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Tópico: Arrendamiento financiero e IETU
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2007 Asunto: Arrendamiento financiero e IETU
Qué tal, buenos días. Estoy analizando IETU, pero no dice nada referente al tratamiento del ARRENDAMIENTO FINANCIERO ...... ¿es una clara omisión o tendra su razón de ser que no este contemplada o de plano no logro interpretar correctamente este concepto en dicha Ley? Gracias de antemano por sus comentarios
Tópico: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurso?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2007 Asunto: Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs
[quote:facb043550="ANROSO"]si me equivoque de topico era para otro cuando me di cuenta ya lo habia enviado. saludos.[/quote:facb043550] Se tiene la opción de eliminar tus propios mensajes, para ello en la parte superior derecha del mensaje se tiene un boton con una X... todo es factible a corrección...
Tópico: ReporteContableIETU??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2007 Asunto: Re: ReporteContableIETU??
Me acorde del último despacho que nos asesoró, el cual opinaba (ponganle tono chillon, y medio sarcastico): La contabilidad debe hablar por si sola, cuando se emita una balanza las cifras deben ser claras para determinar claramente las bases de cualquier contribución...(terminaban jalandose de los cabellos casi desgarrandose las vestiduras)... Y como dice el anuncio: que razón tenian.... Por otro lado, otro contador opinaba: la contabilidad es sencilla, esa la termino en un día... Así es que, cada quién debe adecuarse a su realidad, ya que, los escenarios son distintos para cada quien... y decir que lo que yo aplique le servira a todos... será mera especulación.. PD: vendo catalogos a la medida...jajajaaj
Tópico: urge fundamento legal para acreditar 100% del iva?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2007 Asunto: Re: urge fundamento legal para acreditar 100% del iva?
Que tal, buenos días. Concuerdo con sus comentarios, de hecho, me refiero a casos prácticos, por que muchas veces podemos divagar y no ver la realidad... mmm. me explico... quizas algunas arrendadoras financieras tengan diferentes criterios, SOS ya menciono como se manejaban antes... lo cual no sería aplicable ahora... ya muy choteada esta aquella frase de QUE EL INTERES DEL ACREEDOR QUEDE SATISFECHO... lo cual en mi caso no aplica... estamos tramitando arrendamiento financiero con BBVA Bancomer (goool) y en la tabla de amortización separan el IVA del capital en cada mensualidad, por ello, mi caso práctico me lleva a considerar como pendiente de acreditamiento el IVA de la operación que le da origen al contrato... ademas, para rematar tenemos lo siguiente: CFF III. Obtención de ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero, los contribuyentes podrán optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado o la parte del precio exigible durante el mismo. Claramente código, señala la opción de acumulación por parte de la arrendadora, pero por otro lado, para el que adquiere el vehículo (por decirlo así) no puede considerar cualquiera de las opciones para IVA, si no en base a flujo de efectivo... otra cosa sería adquirir mediante un credito bancario dicha unidad, la cual estaria a mi nombre y no a la del banco. :twisted: :roll:
Tópico: urge fundamento legal para acreditar 100% del iva?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2007 Asunto:
[quote:f84fadce61="vabdo"]En el caso de arrendamiento financiero, al pagar el en el enganche o primer pago, se detalla como esta formado. Por lo regular dice: Apertura de credito $ Comisiones $ [color=red:f84fadce61]IVA de la operacion (100% del valor de la unidad)$[/color:f84fadce61] Primera mensualidad $ Etc[/quote:f84fadce61] ¿Te cobran el IVA correspondiente a la unidad de un jalón?, eso seria extraño, ya que esto lo equiparo a una enajenación a plazos... Por otro lado, estuve a punto de opinar que el IVA que proviene de la factura de la agencia...no procedia acreditarlo....mmm...esto, debido a que, tengo entendido que el financiamiento se realiza con el subtotal de la factura, ya que el que se acredita ese IVA es la arrendadora financiera, quien es quien lo paga... y que el IVA se causa hasta el momento en que se paga por este... Pero analizando la legislación, surge lo siguiente: LIVA Artículo 8o.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación... CFF Artículo 14.- Se entiende por enajenación de bienes: IV. La que se realiza mediante el arrendamiento financiero. Retomando IVA: Artículo 5o.- Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos: III. Que el impuesto al valor agregado trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate. Por lo que, mes con mes la arrendadora financiera me debe trasladar el IVA proporcional al MOI que pague cada mes (para ser claro lo llamaré asi), y [color=red:f84fadce61][b:f84fadce61]yo efectivamente cuando lo pague lo acreditare.... por lo que acreditar el IVA al 100% sin haberlo pagado va contra LIVA[/b:f84fadce61][/color:f84fadce61].......tal cual enajenaciones a plazos... Si tienen opinión diferente, es cosa de poner casos prácticos y reales.... Saludos
Tópico: ReporteContableIETU??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2007 Asunto: Re: ReporteContableIETU??
