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Tópico: renta de pastura?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2009 18:13:01 Asunto: Re: renta de pastura?
Pues ya vez, de regreso a la realidad... Bien descansados y con unas vacaciones para el recuerdo... No pudo ser mejor, CAMPEONES los enanos, y un mar exquisito... Veamos, como bien apuntas puede rentar el terreno, en cuyo caso ya no corresponde a lo que se plasma como inquietud inicial... ya que lo que se presenta a discusión es la probabilidad de rentar no el terreno, si no la pastura... Uno entiende que el arrendamiento es otorgar el uso o goce TEMPORAL, por lo que reitero, la renta de la pastura no la veo viable, insistiendo en que es una enajenación de la misma y por ende una Actividad Empresarial. La enajenación puede tener sus condiciones, una de ellas pueda ser que el comprador trasladara del terreno del enajendaor por sus propios medios y formas el bien enejanado, con lo que le das la posibilidad de que el comprador quiera trasladar la pastura comprada en las panzas de las vacas... y conste, no le va a cobrar el abono que le dejen... Espero no haber abonado mucho en mi comentario. Por cierto, a mi ver la palabra/término/concepto de TOPICO esta incorrectamente empleado en los foros, por ello en lo personal intento referirme como MENSAJES. saludos.
Tópico: Increible cantidad de topicos?? eso que importa! somos o no profesionales..
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2009 18:04:10 Asunto: Re: Increible cantidad de topicos?? eso que importa! somos o no profesionales..
Tiempo hace que deseaba escribir algo parecido... o encontrar un mensaje que birndara la oportunidad de plasmar algo en relación al tema... así que va; ¿Tengo la obligación de participar y contestar en foros? ¿Debo al contestar ofrecer fundamentos para demostrar mi dominio del tema y profesionalidad? o por el contrario debo solo ofrecer un comentario bien razonado y dejar al que pregunto la tarea de buscar el fundamento. En lo personal participo en los foros que así me han brindado la oportunidad, lo hago con gusto porque en mi particular percepción de la vida -que no de la profesión- considero tengo la obligación moral de regresar a la sociedad algo de lo mucho que me ha dado. Soy contador, por tanto doy del tema que conozco, si fuera taxista a lo mejor el último viaje de cada día sería gratuito. No es común en mis comentarios encontrar plasmados fundamentos, sin embargo cuando escribo algo lo hago con la conciencia de que existe algo que así lo dispone, pretendo dejar la inquietud de busqueda... que si se me pide fundamento y la ocasión lo exige, lo aporto... Lamento y mucho la actitud de muchos que preguntan y no entienden que la sugerencia de lectura y busqueda es ayuda... Envidio a las actuales generaciones de estudiantes y de nuevos profesionistas, ya que sin duda alguna cuentan con una ventana a la información e investigación que yo no tuve, pero me dan pena en múltiples ocasiones por no saber emplearla... Pensar o considerar que 'investigar' sobre un tema se reduce a exponer en un foro una solicitud de información mas que una pregunta en relación al tema es lamentable. Ya ni mencionar la pobre y confusa redacción que uno encuentra de los que creen a pie juntillas eso de que tienen todo a un click de distancia. Espero que mi voto cuente BR2. A menos que me tengas en la lista de los no deseados, en cuyo caso voto por mi mismo. saludos.
Tópico: SEGURIDAD SOCIAL A REPRESENTANTES DE AVON
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2009 17:35:43 Asunto: Re: SEGURIDAD SOCIAL A REPRESENTANTES DE AVON
Si la trabajadora tiene cancer y dependiendo del grado de padecimiento es altamente probable que deba estar incapacitada para trabajar, una vez que obtenga su incapacidad no puede vender, con lo que según la empresa le retiran el derecho de estar afiliada, deje que procedan como quieran... la realidad es que si la trabajadora esta incapacitada el patrón no puede proceder a darle de baja en el IMSS... no duda uno que presenten el aviso, pero de que el mismo surta efectos legales, es otro rollo... Resumiendo, una vez incapacitada la trabajadora le pese lo que le pese al patrón va a estar protegida por el derecho adquirido... Desde luego que hay fundamento para ello, se lo debo, si hay urgencia del mismo le invito a revisar el buscador interno, el fundamento ha sido citado en diversas ocasiones. saludos.
Tópico: renta de pastura?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2009 17:17:23 Asunto: Re: renta de pastura?
