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Tópico: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 09, 2014 11:02:08 Asunto: Re: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
Reitero, para dar una mejor y mas precisa respuesta conviene conocer una serie de variantes, que yo ignoro pero que como mínimo debe saberse lo siguiente; ...que tipo de contribuyente es el que emite el comprobante, el que lo recibe, [b]que soporta en deducción es decir, gasto, compra, costo, inversión. [/b] Si bien dices que tu cliente es una empresa, eso puede inducirnos a pensar que se trata de una Persona Moral, pero, ¿Sus proveedores, que tipo de contribuyente son?, más aún, [b]los comprobantes en dilema que intentan soportar en deducción es decir, gasto, compra, costo, inversión. [/b] Las deducciones tienen varios requisitos, uno que puede ser aplicable a la polémica que te ocupa lo puedes ubicar en el artículo 27-VIII de LISR, la aplicable para 2014. Sugiero su lectura. Pero reitero, al no conocer el total de variable que pueden darse, mi respuesta puede ser tan acertada como errada, por decir algo, una variante que puede dar al traste con el requisito referido es lo dispuesto en el artículo 39 de LISR, reitero, cosa de considerar supuesto y posibilidades, lo bueno en todo caso es que tú si conoces el caso a fondo y puedes concluir si aplica o no la obligatoriedad de pagar para deducir, de contener la fecha del ejercicio para ello.
Tópico: Venta terreno ¿pago provisional?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2014 18:56:02 Asunto: Re: Venta terreno ¿pago provisional?
La pregunta es, ¿Por qué y con base en que toma la opción/criterio 1? Antes de que responda sugiero la lectura de al menos el artículo 18-IV y el artículo 19, ambos de LISR. saludos sos
Tópico: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2014 18:52:08 Asunto: Re: Facturas de 2014 pagadas hasta 2015 ¿no deducibles?
La aseveración igual puede ser correcta, pero igual puede ser incorrecta. Se necesita saber que tipo de contribuyente es el que emite el comprobante, el que lo recibe, que soporta en deducción es decir, gasto, compra, costo, inversión. Las variables son bastantes, en lo general se puede contestar, efectivamente no serán deducibles, pero liego salen variables o situaciones que permiten que sean deducibles. Mejor abunde con información. Pero para que vaya avanzando algo le comento, algunos colegas contadores que tributan en forma personal aprovechan el fin de año para hacerle ver a sus clientes personas morales que si no les pagan los honorarios en este año, no los van a poder deducir. saludos
Tópico: PERDIDA DEL DERECHO A UTILIZAR PERDIDAS FISCALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2014 18:43:56 Asunto: Re: PERDIDA DEL DERECHO A UTILIZAR PERDIDAS FISCALES
Para lo que plantea, se sugiere la lectura del artículo 14 de LISR, en especial la fracción II, con mayor cuidado el párrafo que cierra dicha fracción. Dicho de otra forma, los pagos provisionales, provisionales son, la mecánica de los mismos permite amortizar la perdida para mantener relación con el procedimiento de la determinación del ISR anual, es decir, en los provisionales en realidad no amortiza, solo disminuye la base, la amortización se da en la anual....
Tópico: Actualización pagos provisionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2014 16:53:57 Asunto: Re: Actualización pagos provisionales
En mis comentarios anteriores preguntaba, entre otras cosas, lo siguiente; .'...Pero por no dejar, ¿Cómo resulto la anual de ISR?, ¿Saldo a favor o saldo a cargo? ....' Me permito añadir otra duda, ¿A cuál mes corresponde el pago provisional?, lo pregunto porque dices; 'Pago provisional de ISR 2013, que debió pagarse a mas tardar el 17/02/2014. ' Si fuera diciembre 2013, su vencimiento fue el 17/01/2014, ¿Cierto? Luego comentas que la autoridad considera Marzo 2014 y Enero 2013 para actualizar, lo que mas me confunde... vamos a decir que de una u otra forma la autoridad esta considerando como fecha máxima para actualizar MARZO 2014. Puedo suponer que en la anual hubo saldo a favor y por eso la autoridad topa su actualización, pero la confirmación es de parte tuya.
Tópico: Tratamiento dev, descuentos y bonificaciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2014 11:09:11 Asunto: Re: Tratamiento dev, descuentos y bonificaciones
El texto legal que citas dice; ....así como los datos de identificación del comprobante fiscal de la operación original'. Donde la ley no distingue, no hay que distinguir. Si en la redacción/concepto de la nota de crédito citas, 'Descuento otorgado por volumen de consumo alcanzado, amparado con facturas de venta folio tal de fecha tal', pregunto, ¿Consideras estar haciendo constancia de los datos de identificación del comprobante original?
