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Tópico: Sociedad CIvil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Re: Sociedad CIvil
especificamente me refiero a la asamblea donde se incluyen a los asociados (posterior a a constitucion de la SC)..alguien tendra un formato ???
Tópico: Acumulacion de ingresos x enajenacion de bienes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Acumulacion de ingresos x enajenacion de bienes
Que tal buenas tardes! Mi duda es la siguiente respecto a la enajenacion de bienes, lo que marca la ley es el calculo por parte del notario del pago provisional, pero para efectos de declaracion anual (no he leido al respecto), ¿que se acumula? el ingreso que se recibe o la utilidad de la enajenacion???
Tópico: Sociedad CIvil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Sociedad CIvil
Que tal, buenas tardes a todos! Mucho se ha hablado de las sociedades civiles, y es por su puesto una practica comun que al unir esfuerzos los profesionistas formalizen una PM en con esta figura (socidad civil) Lo mas comun, es que ademas de los socios capitalistas, se incluyan asociados, que aportan sus concocimientos, y a cambio reciben remanentes. Pero he notado que la gran mayoria de las SC, no le dan forma a la inclusion posterior de asociados, por lo que se corre el riesgo de que en alguna revision por parte del IMSS, se consideren como asalariados. Alguien tiene un formato de ese tipo de asambleas para darle formalidad a la inclusion de asociados??? Gracias de antemano!
Tópico: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Re: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes?
Gracias por tus comentarios!!! hasta pronto
Tópico: Cambio domicilio fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: Cambio domicilio fiscal
Hace un buen que no realizo movimientos ante el SAT, por ejemplo para un cambio de domicilio fiscal se debe presentar mediante internte???? si es asi ¿Posteriormente se debe llevar algo a la ALAC?? Gracias por sus comentarios!
Tópico: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: Re: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes?
ACONTINUACION TRANSCRIBO (BUENO NI TAN TRANSCRITO NOMAS C+P), UN ARTICULO PUBLICADO EN FISCALIA.....me parece que aplica para el caso que expongo. Existen ciertas disposiciones fiscales que hacen referencia a la actividad preponderante de un contribuyente, y existen otras que hacen referencia a la actividad exclusiva. La similitud de estos dos conceptos hace que sean susceptibles de confusión, y por eso resulta importante establecer la diferencia entre ambos. Actividad Preponderante El Artículo 43 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que se considerará actividad preponderante aquella por la que la totalidad de ingresos obtenidos en el último ejercicio de 12 meses, sea superior a los que obtenga el contribuyente por cada una de sus otras actividades en el mismo periodo. De lo anterior se interpreta que si un contribuyente tiene dos o más actividades, su actividad preponderante será aquella que le hubiera generado la proporción de ingresos más grande. Para el caso de personas físicas únicamente se considerarán los ingresos por actividades empresariales y por servicios personales; es decir, el los ingresos por arrendamiento de inmuebles, intereses, premios, sueldos, dividendos, enajenación y adquisición de bienes, etc., no se considerarán para efectos de determinar cuál es su actividad preponderante. Como ejemplo se cita el Artículo 42, fracción III, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), que indica que “tratándose de contribuyentes cuya actividad preponderante consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de aviones o automóviles, podrán efectuar la deducción total del monto original de la inversión del avión o del automóvil de que se trate, excepto cuando (...).” En este caso, como se hace referencia a “actividad preponderante”, bastará con que los ingresos del contribuyente que se generen por el otorgamiento del uso o goce temporal de aviones o automóviles, represente la mayor proporción de los ingresos obtenidos, para ejercer dicha opción. Actividad Exclusiva Existen disposiciones que hacen referencia la Actividad Exclusiva de un contribuyente, en donde se define a ésta como aquella actividad del contribuyente que represente al menos el 90% del total de ingresos. A manera de ejemplo, se citan las siguientes disposiciones: LISR Artículo Segundo Transitorio 2002, fracción LXVII (...) se consideran contribuyentes dedicados exclusivamente a la edición de libros, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representen cuando menos el 90% de sus ingresos totales . LISR Artículo 80, fracción I. Para los efectos del régimen simplificado establecido en este Capítulo se consideran: I. Contribuyentes dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros, o a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad. A diferencia de la Actividad Preponderante, en la que únicamente se hace referencia a la mayor proporción de ingresos pero no se establece un porcentaje mínimo, para la Actividad Exclusiva claramente se señala que los ingresos de dicha actividad deben ser superiores al 90% del total para ser considerada como exclusiva. Es importante tener presente la diferencia entre estos dos conceptos para hacer una adecuada aplicación de las normas que los contienen.
Tópico: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: Re: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes?
Jajajaajaa :D , eso de las sociales me parecio estupendo. Tus comentarios son acertados, pero aqui el detalle es que mi cliente no quiere hacer esas¨"movidas" de lo de casa habitacion (para efectos de no generar ISR), si no que quiere manejarlo como su negocio. En lo que respecta a este tema, creo que los ingresos que obtenga superaran a los que tiene por arrendamiento...¿la autoridad puede considerarlo como actividad empresarial?, de ser asi,¿que consecuencias tendria esto ? Gracias d e nuevo
Tópico: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes?
Concuerdo con tu apreciacion, es decir las deducciones por enajenacio de bienes son limitadas, pero analizo la otr opcion y le encuentro estos detalles: Al andar por toda la republica haciendo este tipo de operaciones, la carga administrativa si se da de alta en act. empresarial seria mucha, ya que debe llevar contabilidad, calcular PP, informativas, contratar un contador....y asi como esta, el notario le calcula su PP por cada enajenacion, y al contador lo ocupa solo para la anual..no tendra sueldos y salarios, etc etc..
Tópico: Titulo IV Cap. IV
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: Titulo IV Cap. IV
En mi opinion no se da de alta, en si solo con vender un bien caes en el supuesto y pagas conforme a este capitulo... Tengo un topico similar, pero no han opinado al respecto.
Tópico: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: Titulo IV, Capitulo IV Ingresos x enajenacion de bienes?
De hecho, me surge la duda, ya qeu imagin una PF qu no tuviese ninguna obligacion dada de alta, ¿que pasaria si decide dedicarse a constuir inmuebles y a venderlos sustentado en la LISR en el titulo IV, capitulo IV enajenacion de bienes?? seria esto correcto, o forzosamente debede darse de alta con algunas obligaciones???

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