184c]Los pagos por conceptos de impuesto al valor agregado [/b:7c6630184c]o del impuesto especial sobre producción y servicios que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. [b:7c6630184c]No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho al acreditamiento de los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados [/b:7c6630184c]o que se hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que corresponden a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley. Y como bien dices, si el notario no deduce en el PP, pues el contribuyente que lo haga en la declaración anual.....para que complicarse... Por ello, preguntaba si ademas del razonamiento que tiene cada quien de dichos artículos conocian algún criterio noramativo, tesis, etc etc..... Saludos
Tópico: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2007 Asunto: Re: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
Existira alguna confirmacion de criterio, tesis, juris o de plano es tan claro que ni es necesario que exista nada de esto....
Tópico: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2007 Asunto: Enajenacion de bienes, IVA de mejoras ¿deducible?
Qué tal, buenas tardes. PF, enajena un terreno, por lo que al acudir ante notario muestra dentro de las deducciones una factura por concepto de mejoras a dicho terreno, con el IVA desglosado. El notario opina que el IVA que le trasladaron por las mejoras no es una deducción autorizada conforme al art. 148 LISR, por lo que opina que por su parte el que vende el terreno debe recuperar dicho IVA. En este caso, la PF no tiene registrado dentro de su patrimonio dicho bien, es decir el se dedica al arrendamiento de bienes inmuebles, pero este no lo explotaba..... Mis preguntas son: * ¿Será deducible el IVA que le trasladaron por concepto de mejoras al terreno? * Si no es deducible tal importe de IVA ¿cómo puede recuperarlo? En si, de todos los notarios con los que he realizado operaciones similares solo uno de ellos coincide con el criterio de considerar el IVA como deducción, ya que es contador, pero los demas que son solo abogados no acceden a ello...el fundamento para deducir el IVA es la fracc. VIII del art. 173 LISR. Saludos y gracias por sus comentarios..
Tópico: IETU y dep en efvo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2007 Asunto: Re: IETU y dep en efvo
No pues empiezo a estudiar HOY, HOY, HOY.....y nos aventamos los puntos mas chipocludos.....digo, si es que les entiendo...jajajaja
Tópico: 2 % SOBRE DEPOSITOS?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2007 Asunto: Re: 2 % SOBRE DEPOSITOS?
¿Quién sale ganando?.... como siempre el banco...estos del PAN traen consigna de apoyarlos desde el pasado sexenio..... :lol:
Tópico: IETU y dep en efvo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2007 Asunto: Re: IETU y dep en efvo
La próxima semana estare por la baja, nos ponemos deacuerdo ahora sí....ademas de cjlopez, tambien ANONIMO2 comentó que le interesa asistir... Nos vemos!!!

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