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Tópico: Caso de autocorrección
BR1

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: Caso de autocorrección
Para darle continuidad al caso. Ya acudimos a auditoria del IMSS, para que nos dieran la resolucion de los importes que segun ellos omitimos, nos atendio la encargada de dicha revision, y los unicos conceptos por los que nos estan cobrando son por las horas extras, ya que segun ellos (y la ley por su puesto) las horas extras que se deben integrar al salario son las que el trabajador labore apartir del cuarto dia de la semana, ejemplifico: Trabajador "X", laboro una hora diaria durante los 6 dias de la semana laborada Lunes=1 Martes=1 Miercoles=1 Jueves=1 Viernes=1 Sabado=1 Nos requieren que integremos las 3 horas de los dias jueves, viernes y sabado. El caso es que por ahi (no la he podido localizar de nuevo) me parece que existe una jurisprudencia al respecto, ya que es incoherente (incostitucional) el caso del trabajador "Y", el cual laboro 6 horas en la semana, pero por ley no se le grava ninguna: Lunes=3 Martes=3 Miercoles, Jueves, viernes y sabado= 0 Aun y cuando el trabajador "X" Laboro las mismas 6 horas que el trabajador "Y", a "X" se le integran 3 horas y a "Y" ninguna..... Alguien ha defendido este caso? ya que creo que sera el punto para el "pleito", ya que integrar esa horas pega tanto al patron como al trabajador.... Saludos!!
Tópico: pago de diferencias
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Re: pago de diferencias
Estas en lo correcto, por lo que si estas plenamente convencido "hubieras pagado 1 peso en cada PP" y en la anual pagas el impuesto anual y listo.....esta en ti agresivo o conservador (y abogado en su momento)
Tópico: Caso de autocorrección IMSS
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Caso de autocorrección IMSS
Este mismo topico lo puse en seguridad social, pero algunos que han tenido el caso de seguro no son fieles visitantes de los demas "foros": Que tal compañeros. Ya esta mas visto que Sabrina este caso, pero quisiera compartirlo con ustedes para ver que consejos me pueden dar: LLega invitacion para Autocorreccion del IMSS, desde 2002 a la fecha, el IMSS detecto que no se estaban integrando bien las horas extras, ya que solo se integraban apartir de la 10ma hora extra de la semana, por lo que ya sabran las omisiones, solo que en las mismas cedulas del IMSS determinaron pagos en exceso, por lo que al analizar el efecto neto nos quedaria a cargo menos de la mitad de lo omitido. Estuve hablando con algunos colegas al respecto, y me comentaban que existe la posibilidad de que el IMSS considere "netear" dichos conceptos y pagar sobre la diferencia ¿Ustedes creen que sea posible?, ya que si no nos netean meteremos avisos de mod de salario extemporaneos para tal efecto y darnos un agarron con el IMSS (ya antes me toco solicitar en devolucion cantidades y las logre recuperar...pero ahora son mas de 200 empleados es mucha carga para nosotros y me imagino que para afiliacion tambien lo sera).... Estuvimos hablando con los encargados de la revision (los de auditoria del IMSS), y aca entre nos, comentan que se realizo la invitacion por que contamos con bastantes empleados con salario minimo (la mayoria son despachadores de gasolineras que ganan un buen mediante propinas pero como no pasan por las manos del patron no las interamos), entonces como les decia nos comentaron que tienen la orden de que si no subimos el sueldo (ya tambien nos llego la invitacion para tal efecto) nos empezaran a auditar los ejercicios posteriores, asi como realizar entrevistas a los empleados, para ver si no les pagamos por fuera (obvio que estamos pagando correctamente los sueldos no andamos pagando por fuera nada).....resulta que los despachadores ganan en promedio 200 a 400 pesos diarios en propinas (ya hasta me dan ganas de salirme de contador y buscar la plaza de despachador..jajaja)....... Subir los sueldos representaria una carga financiera de entre 400 a 600 mil pesos anuales (gulp....), por lo que creo que haremos caso omiso de su apreciable invitacion (parecen los Robin Hood de los trabajadores...sin haberlos llamado pero en fin si no recaudan como que no les alcanzara para su sindicato y los pensionados del IMSS)... Experiencias, opiniones para el tema, seran bienvenidas.
