Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de sosgtorreon

Autor Mensaje
Tópico: RIESGO DE TRABAJO EN EL PRIMER DIA DE TRABAJO
sosgtorreon

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 12, 2006 Asunto: Re: RIESGO DE TRABAJO EN EL PRIMER DIA DE TRABAJO
[quote:77d70eb829="iberot"]en [b:77d70eb829]ese dia se envio el acuse [i:77d70eb829][u:77d70eb829]pero claro fue despues del accidente el trabajador[/u:77d70eb829][/i:77d70eb829] [/b:77d70eb829][b:77d70eb829]entra a las 10 de la mañana y el se accidenta a los 20 min [/b:77d70eb829]el es pintor y lo unico que hace es preparar la pintura acomoda la escalera y al subir se cae[b:77d70eb829] no habia margen para hacerlo antes [/b:77d70eb829]se podra hacer algo para que no me finquen los capitales constitutivos y todo esto es real que mala suerte deveras ojala alguien me pueda ayudar con algun comentario [/quote:77d70eb829] Disculpa, pero como haber margen para asegurarle antes de iniciar a laborar siempre lo hay... De hecho tan simple como por procedimiento o política de la empresa, el no aceptar que personal no afiliado ingrese a laborar... El envio se deja ver lo hicieron por internet, razón de mayor peso para decir, que si podian haber enviado el alta antes de que el trabajador se incorporara a laborar... El IMSS con toda seguridad va a fincar el Capital Constitutivo, mismo que no por ello resulta procedente, siempre cabe la posibilidad de acudir con el abogado para entablar medio de defensa... Saludos.
Tópico: RIESGO DE TRABAJO EN EL PRIMER DIA DE TRABAJO
sosgtorreon

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 12, 2006 Asunto:
¿el juego era contra salvadoreños?... Pregunta, ya dejando de lado el futbol, al momento del accidente, ¿ya habían enviado su alta?, es decir, ¿ya estaba asegurado?... si es así, entonces el escrito libre que mencionas debe bastar, anexando copia del contrato y del acuse de envio de la inscripción del trabajador... De no tenerlo registrado a la hora del accidente, malo, el IMSS va a fincar capitales constitutivos. Saludos.
Tópico: Se han fijado en su edo. de cuenta?
sosgtorreon

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2006 Asunto:
Al menos en los edo de cta que he visto sigue siendo tradicional, número de cheque, si se indica si se cobro o depósito... lo del RFC solo se me indica en casos de traspasos... Pero pues desde la anterior aparición del actual secretario de hacienda ya la intención era cerrar cercos obligando a pasar todo por bancos... Saludos.
Tópico: exite la compensacion para salarios?
sosgtorreon

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2006 Asunto:
Pues consiguete la RM ya citada, que le de lectura y te señale donde excluye a los asalariados... Digo, una cosa es lo que diga quien quiera que sea y otra que sostenga su dicho... Deben en el rechazó de la opción elegida estar fundamentando el rechazó... ¿lo tienes y nos lo puedes comentar?... Recordemos que la autoridad no puede decir simplemente no, debe fundamentar su dicho... Saludos.
Tópico: exite la compensacion para salarios?
sosgtorreon

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2006 Asunto: La opción la elige el contribuyente, no el SAT...
La cuestión es, según entiendo, que el SAT le indica a un asalariado que su saldo a favor de la anual lo tiene por fuerza que solicitar en devolución... Postura que no comparto, ya que no hay fundamento que obligue a ello... El comentario del SAT que nos refiere Lobozac, es de aplicación para el patrón, no para los trabajadores... y es obligación para los patrones que aplica solo en caso de trabajadores no esten obligados a presentar la anual... de hecho el 116 se refiere al cálculo anual de ISR de los trabajadores realizado por el patrón... Aclarando que estoy partiendo del supuesto de que el trabajador que nos ocupa se encontraba obligado a presentar su declaración anual en forma individual, por lo que no se ubicaba ni él, ni el patrón en los supuestos del 116... Adicionalmente lo que expone el SAT es que [color=darkred:8efd795dd1]no se puede compensar contra otros impuestos federales...[/color:8efd795dd1] pero siempre atendiendo a que lo haga el patrón... De hacerlo el trabajador, tal como expone BR1 es completamente factible compensarlo en la anual del siguiente ejercicio o contra cualquier pago provisional a enterar al SAT por parte del trabajador en lo individual, ya se expone una posible enajenación de bienes, igual se puede contemplar un aumento de obligaciones, no se, suponer que inicia la percepción de honorarios y le resulta a cargo en un pago provisional, siendo factible aplicar (compensar) el saldo en cuestión... Incluso, puede compensarle contra cualquier impuesto al amparo de la llamada "compensación universal" (23 CFF), fundamento adicional para el derecho a elegir entre solicitar el saldo a favor en devolución o compensarlo lo es la RM 2.2.2, la cual si es revisada no excluye en parte alguna a los asalariados y por el contrario si refiere a [b:8efd795dd1]las personas físicas que determinen saldo a favor en su declaración del ejercicio darán a conocer a las autoridades fiscales la opción de que solicitan la devolución o efectúan la compensación [/b:8efd795dd1]. Por tanto, a mi juicio la indicación del SAT no es solo absurda e improcedente, si no que raya en lo rídiculo... En lo personal he realizado compensaciones de saldos a favor de asalariados en años anteriores, sin problema alguno... Saludos. Pdta.- Primer noticia que tengo de que el SAT prefiera devolver dinero, creo que era lo único que me faltaba por ver...
Tópico: PREGUNTA DE CONTRATOS
sosgtorreon

