Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de sosgtorreon

Autor Mensaje
Tópico: !distinguir
sosgtorreon

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2007 Asunto:
Arrendamiento Financiero, obligadamente con una institución financiera aprobada al efecto... por lo regular dependientes de instituciones de crédito... Arrendamiento Puro, no necesario con institución financiera... Saludos.
Tópico: INCAPACIDAD 2
sosgtorreon

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 14, 2007 Asunto:
Sentido común... económia... disminuir cuotas... rt... Saludos.
Tópico: ¿Retenciones a Trabajadores?
sosgtorreon

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2007 Asunto: Re: ¿Retenciones a Trabajadores?
[quote:cf66520d43="angelwish"]Hola, compañeros, buenos días. Tengo una consulta: [b:cf66520d43]El DIF [/b:cf66520d43](Desarrollo Integral de la Familia) [b:cf66520d43]¿Tiene obligación de realizar retenciones de ISPT a sus trabajadores y a personas física prestadoras de servicios personales independientes?[/b:cf66520d43] [color=darkblue:cf66520d43]No sé de relevación alguna en dicho sentido, por lo que diría; si son patrones y por ende pagan sueldos, han de calcular, retener y enterar en su caso el ISR que les pueda corresponder a sus trabajadores, en caso de resultar CAS deben entregarlo... Ahora bien, al ser persona moral y pagar honorarios a persona física deben realizar la retención de ISR prevista en el 127 de LISR, mientras que en materia de IVA no tienen obligación de retener por lo dispuesto en el 3 de LIVA...[/color:cf66520d43] Hay que recordar que estos organismos a nivel municipal son desconcentrados de los Ayuntamientos y por lo tanto sus ingresos son derivados de un subsidio. Si tuvieran alguna aclaración, mucho agradecería su información.[/quote:cf66520d43] Saludos. Pdta.- Desde luego quedo pendiente de lo que el hermano Lobo aporte...
Tópico: me superurge respuesta para lunes 11/06/07 antes de ½ dia
sosgtorreon

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 11, 2007 Asunto:
Chispas... me ganaste la recomendación Lobo... mmm, ¿que hay de nuevo, Doc?... Veamos, conviene informarte Doc que es probable tengas obligación de clientes y proveedores, pero igualmente probable es que no... creemos que no realizaste acreditamiento de IVA alguno, pero a lo mejor si... ¿quién puede saberlo con precisión?, el contador responsable de atenderte... ya que el debe conocer con exactitud tus números contables y demás peculiaridades que puedan hacerte afecto a tal o cual obligación... Por tu ubicación geográfica puedo recomendarte varios compañeros destacados que se te darían un excelente servicio... si gustas enviarme mp para remitirte información... Saludos.
Tópico: Porque es simplificada??
sosgtorreon

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 11, 2007 Asunto:
Hay que esperar a que el SAT defina los criterios de a quienes les va a resultar aplicable... para evaluar y decir si realmente es simplificada... Saludos.
Tópico: revision de gabinete
sosgtorreon

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 11, 2007 Asunto: Re: revision de gabinete
[quote:4043e3370d="Virgilio"]buenos dias a todos, expongo el siguiente caso a ver si me pueden orientar: una empresa esta siendo revisada por el ejercicio fiscal 2003, en el cual le determinan una utilidad, mismas que se puede aplicar PF de ejercicios anteriores, [b:4043e3370d]el detalle aqui es que en la declaracion del 2002 no se arrastro como debia ser el monto de la perdidas fiscales, hasta el 2002 tiene como 800,000.00 de pf y solo re registraron 450,000.00[/b:4043e3370d], [color=darkblue:4043e3370d]Pregunta, cuando dices "arrastro" ¿a qué te refieres?, ¿al saldo que se manifiesta en la anual como "pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar"?... ahora, cuando dices "solo se registraron" ¿qué debemos entender?... ¿registro en donde?...[/color:4043e3370d] la pregunta es ¿se puede presentar complementaria del ejercicio 2002 corrigiendo el monto de la perdida pendiente de amortizar? y poder aplicar esa perdida con el resultado del ejercicio 2003?, cabe aclarar que en la revision no se ha emitido el acta final solo se tiene utilidad por que lo dieron conocer por telefono. [color=darkblue:4043e3370d]A mi ver puedes realizar la amortización de perdidas fiscales sin problema alguno, destacando que la perdida fiscal no tiene porque constar en registros contables, y que el dato informativo que aparece en la anual no es ni una autorización para aplicar dicho monto, ni tampoco una limitante... en un momento dado puedes amparar la existencia de las perdidas con la anual de cada ejercicio, actualizas los saldos conforme a Ley y con ello debe bastar... esto es de mayor peso y válidez para la autoridad (amparar con la anual de cada ejercicio) que el hacerlo en base al dato estadístico... ya que imaginemos por un instante que por error en la anual de 2002 se hubiera insertado un dato en dicho recuadro de 2'500,000.00 ¿amortizarías dicho monto a sabiendas de que es errado?...[/color:4043e3370d] por su atencion y tiempo reciban cordiales saludos[/quote:4043e3370d] Saludos.
Tópico: Implicaciones pago en parcialidades
sosgtorreon

