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Tópico: Donativo de padre a hijo
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2012 10:30:44 Asunto: El papá sin problemas, las criaturas son las que preocupan...
Ahora si que como luego dicen, uno como quiera, pero ¿y los hijos? Para el papá no hay ingreso, por lo tanto no hay impuesto alguno que le deba preocupar, ni el terreno, ni las camionetas, ni la madera... él hijo de entrada al recibir no tiene problema, ya que se ubica en el supuesto contemplado en el 109-XIX de lisr, pero... Dices que va a consituir una sociedad con los activos recibidos, en ese punto es donde la puerca tuerce el rabo, como decia mi abuelo... ¿Por qué?, simple, la aportación que realice a la sociedad se va a equiparar a una enajenación y al ser enajenación hay impuestos a pagar... para lo de la enajenación que se comenta sugiero la lectura del 14 de CFF, con particular atención a la fracción III. Por no dejar, ¿Quienes van a ser los socios de la sociedad a constituir?
Tópico: INVENTARIO CONSUMIDO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2012 10:19:13 Asunto: No hay venta sin costo...
Voy a partir del supuesto que la contribuyente que utiliza como materia prima el gas lp es una persona moral, por lo que ha de atender a la deducción en base a Costo de lo Vendido, pregunta, el costo ya lo tiene, ¿Y la venta?, ¿En que ejercicio fiscal va a acumular?, si esta pagada o no la adquisición del gas lp no resulta del todo trascendente, no al menos en materia de ISR, ya que debe aplicar lo dispuesto en el 45A primer párrafo, lo lee y comenta. Ahora que si nos dice que el contribuyente que se plantea es una persona física olvide lo escrito. saludos sos
Tópico: Deducible recibo de asimilados a salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2012 19:17:40 Asunto: Re: Deducible recibo de asimilados a salarios
El tema ha sido tratado con amplitud en el pasado, sugiero el uso del buscador interno del foro. Pero para que no digan que participe sin aporte, pregunta, ¿Por qué un asimilado debiera estar dado de alta en el IMSS?, por su redacción se intuye simulación, aguas, no es recomendable...
Tópico: Obligación de dejar un peso en la Contabilidad en el caso de bajas de activo fijo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2012 15:54:25 Asunto: Activos que dejan de ser útiles...
El artículo 37, sextro párrafo de LISR, a la letra dice; ..... Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. [b]En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros.[/b] Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el artículo27 de esta Ley. .... Ignoro si es este el texto de ley que buscas, ya que a mi ver no habla propiamente de 'bajas de activo fijo', si no de 'activos que dejan de ser útiles para obtener ingresos, pero que se mantienen como propiedad del contribuyente', algunos consideran que inclsuo los activos no se deprecian en su totalidad, si no que debe siempre dejarse un peso, para justificar su existencia y en un momento dado los mantenimientos en que se pueda incurrir de dichos activos. En fin, confiemos en mejore comentarios.
Tópico: No deducibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 05, 2012 15:32:59 Asunto: Re: No deducibles
faja. 1. f. Tira de tela o tejido con que se rodea el cuerpo por la cintura, dándole una o varias vueltas. 3. f. Franja mucho más larga que ancha; p. ej., las del globo celeste o terrestre. circundar. 1. tr. Cercar, rodear. radio1. 1. m. Geom. Segmento lineal que une el centro del círculo con la circunferencia. diámetro. 1. m. Geom. Segmento de recta que pasa por el centro del círculo y cuyos extremos están en la circunferencia. Me parece que se habla de lo mismo, no es una lectura y aplicación literal, pero cada quien.
Tópico: Registro federal de contribuyentes no localizado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 05, 2012 15:25:24 Asunto: Re: Registro federal de contribuyentes no localizado
Acudir al SAT, tramitar por lo menos CIEC Fortalecida, si es posible FIEL que mejor, solicitar la actualización de datos y una verificación de domicilio, que en principio se asume como no necesaria, toda vez que si los únicos ingresos que percibe son por sueldos y salarios, el cambio de domicilio se presenta o entiende actualizado al presentar su declaración anual. Supongo actualmente el SAT lo tiene con el domicilio que corresponde a su patrón, por ello va a resultar conveniente comentar con ellos para ver como operar el cambio. Pregunta, ¿Qué quieren qué les reconozca la SEP?, ¿RFC?, ¿No es el mismo?, ¿En que son diferentes?, ¿Por qué son diferentes, motivo?, a la SEP no tiene que aportarle nada, más haya de la carta comunicado en que informa el deseo de presentar anual individual.
