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Tópico: asimilados sujetos de aseguramiento?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
reitero, si no hay relación de trabajo no tengo porque dar de alta en el seguro a quien no es mi empleado, sin importar si hay algún artículo pubicado en dicho sentido. Destaco si no es mi trabajador, ¿porque lo voy a asegurar?...
Tópico: DECLARACIONES OMITIDAS
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
pues salvo mejor opinión, yo las presentaria... no genero R2 para aumentar obligaciones, solo presento todas las declaraciones relativas, tanto de pago (ceros estadisticos) como informativas, esto para dos cosas, poder considerar deducibles los sueldos y estar en posibilidad de acreditar el CAS.
Tópico: Varias dudas acerca de Personas Físicas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
Todo aquel que presente declaración anual en forma individual deja de aplicar el CAS, simplemente aplica lo dispuesto en el Capítulo XI, y en dicho Capítulo para nada se menciona el CAS, lo que tu mencionas aplica solo en el caso de que el patrón le este realizando el cálculo anual al trabajador.
Tópico: asimilados sujetos de aseguramiento?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
Si no hay relación obrero patronal no hay obligación de afiliación al IMSS, siendo deducible de ingresos, si lo que se hace es una simulación, cuidado...
Tópico: DECLARACIONES OMITIDAS
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
y las anuales de sueldos y salarios, la informativa del CAS, las ha presentado o no..
Tópico: ACCESION
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
Accesión, yo dueño de un inmueble lo rento, el inquilino le hace mejoras o adiciones que al irse del inmueble quedan a mi disposición, las mejoras o adiciones realizadas son una "accesión" a mi propiedad, representan un ingreso en especie conforme a valor de avaluo...
Tópico: ¿Recurso de Inconformidad, Amparo, o tengo que aguantarSAT?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
En lo personal y una vez que el dictaminador ofrecio explicaciones en su oficio aludido, esperaría al resultado del trabajo de los auditores del SAT, atendería las peticiones en conjunto con el dictaminador y sobre resultados evaluar la conveniencia...
Tópico: comodato notariado?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
No es obligado el pasar el contrato ante la fe de un notario, pero si lo deseas puedes hacerlo, algo así como ponerse un pantalón con cinto y tirantes...
Tópico: Varias dudas acerca de Personas Físicas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: Varias dudas acerca de Personas Físicas
[quote:f0bde36136="NorbertoNarciso"] 1.- En el caso de una persona que obtiene ingresos por dos patrones, la cual obtiene por cada una de ellas ingresos por Aguinaldo, solo debo exentar los 30 SMG. Supongamos que por el primer patrón tengo ingresos por Aguinaldo menores a los 30 SMG (aqui resulta un importe exento mayor al generado) y con el segundo patrón tengo tambien ingresos por Aguinaldo de igual cantidad que el primer patrón. Para proceder a retener el segundo patrón considera de igual forma exentos los 30 SMG (esto en el entendido que el segundo patrón no sabría cuanto ya habria considerado exento el primer patrón). ¿Es correcto esto?. Me queda entendido que para la declaración anual solo debo considerar exentos los 30 SMG por todos los ingresos de los dos patrones. [b:f0bde36136]La pregunta en general sería: ¿cada patrón debe considerar exento los 30 SMG como exento al momento de determinar la retención?[/b:f0bde36136] [color=darkred:f0bde36136]Si el trabajador cumple con la obligación de informarle a uno de los patrones que tiene otro empleador y en donde se le va a plicar el CAS, entonces puede en ese instante el patrón aprovechar y establecer quien le debe considerar los montos exentos (situación no prevista en Ley), al no estar prevista en Ley sucede que cada patrón puede considerar las exenciones de Ley, situación que se refleja en contra del trabajador en su declaración anual. Aún más dependiendo de los ingresos que con cada patrón perciba, puede que en los dos lugares tenga derecho a la exención, por lo que cada caso debe ser valorado en lo particular.[/color:f0bde36136] 2.- En el caso de una persona física con ingresos por Varios Capítulos (Sueldos, Honorarios y Actividad Empresarial), al momento de determinar la declaración anual,¿como debe determinar el crédito al Salario? Tengo entendido que debo sumar los importes del CAS Aplicado en el ejercicio, pero, en el caso de ingresos por varios capitulos puedo aplicar la misma mecánica? [color=darkred:f0bde36136]Si el trabajador tiene ingresos por varios capítulos es obvio que debe preparar su declaración anual en forma individual, por lo que no aplica lo del CAS. [/color:f0bde36136] 3.- Supongamos que una persona obtiene ingresos por varios capitulos. Esta persona esta casada bajo el régimen de sociedad conyugal. Al momento de determinar la declaración anual debo considerar las deducciones personales en el porcentaje con el cual esta casada (50%) o puedo aplicarlas al 100% en caso de ser deducibles. [color=darkred:f0bde36136]La deducción personal procede para quien la paga y a nombre de quien esta el comprobante. Ya que dicho gasto no forma parte de los gastos propios de capítulo alguno, en caso de ser arrendamiento no es deducción autorizada, en actividad empresarial tampoco, es decir, son deducciones personales solo aplicables en la anual, pero por ser personales no deben correr la suerte de "partirlas".[/color:f0bde36136] Muchisimas gracias por atender mis dudas. Saludos Norberto[/quote:f0bde36136]
Tópico: AUDITORIA EN NOMINAS
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto:
* Observar las autorizaciones por personal competente para laborar y pago de tiempo extra. * Cotejo de personal en listado de nominas con personal en liquidaciones de IMSS (identificar discrepancias en caso de existir) * En caso de incrementos de salarios (MS) verificar monto y autorización correspondiente (no sea que sea). * Cotejo de firmas del recibo de nominas, el más reciente con alguno de meses anteriores. (A efectos de evitar tentaciones al personal que maneja las nominas) * Pedir reporte de incapacitados para revisar no se les este pagando en nomina. y gracias a sebastiana por darnos la oportunidad de conocer del tema...

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