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Tópico: y cuando pide permiso para ir al médico?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto:
Los permisos con goce o sin goce de salario se sugiere contemplarlos en el RIT, pregunta; ¿hay RIT?. Saludos.
Tópico: REPARTO DE ANRICIPO DE REMANENTE
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto:
[quote:f5a479d7c6="jf_valencia"][b:f5a479d7c6]Como que no aterizamos nada aun[/b:f5a479d7c6], [color=darkblue:f5a479d7c6]mmm, me parece que si recordamos el planteamiento inicial era tan solo si resultaba posible que una SC con perdidas fiscales entregue anticipo a cuenta de utilidades, yo respondi que si, a condicion de que haya utilidad contable...[/color:f5a479d7c6] llamese dividendos o remanente, finalmente se esta pagando un impuesto y este es el que resulta [b:f5a479d7c6]asimilable a salarios[/b:f5a479d7c6], [color=darkblue:f5a479d7c6]por tanto considero son anticipos a cuenta de rendimientos, trato fiscal...[/color:f5a479d7c6] [b:f5a479d7c6]aqui el cuestionamiento mas bien seria la posibilidad de que ese gasto no fuera deducible, por no tener utilidades[/b:f5a479d7c6]. [color=darkblue:f5a479d7c6]Cambia un algo en relación al mensaje inicial, volvería a insistir, una cosa es utilidad fiscal y otra utilidad contable... Me parece que tu refieres a la no generación de utilidades fiscales, yo me voy a ver un tanto necio pero ni modo (total que si soy)... la no existencia de utilidades fiscales en una SC es lo más normal, común y típico, sobre todo por la permisibilidad de la deducción de los anticipos a cuenta de rendimientos... es decir, no veo porque no considerar deducible algo que lo es, y algo que probablemente sea lo que este provocando la ausencia de utilidades fiscales... [/color:f5a479d7c6] Recordemos que el reparto de los anticipos remanente de remanente se van dando en el trancurso del ejercicio, haciendo la retencion de conformidad con el art. 110. y al final se disminuyen de los ingresos obtenidos en el ejercicio. [color=darkblue:f5a479d7c6]Lo que permite que resulte más barato que decretar dividendos, al margen que se convierte en deducción, ¿porqué no aprovecharla?, es decir, mes a mes determino un resultado fiscal, la retiro en su totalidad (pago el ISR de los asimilados) al cien por ciento, al final del año no hay nada que repartir, no hay utilidad fiscal, no es delito y no hay porque considerarle como no deducibles... Pregunta, si los dividendos de una persona moral no SC fueran deducibles con la condición única de pagar ISR como asimilados, ¿creen que las SA cerrarian el ejercicio con utilidades fiscales para pagar un ISR a una tasa directa del 28%?...[/color:f5a479d7c6] [/quote:f5a479d7c6] El planteamiento inicial, por aquello de que no se había aterrizado nada... [quote:f5a479d7c6="jf_valencia"][b:f5a479d7c6]ES VALIDO QUE UNA SOCIEDAD CIVIL[/b:f5a479d7c6] QUE PRESTA SERVICIOS, [b:f5a479d7c6][color=darkred:f5a479d7c6]QUE SIEMPRE GENERE PERDIDAS FISCALES[/color:f5a479d7c6][/b:f5a479d7c6], [b:f5a479d7c6]REPARTA ANTICIPOS DE REMANENTE (UTILIDADES)[/b:f5a479d7c6], CUANDO SE SABE QUE NO HAN GENERADO UTILIDADES Y QUE LO MAS SEGURO ES QUE NO LAS GENEREN? QUE OPNAN Y CUAL SERIA SU FUNDAMENTO [/quote:f5a479d7c6] Mi anterior aterrizaje... [quote:f5a479d7c6="sosgtorreon"] [b:f5a479d7c6]Mientras reporte utilidades contables, es factible...[/b:f5a479d7c6] la pérdida fiscal puede tener diversos origenes, uno de ellos puede ser precisamente la permisibilidad de la deducción de anticipos a socios... por lo que [b:f5a479d7c6]de ser factible lo es, a condición de conocer los resultados contables de la SC, antes del retiro o anticipo de utilidades, es decir sin considerar dicha partida como un gasto...[/b:f5a479d7c6] [b:f5a479d7c6][u:f5a479d7c6]pero de que puede ser, puede[/u:f5a479d7c6][/b:f5a479d7c6]... [b:f5a479d7c6][color=darkred:f5a479d7c6]incluso diríamos que por la posibilidad de deducir los retiros de utilidad es casi un crimen fiscal que una SC tenga utilidad fiscal[/color:f5a479d7c6][/b:f5a479d7c6]... [/quote:f5a479d7c6] Espero lo anterior sea de utilidad. Saludos.
Tópico: PAgo de Contribuciones cheque a nombre de Quien
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto:
¿quién te multa?. Saludos.