Tópico: VENTA A PLAZOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 29, 2012 17:33:32 Asunto: Re: VENTA A PLAZOS
Dos escenarios posibles, a) El bien inmueble que se enajena (terreno) es afecto a la actividad empresarial del contribuyente, es decir, forma parte de su activo fijo. En ese caso se sugiere revisar el art. 201 de RLISR, ya que el fedatario público queda relevado de determinar el ISR y vigilar su entero, la responsabilidad queda en el propietario, en el que vende. En abundancia dar lectura al 147, último párrafo de LISR y el 190 de RLISR. b) El bien imueble que se enajena (terreno) no tiene nada que ver con la actividad empresarial, la lectura será solo del 147 último párrafo de LISR y 190 de RLISR, que como ya los leyó por referencia realizada en el punto anterior ya no tiene que volver a leer si no lo quiere, Se parte del supuesto que existe por lo menos una promesa de venta en la que se pacta el precio y la forma de pago que se describe en el planteamiento inicial. Saludos cordiales y como de repente pasa el tiempo y por si no vuelvo a tiempo, !Felices Fiestas Decembrinas! sos
Tópico: pago provisional IETU inicio ejercicio PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2012 13:50:14 Asunto: Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM
No molesta, en lo absoluto, como lo dije, se respeta cualquier opinión o postura, incluso se reciben sin resentimientos los calificativos que le puedan a uno adjudicar. Debo decir que clientes con esa situación fueron 4, a ni uno le requirieron IETU, lo que es singular por si mismo. Y coincido plenamente, que la autoridad no haya descubierto al momento 'la omisión' no significa que esta no exista, pero a uno de esos clientes le requirieron tres obligaciones distintas para tres periodos diferentes, todos de 2008, le requirieron prácticamente el total de sus obligaciones mensuales, pero curiosamente el IETU no. Luego por eso se vuelve uno mal pensado. En fin, argumento, fundamentos y hasta fumamentos han sido plasmados en los dos links que cite en mi anterior mensaje, esperando sean gustosos leerlos, sin importar los compartan o no. saludos sos
Tópico: pago provisional IETU inicio ejercicio PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2012 11:55:45 Asunto: Consultar el acervo histórico cultural...
En los dos mensajes de los que voy a insertar el link se abordo el tema con bastante profundidad, tanto que es un buen rato de lectura, como siempre, no se intenta convencer a nadie de nada, tan solo se dan a conocer puntos de vista y cada uno concluye lo que desea, pero siempre queda claro que concluye y su responsabilidad es. Empresa que inicia operaciones en 2008, ¿Obligada a pagos provisionales de IET? [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=32857&idCat=10&p=1[/url] Mermas, tratamiento en IETU. [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=30173&idCat=10&p=1[/url] Sale pues, se realiza la invitación para que aquel que lo desee ingrese a esos links y de lectura a lo que ya en el pasado se escribió sobre el tema y concluya lo que a su juicio considere prudente. De 2008 a la fecha, ¿Qué ha cambiado?, yo lo que puedo testimoniar es que algunos clientes, persona moral, que iniciaron operaciones en 2008 no presentaron pagos provisionales de IETU, a la fecha no han sido requeridos, ojo, si se presento y pago el IETU en forma anual, simplemente lo que se hizo fue NO Presentar pagos provisionales de tal impuesto, sin que la autoridad al momento nos haya requerido o sancionado por ello. Esa es mi particular experiencia, tal vez la de otros compañeros sea diferente. Saludos cordiales y como siempre, respeto absoluto y total para todas las opiniones y posturas.
Tópico: Asimilados u Honorarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2012 10:23:21 Asunto: Facilidad, ¿Quién decide?
En mi anterior comentario expuse; '.... Es probable que tu cliente desee hacer uso de la facilidad del pago mediante la figura de asimilados a efectos de quitarse el tener que retener y posterior entero al fisco de ISR e IVA, con la figura de asimilados solo es ISR, legal, [b]pero lo que tu cliente esta pasando por alto es que la aplicación de dicha facilidad es por lo general a petición del que va a recibir el pago, que no es el caso[/b]... ' La disposición de ley que regula esta facilidad en materia de ISR, la encuentras fundamentada en el 110-IV y V, la primera de ellas contempla lo que se da en conocer como 'Honorarios preponderantes', que no aplica al caso que se ventila, mientras que la segunda me voy a permitir citar en forma literal a continuación; V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, [b]cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.[/b] Las negritas son mías, reitero, tu cliente esta pasando por alto que es el que presta el servicio el que debe solicitar dicho trato, es decir, la aplicación de la facilidad a solicitud tuya, no imposición de ellos. La verdad, es bastante desleal por parte de ellos el tratar de forzar la situación para ahorrarse unos pesos, en lo particular me inclino a dialogar con alguien de mayor jerarquía y capacidad de decisión para exponer lo que se pacto en forma verbal y el NO deseo de aplicar una figura a la que me puedo acoger pero que no me interesa y exponer que no me interesa porque el resto de mis clientes me solicitan un trato normal o tradicional de 'recibo de honorarios', si todos mis clientes aceptan dar el trato de asimilados, bien, pero si es solo uno el que lo pretende, no existe gran ventaja, ya que se sigue obligado a provisionales. En fin, lo ya dicho antes, queda el aprendizaje para futuras ocasiones, pero en la presente al menos puede darse el gusto de decirle al cliente que esta equivocado, que no es una decisión que le corresponda elegir a él, que la decisión conforme a ley es suya. Conviene valorar si este cliente en lo futuro representa la posibilidad de nuevos trabajos y por ende nuevos ingresos, para fijar una postura, porque siendo francos los pleitos ni ganados son buenos. saludos cordiales.

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