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2007 Asunto:
Estoy digiriendo la información, no creas que no le voy a dar seguimiento... como te comente, instructiva, bastante instructiva... Saludos.
Tópico: FONDO DE AHORRO
sosgtorreon

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2007 Asunto:
Gran parte de la riqueza o productividad de este foro se debe al tiempo caminado, ello ha dejado un arcevo harto interesante... si posteo el reglamento en este tópico te vas a perder de utilizar el buscador y con ello poder dar lectura a varios tópicos en los que no solo se han ofrecido modelos de reglamentos si no incluso artículos que abordan el tema tanto en lo fiscal como laboral... amén de sabios consejos y comentarios que distinguidos compañeros nos han aportado... Sugiero sin má el uso del buscador tanto en el foro de fiscal como seguridad social... Saludos.
Tópico: S.D. mayor al S.D.I. en capaciadad por maternidad
sosgtorreon

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 08, 2007 Asunto: Re: S.D. mayor al S.D.I. en capaciadad por maternidad
Cito a continuación el art 170-II y V de LFT; Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos: II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto; [color=darkblue:d647af7166]6 por 7 igual a 42, que vienen a ser los días de incapacidad pre y post natal que otorga el IMSS...[/color:d647af7166] V. [b:d647af7166]Durante los períodos de descanso a que se refiere la fracción II, percibirán su [u:d647af7166]salario íntegro[/u:d647af7166].[/b:d647af7166] En los casos de prórroga mencionados en la fracción III, tendrán derecho al cincuenta por ciento de su salario por un período no mayor de sesenta días; Dice salario íntegro que no integrado, menos base de cotización, sucede que por lo regular el salario íntegro de la trabajadora (que pudiera decirse es el nominal) es menor al SBC del IMSS, por la razón de utilizar factores de integración para este último, ante ello nadie se queja o molesta por recibir un poquitín de más... empero en el caso que nos plantea de un salario íntegro mayor al SBC es obligado que la trabajadora perciba su salario real... en dicha eventualidad el IMSS debe pagar el subsidio a que su Ley (101 de LSS)le obliga y el diferencial debe la trabajadora gestionarlo ante su patrón. Situación, que desde mi punto de vista, de hecho esta prevista en LSS en el siguiente artículo; Artículo 103. El goce por parte de la asegurada del subsidio establecido en el artículo 101, exime al patrón de la obligación del pago del salario íntegro a que se refiere la fracción V del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, [b:d647af7166]hasta los límites establecidos por esta Ley[/b:d647af7166]. Es decir, si rebasa los límites ya no se exime al patrón... por tanto comparten el pago, IMSS en base a su tope y patrón excedente... Saludos.
Tópico: con que cuenta?
sosgtorreon

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2007 Asunto: Re: con que cuenta?
Utilizando el buscador, dado que el tema que se plantea se abordo en diversas ocasiones hace varios ayeres, dejo el link al siguiente tópico; Click en la flecha; [url=http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=22939&postdays=0&postorder=asc&start=15]:arrow: [/url] sugiero revisen el comentario del compañero [b:ddc0e452f2]Abogado[/b:ddc0e452f2], más que comentario la tesis que nos aporto... su participación viene en la primer página de ese tópico... En dicho tópico su servidor a su vez había remitido a otro tópico aún más anterior, en el que mi vampiresco amigo [b:ddc0e452f2]Alucard[/b:ddc0e452f2] nos facilitaba el resultado de una consulta realizada al SAT, la respuesta del SAT para abreviar era simple; por ellos no había problema... lamentablemente me parece que el enlace que se inserto para dicho tópico esta roto... y el mensaje original no lo pude rastrear con el buscador... Esperemos ver si los amigos de fiscalia pudierán habilitarnos dicho mensaje... Saludos. Pdta.- En la anterior versión del buscador se podía elegir si entre presentar primero los mensajes más recientes o los más antigüos, a mi me era de gran utilidad al buscar... ojalá se restableciera dicha posibilidad de elección...

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205