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Tópico: Replanteamiento!!!!! de ASIMILADOS EN INTERMEDIO
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2008 Asunto:
Comento sobre los puntos que expones Vabdo, no en el mismo orden pero va; 1.- Tiene derecho a una retribución, (sin necesidad de retirar las utilidades). Cierto, de entrada se supone que para eso esta trabajando y para eso puso un negocio, pero igual se supone que las utilidades las obtiene para disfrutar de ellas o reinvertirlas en el negocio. Pero las utilidades que se reinvierten se hace con el fin de que generen mayores utilidades que en un momento dado se van a retirar -disfrutar de ellas-. 2.- Es patrón. Pues si, pero es patrón de sus trabajadores, no lo puede ser de él mismo, si eso sucediera el tipo va a parecer Lucas Tañeda o Chaparrón Bonaparte, porque me lo imagino parado frente a un espejo, para que el del espejo sea el trabajador y él pueda darse ordenes... Simplemente no puede darse ordenes así mismo... simplemente no puede ser empleado y patrón al mismo tiempo, la misma persona... 3.- Pagará ISR/Salarios. Supongo que te refieres a que si decide pagarse él mismo como asimilado debe determinarse el ISR que le corresponda por el monto cobrado y enterarlo al fisco. Si así lo hace, me parece también estaran de acuerdo que DEBE ACUMULAR EN LA ANUAL, cierto va a poder acreditar las retenciones que solo se haga, pero debe acumular el ingreso que solo se paga... Ello puede que provoque que en la anual le resulte un ISR a cargo, ya que durante el año estará determinando el ISR sobre bases diferenciadas que se ubican en cierto renglón de la tarifa, pero al año al unificar las bases se va a ubicar en otro estrato, más alto, más impuesto... 4.- Y asimilados a salarios, no incurre en ninguna ilegalidad. Si se los paga a él mismo si no ilegal si resulta al menos surrealista, por aquello de asignarse las dos personalidades, la de patrón pagador y trabajador cobrador, bueno la de asimilado cobrador... 5.- El forista iniciador del tópico, NO le gusta esa opción. Veamos, se entiende que no le gusta, y que desea ubicarse en el supuesto de "empresa rico empresario pobre", con los asegunes que ello implica. Reitero la invitación al uso del buscador, ya que en comentarios anteriores no solo se ha dado respuesta, si no sugerido alternativas, por ello mi insistencia a que busque, lea y concluya. 6.- Por eso quiere conocer alguna otra opción. Si se lee entre líneas podra el compañero concluir que si insistimos en que no es sano, normal, lógico ni recomendable que el empresario se pague solo un sueldo bajo la figura de asimilado, si puede resultar sano, normal, lógico y recomendable que el sueldo que se pretende fijar sea para otra persona, alguien allegado a él y que preferentemente no tenga otro ingreso, para no caer en el vicio ese de la acumulación... puede ser la esposa, el hijo, el hermano, el primo, la mamá, bueno ya en el surrealismo si lo que el compañero pretende es elimnar al máximo el ISR -incluso el del asimilado- si el sueldo que se va a asignar es de 50,000.00 mensuales, que no ponga un asimilado, si no diez... y verá que el ISR es mucho menor... porque en ISR de físicas la ciencia es poca, diluyes bases, pulverizas ISR... Conste, estoy cien por ciento seguro que todo esto lo escribí en tiempo pasado... y recuerdo comentarios de otros compañeros mucho mejor estructurados que los de su servidor. saludos.
Tópico: Dia trabajado, Dia pagado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 06, 2008 Asunto:
¿Acaso no se viola derecho alguno si se le pide a alguien trabajar sin percibir salario?. Pólemico el caso, contratos de por medio... fallos de la corte, fundamentos ofrecidos... que la paisana nos ofresca sus conclusiones... saludos.
