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Tópico: ESTIMULO GASOLINERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2008 Asunto: Re: ESTIMULO GASOLINERO
Estuve monitoreando si se emitia algo posterior al estímulo que tenia vigencia, pero al parecer no salio nada mas.... :twisted:
Tópico: Formato de acta constitutiva de gasolinera
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2008 Asunto: Re: Formato de acta constitutiva de gasolinera
SOS....Dios te oiga.....asi me puedo ir a Aspen a terminar la casa que deje empezada... :D Efectivamente MEM, PEMEX requiere ciertas clausulas....la principal es que el objeto social sera la comercializacion de gasolinas y diesel suministrados por PEMEX-REFINACION, asi como lubricantes marca PEMEX... Existen varias cosas, ademas de la anterior... por si te sirven: Aqui esta un listado, no se si ha cambiado (eso debes confirmarlo): http://www.ref.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=11&catID=20&contentID=42 [i:92bf4ba1e6]4.2. Si el solicitante es persona moral establecida conforme a la legislación mexicana, debe entregar. Escritura pública en donde se formaliza la constitución de la sociedad mercantil y, de ser el caso, escrituras públicas de las actas de asamblea celebradas por la sociedad mercantil certificada, por fedatario público e inscrita en el Registro Público de Comercio; en las que se establezca: * Es una sociedad de nacionalidad mexicana y cuenta en sus estatutos sociales con Cláusula de Exclusión de Extranjeros, de conformidad con los artículos 2º y 6º de la Ley de Inversión Extranjera, por lo que no cuenta con participación accionaria y/o social extranjera, ni es administrada directa ni indirectamente, ni tiene participación como socios o accionistas a inversionistas extranjeros, ni a sociedades con cláusula de admisión de extranjeros. La inversión extranjera no podrá participar en la sociedad directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, inversión neutra o cualquier acto por virtud del cual se le otorgue control o participación alguna. * No ha celebrado u otorgado antes de la fecha de solicitud de incorporación a la franquicia, ningún mandato o poder a favor de extranjero (s), mediante el cual se comprometa el patrimonio, los derechos y obligaciones relacionados con el Contrato de Franquicia Pemex que suscribirá. * El objeto principal de la sociedad será la comercialización de gasolinas y diesel suministrados por Pemex Refinación, así como la comercialización de aceites lubricantes marca Pemex. * En el caso que la sociedad manifieste en sus estatutos sociales otros objetos además del requerido por la Franquicia Pemex se deberá integrar el siguiente enunciado después del objeto principal: La sociedad observará lo dispuesto en la Ley de Inversión Extranjera y la Ley de la Propiedad Industrial respecto a los capítulos Secreto Industrial, Marcas y Nombres Comerciales, Licencia y Transmisión de derechos, así como Políticas y Guías de la Franquicia Pemex, para los siguientes objetos... * En caso de venta, cesión, transmisión total o parcial de acciones, ampliación o reducción de capital o modificación de la estructura accionaria, el franquiciatario y/o la sociedad se obliga a notificarlo por escrito a Pemex Refinación dentro de los quince días naturales anteriores a la realización de alguna de estas circunstancias, en la inteligencia de que Pemex Refinación se reserva el derecho de aprobar la operación.[/i:92bf4ba1e6] http://www.ref.pemex.com/files/content/Cap1_Marco_juridico.pdf Asi mismo... el directorio es muy importante... haras mas llamadas que a la estación de radio de la ciudad... http://www.ref.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=11&catID=136
Tópico: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
Buenas... Bueno... lo del registro de los anticipos, en realidad asi lo hago, y no me parece correcto el registro, sino correctisisimo....jejeje... y mas cuando para ISR se manifiesta el ingreso correspondiente, y para IVA el IVA correspondiente... y ahora pues con el IEPS se pone mejor la cosa.....lo digo, por que si fuese un cliente, claro esta que va completo, pero un anticipo tiene un efecto distinto en mi contabilidad...(claro es mi criterio) Lo del café, sería lo menos que me debiera el CPC... es mas, estoy pensando pagarle los antpos. de dictamen con un descuento sobre los pitazos que le paso....terminaria pagandole como 2 dlls.