Tópico: Descarga Masiva CFDi XML !!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2014 11:00:14 Asunto: Re: Descarga Masiva CFDi XML !!!
Lo que sería bueno es que muchos o todos supieran el porque es gratuita la herramienta desarrollada por Fernando, dilecto e ingeniero de cabecera de mi casa. Si uno utiliza la Descarga Masiva y utiliza en forma conjunta el CFDI Tools que comenta A_Cano, van a tener como quien dice toda una suite para tener xml y pdf emitidos y recibidos sin salir de la oficina.
Tópico: Actualización pagos provisionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2014 10:52:54 Asunto: Re: Actualización pagos provisionales
Me permito citar en parte para un intento de mejor comprensión tu mensaje; [color=red]'Yo tenía entendido que la actualización correspondiente a los pagos provisionales de ISR e IETU podía realizarse a la fecha que se presenta la anual,' [/color] Una pregunta, ¿Quién le dio a entender eso?, si te refieres a pagos provisionales, ¿Por qué luego 'topar' al momento de la anual? [color=red]' mi razonamiento sería el siguiente: '[/color] Mejor ofrecer un fundamento que un razonamiento, se sugiere la lectura del 17-A de CFF, posterior a la lectura y razonamiento de lo leído, ofrecer conclusiones. [color=red]'Declaración anual 2013, presentada el 20/04/2014. Pago provisional correspondiente a enero 2013 INPC Abril 2014/INPC Enero 2013' [/color] ¿Cuándo pagas, cuándo debiste pagar?, la actualización será la correspondiente al tiempo transcurrido de la fecha en que debiste pagar a la fecha en que realices el pago. Pero por no dejar, ¿Cómo resulto la anual de ISR?, ¿Saldo a favor o saldo a cargo? [color=red]'Es correcto o debo actualizar los pagos provisionales al último INPC publicado en 2014, que opinan. ' [/color] Esperamos que la conclusión de lo correcto o incorrecto la podamos obtener entre todos, pero que la emitas tú. Toda vez que dices el asunto que traes entre manos deriva de una revisión por parte de la autoridad, ¿Qué te dicen ellos?, ¿Te ofrecen fundamentos para soportar su dicho?, ¿Ya revisaste los fundamentos de la autoridad?
Tópico: Aportaciones en especie
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2014 10:40:04 Asunto: Re: Aportaciones en especie
La duda en lo fundamental me parece ha quedado resuelta, claro, quien puede pronunciarse al particular es el iniciador del mensaje. Pero ya tiene varios puntos a considerar; 1. Es enajenación y debe procurar contar la persona moral con un comprobante que le de legal propiedad. Si el bien que se va a aportar forma parte del activo fijo de la actividad empresarial de la persona física debe facturarlo. La enajenación será ingreso para él, pero acumula solo la ganancia que la operación le reporte. 2. El acto, todo indica es afecto a IVA. La duda siempre es, si va a ser enajenación, para que manejarlo como aportación, mejor que lo venda, total la LISR de igual forma así lo considera, de esa forma ya tiene una forma en lo futuro de sacarle dinero a la sociedad. Al margen que en materia de IVA no hay pago mientras no haya cobro, si lo maneja como aportación, ¿Cuándo debe pagar el IVA?
Tópico: Personas que dan el servicio de dispersiones de nomina
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2014 13:51:45 Asunto: ¿Cuál es su actividad preponderante ante el SAT?
Entonces les queda soportar con el CFDI por la comisión cobrada y el contrato pasado ante fe publica para defender su manejo de operaciones en una eventual revisión del fisco. Pregunto, los que dispersan el dinero, ¿Qué actividad tienen manifestada como preponderante ante el SAT? Supongo que si emiten el CFDI exclusivamente por la comisión cobrada, supongo el contrato contempla dicha entrega de recursos y el destino de los mismos... supongo que el patrón no esta siendo muy brillante que digamos, porque eso de pagar para que alguien le entregue el sueldo a sus trabajadores, como que no es precisamente un rasgo de inteligencia. Es que equivale a decir que en un antiguo departamento de nominas se contrataría a un contador titulado exclusivamente para ensobretar los salarios de los trabajadores...Seria tan amable de compartirnos la clausula o declaración que de forma al contrato, sin los nombres de los contratantes, solo el contenido, para opinar sobre el mismo.

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