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Tópico: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 17, 2005 Asunto: Re: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
Ya vi la "diferencia".......en las citas de Baja califronia solo avisos y compensaciones estan cerradas, las demas no (que buena ondas salio antes ese depato. jejejeje o nomas antenderan sin citas)....
Tópico: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 17, 2005 Asunto: Re: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
Es verdad en la ciudad de Culiacan si hay citas (que trabajadores son), pero ¿no tendran vacaciones o que? Lo que pasa es que trate de hacer citas en la ciudad de Tijuana (en CLN ya se realizaron los tramites)...... Que extraño!!!
Tópico: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 15, 2005 Asunto: Re: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
Asi es, de hecho uno como cotribuyente cumplido, responsable, etc etc, quiere hacer las citas para el 2006 y presentar sus avisos (compensacion por ejemplo) y pues que no se puede abrir ejercicio 2006 para citas...mendigos burocratas.......¿que pasa si tengo un aviso de compensacion pendiente y por no tener citas no lo prsento y me lo requieren...??
Tópico: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 15, 2005 Asunto: Re: Que dias tendra el sat vacaciones grales?
y Por que ya no hay citas desde el 16????
Tópico: una de p.p. de ia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2005 Asunto: Re: una de p.p. de ia
estariamos hablando tambien (se que no es tema del topico pero esta relacionado)....el CU, es decir algun dia plantie que si yo sabia que en alguna anual mi CU se reduciria considerablemente presentaria mi anual en el mes de enero para no esperarme mas periodos para utilizarlo (algunos opinaron que la ley no lo permite jajajaa y leyendo pareceria que asi es), pero el caso es que lo que se debe analizar es: LISR Art. 10 Penultimo parrafo: El impuesto del ejercicio se pagara mediante declaracion que presentarán ante las oficinas autorizadas, [b:3816234616]dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.[/b:3816234616] LIA Art. 8: Las PM contribuyentes del IA, deberan presentar ante las oficinas autorizadas, conjuntamente con la declaracion del ISR, declaración determinando el impuesto de ejercicio [b:3816234616]dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que éste termine.[/b:3816234616] En ambas leyes (ISR e IA) se señala que se enterara el impuesto dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se termine el ejercicio. Hasta ahi se da cabida a lo que mencionas sobre " lo que visualizo es que tendria que presentar la anual de 2005 en enero para conocer el dato de la exencion" eso es correcto. Lo otro que planteas es que se la juegue, para mi pues es un tema que no puedo opinar, ya que por la practica siempre nos esperabamos hasta el decreto, es decir estrictamente hablando anteriormente se deberian haber enterado los PP de IA antes de conocer el decreto (algunos lo hacian) pero la gran mayoria tenia la esperanza de que se publicara dicho decreto........asi es que lo que planteas siempre ha sucedido, por lo que a como estan las cosas mas vale que presenten la anual en enero 2006, asi se evitan posibles riesgos (ya el tema es mas de abogado que de un pobre contador interno como yo). Lo del nivel del foro pues aunque lo digas en broma "......."
Tópico: una de p.p. de ia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2005 Asunto: Re: una de p.p. de ia
Jajajaja, asi es, pero muy terco, algun defecto deberia de tener..ahi despues te lo presento para que se den una agarron. PD: no si quieres alcanzar mas participaciones ya me di cuenta!!
Tópico: una de p.p. de ia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2005 Asunto: Re: una de p.p. de ia
Jajajaja, asi es, pero muy terco, algun defecto deberia de tener...
Tópico: una de p.p. de ia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2005 Asunto: Re: una de p.p. de ia
No si si leo, otra cosa es que haya dado cabida para que el tema se extienda (LIF art. 16 un amigo me comento sobre eso ya lo lei) se lo comento para que ponga fundamentos y no nos ponga a leer de pe a pa las leyes, reglamentos, codigos, etc etc.. PD: ya lei, pero leí las revistas de chismes, chistes, nota roja, amarilla, y al ultimo la ley no sea que den reversa al desm.......jajaja es broma....y lo del chat "es una herramienta de trabajo" eso tu lo sabes mejor que nadie (jajajaajaja)
Tópico: una de p.p. de ia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2005 Asunto: Re: una de p.p. de ia
Todo depende. Depende de como estaria exento de IA para 2006, es decir si ya para enero 2006 sabes que esta exento pues ni hablar, pero si esperaras decreto pues caemos a lo mismo de cada ejercicio.
Tópico: ISR vs IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2005 Asunto: Re: ISR vs IMPAC
jajajaja. ya ya fue mucho.........oigan: que nadie anda por el foro ultimamente???? ya se extrañan los agarrones de greñas, y ese tipo de cosas..en fin... PP 2005 ISR IA IMPORTE E IMPTO. PAGAR 0 10 10 IA 50 10 40 ISR (50 - 10 PP ENERO) Y ASI... solo ten en cuenta los importes que comparas, es decir: ISR del periodo Junio: $ 250,000 - PP efectuados con ant. 200,000 ISR a cargo del periodo = 50,000 IA del periodo (IA act/12x#periodo)= 60,000 Que impuesto enterarias??? (por aquello que se ande confundidillo)

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