Tópico: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
Buenas tardes Enrique... De hecho, el detalle es que facturo el anticipo que recibo, como bien se podría objetar dicha factura en si no debería representar cantidad alguna de litros, debido a que no se tiene la seguridad de que se consumirá el mismo mes en que se expidan los vales que respaldan tal anticipo, los cuales tienen un valor en monetario, pero en la factura se plasman el numero de litros y el precio unitario....lo cual estaría fuera de la realidad, debido a que los precios de las gasolinas cambian constantemente y mas ahora cada mes con el gravamen multicitado. Deja poner un ejemplo, mediante el cual expuse la situación al CPC (aclaro, es en frontera por lo que el IVA es al 10%): [i:c57d0a6d33]Cliente por anticipado, nos compra un total de 5,000 pesos de vales para el combustible “gasolina Magna”, los cuales equivalen en el mes de enero a 672.95 Lts., así mismo debido a que dicho combustible tiene un gravamen de 2 centavos por litro, dicha operación se compone de la siguiente manera: Subtotal………….4,533.22 IEPS…………….........13.46 IVA………………... 453.32 Cabe aclarar, que tal desglose no se presentará de esa forma en la factura, ya que el IEPS debe formar parte del subtotal, ya que no debe manifestarse por separado. Siguiendo con el planteamiento del caso, el anticipo del cliente representa un total de 672.95 litros, por lo que al recibir el anticipo se realizaría el siguiente asiento contable: Bancos………….........5,000 Antpo. de clientes……………..4,533.22 IVA antpo. de clientes………… 453.32 IEPS por antpos………………… 13.46 Por lo que, para efectos específicos de IEPS, será en el mes de enero que se presentará en el mes de febrero, cuando se entere el IEPS cobrado por anticipado a nuestro cliente por anticipado, es decir los 13.46 pesos. La razón de la consulta, va encaminada al caso en el cual el cliente por anticipado no consuma dichos vales en el mes de enero, si no en el mes de febrero, ya que en dicho mes el gravamen del IEPS por cada litro no será de 2 centavos, sino de 4 centavos, lo cual trae como consecuencia lo siguiente: 1. La factura que se expidió en su momento no refleja la realidad en el IEPS (por la causa antes descrita) 2. Por lo tanto, el IEPS que se estará causando en febrero será a razón de 4 centavos por cada litro, pero en el mes de enero ya se enteraron 2 centavos, y así subsecuentemente en los posteriores meses que se desfasen los consumos y que a la vez el IEPS se incremente conforme a la Ley respectiva. Así mismo, se pueden presentar desfases por varios meses, es decir algunos clientes por anticipado pueden no usar los vales antiguos y en su lugar utilizan los mas recientes, lo cual aumenta la diferencia en el IEPS hasta por los aumentos desde el mes en que se recibió el anticipo hasta el mes en que se consuman dichos vales.[/i:c57d0a6d33] Una de dos, o le dio hueva leer tanto desgarriate, o de plano estoy lucas clay...
Tópico: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
[quote:44a117ba71="marcos1010"]ACABO DE ENTRAR A TRABAJAR A UNA GASOLINERA Y ME ENCONTRE CON ESTA NOVEDAD , ESTE IEPS LO VOY A DECLARAR A LA SHCP , SI ME PUDIERAS ORIENTAR MAS ACERCA DE ESTE TEMA BR1 POR FAVOR[/quote:44a117ba71] Un detalle que se me pasó....si tienes asesor fiscal o en su defecto te dictaminas... deberias acercarte a ellos, ya que el día de hoy me acerque a mi CPC y me dijo que no comparte mi criterio respecto a que yo "estacion de servicio" debo recaudar el IEPS y enterarselo al SAT... en fin.. creo que esta equivocado.. pero para mañana que pregunte a sus colegas me dira si continua teniendo ese criterio o de plano me hace caso...jejejee :twisted:
Tópico: Sociedad Civil y su registro en el RPPyC ¿Civil o Mercantil?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: Sociedad Civil y su registro en el RPPyC ¿Civil o Mercan
En mi caso, el representante legal que puede otorgar los poderes esta fuera del país... y es imposible que acuda a otorgar poderes, sino hasta Julio/2008.... eso de los estudios en el extranjero tiene sus desventajas...
Tópico: Sociedad Civil y su registro en el RPPyC ¿Civil o Mercantil?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: Sociedad Civil y su registro en el RPPyC ¿Civil o Mercan
Buenos días. Hable con el ejecutivo de cuenta, y me comenta que debido a que lo que necesita que se inscriba en la sección comercio es el poder del representante legal.... y el detalle, es que dicho poder esta implicito en el acta constitutiva.... :evil: ... asi las cosas....ahora si me preocupa la situación, es decir el posible efecto que se tendría... de hecho, quizas en el RPP no me lo acepten (el registro en la seccion mercantil).... con ello fundare la no inscripcion (espero)..