No importa la terminología que pretenda emplearse, la escencia se mantiene y define, la pastura no se da en arrendamiento, estamos ante una enajenación de producto agrícola, debe ser considerada a tasa cero para efectos de IVA. Ya me imagino el contrato de arrendamiento en el que se contemple que el bien -pastura- dado en arrendamiento será reintegrado a su legal propietario en perfectas condiciones, ¿Se puede? Una pregunta, ¿Porqué intentan pasar al Capítulo de Arrendamiento una Actividad Empresarial? saludos.
Tópico: TRAMITE DE DEVOLUCION DE IVA NEGADA POR PRESCRIPCION.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2009 17:40:30 Asunto: Re: TRAMITE DE DEVOLUCION DE IVA NEGADA POR PRESCRIPCION.
Veamos, respondes que el saldo consta en una declaración complementaria presentada en mayo de 2008, no indicas el período al que corresponde el saldo, pero es lo de menos, me parece que para que por ti misma definas si ya no hay posibilidad alguna conviene des lectura al 22 de CFF, en especial su antepenúltimo párrafo, al igual que revisar a detalle el 67 y 146 del mismo CFF. El asunto entra más en terrenos y dominios de abogados, varios hay que visitan esta página, confiemos en que aporten mejores comentarios. saludos.
Tópico: diferencias de persona fisica y persona moral en materia tributaria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2009 13:01:44 Asunto: Re: diferencias de persona fisica y persona moral en materia tributaria
¿Qué le conviene?, complicado saberlo nosotros... en el pasado se han insertado 'topicos' en los que se abordan comentarios en relación al tema, cosa de utilizar el buscador del foro. No obstante lo dicho, me voy a permitir comentar lo siguiente; Muchos expresan que la primer planeación fiscal es la adecuada elección del regimen fiscal para el contribuyente, dado que su elección correcta le puede representar ventajas. En la elección del regimen o figura bajo la que se va a tributar insiden varios factores, entre otros; el segmento de clientes al que se va a atender, la necesidad de protección patrimonial que el empresario desee, la proyección de ingresos y crecimiento a corto, mediano y largo plazo, la existencia o no de sucursales en plazas distintas a las del asiento principal del negocio, trato o no con extranjeros y un etc. que se antoja largo como la cuaresma. Esos y más factores se despejan en una entrevista con el empresario, exponiendo y precisando el porque de las consideraciones para cada uno de ellos. Con lo escueto de los datos que se aportan algunos incluso pudieran aventurar que la figura que se esta explotando pueda resultar excesiva, ya que bien podrían aplicar lo de REPECOS, pero insisto, para definir si conviene o aplica dicha figura es necesario despejar al menos los factores comentados, en este caso definiendo el primero de ellos -segmento de clientes- determinas si aplica o no lo de REPECOS, por ejemplo; si mi segmento de clientes son particulares (amas de casa) que no requieren factura, puedo pensar en un REPECO, pero si en cambio mis clientes potenciales a los que pretendo atender van a ser empresas que requieren comprobantes fiscales, ya lo menos debo ir definiendo que de Persona Física, Título IV, Capítulo II, Sección I o II, no baja. saludos.
Tópico: TRAMITE DE DEVOLUCION DE IVA NEGADA POR PRESCRIPCION.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2009 12:49:56 Asunto: Re: TRAMITE DE DEVOLUCION DE IVA NEGADA POR PRESCRIPCION.
¿De cuándo es el saldo que se pretende?, ¿En qué tipo de declaración esta presentado?, ¿Fecha de presentación de la declaración? saludos
Tópico: DISMINUCION INGRESOS PARA DICTAMINAR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2009 10:51:22 Asunto: Re: DISMINUCION INGRESOS PARA DICTAMINAR
La obligación de dictaminar estados financieros la ubicas en el 32-A de CFF, y se indexa a las cifras del ejercicio inmediato anterior, por lo que suponiendo que 2009 se tuviera una caída en el nivel de ingresos de lo que te salva es de dictaminar los estados financieros de 2010. El SAT publica las cifras actualizadas que se contienen en CFF mediante RM, en esta página puedes consultarlas, hay un apartado de Cantidades. saludos.
Tópico: Pago de amortizacion de credito INFONAVIT por el patron...deducible?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2009 10:36:34 Asunto: Re: Pago de amortizacion de credito INFONAVIT por el patron...deducible?
