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Tópico: Herramienta IETU/SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2008 Asunto: Re: Herramienta IETU/SAT
Entonces ni que meterle tiempo al programa, solo me servira de base en los conceptos para corroborar que no se me pase algun acreditamiento o similares.... SOS, de hecho, cuando comentaste lo del "chat", ahi mismo me puse a analizar eso...click aquí: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=30173&postdays=0&postorder=asc&start=0
Tópico: Herramienta IETU/SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2008 Asunto: Re: Herramienta IETU/SAT
¿No han logrado accesar ni una sola vez? Si es asi, les recomiendo que lo desistalen y lo bajen de nuevo... quizas eso solucione el problema, ya que en mi caso lo baje y lo uso sin que me pida ninguna clave....
Tópico: Mermas: tratramiento en IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Mermas: tratramiento en IETU
[quote:c12864b497="lcruizuscanga"]BR1 EN RESUMEN LAS MERMAS NO SON AFECTAS A IETU LAS MERMAS NO SON AFECTAS A IVA O ENTENDI MAL LA CONCLUSION DE ESTE TEMA.... :([/quote:c12864b497] En mi opinión, tampoco para IETU acumularia las mermas ya que en mi caso demostraré en su momento que tengo el "derecho" de tenerlas, especificamente por el giro que se maneja....
Tópico: Mermas: tratramiento en IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Mermas: tratramiento en IETU
[quote:6b9417f455="enrique9727"][quote:6b9417f455]Ohhh pequeño detalle que se me pasó "en IETU deducire la adquisicion de las mercancias", y aun asi quiero deducir las mermas de estas mercancias... jejejejeje... Gracias Enrique....[/quote:6b9417f455] No te habia entendido, bien la primera vez que lo lei... Es decir, considerabas inicialmente, deducirlo por dos ocasiones. 1.- Mediante comprobacion y pago, el 100% del producto. 2.- Luego, al determinar mermas por x % (pero sin comprobacion y sin pago) ... jejejejeje...[/quote:6b9417f455] Fuese una chulada, le pego 2 veces al SAT, de hecho en ISR tampoco se le pega 2 veces con las mermas (en mi caso), ya que las dedusco claramente como costo de ventas....
Tópico: Mermas: tratramiento en IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Mermas: tratramiento en IETU
[quote:4242618182="sosgtorreon"][quote:4242618182="BR1"]Ohhh pequeño detalle que se me pasó "[b:4242618182]en IETU deducire la adquisicion de las mercancias[/b:4242618182]", y aun asi quiero deducir las mermas de estas mercancias... jejejejeje... Gracias Enrique....[/quote:4242618182] Después de este comentario el mío como que se va a ver medio como queriendome lucir... pero no es así, de entrada pense que el tópico era capcioso, al menos en lo tocante a IETU... precisamente por el simple y llano hecho de que para IETU se deduce desde el momento mismo de la compra/adquisición, claro al momento de su pago... es decir, el tema inventario no afecta... Ya me voy, tengo cita en un chat para comentar y [u:4242618182][color=red:4242618182][color=red][b:4242618182]definir si una persona moral que inicia operaciones en 2008 es sujeta a IETU[/b:4242618182][/color:4242618182][/color][/u:4242618182], bueno, convoque a un chat, voy a ver si hubo algún interesado en conocer mis desvarios, y no es capcioso. Saludos.[/quote:4242618182] Sería bastante benéfico que la autoridad hubiese emitido algo similar al IMPAC (periodo preoperativo, de inicio y los dos siguientes), cosa que hubiese ocasionado quizas malestar con los demas contribuyentes, ya que aunque son "viejos", relativamente son nuevos contribuyentes para IETU... cosa de echarse un clavado a los inicios del IMPAC.... asi se veria en que afecto y si se defendieron al inicio esos "viejos" contribuyentes..... En mi opinión: es sujetisima
Tópico: Herramienta IETU/SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Herramienta IETU/SAT
Buenas tardes. Le estuve echando un ojo a la herramienta del ayuda para el cálculo del IETU que subio el SAT a su página... por lo poco que ví, me parecio que no le falta nada ¿alguien ya le encontro algun defecto? Ademas ¿es posible generar la informacion que se le envia al SAT, es decir los datos informativos de como determinas el impuesto mensual, tales como ingresos, deducciones, creditos, etc etc?, lo digo por que en este se puede capturar todo eso... Gracias por sus comentarios
Tópico: Mermas: tratramiento en IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Mermas: tratramiento en IETU
Asi es SOS, tal pareciera que tenia tintes capciosos... pero no, si me surgio la duda, pero despues de razonar IETU pues ya me convenci respecto a que merezco un coscorron por pensar siquiera poder deducir en dicho impuesto las mermas.......y debido a que no son faltantes en inventarios (por aquello del IVA) no lo consideraré como ingreso para IETU dichos faltantes.... 8O gulp...otra duda ¿¿¿???
Tópico: Ya me hice bolas con la IETU y el ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Ya me hice bolas con la IETU y el ISR
El 17 tendre que ponerme a estudiar la mecánica del IETU e ISR en cuanto a pagos provisionales.... :lol:
Tópico: Mermas: tratramiento en IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Mermas: tratramiento en IETU
Ohhh pequeño detalle que se me pasó "en IETU deducire la adquisicion de las mercancias", y aun asi quiero deducir las mermas de estas mercancias... jejejejeje... Gracias Enrique....
Tópico: Convenio IEPS: Fed-Estados ¿periodo que aplica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2008 Asunto: Re: Convenio IEPS: Fed-Estados ¿periodo que aplica?
No había leído bien, en el mismo articulo publicado por fiscalia dice: [b:e61cd2519e][color=red:e61cd2519e]Con fecha [u:e61cd2519e][b]5 de febrero de 2008[/b:e61cd2519e][/u:e61cd2519e] se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Convenios de Colaboración Administrativa entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y los 31 Gobernadores de los Estados de la República Mexicana, para que las entidades puedan administrar y recibir el total de la recaudación correspondiente al impuesto a la venta final de gasolinas y diesel.[/color:e61cd2519e][/b] Asi las cosas, complemento tal información con la compartida por LOBOZAC: [color=red:e61cd2519e][b:e61cd2519e]TRANSITORIA UNICA.- Este Anexo deberá ser publicado tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en el Diario Oficial de la Federación y [u:e61cd2519e]entrará en vigor a los quince días siguientes a la fecha de publicación en éste[/u:e61cd2519e], del Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. [/b:e61cd2519e][/color:e61cd2519e] Por lo anterior, si tal publicación se publico el día 5 de Febrero, y en transitorios se señala que entrará en vigor a los 15 días siguientes a la fecha de su publicación en el DOF, por lo que será hasta el 20 de febrero cuando entre en vigor... lo cual me trae la siguiente duda ¿a quién le pago el IEPS generado en enero/2008? Un saludo y gracias por sus comentarios.

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