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Tópico: Representante legal de menor de edad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2007 Asunto: Re: Representante legal de menor de edad
Buenas tardes. Con ese comentario, recorde el programa de ayer de la Micha....en la cual una mujer de un municipio de Oaxaca, se habia lanzado como candidata a presidente municipal (presidente= que preside, por aquello de que alguien me salga con lo de presidenta).... a ella, los usos y costumbres de su area la amolaron, por que por eso (usos y costumbres) las mujeres no pueden botar ni ser botadas... pasandose la constitución por el ojal.... De entrada, en mi caso, el grupo tiene contacto con banca empresarial, solo que yo en la otra ciudad (donde apenas iniciamos) por andar de "yo las puedo" me puse a hacer todos los trámites yo, para no andar triangulando con otras ciudades... y zass.. me paso lo que les comenté. Ahora si, me puse en contacto con banca de empresas de la ciudad donde se maneja el grupo, y le expuse el tema... de entrada me comento que es una situación extraña, que lo consultara con el juridico de aquella ciudad y dependiendo de la respuesta será lo que proceda: cancelar la cuenta o de plano manejarla desde la otra ciudad.... Saludos y despues les cuento el descenlace de esta Banco-novela
Tópico: REGLAS PARA PAGOS PROV. IETU 2008; ANTEPROYECTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Re: REGLAS PARA PAGOS PROV. IETU 2008; ANTEPROYECTO
BUenas tardes. Eso me trae un vago recuerdo... no se, ¿que no eso tambien se planeaba hacer con el ISR al desaparecer el formatito 1-D?, es decir lo de plasmar las bases, CU, perdidas aplicadas, etc etc etc... por que me late que tienen la misma idea que antes, solo que no la implementaron... ademas ¿y por qué?, si es un pago provisional ya en la anual veran el impuesto definitivo y que analizen deducciones, aplicacion de perdias, etc etc... o de plano es por que aqui si existen (por decirlo asi) las perdidas mensuales (entre otras cosas bastante razonables que deberia tambien considerar ISR)... Saludos!!!
Tópico: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Re: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
O sea, que ¿¿¿solidarios tanto los antiguos como los actuales????.. claro, respecto a los ejercicios en que los antiguos fueron socios de la PM, y por lo tanto responsables hasta por el monto de sus aportaciones (% mejor dicho)....
Tópico: Representante legal de menor de edad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Re: Representante legal de menor de edad
Recorde la clase de derecho de la universidad (claro, no de la carrera por que de esa no me acuerdo nada).... y buscando encontré una explicación bastante acertada... lo cual me lleva a concluir que el ejecutivo de cuenta y el de jurídico del banco andan bien enrredados, veamos: [i:793fcba929]Todo sujeto derecho, por el hecho de serlo, debe tener capacidad jurídica, la cual puede ser total o parcial. Dentro de la capacidad tenemos dos aspectos: la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio. La primera es un atributo esencial de todo ser humano. Por otro lado, la segunda, es decir, la capacidad de ejercicio, establece la aptitud de una persona de hacer valer directamente sus derechos y de celebrar actos jurídicos. [b:793fcba929]Sin embargo, la Ley establece límites a la capacidad, y específicamente a la de ejercicio en lo que se refiere a los menores de edad. Así, quienes no han cumplido los dieciocho años, por disposición expresa de la legislación civil, tienen esa calidad y por tanto una limitante a su capacidad de ejercicio. [/b:793fcba929] Pese a ello, esto no implica que un menor no sea capaz de adquirir derechos y obligaciones, pero esto deberá llevarse a cabo en los términos legales que previenen las leyes respectivas. Así, el Código Civil prescribe que la minoría de edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas por la Ley, son restricciones a la personalidad jurídica, pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes. Y tal representación se refiere a la que ejercen los padres por medio de la patria potestad o sus tutores. Esa misma normativa civil prevé que la patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los hijos, en primer lugar por el padre y la madre. A falta de éstos, por los abuelos paternos y a falta de éstos por los maternos. Quienes ejercen la patria potestad son pues, legítimos representantes de los que están bajo ella, y tienen la administración legal de los bienes que les pertenecen, conforme a las condiciones y límites que la propia ley establece. Sobre el tema es recomendable consultar los artículos 426 a 429 y 439 a 442 del Código Civil Federal.[/i:793fcba929] [i:793fcba929]Fuente: J. Ramón Obón León [/i:793fcba929]
Tópico: Representante legal de menor de edad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Representante legal de menor de edad
Buenas tardes. En si, mi tema no es fiscal... pero lo comparto con ustedes para saber si les ha pasado un caso similar: PM, tiene una cuenta bancaria en Banco "X", debido a que dicho banco le presta un servicio en linea (internet) deficiente, se cambia a Banco "Y", el día de eyer se apertura la cuenta despues de varias semanas de papeleo, quedando por fin lista la nueva cuenta. Dia de hoy, el ejecutivo de cuenta nos informa que debemos sacar el depósito que realizamos para aperturar la cuenta, argumentando que juridico le informo que existe una irregularidad que hace imposible prestarnos el servicio, al cuestionarle al ejecutivo la causa, señala lo siguiente (textualmente lo plasmaré): " Juridico detecto, que uno de los socios de la PM es menor de edad, y sus papás actuaron en su representación cuando cuando se adquirio a nombre del menor un % de acciones de la sociedad, debiendo ser el representante otra persona diferente a sus padre, por lo cual le solicitamos retirar sus fondos de la cuenta para proceder a su cancelación" :twisted: Cuando le cuestioné fundamento o cualquier argumento legal me comentó que eso apenas los de juridico, a los cuales no he localizado....¿Alguien ha pasado por alguna situación similar, o sabe el antecedente legal de que la representación legal de un menor no puede realizarse por sus padres? Un saludo y agradezco sus comentarios....