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 05, 2006 Asunto:
El problema en los contratos por tiempo determinado, es el precisar la causa que motiva la temporalidad de la necesidad del trabajador... al subsistir dicha causa no se justifica pues un posible término de la relación de trabajo... ya que al continuar existiendo la necesidad del trabajador debe continuar la relación de trabajo... no salvando el pago de un finiquito... Por ejemplo, contratar a una persona para suplir a una mujer que se incapacita por embarazo, es una causal justificada para un contrato por tiempo determinado... Al incorporarse la parturienta al trabajo deja de haber necesidad del suplente... Pero obvio en razones no aplica a su caso... Van mal encaminados con ese tipo de contratos... Saludos.
Tópico: Deddución consumo restaurantes
sosgtorreon

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2006 Asunto:
Si no excedes topes, cumples requisitos, deduces... Caso contrario, dinos porque no han de ser deducibles... Ojo, estamos dando por descontado que el viaje a dicho lugar logra ligarse a motivos de trabajo... Saludos.
Tópico: COMISIONISTAS EN OXXO, OBLIGACIONES Y DEDUCCIONES?
sosgtorreon

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2006 Asunto: Re: COMISIONISTAS EN OXXO, OBLIGACIONES Y DEDUCCIONES?
[quote:ea6ddb1d2b="solorzano"]solycia@cybercable.net.mx > Mensaje: CUANDO ERES COMISIONISTA DE UNA TIENDA COMO [b:ea6ddb1d2b]OXXO[/b:ea6ddb1d2b], [color=darkblue:ea6ddb1d2b]!!!goooooooool!!![/color:ea6ddb1d2b] Y ESTAS DADO DE ALTA EN HACIENDA COMO COMISIONISTA, EN SI, [b:ea6ddb1d2b]CUALES SON LAS COSAS QUE PUEDES DEDUCIR.[/b:ea6ddb1d2b][color=darkblue:ea6ddb1d2b], lo que le resulte necesario para obtener el ingreso... todo y nada...[/color:ea6ddb1d2b] > A MI FORMA DE VER, COMO TIENES TU DOMICILIO FISCAL ENTONCES LA LUZ, AGUA, GAS, REPARACIONES ECT. DEL DOMICILIO FISCAL SE PUEDEN DEDUCIR. PERO [b:ea6ddb1d2b]EL CONTADOR QUE LLEVA ESTA CUENTA DICE QUE NO.[/b:ea6ddb1d2b], [color=darkblue:ea6ddb1d2b]1.- puede cambiar de contador si el mismo no da una razón concreta y verificable del porque no procede tal o cual cosa que exponga, 2.- puede cambiar de contador si no le inspira confianza, 3.- ¿tiene la posibilidad de cambiarlo? o ¿la empresa se lo asigna?..[/color:ea6ddb1d2b] > [b:ea6ddb1d2b]EN OXXO CADA MES FACTURA SOBRE LA COMISION QUE LE DAN DE LAS VENTAS.[/b:ea6ddb1d2b][color=darkblue:ea6ddb1d2b], lógico y obligado, el que percibe ingresos debe expedir comprobante por dicho ingreso...[/color:ea6ddb1d2b] > >[b:ea6ddb1d2b]ESPERO PUEDAN ASESORARME[/b:ea6ddb1d2b].[color=darkblue:ea6ddb1d2b] comentarle, más que asesorarle, para asesoría se recomienda un contaco personal...[/color:ea6ddb1d2b] [b:ea6ddb1d2b]Y SOBRE TODO EN FUNDAMENTO A LA LEY PARA PODER VER ESTO CON EL CONTADOR QUE LO MANEJA[/b:ea6ddb1d2b][color=darkblue:ea6ddb1d2b], me da la impresión que no puede cambiar de contador, me da la impresión de que el contador tiene conocimiento de situaciones particulares que le hacen proceder como lo esta haciendo, ya varios le comentaron, esperemos nos haga del conocimiento el resultado de su intercambio de opiniones con el contador....[/color:ea6ddb1d2b]> MUCHAS GRACIAS. > >[/quote:ea6ddb1d2b]
Tópico: PF ACTIVIDAD PROFESIONAL
sosgtorreon

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2006 Asunto:
Sin saber que le factura, imposible opinar si es correcto que no le retengan IVA e ISR... igual si, igual no... Si no tiene deducciones, porque no incurre en deducciones lo obligado es que su utilidad sea alta, debiendo cubrir el impuesto que le pueda corresponder... Por lo escueto de los datos es complicado opinar... Saludos.
Tópico: que es la ebitda en el estado de resultados ?
sosgtorreon

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2006 Asunto:
Forma parte de lo que son los indicadores o razones financieras... Es una de las preferidas u obligadas a conocer por parte de los empresarios... Utilidad de Operación - ( Intereses + Impuestos + Depreciaciones + Amortizaciones) Representa en consecuencia la utilidad que se obtiene antes de intereses, impuestos, amortizaciones y depreciaciones... Saludos.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205