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Tópico: Aguas con los ciber-fraudes
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
Gracias. Saludos.
Tópico: El molestísimo del vecino!
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
Pudierá llegar a hacerse deducible... todo depende de que trato logre darse... Ya Enrique visualiza -ironiza en realidad- sobre la posibilidad de que los "vecinos invasores" te den un comprobante fiscalmente deducible, vulgo factura... Otra alternativa es dar el trato de asimilados al pago que realices... piramidando el neto deseado por los "vecinos invasores", debiendo absorver el ISR que se genere la SPR de RL... Igual conviene conocer los términos en que los abogados concluyan el caso en tribunales, ya que me ha tocado conocer de "indemnizaciones" de este tipo a las que se les da visos de "indemnización laboral"... cómico a mi ver, enredan las cosas para que al dueño se le obligue a liquidar al intruso porque este le estuvo prestando servicios de mantenimiento al local... En fin, de entrada entendemos es NO deducible, sin embargo dependiendo del manejo que le den, pueden llegar a hacerlo DEDUCIBLE... Saludos.
Tópico: GRACIAS YA ENTENDI
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto: Re: GRACIAS YA ENTENDI
!yo tambié! :) Es bueno saber que hay dos que son menos ignorantes que ayer... Saludos.
Tópico: DEVOLUCION REQUERIMIENTO
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
La solicitud de la autoridad esta fuera de plazo y lugar, eso conforme a la legislación vigente... Pero conforme a sus procedimientos y forma de actuar, ellos dicen, piensan y aseguran estar bien... ¿qué va a suceder? Si aportas lo que piden dentro del plazo que conceden, van a revisar lo aportado y resolver el trámite en consecuencia... Caso de NO hacer caso a su amable (pero ilegal) solicitud van a negar la devolución solicitada... es decir, te van a notificar una RESOLUCION en la que te informen que por no haber atendido su "amable solicitud de información" tu devolución es rechazada... Esa resolución sin duda alguna la puedes recursar o demandar, yo me inclinaría por promover la DEMANDA DE NULIDAD... aquí es donde entra el abogado a trabajar y yo me retiro a descansar... Saludos.
Tópico: ingresos de arrendamiento y asimilados a salarios
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
Para pagos provisionales aplica en primer instancia a los ingresos por honorarios asimilados al cien por ciento, de hecho la aplicación del subsidio corre a cargo del que le este realizando los pagos (el simil de patrón, por decirle de una forma)... en arrendamiento por tanto no ha lugar la aplicación de subsidio en sus pagos provisionales... Sugiero revisar el artículo 114, séptimo párrafo de LISR. En la anual la aplicación de subsidio sin problema, se realiza sobre la base acumulada de ambos Capítulos... Saludos.
Tópico: INCAPACIDAD
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
Al comentar que la empresa tiene como prestación el pago de "subsidio por incapacidad" convendría ver y revisar para conocer en que consiste dicha prestación y los párametros para que la misma sea concedida o negada... Igual conviene conocer si hay RIT y saber que dice de las "faltas por causas médicas", en caso de diga algo... En términos generales yo no pagaría sueldo ni subsidio alguno al empleado que no me presenta incapacidad del IMSS... Saludos.
Tópico: Dos patrones al mismo tiempo
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
Posible SI es, mientras el trabajador aguante el ritmo de labor en dos lugares distintos... Hoy en día algo de lo que nos regala la realidad es el ver a personas que laboran para más de un patrón, en la generalidad de los casos un empleo es con todas las formalidades de Ley y otro en el plano informal o autoempleo... sin embargo también es común encontrar personal que labora horarios corridos y les queda tiempo para ocuparse en un segundo empleo formal... Es factible pues contratar a cualquier trabajador y obligado afiliarle al IMSS con el NSS del trabajador, si este labora para otro patrón o no, es otra historia, nuestra obligación es afiliarle al IMSS... no pasa de que se llegue a cumplir el viejo y conocido refrán; "El que a dos amos sirve, con alguno queda mal"... Saludos.
Tópico: REQUERIMIENTO INFORMAL DE INFONAVIT
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 26, 2007 Asunto:
INFORMAL... ¿será acaso un exceso de cinismo de la autoridad?... o simple error de dedo... Digo, lo normal sería que dijera REQUERIMIENTO FORMAL DEL INFONAVIT... pero al decir INFORMAL o es cinismo porque saben que algo no esta bien o es error de dedo... Saludos.
Tópico: aviso de compensacion
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2007 Asunto:
Si quiere ponerse cinturón de seguridad -además de los tirantes que ya se puso- puedes hacer lo siguiente; Presenta una declaración complementaría al pago provisional donde vas a realizar la compensación, modifica el importe a cargo si quieres en un peso, siempre podrás decir que fué por el redondeo, sigues marcando en esta complementaría que se aplica la compensación y vuelves a tener el plazo para presentar el aviso correspondiente... ahora que si no lo presentas con este nuevo plazo, ya es vicio... Para presentar el aviso obten la cita, lo más probable es que no vas a encontrar cita disponible para el día de vencimiento de la presentación de la compensación, no importa, tu igual obten la cita, el día del vencimiento acude a tu ALAC correspondiente, con el aviso de compensación y anexos aplicables, tu cita y en la ALAC deben recibirte el aviso... al menos así es como opera acá en la Republica de las Tolvaneras... Ahora si quieres citas te sugiero contactar a BR1, el las acaparo en todo MEXICO y las vende... !bara, bara!... Saludos. Pdta.- BR1, me depositas mi comisión.
Tópico: MOVIMIENTOS FISCALES EN NUEVO LAREDO
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2007 Asunto:
De entrada deben ser las mismas... si ya tienes el negocio registrado en Baja California, -sin importar si es PM o PF- lo que pudierá manejarse para Nuevo Laredo es una "apertura de local o establecimiento", una SUCURSALl como quien dice, y la MATRIZ seguir siendo en Baja California... caso contrario Baja California queda como SUCURSAL, esto si todo es bajo el mismo RFC, en cuyo caso lo que procede es un "cambio de domicilio", de BC a NL y posterior "apertura de local o establecimiento" para la sucursal en BC. Ahora que si la apertura del negocio en Nuevo Laredo es a nombre de otro contribuyente efectivamente estas aperturando una MATRIZ y si de entrada son los mismos requisitos y trámites, esto si estamos hablando del alta en el RFC... ya que existen obligaciones de registros locales (estatales y municipales)... Saludos.

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