Tópico: Libros Diario y Mayor en CD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2008 Asunto:
Cosa de buscar en CFF y RCFF -o en el SAT- con la palabra microfilm o con la frase "discos ópticos", no son muchos los contribuyentes que lo hacen, pero es posible y representa un siginificativo ahorro de espacio. saludos. Pdta.- Si empieza en CFF inicia en por el 30 y 45.
Tópico: Replanteamiento!!!!! de ASIMILADOS EN INTERMEDIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2008 Asunto: Re: Replanteamiento!!!!! de ASIMILADOS EN INTERMEDIO
Supongo el presente tópico es en abundancia o precisión de [url=http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=32041][b:8d5795d643][color=darkblue:8d5795d643]este otro que iniciaste[/color:8d5795d643][/b:8d5795d643][/url] -click en lo destacado para acceder-, supongo no hiciste la busqueda recomendada, de haberlo hecho en los términos sugeridos hubieras encontrado comentarios sobre el tema incluso en la forma que ahora lo precisas. Veo que Lobo me gano en la apreciación... No puede ser patrón y trabajador de si mismo... Puede y lo altamente probable es que el mismo realice labores reales en su negocio, pero no puede por ello asignarse un sueldo... Igualmente entiendo tu premisa de maximizar las deducciones para evitar el pago de impuestos sobre bases no ciertas o diversas a la realidad económica del negocio, pero me parece no debes de perder de vista que así como no resulta conveniente pagar impuestos sobre bases/utilidades desvirtuadas -por los no deducibles- resulta igualmente prudente que el dueño del negocio pueda demostrar fehacientemente a cualquier autoridad una justificación admisible de su modo de vida... dicho de otra forma, si tiene un negocio a su nombre debe justificar que puede y vive del mismo, que le deja utilidades y retira las mismas para vivir de ellas... Esto es harto recomendable cuando el empresario no tiene otra fuente de ingresos... Imagina una revisión en la que el dueño no retira un solo peso de impuestos porque logra "sacar" sus utilidades mediante el uso de figuras y artimañas varias pero los auditores detectan su estilo de vida... problemas, el fisco asume que esta omitiendo ingresos o inventando deducciones y las revisiones son con mayor saña... Si el negocio no deja para pagar impuestos, que revise sus costos y precios de venta, porque si los impuestos se pagan de las utilidades y los retiros de utilidades se recomiendan se realicen de la Utilidad Neta después de Impuestos... no debe haber problema... Supuesto; Utilidad Neta 100,000.00 ISR/IETU/PTU 35,000.00 Utilidad Real 65,000.00 Esos 65,000.00 puede llevarselos en el momento que desee sin que tenga problemas en sus pagos de impuestos... pero si el desea retirar los cien para no pagar ISR, IETU ni PTU mediante simulaciones, en su derecho esta, pero luego que no digan que no se advirtio que debe justificar su nivel de vida. Conste, algo parecido a esto ya se escribio en el pasado, pero si no se desea hacer uso del buscador en tu derecho estas... saludos.
Tópico: MODULO DE AGUA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2008 Asunto:
Sugerencia rápida, cambiar de abogado, supongo siguen en pleito... esto ya que no expones hayan rembolsado al fisco las devoluciones... Actualmente la autoridad sigue rechazando -como bien dices- los trámites de devolución argumentando que como eres no contribuyente en ISR no tienes deducciones autorizadas y por ende no cuentas con IVA acreditable, criterio por demás errado ya que LIVA y LISR son distintas entre si, este argumento de la autoridad -que lo sigue esgrimiendo- lo han hechado por tierra los tribunales, ordenando a la autoridad que si es el único argumento para negar la devolución procedan a entregar el dinero... pero para ello hay que meter juicio... Ahora bien, a mi juicio y ver lo de la cosecha, la renta y trabajos de maquinaría, la conservación de canales y administración de flujos de agua bien puede quedar contemplado todo en la escritura, lo que dudo mucho es lo de la copiadora... La devolución es factible, si bien en el rechazo es casi en autómatico, vía juicio es factible obtener la resolución favorable, pero vas a depender de la labor del abogado, por tu lugar de residencia no puedo recomendarte a nadie de por esas latitudes, pero si gustas alguien del norte, hay si... Cierto que implica costos, pero esos costos se asume se absorven con los montos obtenidos en devolución. saludos.