Tópico: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Re: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
Retomando el fundamento que señaló SOS: CFF [i:d28c443920]Artículo 26.- Son responsables solidarios con los contribuyentes: [b:d28c443920]X.[/b:d28c443920] [b:d28c443920]Los socios o accionistas[/b:d28c443920], respecto de las contribuciones que se hubieran causado en relación con las actividades realizadas por la sociedad [b:d28c443920]cuando tenía tal calidad[/b:d28c443920], en la parte de interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la misma, [b:d28c443920]siempre que dicha sociedad incurra en cualquiera de los supuestos a que se refieren los incisos a), b) y c) de la fracción III de este Artículo[/b:d28c443920], sin que la responsabilidad exceda de la participación que tenía en el capital social de la sociedad durante el período o a la fecha de que se trate. [b:d28c443920]III[/b:d28c443920]. Los liquidadores y síndicos por las contribuciones que debieron pagar a cargo de la sociedad en liquidación o quiebra, así como de aquellas que se causaron durante su gestión. No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la sociedad en liquidación cumpla con las obligaciones de presentar los avisos y de proporcionar los informes a que se refiere este Código y su Reglamento. La persona o personas cualquiera que sea el nombre con que se les designe, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general, o la administración única de las personas morales, serán responsables solidarios por las contribuciones causadas o no retenidas por dichas personas morales durante su gestión, así como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma, en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la persona moral que dirigen, cuando dicha persona moral incurra en cualquiera de los siguientes supuestos: a) No solicite su inscripción en el registro federal de contribuyentes. b) Cambie su domicilio sin presentar el aviso correspondiente en los términos del Reglamento de este Código, siempre que dicho cambio se efectúe después de que se le hubiera notificado el inicio del ejercicio de las facultades de comprobación previstas en este Código y antes de que se haya notificado la resolución que se dicte con motivo de dicho ejercicio, o cuando el cambio se realice después de que se le hubiera notificado un crédito fiscal y antes de que éste se haya cubierto o hubiera quedado sin efectos. c) No lleve contabilidad, la oculte o la destruya.[/i:d28c443920] Algo enrredoso el artículo, gracias SOS por los comentarios....me sirven bastante para este caso...
Tópico: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2007 Asunto: Re: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
[quote:7ff6187f18="cermar"]Que de deje cierto monto en un escrow para posibles contingencias y se vaya liberando con el tiempo Saludos[/quote:7ff6187f18] Es una buena opción la que comentas...
Tópico: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 19, 2007 Asunto: Re: Adquisición de PM ¿como evaluar los riesgos?
Buenas tardes (cada día me resulta mas dificil darme tiempo para entrar al foro, por asuntos de trabajo y personales..digo por la época)... Sobre el tema que nos ocupa: En este caso, tengo plena seguridad de que la PM no se dictamina...lo cual presumo que nos traera una buena chamba (me refiero a horas de trabajo y no a salarios jejeje).... espero que lleven buenos controles para poder confiar en sus cifras... Gracias SOS por la referencia..... Pd: de plano, el america por los suelos, lo único positivo es que se dieron cuenta que Davino apenas para las infantiles tiene nivel, los Dorados ni se diga...primero les meten el poblano :? ... y ahora los de Juarez... cambiar de equipo...imposible... sería hipocrita de mi parte...ya me viera siendo Diablo, o regio (eso último, sería lo último....jajaja, respetable la afición, pero los equipos no dan una desde hace años).....en fin... me quedo como estoy....jajaja... un saludo
Tópico: Educación vía internet ¿servirán?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2007 Asunto: Educación vía internet ¿servirán?
Qué tal, buenas tardes. Como todos sabemos, la mayoria de las instituciones de enseñanza ya imparten en linea (internet).... en mi caso, me es imposible estudiar una especialidad o maestria en un punto fijo, es mas ni aún cuando el IEE imparta en las ciudades en que laboro, es posible, ya que no cuadrán las clases entre ciudad y ciudad (vendría tomando la misma clase en una ciudad y en otra... y perdería la otra clase.. en fin)... la cuestion es que he estado buscando, y encontré un diplomado de impuestos que imparte el ITAM vía internet... tengo la curiosidad de probar con dicho diplomado si me gustará o mejor dicho si me servirá o me adecuaré a dicha técnica de estudios....por ello ¿alguién que tenga el mismo caso, es decir que este tomando, tomó o piense estudiar vía internet?... quisiera saber sus impresiones... :roll: Un saludo...
Tópico: enajenacion de bienes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2007 Asunto: Re: enajenacion de bienes
Así mero (como decian en mi rancho)... :lol:

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