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Tópico: Forma 37-A Editable
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto: Re: Forma 37-A Editable
Ya se fue un archivo... solo verifica si es el que se sigue utilizando (al cambiar de giro, pues me quedan solo archivos viejos)
Tópico: % DE DEDUCCION EN MOTOCICLETAS
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto: Re: % DE DEDUCCION EN MOTOCICLETAS
Ya en serio, en verdad a primera vista doy la opinión... es raro en mí que tome en serio casos que no tengo, no les meto tiempo.. asi es que tomenme a la ligera cuando haga tal anotación (de que no tengo el caso).... :twisted:
Tópico: IMPAC e ISR anual 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto: Re: IMPAC e ISR anual 2007
[quote:220c12a6aa="Cheque"]Pero ya sabes como pico la cebolla....[/quote:220c12a6aa] Para no enrredarme tanto, debido a que acredite ISR pagado en exceso de los 3 ejercicios anteriores, y como no tengo el monto "acreditable" registrado en mi contabilidad.... pues a lo mexicanazo "provisione ISR como el impto. del ejercicio"... de todas formas el CPC sabe menos que yo.....ademas si no tengo problemas con el fisco, la verdad las NIF me las paso por.... los... cebollines... :evil: (por aquello de que soy taquero) Saludos!!
Tópico: IMPAC e ISR anual 2007
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto: Re: IMPAC e ISR anual 2007
[quote:e67e325317="Cheque"]A ver Bruno, saliste muy dudoso y poco claro, creo por eso naiden te respondió: 1. Claro, ya no estás obligado a pagar ISR, se causa uno u otro, el mayor, ya que la obligación la extingas en vía de acreditamiento es otro ticket.... 2. Obvio. 3. La provisión anual es un concepto contable, tanto como obligatorio no sé, cada quien se come el taco de distintas formas, pero la provisión anual del impuesto debería ser el monto del impuesto causado, con independencia de que se hayan hecho acreditamientos. Los acreditamientos, como en el caso del impac x rec, cuando es recuperable se constituye en una cuenta por cobrar contra resultados, luego cuando se usa el acreditamiento, simplemente se le abona a la cxc para disminuir el importe por recuperar del impac, pero la afectación a resultados por el impac pudo haberse hecho antes cuando se estimo recuperable el impac y segundo, no necesariamente tiene que ser en la cuenta de provisión de isr/impac del ejercicio, podría hacerse en otros ingresos, etc. A la otra ponle numeritos a tantas preguntas para facilitar las referencias y mas de tres dudas, pues pon varios post sino da güeva contestar, porque vale por una sola respuesta pa'l record.... : ) Mis dudas son: 1- ¿significa que aun cuando el IMPAC a pagar despues de acreditamientos es CERO (por los acreditamientos) ya no estara obligado a enterar el ISR? 2- De ser asi ¿significa que si la PM ha enterado por pagos provisionales de ISR 1,000,000... este sera saldo a favor de manera íntegra? 3- En la provision anual ¿es obligatorio considerar en deducciones el IMPAC anual y el ISR anual (claro despues de acreditamientos)?[/quote:e67e325317] Hace mucho tiempo no mencionaban lo del "record"...
Tópico: % DE DEDUCCION EN MOTOCICLETAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto:
[quote:bcca31c0c1="vabdo"]Quisiera saber, En la practica a que %, deprecian las motos. Conozco una empresa (Grande, a nivel nacional), que dicen: "Todo lo que tiene ruedadas, es Equipo de Transporte".[/quote:bcca31c0c1] Ya me imagino como consideran los diablitos que usan en el almacén....jajajaa
Tópico: % DE DEDUCCION EN MOTOCICLETAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto: Re: % DE DEDUCCION EN MOTOCICLETAS
[quote:e6cc7c41b7="enrique9727"]Me parece un razonamiento bueno desde el punto de vista fiscal, con relacion a que no se puede determinar un criterio o intepretacion estricta. Pero algo incongruente ya que las motos no durarian mas de cinco años, en especial si se aplican como instrumentos o herramientas de trabajo para el reparto. Varios de mis clientes tienen motocicletas y no le duran mucho tiempo, por muy bueno que resulte la persona que la cuide son 7 años y ya exagerandole. Uno de mis clientes tiene 8 motos, la mas antigua es del 2004 y estan por caducar su servicio. Asi los que la apliquen el 20% todavia seria prudente ese criterio desde el punto de vista, que depreciacion va de la mano, con la durabilidad del bien y que esa durabilidad iria con relacion al demerito que sufre la unidad.[/quote:e6cc7c41b7] [color=blue:e6cc7c41b7][b:e6cc7c41b7]Concuerdo con aquello del art. 41, fracc. X (para el caso específico que exponen). Por otro lado, determinar el % en base a la "estimativa" de durabilidad, seria arriesgado, ya que desde mi punto de vista ese criterio aplicaría a los intangibles (basados en un contrato de vigencia por ejemplo). Ya que en el caso de la motocicleta, puedo maliciosamente determinar que servira 1 año y aplicar el 100% en dicho periodo, ó por otro lado, hasta determinar que la "tasa" de depreciacion podria ser 30% para el 1er ejercicio, 40% para el segundo y como le estimo que durara 2 años mas pues le aviento 15% y 15% para los 2 años restantes....y en esos casos existe una dispocisión al respecto (cuando dejan de ser útiles) Respecto a que si la moto "dura" 3 años, pues en el caso que exponen correspondería deducir el 20% anual en los ejercicios en que es útil, y posteriormente, cuando la motocicleta deje de ser útil se deducira el monto pendiente de deducir..... (art. 37 LISR)[/b:e6cc7c41b7][/color:e6cc7c41b7]
