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Tópico: CESION DE DERECHOSEN CREDITO INFONAVIT
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto:
Con todo y la cesión realizada... Si hay hijos, estos le pueden (espero y no) provocar un dolor de cabeza... Más de un notario me ha recomendado como no viable la cesión en este tipo de situaciones, ya que el titular del crédito no es el trabajador solo, por citar algo, ya comentaste que firmo junto con la esposa, lo que deja en claro el régimen conyugal, pero no debe omitirse los derechos de los hijos... Conviene esperar el punto de vista de un abogado... Confiemos en que alguien conoce del tema y nos ilustre.
Tópico: credito infonavit
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 21, 2005 Asunto:
LFT Art. 97 Los salarios mínimos no podrán ser bjeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: III. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Asimismo, a aquellos trabajadores que se les haya otorgado un crédito para la adqusición de viviendas ubicadas en conjuntos habitacionales financiados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores se les descontará el 1% del salario a que se refiere el artículo 143 de esta Ley, que se destinará a cubrir los gastos que se eroguen por concepto de administración, operación y mantenimiento del conjunto habitacional de que se trate. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador y no podrán exceder el veinte por ciento del salario; y Eso es lo que esta dispuesto en LFT, y lo cual es de observancia obligatoria para el patrón, a pesar de que el INFONAVIT diga lo contrario... En el caso que se nos expone aplica, ya que el trabajador se ubica en la hipótesis de Ley, por lo tanto no ha lugar la pretensión del INFONAVIT... Una observación o acotación, de antemano sabemos que esto del Salario en la consecución de créditos se presta a manipulaciones anteriores y posteriores a la obtención del mismo, fenomeno muy común cuando los créditos se recuperaban invariablemente vía porcentaje, situación que el INFONAVIT busco atajar con la recuperación vía VSM, pero el INFONAVIT sabe que "topa en duro" con los Salarios Mínimos... !ah! y ojo, si se revisa el artículo y fracción comentados nos daremos cuenta que solo habla de "salarios mínimos", sin diferenciar si son los mínimos generales o mínimos profesionales... En fin, el patrón debe observar en materia laboral distintas legislaciones, las cuales no pueden ni deben contradecirse entre si, así que en mi percepción reitero, no ha lugar la pretensión del INFONAVIT en el presente caso...
Tópico: Ayuda con un trabajador que tenia infonavit
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 19, 2005 Asunto: Re: Ayuda con un trabajador que tenia infonavit
Puedes utilizar el buscador, hay bastantes y muy buenos comentarios en relación al tema.... es más sin ir muy lejos, aquí reproduzco uno de los tópicos más recientes en referencia; Autor Mensaje: Trabajo 11 dias, INFONAVIT cobra el bimestre earguelles Teniente Ingresó: Feb 01, 2005 Mensajes: 193 Ubicación: Nuevo León Enviado: Sep 13, 2005 9:47 am -------------------------------------------------------------------------------- HOLA! En la liquidacion del bimestre tengo a un trabajador que estuvo solamente 11 dias y el INFONAVIT me esta cobrando un mes completo, es correcto o lo hago proporcional a los dias El tiene el descuento de VSM Gracias _________________ Griselda Arguelles " Una sonrisa no causa impuestos" Monterrey, Nuevo León jleeglz Capitán Primero Ingresó: Apr 05, 2005 Mensajes: 482 Ubicación: Coahuila Enviado: Sep 13, 2005 11:16 am -------------------------------------------------------------------------------- Griselda: Proporcionalmente, así como me indica el artículo 42 Reglamento de Inscripción de INFONAVIT, en su último parrafo que a la letra dice "El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba algunos de los formatos a que se refiere este artículo." De acuerdo a este parrafo si el aviso de retención lo recibi por ejemplo 15 días antes de terminar el bimestre, 15 días es lo que le voy a retener. Ya en el siguiente seá completo. Saludos. _________________ "En la naturaleza no existen fronteras. No están más que en nuestra mente. Toda tierra es de todos, y toda cultura no es más que ideas que nos separan." ByPaco Coronel Ingresó: Jun 05, 2004 Mensajes: 1760 Ubicación: Irapuato, Gto. Enviado: Sep 13, 2005 12:36 pm -------------------------------------------------------------------------------- Por lo que comenta Gris, supongo que no tenia aviso oficial, por lo que el descuento aplica como menciona jleeglz, y el pago sería hasta