Tópico: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto:
[quote:9604e065da="enrique9727"]Br1: Los anticipos son precisamente eso, anticipos, no consumos. Por lo que a mi respecta deberia ser en relacion a los centavos que corresponda EL CONSUMO Asi que pudiese ser A) o B) para tu pregunta ¿Cuando se consume? en el mismo mes = a) Mes siguiente = b) ¿Cuando se realiza la enajenacion con la entrega del bien?[/quote:9604e065da] Buenos días Enrique. De hecho, me resultaría favorable tomar la opción "b", debido a que representaria un control mas fácil... pero, tomo aquello del IEPS causado, de la misma Ley: [i:9604e065da]Artículo 5o.- El impuesto se calculará mensualmente y se pagará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago, excepto en el caso de importaciones de bienes en el que se estará a lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de esta Ley, según se trate. Los pagos mensuales se realizarán en los términos que al efecto se establezcan en esta Ley y tendrán el carácter de definitivos. El pago mensual será la diferencia que resulte de restar a la cantidad que se obtenga de aplicar la tasa que corresponda en los términos del artículo 2o. de esta Ley a [size=18:9604e065da][color=red:9604e065da][b:9604e065da]las contraprestaciones efectivamente percibidas en el mes de que se trate[/b:9604e065da][/color:9604e065da][/size:9604e065da], por la enajenación de bienes o la prestación de servicios gravados por esta Ley; el impuesto pagado en el mismo mes por la importación de dichos bienes, así como el impuesto que resulte acreditable en el mes de que se trate de conformidad con el artículo 4o. de esta Ley.[/i:9604e065da] Por ello mi duda..... eso si, me resultaria benefico no facturar los anticipos que reciba, sino hasta que sean consumidos tales combustibles...pero para que acepten tal situacion mis clientes estará cañon....es mas, aunque aceptaran, y yo tomase por ejemplo 1,100 pesos solo para ISR e IVA al momento de recibir el anticipo, me toparía con que al consumir el cliente y yo facturarle, estaré causando diferencias en el ISR que cause por el anticipo, asi mismo por el IVA (por que quiera o no, dicha operacion estará afectada por el IEPS)... ya que, recordemos que para ISR debere acumular el anticipo al recibirlo, e igualmente para IVA se generara tal impuesto en la misma circustancia........ :twisted:
Tópico: Estímulo fiscal deduccion inmediata en PP ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: Estímulo fiscal deduccion inmediata en PP ISR
Gracias a todos por sus comentarios....en definitiva, cada quien se formará su criterio.. el mio es "procede su aplicación" Un saludo
Tópico: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: ME PUEDES HACER EL FAVOR DE AYUDARME BR1
1. Tener cuidado con el IEPS y las pruebas (las internas, las del proveedor que te calibra las bombas o las que realiza PROFECO)....no sea que pagues indebidamente un impuesto que no se le traslado a nadie... 2. Mucho cuidado con los anticipos de clientes... ya que por ejemplo si le vendes 1,000 Lts. por adelantado en enero de Magna, estaras causando teoricamente un IEPS de 1,000 x 2centavos... pero ¿y que pasa si el cliente por anticipado te consume los vales en febrero, donde el IEPS será de 4 centavos por litro? (esa duda apenas hasta ahorita me esta surgiendo...) existen dos opciones: a) Causar el IEPS al momento en que se reciba el anticipo, es decir 1000lts x 2 centavos b) Causar el IEPS cuando el cliente por anticipado consuma los Lts en febrero, que seran a 4 centavos por litro La opción "a" pareciere la mas correcta, pero si te das cuenta, la opción "b" (consumo en febrero de los lts) es la real, es decir debido a que es cuando le entregaras los lts a tu cliente, los cuales estaran gravados con 4 centavos cada uno..ya que los combustibles se rigen por precios oficiales, y no podrias decir que le estas entregando lts. a precio anterior.....¿o sí?.. lo digo por que le entregaras menos litros... En mi caso, especificamente en IVA: - Tengo una cuenta llamada "IVA anticipo de clientes", la cual afecto en cada operacion de anticipo, abono a IVA al recibir el anticipo, y cargo a dicha cuenta al entregar la mercancia, en este caso gasolina. Pero en IEPS sería diferente por lo del periodo mensual ya que aumentará periodicamente, es decir si calculo el IEPS en enero a 2 centavos por litro (al venderle gasolina por anticipado), por los importes consumidos en febrero se causaran 4 centavos por litro... y la facturación que realize del anticipo no coincidira con la operación real (en IVA sí por que es una tasa fija del 10% en frontera)...aunque se iria cuadrando sola la cuenta del IEPS, pero se me presentarían situaciones en las cuales deberia identificar de que mes es el consumo que me realiza el cliente por anticipado (consume mediante vales). Un ejemplo claro de una situación un poco extraña, podria ser que el cliente extravio un vale, y lo encuentra hasta el mes de Julio/2008....¿se imaginan para controlar vales que generen 2 centavos, 4 centavos, 6 centavos, etc etc etc? RENUNCIO :D Analizalo y lo vemos.... [size=18:10ad6ccfb9][color=red:10ad6ccfb9][b:10ad6ccfb9]Compañeros, me interesa su comentario sobre el anticipo de clientes ¿cuál opción será la correcta, "a" o "b"?[/b:10ad6ccfb9][/color:10ad6ccfb9][/size:10ad6ccfb9] Saludos

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