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Tópico: Una de residentes en el extranjero!!!!!
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2005 Asunto: Re: Una de residentes en el extranjero!!!!!
Ok, RIVA art 39 Sobre lo que comentas del art. 184 LISR.. Se exceptuan del pago del impto..........por lo honorarios y en general por la prestacion de un servicio personal independiente, [b:cf6f86b8e3]pagados POR recidentes en el extranjero......[/b:cf6f86b8e3] Creo que al señalar que sean pagados POR y no A....cambia la pichada.....o andare mal????? NOTA: escribi mal residente en el cuerpo de mi tema....jejejee
Tópico: Una de residentes en el extranjero!!!!!
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2005 Asunto: Una de residentes en el extranjero!!!!!
Que tal, como estan? El tema que quiero comentar es referente a un importe que por concepto de comisiones le cobra un [b:c2b4150932]recidente en el extranjero[/b:c2b4150932] a una [b:c2b4150932]PM "nacional" recidente en México[/b:c2b4150932]. Aclaro que el recidente en el extranjero no tiene establecimiento permanente en nuestro pais. Asi las cosas, se me presenta la siguiente situacion: DESPACHO QUE ASESORA A LA P.M. MEXICANA DICE: Segun el art. 183 LISR, se le debe realizar la retencion 25%. Asi mismo, para el comprobante nos remite al Art. 253 RISR Y para IVA exento segun el Art. 39 DESPACHO QUE ASESORA AL EXTRANJERO (DE MUCHO PRESTIGIO, YA VEN QUE SON UNOS SESUDOS Y COBRAN CARO, Y ADEMAS LE DAN COPY PASTE A LOS ESCRITOS VIEJOS). Segun ellos en concreto (aun cuando nos mandaron como 6 hojas pa' dormirnos un rato), no procede la retencion, ya que el extranjero no cuenta con "ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MEXICO". Asi mismo señalan: "De conformidad con lo establecido por el [b:c2b4150932]convenio Fiscal Mexico-Estados Unidos[/b:c2b4150932], los beneficios derivados de la prestacion de servicios de comision mercantil son gravados bajo el rubro de beneficios empresariales. En este sentido, tales beneficios son sujetos a imposicion solamente en los Estados Unidos. Sin embargo, dichos beneficios pueden someterse a imposicion en Mexico siempre que sean atribuibles a un establecimiento permanente en MExico" Esas son las dos caras de la moneda, lo 1ro con la Ley en la mano, claro dice que hay retencion. Los segundo (no he encontrado dicho fundamento)..... Ustedes que opinan???????? tienen a la mano el convenio Fiscal Mexico-EUA
Tópico: AYUDA URGENTE POR FAVOR SOBRE P.MORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: AYUDA URGENTE POR FAVOR SOBRE P.MORAL
8O :D
Tópico: Firma apoderado con sello????
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Firma apoderado con sello????
Que tal, la situacion es la siguiente: Procede que el representante legal firme mediante un sello?/? Es decir su firmas se plasma en los documentos mediante un sello que se mando a elaborar.............. Que repercusiones puede tener (SAT, IMSS, etc)
Tópico: Aumento de 1 a 3 SM.....automatico????
BR1

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: Aumento de 1 a 3 SM.....automatico????
Jajaja, es verdad, asi tumbe varios requerimientos.........
Tópico: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
APLICARA LO SIGUIENTE???????? DELITO DE DEFRAUDACION FISCAL Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal (Articulo 108 CFF). En el 108 CFF en el inciso c) Manifestar datos falsos para obtener de la autoridad fiscal la devolucion de contribuciones que no le corresponda. Seria aplicable?? no le corresponde la devolucion????
Tópico: AYUDA URGENTE POR FAVOR SOBRE P.MORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: AYUDA URGENTE POR FAVOR SOBRE P.MORAL
Conicido con usted cj, cada dia mejor :D
Tópico: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
Si aumento sueldos: aumento cuotas (IMSS, SAR, INFONAVIT, ISN) ademas del costo de los sueldos, es contraproducente. Sobre la solucion que me comentan, me parece viable y si la autoridad llega pues que me determine pagos en exceso.....que mas puede hacer????
Tópico: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
OK, pongamosle numeros: Si realizo lo que comentamos, por ejemplo si mis pagos provisionales reales son por $5,000 y mi credito al salario de cada mes es de $8,000, el remanente del CAS seria de $3,000, el cual al no tener opciones de compensarlo o solicitarlo en devolucion me crea un problema financiero, ya que aun cuando no me genera ningun efecto en resultados si me afecta mi disponibilidad de efectivo. La maniobra seria declarar en pagos provisionales de ISR $8,000 acreditando los $8,000 de CAS, presentando la informativa respectiva. En la declaracion anual, pasara lo siguiente: Ingresos Acumulable -Deducciones autorizadas =Utilidad Fiscal (esta empresa es ganadora, no pierde nunca) x tasa ISR 30% =ISR del ejercicio -Pagos provisionales efectuados (pague de mas) =Saldo a favor de ISR Ahi procederia ya la devolucion no???
Tópico: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: Saldo acumulado CS considerable..que hacer????
De que hablas? de la anual o el PP??

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