Tópico: Venta de Terreno
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Re: Venta de Terreno
Copañero ya le envie la cedula, espero y sea de utilidad, solo que siga los pasos para que comprenda el por que y el como de la acumulacion y de las deducciones.
Tópico: Caso de autocorrección
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Caso de autocorrección
Que tal compañeros. Ya esta mas visto que Sabrina este caso, pero quisiera compartirlo con ustedes para ver que consejos me pueden dar: LLega invitacion para Autocorreccion del IMSS, desde 2002 a la fecha, el IMSS detecto que no se estaban integrando bien las horas extras, ya que solo se integraban apartir de la 10ma hora extra de la semana, por lo que ya sabran las omisiones, solo que en las mismas cedulas del IMSS determinaron pagos en exceso, por lo que al analizar el efecto neto nos quedaria a cargo menos de la mitad de lo omitido. Estuve hablando con algunos colegas al respecto, y me comentaban que existe la posibilidad de que el IMSS considere "netear" dichos conceptos y pagar sobre la diferencia ¿Ustedes creen que sea posible?, ya que si no nos netean meteremos avisos de mod de salario extemporaneos para tal efecto y darnos un agarron con el IMSS (ya antes me toco solicitar en devolucion cantidades y las logre recuperar...pero ahora son mas de 200 empleados es mucha carga para nosotros y me imagino que para afiliacion tambien lo sera).... Estuvimos hablando con los encargados de la revision (los de auditoria del IMSS), y aca entre nos, comentan que se realizo la invitacion por que contamos con bastantes empleados con salario minimo (la mayoria son despachadores de gasolineras que ganan un buen mediante propinas pero como no pasan por las manos del patron no las interamos), entonces como les decia nos comentaron que tienen la orden de que si no subimos el sueldo (ya tambien nos llego la invitacion para tal efecto) nos empezaran a auditar los ejercicios posteriores, asi como realizar entrevistas a los empleados, para ver si no les pagamos por fuera (obvio que estamos pagando correctamente los sueldos no andamos pagando por fuera nada).....resulta que los despachadores ganan en promedio 200 a 400 pesos diarios en propinas (ya hasta me dan ganas de salirme de contador y buscar la plaza de despachador..jajaja)....... Subir los sueldos representaria una carga financiera de entre 400 a 600 mil pesos anuales (gulp....), por lo que creo que haremos caso omiso de su apreciable invitacion (parecen los Robin Hood de los trabajadores...sin haberlos llamado pero en fin si no recaudan como que no les alcanzara para su sindicato y los pensionados del IMSS)... Experiencias, opiniones para el tema, seran bienvenidas.
Tópico: Venta de Terreno
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Re: Venta de Terreno
Mandame un mensaje privado y te envio la cedula para tal efecto. Saludos!!
Tópico: cuando pago retenciones iva e isr
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Re: cuando pago retenciones iva e isr
[quote:737a1af94f="candelario"]Estuve buscando un tòpico sobre esto, pero creo que esto se discutiò hace mucho tiempo. Por ejemplo: El mes de [b:737a1af94f]mayo[/b:737a1af94f] pago la renta a una persona fìsica, le retengo isr e iva. El cheque lo cobra en [b:737a1af94f]junio[/b:737a1af94f]. La retenciòn del isr [b:737a1af94f]creo[/b:737a1af94f] que no hay problema lo puedo pagar en junio junto con el pago provisional de mayo, ya que no està regido por el flujo de efectivo. Se ha comentado que el sat està multando por pagar las retenciones de iva por anticipado, entonces cuando la debo pagar en el mes de [b:737a1af94f]junio[/b:737a1af94f] o un mes despuès [b:737a1af94f]julio[/b:737a1af94f]?[/quote:737a1af94f] Primero: No sabia que estaba multando el SAT, si a alguien le ha pasado por favor que comprarta la experiencia. Segundo: El cheque se emite en mayo=entero retencion de ISR (en el PP de mayo) No me acredito el IVA de la factura hasta el mes en que sea efectivamente cobrado el cheque; y Tercero: Sobre el IVA retenido haya algo extraño (como han dicho por ahi) en el ejemplo que pones no te acreditas el IVA hasta JUnio pero le tienes que disminuir la retencion de IVA antes de acreditarlo, asi mismo te acreditas el importe de la retencion hasta que lo enteres al fisco. Cuidado con darle efecto incorrecto a la retencion de IVA, para esto ejemplifico tu caso: Gastos por renta...............