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Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
Que milagro diria Juan Diego.....hasta que se aparece jc.. Pues del dicho al hecho hay mucho trecho, ya que nuestros colegas del SAT salen con cada burrada. Ejemplo: PM en liquidacion, trae "arrastrando" remanente de IVA a favor de varios periodos ya que acredito algunos y compenso otros. Como ya entro en liquidacion, no generara IVA (acreditable o trasladado).... Como recupera los remanentes en este caso (sigo con mi mala memoria pero uno de los 2 casos ya fue aclarado por la autoridad pero el otro nop)...
Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
Eso creo...tienes razon, pero estariamos iniciando un caso como el de cuando compensabas o acreditabas una parte de IVA y suspendias actividades ¿Que pasaba con el resto? PD aunque ya salio algo sobre el caso (no recuerdo si es en el caso de compensacion o acreditamiento en el cual si procede la devolucion)...
Tópico: cuotas siem..
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: cuotas siem..
ES OBLIGATORIO ESTAR REGISTRADO EN EL SIEM??? SI ES ASI ¿QUE SANCION EXISTE POR NO ESTAR REGISTRADO? ¿PARA QUE SIRVE?
Tópico: INDEMNIZACION C/CHEQUE EN CONCILIACION
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: INDEMNIZACION C/CHEQUE EN CONCILIACION
En mi opinion depende bastante del acta que emitan en la junta de conciliacion, es decir lo correcto seria que los conceptos que integran el pago se desglosaran en dicha acta...o ¿Acaso en las referidas actas no se desglosa por conceptos????? PD falta de experiencia en lo laboral ....notorio en mi.
Tópico: error en facturacion
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: error en facturacion
NO hay complicaciones, como bien mencionaron como ya recibiste el $$$ acumulas para ISR y enteras el IVA, que te devuelvan la factura cancelas y refacturas el anticipo....no hay ningun problema, ademas hacer notas de credito es para otros casos (recuerda que las devoluciones y rebajas sobre ventas son deducciones fiscales solo hasta la declaracion anual en las PM por su puesto). Saludos!!
Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
Pues el contador le va a decir "Sr. contribuyente" la suspension procedera hasta que realize el entero de sus impuestos, y por ejemplo si dices que resulta IVA a favor de todas formas procede la devolucion.
Tópico: Caso de autocorrección
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: Re: Caso de autocorrección
Mi estimado exhidalgo, sin afan de ofender a los estimados abogados (tengo alguien muy cercano que es abogado), lo dije por la pelicula EL "Abogado del Diablo". Como bien dices, lo que nuestro abogadiablo ....perdon Licenciado en Derecho lo que nos comento no me convence 100%, pero lo de "tumbar" lo del IMSS (resultados de auditoria), es decir tumbarlo por el lado de lo inconstitucional de la integracion del proceso.....que opinas??????
Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
Respuesta: 4.4. Que se hayan efectuado las retenciones correspondientes y éstas se hayan enterado En la fracción IV del Artículo 5° se señala que para poder acreditar el IVA trasladado que se haya retenido al contribuyente, éste deberá estar enterado en los términos y plazos establecidos en la Ley. Un cambio trascendente para el ejercicio 2005, el cual se incorporó desde el 1° de enero de 2005, señala que el impuesto retenido y enterado podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención. Este cambio es importante, ya que anteriormente la limitante de acreditar el impuesto hasta el mes en que se hubiera pagado mediante declaración a la autoridad fiscal se establecía en una Regla Miscelánea, misma que había sido declarada ilegal por establecer requisitos adicionales a los señalados por la propia Ley. [b:b34e4d95b8]A raíz de esta resolución de los tribunales, el legislador ha incorporado esta limitante en la Ley, haciéndola obligatoria para los contribuyentes[/b:b34e4d95b8] Fuente: Fiscalia
Tópico: DUDA DEVOLUCION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: Re: DUDA DEVOLUCION DE IVA
Se selecciona que no es del ejercicio. Ya que no existe desde hace algunos años IVA del ejercicio, pero por si algunos contribuyentes solicitaran en devolucion saldos a favor de ejericicos anteriores por eso la opcion sigue en el sistema o programa de devoluciones,.
Tópico: Caso de autocorrección
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: Re: Caso de autocorrección
Estatus: Se hablo con el abodiablo o que diga abogado, y pues me dice que el acto se puede "pelear", solo que por ejemplo me dice: 1. La autoridad al querer gravar diferente a dos empleados que laboraron las mismas horas es violatorio a lo que estipula la CPEUM (dice el defendible..pero nosotros no somos empleados somos los patrones). 2. Que el IMSS siempre realiza actos ilegales, y que podemos aprobecharnos de eso y "tumbar" las contribuciones que nos hagan. El IMSS ya emitio las diferencias de la autocorrección, me comento el abogado (en el caso de querer "pelear" el caso) que le diera contestacion a las diferencias, plasmando en el escrito que no estamos deacuerdo en las cantidades que manifiestan.......en el escrito del IMSS nos "amenazan" con revisarnos 5 años si no aceptamos....... Los mantendre informados

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