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Tópico: Impuesto sobre nomina
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2007 Asunto: Re: Impuesto sobre nomina
Solo faltó e fundamento.... :P
Tópico: Ahorro para el retiro
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2007 Asunto: Re: Ahorro para el retiro
Eso si.. quizas hasta negocio haría, pero ya me lo ganaron jeje Lo que pasa es que el director del grupo me cuestiono al respecto, ya que cuenta con un seguro de vida, y este a su vez puede estructurarse para ahorrar a cierto tiempo futuro, retirando dicho ahorro conforme al plazo pactado... mi duda es ¿este tambien entra para efectos de la deduccion simplemente cumpliendo lo que enumera LISR? Y solo le respondi conforme al art. 176 y su fracc. V, pero posteriormente me encontré con el 218, ahi fué donde saltó la liebre.. es decir ¿doble beneficio? :evil:
Tópico: Estrategia IETU
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Estrategia IETU
Esta no es estrategia, mejor llamemosle foco rojo... Muchos, cuando leímos LIETU, a primera vista nos parecio facil la salida de GASTAR o COMPRAR para contrarrestar dicho impuesto. Veamos el por qué es arma de doble filo: [i:229ce609ac]Art. 8. Acreditamientos... El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. [b:229ce609ac][u:229ce609ac]No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos [/u:229ce609ac][/b:229ce609ac]o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.[/i:229ce609ac] [color=red:229ce609ac][b:229ce609ac]PROBLEMA: SI EL ISR SE PAGA CON ACREDITAMIENTOS, TAL ES EL CASO APLICANDO CAS O SUBSIDIO PARA EL EMPLEO, NO PROCEDERA EL ACREDITAMIENTO DEL MONTO DE ISR QUE SE EXTINGUIO POR ACREDITAMIENTOS[/b:229ce609ac][/color:229ce609ac] [i:229ce609ac]Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, [u:229ce609ac][b:229ce609ac]los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo ejercicio, por el factor de 0.175. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del segundo párrafo de este artículo[/b:229ce609ac][/u:229ce609ac].[/i:229ce609ac] [color=red:229ce609ac][b:229ce609ac]PROBLEMA: AL APLICAR EL PROCEDIMIENTO ESTIPULADO EN DICHO PARRAFO, SE DETERMINA UN ACREDITAMIENTO, SOLO QUE, DE QUEDAR ALGUN REMANENTE NO SE ESTIPULA LA POSIBILIDAD DE PODER ACREDITARLO EN EL FUTURO[/b:229ce609ac][/color:229ce609ac] Con estas dos simples observaciones se darán cuenta que a muchos que no planeen sus deducciones para IETU se los va a llevar Judas...jajajajajaa....
Tópico: Estrategia IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Estrategia IETU
[quote:a72a9a2bf1="cjlopezasesoria"]br1 con razon está feo el clima...agarraste la ley!!!!!! estamos a octubre y apenas la estrenaste jajajajajajaja. oye ya te averigue lo de los terrenossss ......bueno unos luego te busco los otros....llamame.[/quote:a72a9a2bf1] Ah verdad!!!! Nombre, si recuerdas no he comprado la Ley del 2007, recuerda que soy pobre y me espero a diciembre por que cuando finaliza el año las ponen a mitad de precio...jajajjaa Por otro lado, yo mañana les hago el comentario respecto al por que eso de gastar-gastar no es tan bueno para los contribuyentes que pagaran IETU....eso si, les dejo mi cuenta del banco de Suiza ...van a ver que diran: es verdad, tan facil que estaba. NOTA: no es estrategia, mas bien diria yo es un tip que si no lo tomas te puede fregar.... Lo de los terrenos, ya no ocupo eso, ya soy rico... la riqueza estaba en mi nariz... te digo, el kilo de mucosidades esta por los cielos... 8O :?
