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Tópico: Venta terreno ejidal
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2008 Asunto: Re: Venta terreno ejidal
[quote:358a7552ae="supervisor"]ok, para ser mas especificos: es una persona fisica, que es agricultor, es avencindado de ejido no ejidatario, que vende a a la empresa compradora,sa de cv, la duda surge porque en la ley agraria dice que a la primera salida del nucleo ejidal no grava, que es el caso,pero en isr habla solo de ejidatarios o comuneros, en resumen, grava o no grava para ISR Saludos colegas[/quote:358a7552ae] ¿El cómo adquirio las parcelas?... con la espuesta a esto quizas ya podamos disipar tu duda... o en el peor de los casos "ampliarla" Por otro lado, en mi caso, cuando un notario tiene un criterio estricto, me cambio de notario que sea menos quisquilloso, ademas de que ya anteriormente realizaste otra operacion...si a la PM le interesa el terreno debe aceptar el cambio de notario... es mas negocia que absorverias parte de los honorarios (claro siempre que sea mucho menos que el impuesto que el otro notario te quiere determinar).... digo, para que la autoridad finque algun credito por esta situacion debe estar dificil (manejando bien los conceptos en la anual de vendedor... es decir ingresos exentos y listo)
Tópico: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2008 Asunto: Re: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
[quote:bec46fa8d2="Nex"]Yo soy de Tijuana, y que aquí he vivido toda mi vida, y adoro Tijuana, (no me quiero ir a Cancún). Pero veo que los sueldos de aqui no están tan mal comparados con Cancún, es mas o menos lo que pagan aqui, pero me refiero a que los puestos donde pagan 18000 a 20000 o más, ya no los sueltan, si no mas bien los que son ofertados en los periodicos y algunas agencias son de 10,000 a 15,000 mensuales y son de esos donde quieren casi que te quedes a dormir ahí, que vayas los sábados, etc. Y desafortunadamente, a veces se les da el trabajo a los que aceptan menos.[/quote:bec46fa8d2] Nosotros estuvimos buscando un contador(a) hace algunos meses, y creeras que no hubo ningun curriculum.... siempre me he preguntado ¿a donde se van tantos contadores de Tijuana? por aquello de que nunca encontramos.... Eso si, antes hubo algunos que querian ganar mas que yo.... jajaja...digo mis 500 pesos al mes no los suelto.....¿luego como le hago para comprar en las Outlets mis camisas? :twisted:
Tópico: Venta terreno ejidal
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2008 Asunto: Re: Venta terreno ejidal
Para ISR: por ahi la Ley agraria dice que mientras no salga del nucleo ejidal no grava.... dale una buscada en dicha Ley.. Para IETU: Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos: VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única.
Tópico: Venta terreno ejidal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2008 Asunto: Re: Venta terreno ejidal
¿El notario te dice que causará IETU o acaso te estas poniendo el huarache antes de espinarte? :roll:
Tópico: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2008 Asunto: Re: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
Ser contador por "amor al arte"... no se lo aconsejo a nadie... :evil: (claro, ni niguna otra profesion que no sea arte... :twisted: )
Tópico: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2008 Asunto: Re: ¿Los Contadores ganamos con el IETU?
A mi me quieren bajar el sueldo por aquello de que pagamos mucho IETU ...jajaja
Tópico: facturas canceladas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2008 Asunto: Re: facturas canceladas
[quote:8c8f6c524d="cele"]BUENOS DIAS AMIGOS....DISCULPEN LA MOLESTIA, PERO ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR CON RESPECTO A LO SIGUIENTE, TENGO FACTURAS QUE SE CADUCARON DESDE SEPTIEMBRE DEL 2007, Y APENAS EN ESTE MES SE MANDARON A ELABORAR YA CON LA FECHA BIEN, COMO LE PUEDO HACER PARA CANJEAR LAS ANTERIORES CON RESPECTO A LA FECHA.....DE ANTEMANO GRACIAS POR SU AYUDA SALUDOS[/quote:8c8f6c524d] Las nuevas facturas deben señalar mediante una leyenda que sustituyen a la fact. No. XXX, con fecha XX/XX/XXXX Claro esta, debes recuperar las facturas que cancelas.....y de verdad, si alguien se mete con aquello de "esas facturas no son deducibles en el ejercicio pasado por que son del ejercicio actual".... ya eso es otra historia (que en mi caso no me preocupan.. pero de que puede haber por ahi alguna confusion por parte de la autoridad es posible...)