[quote:4cf4becf94="teofiloperea"]Si es en Base a Flujo, toma los estados de cuenta del Banco, elimina los traspasos, eso te va a dar el neto de depósitos, el neto de retiros, esos son los movimientos de amarre. De acuerdo a esto clasifica tus cuentas, de los depósitos serian por ventas, por prestamos obtenidos, por ventas de activo fijo, por estímulos fiscales, por intereses, por anticipos de clientes. De los cheques, por tipo de pago, de acuerdo al Capitulo II de LIETU, Compras, Adquisiciones de Activos Fijos, Cargos y Gastos Diferidos y Terrenos, Gastos de Administración, Venta, Distribución y Producción, Impuestos locales y Federales, Servicios Independientes pagados, Arrendamiento, Devoluciones de Clientes, Donativos, no Deducibles de acuerdo al Décimo Quinto transitorio, y Noveno. Si tienes contpaq, puedes abrir un diario para asignarle un código a cada tipo de cuenta, y al momento de la captura asignar el movimiento al diario, pero aun asi el calculo seria manual. La otra opción es abrir cuentas de orden, pero eso aumentaría el registro de los movimientos, pero es valido para efectos fiscales.[/quote:4cf4becf94] A eso me refiero yo con las cédulas de excel, que serían un respaldo de la poliza donde se afecten las cuentas de orden... Aunque, ¿que tan bien se veria eso?... ya estoy dudando....muchos opinan que adecuaran el catalogo para plasmar, por ejemplo Ingresos cobrados e ingresos pendiente de cobro....pero me pregunto yo ¿acaso aperturaran cuentas especiales para gastos pagados y gastos pendientes de pago, asi como para activos fijos pagados y pendientes de pago? :twisted:
Tópico: deducibiliadad en fletes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2007 Asunto:
[quote:2d3ab4b065="enrique9727"]BR1: Lo que llega ser uno, en lo particular, nadie te lo da, tu lo consigues para ti. Los titulos, profesiones, maestrias, doctorados, calificativos, con ir a la escuelita y te lo darian los demas, pero habria que demostrase despues con el tiempo. Pero en la Universidad de la Vida, es donde enrealidad empezarias a ser el profesionista que en apariencia uno se gano en la escuelita y que representariamos; es donde nos dariamos cuenta que segun nosotros seriamos leña, pero todavia estariamos mas verdes y que seguimos siendo una simple ramita, que le faltaria mucho para llegar a ser leña. El contador no lo es, al salir de la Universidad, si no cuando se forja dia a dia en los quehaceres cotidianos. Ahi ratificariamos que seriamos leña verde, y tal vez algun dia, ahora si seamos la leña que el primer dia despues de graduarnos pensabamos que eramos.[/quote:2d3ab4b065] Así es, una cosa es la teoría y otra muy diferente la práctica, de eso me he dado cuenta poco a poco, ya que, en nuestro caso (digo nuestro por que en la empresa somos 3 contadores para el grupo), cada asesor fiscal que teniamos no lo sabia todo, de hecho, hasta al CPC se le barre cada cosa que me sorprende (y no es detectar errores, si no los criterios que tiene).... En fin.... mi pregunta esta enfocada en que si es el CPC que mal estaría, en cambio si fuese colaborador pues de que se la barre a uno se le barre...no es con mala leche....simple curiosidad Ya opinando sobre el tema, siempre tengo la misma opinión: 1. Para efectos de deducibilidad en ese caso no le veo mucho problema (menos con el IVA y la retencion misma). 2. Estrictamente hablando, existe algo llamada ajuste anual para efectos de ISR, y se esta dejando de reconocer un efecto inflacionario en la anual del 2006 por no ponerlo a jugar para dicho ajuste......pesos mas pesos menos, pero esa es la realidad.....evaluar el efecto....claro, que en este caso seguramente es mínimo. Saludo
Tópico: deducibiliadad en fletes
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2007 Asunto: Re: deducibiliadad en fletes
[quote:2cd16e0b7c="isabelvillarruel"]hola buenas tardes: espero alguien pueda auxiliarme en esta duda que tengo, estoy auditando una p.m. pero resulta que tienen una factura de diciembre de 2006 de un flete de una p.f. como bien sabemos los gastos de p.f. no son dedicibles hasta el pago, bueno pues se pago en enero pero no provisionaron el gasto, mi duda es: lo podre hacer deducible ya que es de un ejescicio anterior y no esta la provision o se va a no deducible, en donde lo podre checar. de antemano les agradezco su atencion... bye...[/quote:2cd16e0b7c] Una pregunta indiscreta ¿eres la CPC o colaboras solamente con uno?
Tópico: ReporteContableIETU??
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2007 Asunto: Re: ReporteContableIETU??
Esa misma pregunta me la realize a [b:afde624372]mi[/b:afde624372] [b:afde624372]mismo[/b:afde624372]... pero mi mismo estaba haciendo otras cosas por lo que me respondí [b:afde624372]yo mismo[/b:afde624372]: Si ya manejo IVA en base a flujo de efectivo, los cuales identifico con cédulas de excel, y posteriormente afecto cuentas de órden ¿para qué me preocupo? esas cédulas me sirven tambien para el IETU..... :idea: Lo mismo pasará con las deducciones... si no, ya me imagino separar en el catalogo de cuentas: ingresos para ISR, ingresos para IVA, ingresos para IETU... asi como las deducciones...jijiji....aunque, quien sabe y al final termine haciendo eso... Tan facil que hubiera sido responderle al compañero: usa lo mismo que el IVA.....digo, para efectos de acumulación y deduccion efectivos....
Tópico: Libro de actas extraviado
BR1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2007 Asunto: Re: Libro de actas extraviado
Tendre que ir a consultar a un brujo, espero que me diga el paradero del libro... Gracias por sus comentarios, hablare con el CPC para ver que me recomienda....

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