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Tópico: Una de Kinder: Pérdidas fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Una de Kinder: Pérdidas fiscales
De hecho, la socios fundadores ya cambiaron de giro, diferente al que se tenia cuando se generó la pérdida, antes era serv. de hoteleria y despues arrendamiento de inmuebles...la PM no cambiara de nombre, ni de giro pero si de accionistas (seguiran rentando el edificio, pero a un tercero y no como servicio de hoteleria u hospedaje)
Tópico: Amparo IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Amparo IMPAC
En un curso del día de ayer, el Lic. que expuso lo referente al IMPAC, señalo que: 1. Se tenian 30 dias apartir de la entrada en vigor para ampararse, 2. Que (como lo señala SOS) los amparos no seran tipo "machote", si no que seran basicamente 4 supuestos (claro quizas mas por los demas casos): * A los que les afecto la derogacion del Art. 5, * A los que les afecto la derogación del 5-A, * A los que tenian deudas en el momento de la derogación, y * A los que NO tenian deuda en ese momento.
Tópico: Una de Kinder: Pérdidas fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Una de Kinder: Pérdidas fiscales
Que tal, buenas tardes. Aunque se que es pregunta de Kinder, pero ahí les va: 1999 PM obtiene pérdida fiscal, su giro es Hoteleria. 2005 esta PM decide rentar a otra PM el hotel, por lo que su giro ahora es "arrendamiento. 2007 las acciones serán enajenadas en su totalidad a otras PF Con la limitante de la aplicación de las pérdidas anteriores en el caso de cambio de accionistas ¿aplicaria en este caso tal limitante ya que la perdida se genero por un "giro" diferente al que se esta dedicando actualmente? ¿amparo o caso omiso? Un saludo!!!!!
Tópico: Art. 109 ¿1,500,000 UDIS A CUANTO EQUIVALEN?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Art. 109 ¿1,500,000 UDIS A CUANTO EQUIVALEN?
El SAT metió la pata, digo, si se analiza bien aún le meteran unos golazos cada año.....
Tópico: Amparo IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Amparo IMPAC
[quote:c73b2a5f1f="Cheque"]Me gustaría compartir su entusiasmo. .................................. Es como cuando te pagas a ti mismo primero (Padre Rico & Padre Pobre y El Hombre mas rico de Babilonia), la presión de obtener ingresos para pagar los gastos te vuelve creativo, aquí la presión de no pagar IMPAC, te hará creativo y pagar ISR.[/quote:c73b2a5f1f] Mal libro ese del oriental estadounidense....ya me echo a perder a dos colegas, uno de ellos dejo la carrera y anda vendiendo bolsas de frijol cocido en las tiendas....jajajaaja (y no es broma) el otro mejor ni les cuento, (o mejor sí) la semana pasada lo detuve antes de aventarse de la torre "petrona" de aqui de Tijuana (para leer se ocupa madurez....si no la realidad se puede distorsionar...asi es que el que lea que encause sus energias para bien....) PD: opinion escrita desde el manicomio de la ciudad
Tópico: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS LEY DE INGRESOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS LEY DE INGRESOS
Núnca, pero núnca la autoridad debe abrir la ventana a "condonar, reducir, etc etc" por omision de entero de [b:38dad9eb4c]retenciones[/b:38dad9eb4c]...seria un error garrafal.....así es que Gil Diaz de HSBC siguió esa instrucción y la continuaran aplicando....
Tópico: Amparo IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: Amparo IMPAC
O.K.
Tópico: Amparo IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto:
[quote:3501a0df66="CERVANTES-QUIJANO"]No, porque cuando presentas el primer pago provisional (el de enero en febrero) es cuando presentas el amparo, los demas son actos subsecuentes que no afectan el desarrollo del juicio. Se dice que hay consentimiento tacito de la ley inconstitucional, cuando existe el primer acto de aplicacion y no presentas el amparo dentro de los 15 dias.[/quote:3501a0df66] ¿COMO VES ESTOS COMENTARIOS, APLICA SOLO PARA JURISPRUDENCIAS? Sin embargo, es necesario aclararles que en este momento existen opiniones divididas por nuestros Tribunales Federales en el tema de [color=blue:3501a0df66][b:3501a0df66]Actos Consentidos[/b:3501a0df66][/color:3501a0df66]. En efecto, los Tribunales Federales y hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación tienen opiniones divididas en el tema de considerar que si un contribuyente ha venido pagando un impuesto, y posteriormente declaran inconstitucional dicho Impuesto, ya no puede aplicársele a su favor dicha Jurisprudencia porque consintió el pago del Impuesto, lo cual evidentemente sería contrario a los intereses de la empresa que se trata; y existe el otro criterio que tratándose de Jurisprudencia podría operar la figura de la suplencia de la queja, es decir que aún y cuando fueron actos consentidos, se pueden dejar sin efectos ulteriores actos de aplicación de los mismos preceptos declarados inconstitucionales, cuando los actos impugnados se funden precisamente en tales leyes declaradas inconstitucionales. Ambos criterios son aplicables, y mientras no se decida cual debe prevalecer, dependería del criterio de cada Tribunal Colegiado el resolver a favor o no, en el supuesto de un litigio. FUENTE: [url]http://www.lores.com.mx/b-semanal/boletin29/temaprincipal.html[/url]
Tópico: ANUAL PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
Hace mucho tiempo me toco leer al respecto (no recuerdo si fué sobre IVA, ISR o IMPAC).........lo buscaré
Tópico: CUOTAS PAGADAS EN EXCESO A INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: CUOTAS PAGADAS EN EXCESO A INFONAVIT
Yo tengo 3 años que solicite devolución de cuotas al INFONAVIT y no soltaron prenda.....¿apoco si devolveran?...

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