Tópico: Trabajadores en otra ciudad ¿complicaciones?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 04, 2008 Asunto: Re: Trabajadores en otra ciudad ¿complicaciones?
[quote:f0be8e5ca9="pepesoto"]:roll: Buenas noches. Ya antes hemos hablado de los riesgos del outsourcing. Es un esquema que no termina de convencerme. El beneficio se termina con la primera demanda perdida x alguno de los patrones, el original y el tercero que "asegún" asume el riesgo laboral. Grube, El Lic.[/quote:f0be8e5ca9] En nuestro caso el la empresa de outsoursing es del mismo grupo...
Tópico: DECRETO DE BENEFICIOS FISALES IER-IETU-SEGURIDAD SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2008 Asunto: Re: DECRETO DE BENEFICIOS FISALES IER-IETU-SEGURIDAD SOCIAL
Siendo realistas, no serán tan benevolos con los beneficios fiscales... creo que eso se acabo, es la linea que traen...... asi es que a menos que se caiga el país a pedazos, harán algo como en los anteriores sexenios.....ya estabamos mal impuestos... y solo resta ser mas productivos, por que sino nos lleva Judas.... :evil:
Tópico: DECRETO DE BENEFICIOS FISALES IER-IETU-SEGURIDAD SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2008 Asunto: Re: DECRETO DE BENEFICIOS FISALES IER-IETU-SEGURIDAD SOCIAL
[b:a17b392660]Lo copio del resumen de fiscalia, para comentarlos... digo por aquello de que no siempre es claro que se debe hacer....y para no abrir mas mensajes con el mismo tema ¿les parece?: Beneficios fiscales en ISR e IETU Reducción del 3% de pagos provisionales y crédito de $1000 a personas físicas con FIEL. Categoría: Fiscal Fecha de Publicación: Martes 04 de marzo, 2008 Como parte del Programa de Apoyo Económico recién anunciado por el Ejecutivo, con fecha 4 de marzo de 2008 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única a los contribuyentes que se indican. [/b:a17b392660] [color=blue:a17b392660]Diferimiento del 3% en pagos provisionales de ISR e IETU Debido a que se anticipa que el entorno internacional será menos favorable durante 2008, el Ejecutivo estima conveniente implementar acciones con objeto de impedir una posible afectación a la actividad económica del país, al tiempo que se contribuya a la generación de empleos formales y permanentes, y en virtud de que tanto las personas morales como las personas físicas con actividad empresarial y profesional, así como las que obtienen ingresos por arrendamiento, pueden ver afectada su liquidez en la medida en que se presente un crecimiento económico más moderado, se permite un diferimiento de 3% del monto a enterar en los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) y del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), durante el periodo de febrero a junio de 2008, sin actualización ni recargos, mismos que se entenderán cubiertos en la declaración anual, sin que sea necesario presentar declaraciones complementarias por dichos pagos. En la determinación de los pagos provisionales correspondientes a los meses de marzo a diciembre de 2008, los contribuyentes que apliquen el diferimiento referido, podrán acreditar contra el pago provisional del mes de que se trate, los pagos provisionales del mismo ejercicio determinados con anterioridad, que les hubiera correspondido pagar de no haber efectuado el diferimiento a que se refiere este artículo. En el caso del IETU, el acreditamiento se hará contra el impuesto a cargo que resulte después de los acreditamientos a que el contribuyente tenga derecho. Este diferimiento no aplica a las personas físicas del Régimen Intermedio, por el impuesto que paguen a la entidad federativa. Crédito de $1,000 a personas físicas con FIEL Por otra parte, el Ejecutivo considera que es necesario promover la presentación de declaraciones por medio de Internet, por lo que con el doble fin de apoyar la actividad económica y promover el uso de los medios electrónicos se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas que presenten oportunamente la declaración anual de 2007, excepto asalariados, consistente en un crédito fiscal de hasta $1,000 pesos, mismo que se puede aplicar contra el ISR y el Impuesto al Activo (IA), cuando dicha declaración sea presentada a través de Internet y utilizando la firma electrónica avanzada (FIEL), a efecto de mitigar los costos que este grupo de personas físicas deben de cubrir para cumplir con dicha obligación.[/b][/color:a17b392660]

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