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Tópico: Despacho contable BR1 adquiere aeronave
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2007 Asunto: Despacho contable BR1 adquiere aeronave
En el despacho estamos pensando adquirir una aeronave (de juguete jajaja :twisted: ), bueno es mentira, pero con un tópico anterior, me salto la duda, respecto, a por ejemplo que muchas veces no es costeable para una sola compañia adquirir una aeronave (aunque es casi impresindible), ¿cabe la posibilidad de que dicha aeronave se adquiera en copropiedad con otro contribuyente, y con ellos se compartan cierto % dicho bien, su uso y obligaciones? Saludos!!!!
Tópico: RENTA DE AVION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2007 Asunto: Re: RENTA DE AVION
Fracc. XIII, art. 32 LISR...y sus correlativos:RISR Arts. 52 y 53
Tópico: COMPRA SIN COMPROBANTE FISCALES.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2007 Asunto: Re: COMPRA SIN COMPROBANTE FISCALES.
[quote:2d2f57bbde="JOSEDARIO"]HOLA A TODOS. Resulta que compre mercancia por 100,000 y [size=18:2d2f57bbde][color=red:2d2f57bbde][b:2d2f57bbde]le hice el deposito a su cuenta[/b:2d2f57bbde][/color:2d2f57bbde][/size:2d2f57bbde], pero mi proveedor se nego a entregarme la factura. y yo no se la puedo exigir por diversas circunstancias. ahora bien esa mercania la vendi al publico en general, que pasaria si no considero ese ingreso para fianes fiscales o sea no lo deposito. ¿que repercucione me traerian ese deposito que relice a la cuenta de esta persona.?. Gracias.[/quote:2d2f57bbde] ¿Transferencia electrónica o chas chas?
Tópico: ¿Así de peluche está?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2007 Asunto: Re: ¿Así de peluche está?
Y ¿entran los que estan pagando y realizaron convenio?
Tópico: ¿Así de peluche está?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2007 Asunto: ¿Así de peluche está?
[b:3a66e045a0]INF. PUBLICADA EN PAGINA DEL SAT[/b:3a66e045a0] ¿Qué adeudos no se pueden condonar? * Los créditos fiscales pagados, por lo que en ningún caso la condonación dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. * Los adeudos fiscales derivados de infracciones por las cuales exista auto de formal prisión, auto de sujeción a proceso o sentencia condenatoria en materia penal. * Las contribuciones retenidas, trasladadas y recaudadas, tratándose de contribuciones causadas de 2003 a 2005. [b:3a66e045a0]No procederá [/b:3a66e045a0]la condonación cuando el contribuyente interesado, persona física, se encuentre vinculado a un procedimiento penal por la probable comisión de algún delito de carácter fiscal. Tampoco procederá cuando se trate de personas morales vinculadas a un procedimiento penal iniciado en contra de personas cuya probable responsabilidad por la comisión de algún delito fiscal sea en términos del artículo 95 del Código Fiscal de la Federación. Por la parte de los créditos fiscales no condonados no se aceptará pago en especie, dación en pago ni compensación. ¿Por qué adeudos fiscales puede solicitar la condonación y en qué porcentaje? 80% de los siguientes: a. Créditos fiscales de contribuciones federales que corresponda administrar al sat (isr, iva, Impac, ieps, e impuestos al comercio exterior) causadas [color=red:3a66e045a0][b:3a66e045a0]antes del 1 de enero de 2003[/b:3a66e045a0][/color:3a66e045a0]. b. Cuotas compensatorias causadas antes del 1 de enero de 2003 AH, MIRA NADA MAS, PUES AQUI ESTA LA TIRADA, COMO YA ESTAN CERCANAS A PRESCRIBIR, DE LO PERDIDO LO RECUPERADO..... :twisted:
Tópico: Intercambio de Información entre los Bancos y el SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2007 Asunto: Re: Intercambio de Información entre los Bancos y el SAT
De hecho, apenas estoy mandando mi lana al banco de un paraiso fiscal (Irak).... De hecho, en estas fechas, existen evasores a los que nunca les han fiscalizado sus "cuentitas", y que por ello piensan que nunca les va a pasar nada....cosa que quizas es cuestión de suerte...