el siguiente bimestre _________________ Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar earguelles Teniente Ingresó: Feb 01, 2005 Mensajes: 193 Ubicación: Nuevo León Enviado: Sep 13, 2005 12:36 pm -------------------------------------------------------------------------------- Muchas gracias! jleeglz confirmo lo que sabía , pero talvez no me explique muy bien, Un trabajador se dio de baja el dia 11 de julio y en la liquidacion del INFIERNOVIT en la amortizacion me calcula un mes completo...a esto me refiero que lo considerare como proporcional?? Gracias... me tratare de calmar porque ando un poco apresurada... _________________ Griselda Arguelles " Una sonrisa no causa impuestos" Monterrey, Nuevo León ByPaco Coronel Ingresó: Jun 05, 2004 Mensajes: 1760 Ubicación: Irapuato, Gto. Enviado: Sep 13, 2005 12:48 pm -------------------------------------------------------------------------------- ¿es en VSM? _________________ Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar earguelles Teniente Ingresó: Feb 01, 2005 Mensajes: 193 Ubicación: Nuevo León Enviado: Sep 13, 2005 2:08 pm -------------------------------------------------------------------------------- SI ByPaco _________________ Griselda Arguelles " Una sonrisa no causa impuestos" Monterrey, Nuevo León JESUSPEIRO Sargento Primero Ingresó: Mar 10, 2005 Mensajes: 82 Enviado: Sep 13, 2005 3:03 pm -------------------------------------------------------------------------------- earguelles, si al trabajador la diste de baja el 11 de julio y si es verdad que trabajo nada mas 11 dias como dices, entonces trabajo del 1julio al 11 de 11julio, se trata entonces de la cedula del 4to bimestre (julio-agosto),si artículo 42 Reglamento de Inscripción de INFONAVIT, "El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba algunos de los formatos a que se refiere este artículo." si no mal recuerdo es la carta de retencion o/ en su caso la cedula que te proporciona el infonavit, y si la cedula la recibes los dias primeros de septiembre, tu trabajador ya no estaba laborando entonces a quien le vas a retener? yo diria que la retencion que te estan cobrando no procede ya que no tenias conocimiento del mismo, y cuando lo tuviste ya habias dado de baja al trabajador. es cuestion de criterio, ya que a mi me sucede lo mismo con un trabajador. y llegue a esa conclusion. a ver que dicen los compañeros. saludos. jesuspeiro earguelles Teniente Ingresó: Feb 01, 2005 Mensajes: 193 Ubicación: Nuevo León Enviado: Sep 13, 2005 3:19 pm -------------------------------------------------------------------------------- PERDON PERO SERA QUE NO ME SIGO EXPLICANDO.. Un trabajador se dio de baja el dia 11 de julio y en la liquidacion de este cuarto bimestre del INFIERNOVIT en la amortizacion me calcula un mes completo...a esto me refiero que lo considerare como proporcional?? En el EMA no aparece puesto que se dio de baja en julio _________________ Griselda Arguelles " Una sonrisa no causa impuestos" Monterrey, Nuevo León lcgabrielaranda Teniente Coronel Ingresó: May 18, 2004 Mensajes: 1372 Ubicación: Distrito Federal Enviado: Sep 13, 2005 3:49 pm -------------------------------------------------------------------------------- earguelles escribió: PERDON PERO SERA QUE NO ME SIGO EXPLICANDO.. Un trabajador se dio de baja el dia 11 de julio y en la liquidacion de este cuarto bimestre del INFIERNOVIT en la amortizacion me calcula un mes completo...a esto me refiero que lo considerare como proporcional?? En el EMA no aparece puesto que se dio de baja en julio Lo que jesus entendio, es que habia sido credito por notificacion por cedula nueva por eso tiene la razon si aplicase ese criterio pero yo me inclino mas por que realice una hoja de trabajo que te la firme tu jefe, para que el se haga responsable de la diferencia por el infonavit te la va a cobrar!!! y Ademas no es EMA es Emision Bimestral Adelantada donde se ve los credito saludos _________________ "Le doy gracias a Dios por darme a mis padres le doy gracias a mi padres por darme la vida, pero le doy gracias a la vida por darme a mis amigos y a ellos gracias x hacerme como soy[/s pepesoto General de División Ingresó: May 18, 2004 Mensajes: 3144 Ubicación: Chihuahua, Mex. Enviado: Sep 13, 2005 7:40 pm -------------------------------------------------------------------------------- Buenas noches. Gris, Ud paga unicamente sobre los 11 dias de julio, porque después ya NO hay relacion laboral. El Lic. _________________ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... earguelles Teniente Ingresó: Feb 01, 2005 Mensajes: 193 Ubicación: Nuevo León Enviado: Sep 14, 2005 7:09 am -------------------------------------------------------------------------------- GRACIAS DOBLEMENTE LIC. Y GRACIAS A TODOS _________________ Griselda Arguelles " Una sonrisa no causa impuestos" Monterrey, Nuevo León luis20 Subteniente Ingresó: Sep 30, 2004 Mensajes: 108 Enviado: Sep 14, 2005 1:26 pm -------------------------------------------------------------------------------- SI MI CASO ES EL MISMO DI DE BAJA A UN TRABAJADOR EL 13 DE JULIO Y ME COBRA LA RETENCION DE TODO EL MES , PERO UNICAMENTE VOY A PAGAR LA PARTE PROPORCIONAL ES ILOGICO QUE TE COBREN TODO EL MES adeduo Soldado Ingresó: Jul 14, 2004 Mensajes: 7 Ubicación: Quintana Roo Enviado: Sep 15, 2005 3:45 pm -------------------------------------------------------------------------------- ansina es lcgabrielaranda Teniente Coronel Ingresó: May 18, 2004 Mensajes: 1372 Ubicación: Distrito Federal Enviado: Sep 16, 2005 10:04 am -------------------------------------------------------------------------------- luis20 escribió: SI MI CASO ES EL MISMO DI DE BAJA A UN TRABAJADOR EL 13 DE JULIO Y ME COBRA LA RETENCION DE TODO EL MES , PERO UNICAMENTE VOY A PAGAR LA PARTE PROPORCIONAL ES ILOGICO QUE TE COBREN TODO EL MES entonces nunca has lidiado con el depto de fiscalizacion el infonavit cuando se va atender un requerimiento ahi es donde te lo cobrar uno como patron puede montarse en su macho y no lo descuenta pero con eso de la "responsabilidad solidaria" es donde el infonavit s elo cobra al patron no es que no tenga "logica" como usted dice, sino como es CF se tendria que descontar y pagar todo segun el propio infonavit saludos
Tópico: se debe descontar el dia si llevo a mi hijo al Imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2005 Asunto:
En este punto y a falta expresa de disposición en un Reglamento Interno, se atiene mucho a la relación personal entre trabajador y jefe inmediato, en lo personal a mis colaboradoras (es) nunca les descuento un peso por esos motivos...
Tópico: se debe descontar el dia si llevo a mi hijo al Imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2005 Asunto:
Bastante acertado el comentario de Edgar, ya hasta voy a creer que CHIHUAHUA es propicio para pensar y opinar tan atinadamente... Prisady, dicho en otra forma, ¿Tendría el patrón obligación de pagarte si no has trabajado?... Uno de estos días agarró y me cambio a CHIHUAHUA... mientras un "cális", como se vería sosgchihuahua...
Tópico: Descuento infonavit y me sale debiendo!
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2005 Asunto:
En lo personal y en este caso en particular me doy por notificado con la liquidación de cuotas e inicio la retención con la información que tengo, si el trabajador o el INFONAVIT desea que no inicie la retención en base a dicha información si no que espere a que se resuelva la solicitud de restructuración, entonces solicito que el INFONAVIT me lo haga por escrito, digo, "papelito habla", no es que sea mala onda con el trabajador, pero defiendo mis intereses...
Tópico: DUDA SOBRE UNA INCAPACIDAD
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2005 Asunto:
Como patrón tienes la obligación de afiliar al personal con el sueldo real en el IMSS, si cumples con dicha obligación ya nada tienes que pagar... Si no la cumpliste, cuidado... Lo menos es que debes "completarle" a la parturienta el ingreso del subsidio por incapacidad a que tendría derecho en caso de tener manifestado el sueldo real.
Tópico: TRABAJADOR PENSIONADO QUIERE TRABAJAR
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2005 Asunto: Re: TRABAJADOR PENSIONADO QUIERE TRABAJAR
[quote:5bd7603a77="Armando_Oasis"] POR ESO DIGO QUE ESTÁ USTED EN LO CORRECTO.... [color=darkblue:5bd7603a77]eso es ya es costumbre en el Lic.[/color:5bd7603a77] Lic, yo conseguí una ley viejita porque necesitaba revisar lo de algunas pensiones con está ley del '73, [b:5bd7603a77]la cual pongo a su disposición[/b:5bd7603a77].... [color=darkblue:5bd7603a77]Hay si como que ya me dio envidia, a menos que Armando rectifique y diga que esta a disposición de todos, voy a seguir envidiando al Lic.[/color:5bd7603a77][/quote:5bd7603a77]
Tópico: Despido por Embarazo
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto:
No contrato, no alta al imss, sugerencia, negocien el despido en términos convenientes para ambos... OJO, el despido no es justificado... La ausencia de contrato afecta más al patrón que a la trabajadora.... !!!Bendita mala costumbre!!!...
Tópico: CONCEPTO POR FAVOR LO OCUPO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto:
Disculpa, ¿Debemos entender que no se va a utilizar el buscador?

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