Tópico: ¿Quién evade mas impuestos?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2008 Asunto:
[quote:ab41a925c4="sosgtorreon"]Suigeneris la cuestión, dado lo siguiente desde mi punto de vista; Al acudir al médico lo que deseo es que me resuelva el trastorno de salud que me aqueja a mi o cualquiera de los mios... aún siendo contador no es extraño se me olvide solicitar el comprobante del pago realizado... Igual pasa cuándo requieres los servicios urgentes de un abogado, deseas que te quite el problema, sin importar el cómo, sales de la bronca, y el recibo vuelve a pasar a un escenario secundario... Quizá Ing. y Arq. no se ubican en las premisas anteriores, pero si en el terreno de consumidor casero o particular, dandose el hecho que la mayoría no quiere que nadie se entere de lo que en lo particular uno hace... y menos la autoridad... En ningún momento exento a los citados de la obligación innegable que ellos mismos tienen de expedir el comprobante por el ingreso percibido, pero no encuentro rara la expresión de "son víctimas de las cicunstancias"... En la generalidad todo aquel que atiende preponderantemente a consumidor casero tiene o cae en la posición de omitir ingresos, voluntaria o hasta involuntariamente... Saludos. Pdta.- BR1, un favor, me dices a que tasa deprecias la kawasaki (caguamas aqui, en español) que compraste el año pasado.[/quote:ab41a925c4] Concuerdo con lo que dices, de hecho, pobres doctores y abogados, son victimas de las circunstancias....ayer pensé "pondre en este tópico aquello de Causa y Efecto"... NOTA SOS: ¿Cual "caguama"?... no recuerdo haber comprado moto. ¿A eso te refieres?
Tópico: compensacion
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2008 Asunto: Re: compensacion
Opino que: Cuando comentaste que te enrredas por haber presentado una complementaria modificando el saldo a favor, tienes tus razones para dudar, en mi caso opino que: Los $243,349 se deben actualizar tomando como base la presentación de la declaración normal. La diferencia entre la complementaria y la normal ( 243,988-243,349 = 639) deberia actualizarse en base a la presentación de la decl. complementaria. Pero, en realidad no se que opinarian los del SAT.....al parecer no te observaron nada de eso......es mas, te estan respetando la fecha de presentacion de la declaración normal.
Tópico: compensacion
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2008 Asunto: Re: compensacion
[quote:bb56861950="JUANAPEREZ"]Mira respecto de la declaracion del saldo a favor Normal es $243349 Y la complementaria aumento por poquito$243988. Que opinas[/quote:bb56861950] Opino que fue "poquita la diferencia" u ¿opinar como de qué? :twisted:
Tópico: compensacion
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2008 Asunto: Re: compensacion
[quote:c4fbf203b7="JUANAPEREZ"]Me podrian dar su comentrio respecto a lo siguiente: Tengo un saldo por compensar de la anual 2005., PRESENTE ESTE SALDO EN DECLARACION EL DIA 24-DE MARZO 2006, Y TUBE QUE HACER COMPLEN. EL DIA DE PRESEN. EL 3-JULIO-06 *La primer aplicacion de compensacion la APLIQUE EN PAG. PROVISION DE enero 2006 que presente la declaracion [color=red:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]EL DIA 31-MARZO DE 2006[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7]. Pregunta ¿que indices debe de tomar para la actualizacion?. [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]El mes inmediato anterior es FEBRERO 2006[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] * La seg. aplicaciòn de compensacion el pago prov. del mes de julio de 2006, del mes de AGOSTO de 2006, del mes de septiembre y por ultimo la del mes de septiembre que con fecha 20-12-06 presente. ¿Que indice debo de considerar? [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]COMO PRESENTASTE EL PP EN DICIEMBRE 2006, DEBES TOMAR EL MES INMEDIATO ANTERIOR, EL CUAL ES NOVIEMBRE/06[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] Se que deacuerdo al articulo 23 cod. fisc. de la fed. Y EL ART. 17a PRIME PARRAFOse tiene que actualizar pero me descontrolo la complemen. de la anual, sidebo de tomar el INPC DE JILO 2006 . [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]NO TIENE NADA QUE VER LA COMPLEMENTARIA, CLARO, LA COSA CAMBIA SI AUMENTASTE EL SALDO A FAVOR[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] Nota presente estas compensaciones con la autoridad y me mando que corrigiera los pagos y me manda una tabla de indices donde me dice que: La primera compensacion es febrero 2006 /febrero 2006 [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]CORRECTO[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] La seg compensac. nov.2006 /febrero 2006 [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]CORRECTO[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] Aplican el factor de actualizacion a los pagos provisionales no a saldo compensado. [color=blue:c4fbf203b7][b:c4fbf203b7]NO PUES AHI YA ES ERROR DE ELLOS, EL FACTOR DE ACTUALIZACION SE APLICA AL "SALDO A FAVOR"[/b:c4fbf203b7][/color:c4fbf203b7] Saludos[/quote:c4fbf203b7] NOTA: cuando escriben sin ponerle comas y sin poner puntos y aparte, me enrredo bastante....

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