Tópico: ISR ret empleados ¿AAI?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 02, 2007 Asunto: Re: ISR ret empleados ¿AAI?
En mi opinión, si entran...debido a que ni siquiera es un gasto, si no una retención que normalmente no entra a cuenta de resultados...digo a menos de que se omita la retención al tercero y con ello el obligado a enterarlo sea el contribuyente, ahi entraría, según mi opinion eso de "a cargo del propio contribuyente o [b:0d3a006826]de terceros[/b:0d3a006826]" :P Saludotes!!
Tópico: AF y capital social erroneo ¿qué procede?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 31, 2007 Asunto: Re: AF y capital social erroneo ¿qué procede?
Tenia pensado, sacar un cheque para cubrir mis vacaciones por esa diferencia :lol: ....pero tienes razon....acudire con el notario para que haga lo procedente....o sea la corrección. Gracias por tu comentario!!!
Tópico: AF y capital social erroneo ¿qué procede?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2007 Asunto: AF y capital social erroneo ¿qué procede?
Qué tal, buenas tardes. Se me presento el siguiente caso (#$#$%#%$#$%#%$#) :cry: ; Contribuyente PM, la cual me entrega un contador de bote-pronto en el 2005 (ya muy avanzado el ejercicio) según bien cerradita al 31/12/2004, debido a que esta PM no tuvo movimientos normales (solo se adquirieron terrenos en 1996 y 1997), me la entregaron con detalles, tales como: * El contador, me entrega sus papeles de trabajo del ej. 2004, haciendome la observación que $9,000,000 de pesos que se tenian en la cuenta aportaciones para futuros aumentos de capital le generarian ajuste anual acumulable muy alto, por lo que decidio capitaliza $8,900,000; claro y como buen contador no realizó ni formalizo nada, por lo que, yo muy cumplido con mis principios éticos realizé una asamblea de socios las cual se protocolizo ante notario público el año pasado, haciendo referencia que dicha asamblea se celebro el 1ro de enero de 2004 y se acudia hasta ahora a darle protocolo. * En el ejercicio 2005 tuve unos problemas que me retrasaron la puesta al dia del contribuyente (me entregaron ya avanzado el ejercicio fiscal..mas de mediados de año, me tronaron la base de datos, me perdieron comprobantes, los edos. de cuenta no me los entregó el banco., etc etc o sea un buen de detalles que no me dejaron hacer el trabajo tal como debe ser). Hasta ahora, que estuve cuadrando todo, me di cuenta que el che contador, registro los terrenos (que valen varios millones) con la cifra $$ catastral, y por ende cuadró la diferencia (o sea cargo a AF y abono a) contra aportaciones para futuros aumento de capital; siendo esto incorrecto, ya que el valor escritura es menor por 500,000, por lo que al querer manifestar las cifras reales, se presenta el problema siguiente ESTABA INFLADA LA CUENTA DE APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL :twisted: y como les comenté, ya se capitalizó...utssss, claro no hay pretexto, pero hay un dicho por ahí que no quiero mencionar por que me dire tontejo yo solo....jajaja ¿Qué puedo hacer para corregir el capital ahora?, ya que esta protocolizado y registrado ante el RPPyC. Saludos y agradezco los comentarios positivos :twisted: , los negativos no jajaja
Tópico: calculo de ingresos acumulables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2007 Asunto: Re: calculo de ingresos acumulables
Es correcto, debes considerarlos. Cabe aclarar que para la determinacion del coeficiente de útilidad se debe restar ese efecto y la diferencia se llamarán INGRESOS NOMINALES.

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