Tópico: NUEVOS IMPUESTOS Y SUS INCONSTITUCIONALIDADES...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto:
[quote:dd5eed8bdf="CERVANTES-QUIJANO"]Enrique no estoy de acuerdo con tu comentario, pues el IDE si es desproporcional, pues los depositos en efectivo no reflejan capacidad contributiva. No tengo porque estar financiando al Fisco!! [color=red:dd5eed8bdf][b:dd5eed8bdf]Mi capacidad contributiva se reflejaria en su caso hasta el cierre de mes! no en el transcurso del mismo con los depositos que se vayan haciendo.[/b:dd5eed8bdf][/color:dd5eed8bdf][/quote:dd5eed8bdf] Parece que entendí que si el IDE se genera mensualmente si reflejaría la capacidad contributiva (creo malinterpretar tu comentario, pero eso pareces decir)...... Por otro lado, es claro que el IDE es mas desproporcional que las naranjas de la india maria...(aquellos que vendia en la calle)....
Tópico: Estrategia IETU
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Estrategia IETU
[quote:833b82cd66="cjlopezasesoria"]las estrategia mas buena es "GASTAR".[/quote:833b82cd66] compañero de parrandas cafeteras, si le dijera yo que asi de concreto el consejo de gastar conlleva un fuerte riesgo de perder en el caso de IETU (perder mucho, pero mucho....) Para IETU, aplica el consejo cervecero: nada con exceso, todo con medida... los que son fiscalistas e hicieron sus corridas financieras saben de que hablo, pero si no, quiero que le estudien.. ya que me costaron mis 5 minutos de estudio de dicha Ley....
Tópico: Solucion IDE gasolineras ¿?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto:
[quote:2e14233295="enrique9727"]Y por que no.... la ley de ISR transgrederia a la CPEUM con relacion a la garantia de LIBERTAD La LISR podria limitar la libertad si afectaria de manera PUBLICA mi proceder, de no ser asi, no tendria sustento juridico. Ademas, tendria una ficha de deposito y mis cortes de caja chica que soportaria de como se procedio a los pagos. Repito la ley de ISR se extralimita con la CPEUM, aqui mandaria la ley SUPREMA sobre la LEY ESPECIAL.[/quote:2e14233295] Tienes antecedentes de ello??? digo, por que no me hbia tocado escuchar a alguien tan seguro al tocar el tema de pagos en efectivo...
Tópico: Solucion IDE gasolineras ¿?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto:
[quote:80455ddf28="enrique9727"]No me entiste Br1: En vez de depositarse en cuenta bancaria del contribuyente, abonarse a la cuenta del proveedor, quien absorba el impuesto si es que procedería seria ahora EL PROVEEDOR O ACREEDOR Hay que tener bien previstas los cortes de caja, para proceder a manejar muy bien los fondos de efectivo mediante CAJA NO TAN CHICA. ¿¿¿Ya vez que no es lo mismo, que DEPOSITES A TU CUENTA, QUE DEPOSITES A LA CUENTA DE OTRO???[/quote:80455ddf28] ¿y cómo hacer deducible una factura de $150,000 pagada en efectivo? tal como comenté en el último renglon de mi anterior comentario... :twisted:
Tópico: Solucion IDE gasolineras ¿?
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Solucion IDE gasolineras ¿?
El detalle de la cuenta concentradora, si leemos LIDE, se define como: Artículo 12. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: III. Cuenta concentradora, a la que tenga a su nombre una institución del sistema financiero en otra institución del sistema financiero para recibir recursos de sus clientes. Por lo que, seguramente tendrá una reforma dicho artículo, por aquello de darle seguridad a dicho sector... Ya que, de entrar asi como lo quiere esquematizar PEMEX no tendría sustento legal... ya que es clara la definición de cuenta concentradora...y por lo tanto, sería como pagar en efectivo las compras de combustibles 8O
Tópico: Solucion IDE gasolineras ¿?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto:
[quote:56b97cc2f2="enrique9727"]Pues una solucion que se me ocurriera, mas no se si tan acertada, si que es decreto favorable a los gasolineros no se promulgue, seria que se guarde el dinerito hasta el momento de pagar a sus proveedores y acreedores principales, depositandose a su cuenta. Sólo debe implementarse un excelente corte de caja. Aunque representaría mucho riesgo, por el manejo de esos recursos, así medio amorralado.[/quote:56b97cc2f2] Tendría el mismo efecto, ya que entraria el mismo importe de efectivo y causaria el impuesto, ademas, el plazo de crédito PEMEX es de 6 días (aprox)

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