Tópico: Asimilado en el regimen intermedio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2008 Asunto:
En el buscador interno del foro escribe como palabra clave "salario de mercado", de hacerlo vas a encontrar material suficiente que te va a servir para tomar TU propia decisión al respecto. saludos.
Tópico: MODULO DE AGUA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2008 Asunto: Re: MODULO DE AGUA
Tu mensaje en verde, mi comentario en azul... [quote="mgmv21"] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]HOLA ALGUIEN DE USTEDES MANEJA UN MODULO DE AGUA??[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]supongo te refieres a la atención de la contabilidad y sus implicaciones fiscales, porque lo que es manejarlo/administrarlo pues eso propiamente los usuarios... si mi apreciación es correcta, a tus ordenes.[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]ESTE MODULO DE AGUA ES UNA ASOCIACION CIVIL SU FIN ES PROPORCIONAR EL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN PARCELAS Y TAMBIEN DENTRO DE SU ACTA CONSTITUTIVA SE ENCUENTRAN MAS ACTIVIDADES QUE SE PUEDEN REALIZAR, TAMBIEN ESTA REGULADA POR LA COMISION NACIONAL DEL AGUA. ESTA REGISTRADA COMO PERSONA MORAL SIN FINES DE LUCRO. LOS ASOCIADOS SON LOS EJIDOS Y QUIEN RECIBE EL SERVICIO DE AGUA SON LOS EJIDATARIOS. [/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]En realidad su actividad preponderante u objeto social no es la de proporcionar el servicio de agua, si no la de dar mantenimiento -conservación- a los canales de riego y la administración de los flujos de agua que se liberan de las presas por parte de CONAGUA, de hecho ahorita empieza ya lo que es su temporada baja... dentro de los asociados no son exclusivamente los ejidos, si no que incluso el Módulo lo conforman todos los usuarios de la red de canales que cubra, esto es tanto el sector social como el privado, dicho de otra forma, tanto ejidos como pequeñas propiedades... La administración (consejo) es rotativa, un cíclo le corresponde la presidencia al sector social (ejidos) y al siguiente al sector privado (pequeñas), mientras un sector detenta la presidencia el otro lo hace con la tesorería, se supone de entrada la duración en el cargo es de dos años...[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, [i:19f90730de]ES CORRECTO QUE DENTRO DE ESTA ASOCIACION SE COMPREN INSUMOS PARA LA SIEMBRA ASI COMO TAMBIEN SE VENDAN LOS PRODUCTOS DE LOS EJIDATARIOS, ES DECIR TRIGO, CEBADA, ETC.. UTILIZANDO LAS FACTURAS DE LA ASOCIACION ?[/i:19f90730de][/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]Puede ser, no digo que sea, pero puede ser factible... tu mismo haz comentado que dentro del acta se contemplan otras posibles actividades, en realidad no se supone que esto que citas sea parte de su objeto, lo que deben en un momento dado facturar adicional a las cuotas de riego (la alícuota que se entrega a CNA) son los trabajos de desmonte, desasolve, mantenimiento, etc. por trabajos realizados con maquinaría propiedad del módulo, maquinaría que debe estar a disposición de todos los usuarios del módulo de riego a precios accesibles... ya que se adquiere con finalidades de autoayuda y conservación de las redes de riego y no de lucro. Sin embargo algunos módulos incluso en tierras propiedad del módulo siembran y cosechan... cosa de ver todo en particular, pero de que puede ser posible es, lo que si es que en caso de darse se recomienda que sea una serie de facturación diversa a la que se emplea para la recaudación de derechos.[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]SE TIEN E UNA COPIADORA Y SE UTILIZA PARA EL PUBLICO EN GENERAL AL FINAL DEL DIA SE HACE UNA FACTURA QUE AMPARA LOS INGRESOS QUE SE OBTUVIERON, ESTE ACTIVIDAD ESTA GRAVADA A TASA 15 PARA IVA, LO DEBO DE PAGAR A PESAR DE QUE NO TENGO LA CLAVE DE IVA POR SER PERSONA MORAL NO CONTRIBUYENTE?