$ 50,000 IVA acreditable al pago..........7,500 IVA retenido por pagar......................$5,000 ISR retenido arrendamiento................5,000 Bancos............................................47,500 Si te das cuenta como el cheque quedo en conciliacion: no acredito el IVA, el IVA retenido lo dejo como impuesto por pagar en una cuenta que llamo Impuestos por pagar al Pago (chistoso nombre le di), pero la retencion de ISR la tengo como un impuesto por pagar del mes de MAyo. En Junio cuando se cobre efectivamente el cheque: IVA acreditable.............$2,500 IVA retenido por pagar...5,000 IVA acreditable retenido..5,000 Retenciones de IVA.................$5,000 IVA acreditable al Pago.............7,500 En Julio cuando entere la retencion de IVA IVA acreditable................$5,000 IVA acreditable retenido..............$5,000 Es un poco enrredoso pero cuando se comprende bien no es nada dificil
Tópico: Numero de operacion o folio de recepcion???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Numero de operacion o folio de recepcion???
Que tal, un saludo. Mi duda es bastante simple, pero no me habia tocado el caso hasta hoy: PM con saldo a favor del ejercicio 2004, en Pagos provisional 2005 va a compensar por primera vez dicho saldo a favor, pero al llenar el formato 41 Aviso de compensacion en el reverso en el recuadro "E" donde señala "NUMERO DE APROBACION O FOLIO DE RECEPCION" tiene la nota (2) que dice "Sólo se utilizara en caso de haber presentado la declaracion a traves de medios electrónicos: vía internet o ventanilla bancaria. [b:deb08157c7]En caso de haber sido presentado por internet se anotara el folio que se genera al hacer el envio.[/b:deb08157c7] Yo se que el numero de operacion del acuse de recibo (donde aparece la cadena y sello digital) seria el correcto, pero con esa leyenda que ponen en el formato parece que el correcto es el folio de recepcion que emite el SAT inmediatamente despues de presentar la declaracion anual....
Tópico: negativa de devoluciòn de saldo a favor
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2005 Asunto: Re: negativa de devoluciòn de saldo a favor
Saben una cosa, si se dan cuenta los que señalan que no se deberia reiniciar el tramite se basan en teoria y los que dicen que lo haga de nuevo se basan en la practica, de hecho me encontre con algo similar y reinicie el tramite despues de evaluar lo que me comentaban del posible rechazo defnitivo sin opcion a nada y aun no me resuelve la autoridad (tengo cierto temor a que lo rechazen de nuevo y es por algo mas complicado que el poder notarial)..... Creo que aqui ya va 1 a 0 a favor de reiniciar el tramite, pero si los que ha opinado sobre lo contrario (no reiniciar) comenten un caso en el que aplique la negativa definitica por segunda vez..... (Obvio si hay riesgo avisale al resposable directo no sea verdad lo de la perdida del derecho...)
Tópico: negativa de devoluciòn de saldo a favor
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2005 Asunto: Re: negativa de devoluciòn de saldo a favor
Anteriormente, un colega me comento lo mismo "si vuelves a solicitar el saldo a favor que te rechazaron podrias perder el derecho a que te la devuelva", creo que estaba fundandose en lo mismo que comenta [b:d8b9165025]masf[/b:d8b9165025]. Por lo que para seguir con el tema, les pregunto: Solicito 1ra vez=lo niegan por cualquier cosa (detalles sin sentido) Lo solicito por 2da vez= lo vueleven a negar Meto el recurso legal correspondiente=me dicen que no impugne la primer negativa en tiempo por lo que no procede el recurso legal. OK, hasta ahi vamos bien pero que pasa si el contribuyente dice " me negaron la devolucion del saldo a favor, ya que no se cumplio en tiempo pues como esaldo a favor lo considero como procedente lo acreditare (en el caso de IVA) o lo compensare en el caso de ISR" Ahi que pasaria?????? la autoridad le rechaza el aviso de compensacion..hay algo impugnable?????

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