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Tópico: CAS POR ENTREGAR
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto:
solo confirmando un dato, ¿2003?...
Tópico: termino de contrato!!!!!!!!!!!! help me please...
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto:
Demasiadas veces se ha comentado que para que un contrato por tiempo y obra determinada resulte viable a de definirse en forma precisa "lo que motiva" el contrato.... Mucho me temo que en el caso que nos ocupa no es así... Incluso se indica lo siguiente, "....pero el problema fue que el dir. no me podía resolver porque él ya no queria que siguiera colaborando en ésta empresa..." lo que ubica en un escenario de despido... Pero me sumo a la solicitud de un especialista de los varios que visitan este foro...
Tópico: QUE SE PUEDE HACER?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: Re: QUE SE PUEDE HACER?
Lo siguiente lo encuentras en el web-site del SAT; Actualización: 05/enero/2005 PrincipalInformación de uso frecuentePago de derechos por expedición de copias Pago de derechos por la expedición de copias con vigencia para 2005 CONCEPTO: IMPORTE EN M.N. [b:6df08832fc]Pago de derechos por solicitar copias de declaración. $11.00 [/b:6df08832fc]Pago de derechos por solicitar Cédula de Identificación Fiscal. $93.00 Pago por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria $66.00* Pago de derechos por marbetes que se adhieren a los enveses de bebidas alcohólicas, por cada uno $0.2469 Pago de derechos por precintos que se adhieren a los enveses de bebidas alcohólicas, por cada uno $0.90 NOTA (*): El pago por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria deberá efectuarse a través de la Forma Fiscal 16 "Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos", anotando la clave 700150 como aprovechamiento en la casilla correspondiente. La cantidad de $66.00 que se debe pagar por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria se aplica a partir del 1 de enero de 2005. Va en [b:6df08832fc]"negritas"[/b:6df08832fc] lo que me parece te resulta aplicable, el pago de derechos es por declaración solicitada, por hoja.
Tópico: subsidio acreditable cuando se tienen dos patrones¡
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto:
Lo que dices es incorrecto... El subsidio en pagos provisionales lo aplica el patrón a todos sus trabajadores, en caso de que la proporción así lo permita, revisa el artículo citado por MEM, en la declaración anual a la cual esta obligado el trabajador por tener dos patrones, debe obtener un promedio de subsidio acreditable, revisa RM...
Tópico: QUE SE PUEDE HACER?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto:
Primero, ¿Porqué no las tiene?. Segundo, ¿Presentadas por internet o en ventanilla bancaria?. Tercero, ¿Conoce la fecha de presentación y el banco?, de ser así solicita copia de las declaraciones al SAT.
Tópico: facturas clonadas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: facturas clonadas
[quote:c9a7ae1572="ALEGOMEZM"] Definitivamente tienen razon aunque parezca de otro pais, en el nuestro se llega a dar, en estos casos existen varias maneras de poder comprobar si las facturas son originales o se trata de falsificacion de documentos una de ellas y [b:c9a7ae1572]creo la fundamental es la forma de pago ya que la empresa que esta utilizando documentos falsos logicamente no los esta pagando a la empresa real[/b:c9a7ae1572], entonces se pueden rastrear los cheques con los que supuestamente estan pagando esas facturas y logicamente no van a estar en tu estado de cuenta depositados, estos normalmente los cobran los socios de la empresa que hacen facturas falsas[/quote:c9a7ae1572] Es decir para evitar facturas falsas o clonodas con cumplir lo del cheque nominativo y para abono en cuenta tal como nos lo sugiere el fisco en LISR basta...
Tópico: PAGO DE ISR PERSONAS MORALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
Saludo al compañero CP Victor Manuel y entiendo que su comentario va encaminado a precisar que simple y llanamente durante el primer ejercicio una persona moral NO debe enterar pagos provisionales de ISR Propio, por no haber elementos para ello, ni siquiera a título de "voluntarios", vale agregar que en caso de llevar a cabo dicha práctica se eliminan por si solos un año de exención para efectos de Impuesto al Activo. Amén de que la empresa puede resultar con pérdida fiscal, sin considerar que los recursos financieros de una empresa deben ser aprovechados para los intereses y prioridades mismos de la negociación, por lo que no veo porque a de distraerse recursos para un "pago provisional voluntario de ISR" sin estar obligado a ello. Como empresario preferiría invertir el dinero en mercancias propias de mi empresa que en anticipar impuestos sin tener obligación para ello, ahora que si se conoce y sabe con certeza que la empresa tendrá una utilidad importante al fin del ejercicio siempre exisitirán caminos que explorar o en el peor de los casos y si la imaginación se agota, separen el 30% de la utilidad mensual que determinen, depositenlo en una cuenta de ahorro o inversión y en marzo tienen el total del ISR que deban pagar y un poco más por el rendimiento que el banco les pueda dar, que siempre será mejor ello a no recibir un peso de rendimiento por andar pagando al fisco algo a lo que no se está obligado... Gusto en leerle por aquí Victor.
Tópico: tablas de ispt
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
Precisando, son tarifa para determinación del ISR y tabla para cálculo del Subsidio Fiscal, lo del ISPT es un término incorrecto que debemos procurar ir eliminando, de hecho ya nos hemos tardado demasiado en eliminar dicha denominación de nuestro "lenguaje técnico"... Las tarifas y tablas vigentes para este ejercicio las encuentras en la sección de descargas de esta misma página, al igual que en el web-site del SAT...
Tópico: VISITAS AL IMSS PARA SOLICITAR INCAPACIDADES DE MATERNIDAD
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
Lo de los 73 días se derivo de un traslape de los días de incapacidad prenatal y la postnatal, por lo de la fecha del parto, como decia la abuela "se adelanto el chamaco"... Por otro lado dicen "que la ignorancia de Ley no disculpa el delito"... En este particualr caso y como ya se comento en el tópico referido el IMSS tiene toda la facultad de no pagar la incapacidad a la parturienta, quedando a cargo del patrón el pago del Salario Integro a que la empleada tiene derecho, igual en relación a dicho tema (casos en los que el patrón debe pagar la "incapacidad por maternidad) hay tópicos anteriores...
Tópico: PERIODO DE LACTANCIA?????? Cuantos tiempo es
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
Así es... Mi apreciable Lee Gonzalez, soy Santista aunque gané... Por esta semana algo indigestos porqué la cacería no arrojo los resultados deseados, si no por el contrario, salimos bastantes rasgasdos... Por lo otro al igual que el amigo Intelectual, el Lic Pepé Soto y Omar Omar, coincido en lo de los cuatro meses, periodo incluso que me parece hoy día es el más aceptado y sugerido por los médicos mismos.

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