[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]Sugiero verifiques en el SAT si tienen la clave de IVA registrada, ya que a mi entender deben tenerla activa, toda vez que sus actos no son exentos de IVA, si no que son afectos a la tasa del cero, sugiero ver el 2C-II,a) de LIVA... Al margen de si la tienen o no, me parece que esta actividad por si misma no puede ya ser considerada como "NO LUCRATIVA", no me queda claro si resulta viable el manejo que estan haciendo, pero a mi parecer no... ya que ni forma parte de su objeto social ni dicha actividad pueda conceptualizarse como no lucrativa, a mi ver debieran manejar el servicio de copiado en exclusiva para los usuarios del módulo... de desear hacer negocio con la copiadora rompen la escencia de No Contribuyentes. Ahora si cobras IVA debes pagarlo, eso es claro, tengas o no tengas registrada la clave de IVA... ese sería tan solo un detalle a corregir.[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]ESPERO ME DEN SU OPINION[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]Espero y algo de lo comentado te resulte de utilidad.[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=green:19f90730de]GRACIAS[/color:19f90730de][/b:19f90730de] [b:19f90730de][color=darkblue:19f90730de]De nada, un placer poder servir -si es que sirve de algo lo expuesto-.[/color:19f90730de][/b:19f90730de][/quote] saludos. Pdta.- Todo lo anterior no implica que no des lectura a lo que se contiene en la liga que proporciona CHAVALON.
Tópico: ingresos por salarios y honorarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2008 Asunto:
Voy a omitir el fundamento literal en el entendido de que ello te va a motivar a dar una lectura a LIETU, de hecho no batallas gran cosa en dar tu mismo con el fundamento legal... La respuesta es NO, los ingresos por salarios no se acumulan para efectos de pago provisional de IETU, dado que los mismos no se encuentran gravados por dicha Ley... a ello sumarle que el pago provisional de ISR de sueldos lo determina el patrón y el trabajador acumula en su anual para ISR, pero tan solo para ISR, en materia de IETU ni en provisionales ni en anual debe acumularse el ingreso por sueldos y salarios. saludos.
Tópico: ¿Exito de IMSS?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 30, 2008 Asunto: Re: ¿Exito de IMSS?
[quote="CP_PACO"][b:f78624b61e][color=green:f78624b61e]Simplemente una campaña más del Canal de las Estrellas.... simplemente nos siguen dando atole con el dedo.... la verdad el programa de TV es bastante chafa, [u:f78624b61e]solo aguante verlo al inicio del mismo 30 segundos y no pude mas.[/u:f78624b61e]...[/[/color:f78624b61e][/b:f78624b61e]quote] ¿cuál programa?, ¿porqué tanto tiempo?, ¿falló el control remoto de la tele?. Así com se prefiere combatir el crimén en lugar de invertir en prevenirlo, la autoridad prefiere gastar en programas con resultados amañados en su difusión que invertir en medidas tendientes a evitar que llegue a desarrollarse la obesidad en los que aún no lo son... saludos.
Tópico: copropiedad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 28, 2008 Asunto:
Nos dice el tipo de ingresos de la copropiedad, digo para poder intentar comentar algo... se intuye que es actividad empresarial, pero no esta por demás confirmar... Anticipando, divide la base que te resulte en el pago provisional en función del porcentaje de cada copropietario, luego aplica la tarifa de ISR y suma el impuesto resultante para cada copropietario... De entrada el provisional es lo mismo que el anual. saludos.

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