Tópico: Informativa de IVA 2007
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto:
Bueno es que una empresa como en las que se desenvuelve BR1 no tenga que andar relacionando "facturitas" que nada importante revelan a nadie... a ese tipo de empresas les resulta más interesante un "pleito de cucarachas" que esas dichosas "facturitas", lo que de no existir la regla citada se volvería un fastidio tener que relacionar... Pero mi participación en el presente apunta en otra dirección; ¿qué pasa con los contribuyentes qué el total de su IVA acreditable lo íntegran con "facturitas"?, vgr. contribuyente con acreditamientos mensuales normales (promedios) de menos de 1,000.00, el cual se compone de una buena cantidad de facturas (proveedores), supongan un taller mecánico de poca clientela... ¿acaso el SAT no piensa que la información que estos contribuyentes le puedan reportar será tan poco útil como lo sería la de las "facturitas" de empresas grandes?... sigo considerando, esperando, implorando y rogando (pero con el mazo dando) que el SAT reconsidere esta informatIVA y releve de su obligación a ciertos segmentos de contribuyentes... Saludos.
Tópico: Como saber el nombre de una compañía si solo se su RFC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto:
Excelente tip Martín, se agradece el aporte del mismo, reune varias caracteristicas que lo hacen excelente, funcional, creativo y económico... Claro mientras la página del SAT funcione... Me imagino que a más de uno les va a resultar de utilidad en algún momento, por ello a nombre de todos se te agradece el tip, tip que nos permite utilizar las herramientas que tenemos a la mano pero que no percibimos en ocasiones puedan servir para otros fines... utilidad condicionada, me parece que lo dan en llamar los psicologos... Saludos.
Tópico: Impuestos???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto:
Abundando en lo expuesto por BR1; Diluir bases para pulverizar impuestos... La copropiedad como personas fisícas es una alternativa a considerar... Saludos. Pdta.- Al obtener un margen de utilidad tan considerable no debe tener problema para el pago de impuestos, a condición de que entienda o programe flujos después del pago de impuestos.
Tópico: ADQUISICION CASA HABITACIÓN
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto:
Adquirirla puede, deducirla dependerá de más de un elemento a considerar, entre otros el destino o uso que se le va a dar... decir que no la puede adquirir, por no ser deducible, sería como aseverar que el SAT prohibe al contribuyente que tenga gastos no deducibles... Puede adquirirse maquinaría que se detine a los fines de la empresa, pero si no existe el soporte legal de la adquisición la misma se convierte en no deducible... esto sería el caso contrario a lo que se expone... un activo que se usa en los fines pero no se tiene documentación que acredite la legal propiedad... Saludos.
Tópico: REPARTO DE ANRICIPO DE REMANENTE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: REPARTO DE ANRICIPO DE REMANENTE
[quote:650ef3cf60="jf_valencia"]ES VALIDO QUE UNA SOCIEDAD CIVIL QUE PRESTA SERVICIOS, [b:650ef3cf60]QUE SIEMPRE GENERE PERDIDAS FISCALES[/b:650ef3cf60], REPARTA ANTICIPOS DE REMANENTE (UTILIDADES), CUANDO SE SABE QUE NO HAN GENERADO UTILIDADES Y QUE LO MAS SEGURO ES QUE NO LAS GENEREN? QUE OPNAN Y CUAL SERIA SU FUNDAMENTO[/quote:650ef3cf60] Mientras reporte utilidades contables, es factible... la pérdida fiscal puede tener diversos origenes, uno de ellos puede ser precisamente la permisibilidad de la deducción de anticipos a socios... por lo que de ser factible lo es, a condición de conocer los resultados contables de la SC, antes del retiro o anticipo de utilidades, es decir sin considerar dicha partida como un gasto... pero de que puede ser, puede... incluso diríamos que por la posibilidad de deducir los retiros de utilidad es casi un crimen fiscal que una SC tenga utilidad fiscal... Saludos.
Tópico: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto:
Ojo, contrato por asimilados a salarios no existe... Otra, los derechos de los trabajadores son irrenunciables, en el caso dado de que un trabajador asiente o convenga en que se le haga pasar por asimilado cualquiera de sus beneficiarios o dependientes estarían en condiciones de exigir los derechos del trabajador... Se sugiere no intentar aplicar la figura o ficción jurídica que constituyen los asimilados para trabajadores en activo, en un mínimo de evitar conflictos... En materia de mentiras dicen que no es indispensable que te la crean, con que sea creíble basta... pero si vamos a inventarle como excusa a la domadora que llegue tarde porque me tope con superman y estuvo llorando en mi hombro porque lo dejo guicha... ya de entrada es imperfecta mi mentira (porque gicha no a abandonado a superman, no porque superman no exista)... si vamos a mentir sobre asimilados y empezamos por hacer un contrato para asimilados, ya de suyo es imperfecto iniciar a construir sobre algo que no existe... Saludos. Pdta.- "cuac-cuac"...
Tópico: Fundamento y definición de Automóvil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2007 Asunto:
Por lo que resulte de utilidad te dejo el texto literal del RLISR; Artículo 3o.-A. Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor. No se considerarán comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de dos a cuatro ruedas.

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