Primero, por orden de aparición comentar sobre el planteamiento inicial del tópico; 'En la empresa [color=red][b]se efectuaron retenciones de crédito INFONAVIT menores[/b][/color] al monto determinado por SUA. Si efectuamos el pago por la cantidad indicada en SUA, [b]la diferencia entre el monto pagado y el retenido (menor) puede ser deducible para el patrón[/b]?' Como poder ser, puede ser... a condición de cubrir ciertas apariencias... De entrada la realidad es que no deben ser deducibles. Debemos partir de que son [b]crédito de INFONAVIT[/b], mismos que son a cargo del trabajador, si no le retuvieron lo procedente es hacerles del conocimiento y retener la diferencia, conforme a los montos que conforme a LFT procedan. Si el trabajador es un tipo con el que se puede razonar va a entender que lo que fue un abono a su crédito y que es a él a quien corresponde amortizarlo. Considerando que lo que en un momento dado el patrón pago en exceso es una amortización al crédito de INFONAVIT de un trabajador y en un afán de considerarle deducible y rodearle de un marco de seguridad, puede otorgar esa prestación a los trabajadores... debe entenderse que lo que el patrón paga por cuenta del trabajador va a considerarse ingreso para el trabajador, si se busca que no repercuta en materia de ISR -para el trabajador- va a tener el inconveniente de no poder considerarle para el Crédito Fiscal en IETU. Opciones son varias, caminos muchos, cosa de buscar y rebuscar, puede incluso cargar la cantidad pagada en exceso como un prestámo al trabajador y por el monto casi seguro podrá deducirle como [b]CUENTA INCOBRABLE[/b], cualquiera que sea la situación debe darse a conocer al patrón para que sea él quien valore y decida, dentro del comentario que se debe realizar al patrón es informarle si la situación es producto de un error humano del personal de nominas... para si considera se aplique como NO DEDUCIBLE el pago en exceso y desee cargarlo al personal que cometió el error... Segundo, derivado un tanto del comentario/pregunta del compañero CP Hugo Ocejo, en IETU el monto pagado en exceso se considere como se considere no juega en dicho impuesto como DEDUCCION tal cual... en todo caso puede llegar a jugar dentro de las partidas que se consideren para efectos de determinar el Crédito Fiscal por Salarios Pagados. Va a jugar para tal Crédito Fiscal solo en caso de que el importe pagado en exceso se considere una percepción gravada para el trabajador, es decir, si le consideran ingreso exento no habrá posibilidad alguna de que afecte el pago de IETU. Una pregunta para el (la) forista iniciador del tópico, ¿Te interesa la deducibilidad sólo en ISR ó se busca también la repercusión en IETU? y ¿Puedes indicarnos el monto del pago en exceso? saludos.
Tópico: Capacidad de producción
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Junio 22, 2009 09:47:35 Asunto: Re: Capacidad de producción
Lamento no hayas encontrado nada de utilidad en mi anterior comentario, pero de que lo había lo había. Lo que planteas son ejercicios similares a los que se abordan y desarrollan en la materia de Investigación de Operaciones, el software winqsb es una maravillosa herramienta de apoyo para la resolución de planteamientos como el que expones... Te arroja alternativas de como lograr incrementar tu Capacidad de Producción en base a la misma Capacidad Instalada, igual te sugiere modificaciones a la Capacidad Instalada en caso de necesidad. Solo que para realizar el desarrollo -alimentar variables, analizar posibilidades y presentar resultados- se requiere conocer una mayor cantidad de datos. Eso se hubiera concluido si al leer el comentario se decide buscar el software mencionado y se intenta su uso. Pense que la inquietud central era 'como producir mas con lo mismo', no considere que se buscaba como respuesta el 'como decirle al cliente que ahorita no se puede'... No se tiene que decir la actividad que se tiene para participar en el foro, eso es un hecho, pero si a mi en lo personal me parece que los datos ofrecidos no son suficientes para responder a las inquietudes expuestas, así lo hago saber, si el que pregunta desea aportar mayores elementos se agradece y si se puede se contesta, caso contrario pues no. Si consideras como gran respuesta el que se te diga que la opción 1 es incrementar la capacidad de producción, estas en tu derecho. Si se acepta como respuesta grata el que te digan, revisa y si la competencia es fuerte no le hagas el favor, igual tienes derecho a ello. Si se piensa que decir; NO puedes ahorita no lo haga ahorita o busca la forma de decirle en forma agradable y quedando bien que vas a hacer todo lo posible pero que sabes es imposible, es buena respuesta, igual sigues en tu derecho... y si se piensa que una respuesta que te dice; si no puedes busca quien lo haga por ti, es buena, siempre sigues en tu derecho... Como yo estoy en mi derecho de suponer y preguntar... si no puedes leer la sugerencia realizada desde el primer comentario, es tu derecho a la no lectura... Lamento no haber sido de utilidad, lamento el desencuentro, pero que se le va a hacer, es parte de las posibilidades en esto de los foros. saludos cordiales.

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