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Tópico: Magna reunion Tijuana
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2006 Asunto:
No realice la llamada porque nadie me envio número telefónico alguno... Más bien me desafanaron... pero ya verán, no se salvan mucho tiempo de que les salude... En buena onda, que envidia de su reunión, a mi a esas horas me pusieron de penitencia a ver el juego Santos vs Veracruz, con doloroso resultado para la comarca... Saludos.
Tópico: Magna reunion Tijuana
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2006 Asunto:
BR1, mi embajador... puedes enviarme vía correo algún número de celular o nextel al que pueda intentar marcar y saludarles de voz ya que de mano no se podra.. !zas!, ya se, para que sea de mano, si logro hablarles por telefono les digo "que onda mano"... mal chiste... pero pues que le vamos a hacer... Diviertanse. Saludos.
Tópico: RETARDOS X HORARIO DE TRABAJO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2006 Asunto:
LFT de trabajo contempla la duración de las jornadas de trabajo, no así las horas de entrada o salida, esas se suponen se convienen o pactan en el contrato o bien en el RIT, en el mismo RIT se estila contemplar las tolerancias para la entrada... Pero que en LFT exista un artículo sobre tolerancias para la entrada, no hay... al menos que su servidor conozca... Saludos.
Tópico: BAJA ANTE IMSS POR RENUNCIA O ABANDONO DE TRABAJO
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2006 Asunto: Re: BAJA ANTE IMSS POR RENUNCIA O ABANDONO DE TRABAJO
[b:429ce72267]Por lo regular[/b:429ce72267] operamos las bajas en el IMSS en la misma fecha que se liquida al trabajador, la recomendación o sugerencia que su Lic les hace se entiende que es en exclusiva para los casos de [b:429ce72267]"abandono de trabajo"[/b:429ce72267], sugerencia que si bien tiene como finalidad (supongo) la de establecer una semicuenta de protección por aquellos casos en los que después de la cuarta falta el trabajador se presente y nos diga "que no estaba muerto, andaba de parranda" y nos ampare esas ausencias con una incapacidad o justificante "aceptable" o al menos creíble... por ello lo de no le des de baja hasta que tener una ¿seguridad? de que ya no va a volver... Sugerencia que no comparto, dado que toda vez que el 47-X de LFT es claro en establecer el momento en que se considera se perfecciona un "abandono de trabajo" y los mecanismos para proceder (notificar al trabajador en primer instancia, revisar antepenúltimo, penúltimo y último párrafo del númeral citado) no veo porque el patrón a de esperar quince días... Adicionalmente conviene estipular los tiempos de entrega de las incapacidades o reporte del motivo de las faltas en su RIT... Aclarando, no digo que la sugerencia sea mala, lo veo como utilizar cinturón y ponerse también tirantes, simplemente no la comparto. Saludos.
Tópico: Domicilio(s) PF?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto:
Sip... digo, una duda simple merece una respuesta simple... Saludos.
Tópico: FUNDAMENTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto:
Digamos pues, que donde la Ley no distingue, no hay que distinguir... Saludos.
Tópico: Saldo de IVA, caso extraño
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto:
¿Extraño?, viniendo de ti mi estimado BR1 no lo creo... Por cierto para casi no tener operaciones la sociedad le cobraron bastante de honorarios... En agosto tu saldo a favor como ya lo indicas es solo por el diferencial entre el total del IVA que te traslada el notario y el que tu le retienes... 734.37 para pecar de exactos... En septiembre, vulve a existir saldo a favor, ahora por el importe de las retenciones de IVA que enteraste en septiembre correspondientes a agosto... (me acorde de una rola que decia; ♪ ♪ en el diario de hoy, editado ayer con noticias del mañana ♪ ♪...) por 1,468.75... El cuestionamiento que realizas, sobre que pasa si en un futuro deseas compensar o solicitar en devolución uno o ambos saldos... cuánto relacionar en el programa del SAT... si el programa del SAT esta preparado para dicha peculiaridad... Sin problema alguno debe proceder la devolución o la compensación, se relaciona el RFC del notario, se reporta el monto "acreditable" conforme a LIVA en el mes en cuestión y punto... el SAT no rechaza ni objeta dichos trámites, la respuesta en si sería una especie de "si, efectivamente el SAT lo tiene contemplado y por ello no lo objeta... prefieren fijarse en otro tipo de detalles, como si el RFC aparece como no localizado y algunos etc conocidos por más de uno... Saludos.
Tópico: SUELDO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto:
Si no quieren complicaciones, reconozcan el concepto tal y como lo que es, "compensación extra", "gratificación extraordinaría", "sobresueldo por logros", etc., retenganle el ISR que resulte, reporten la variabilidad al IMSS por el bimestre y sin complicaciones... Pero, como que se adivina que pretenden complicarse un poquitín la existencia y quieren buscar cinco pies al gato a sabiendas de que solo tienen tres... Pues prueben jugar con (¿fuego?) 1.- Asimilados para el mismo trabajador. 2.- Que él trabajador se las ingenie y les consiga una factura con sus conocidos por el dinero a recibir. 3.- Asimilar a salarios los pagos a nombre de un tercero. 4.- Otorgarle un préstamo al trabajador y que nunca se los pague, dependiendo del monto otorgado considerarlo como incobrable sin necesidad de juicios. 5.- Las amables sugerencias que otros compañeros deseen realizar. Saludos.
Tópico: RETENCION CRED INFONAVIT ALTA PARA SALARIO OBTENIDO
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto: Re: RETENCION CRED INFONAVIT ALTA PARA SALARIO OBTENIDO
[quote:abeed0571b="jgabrielml"]HOLA SOSGTORREON, ME PARECE INTERESANTE TU OPINION, SOLO HAY UN DETALLE,[b:abeed0571b] ME PARECE (SIN CONFIRMARLO) QUE EN EL IMSS YA NO ACEPTAN AVISOS DE ALTA CON EL SALARIO MINIMO[/b:abeed0571b], LO VOY A CHECAR Y SI ES ASI..., CREÉME QUE SIGO TU CONSEJO. TE MANDO UN SALUDO CORDIAL.[/quote:abeed0571b] De hecho el IMSS tiene cosa de cuatro años intentando rechazar toda afiliación de trabajadores con salario mínimo general, bueno, si hasta los mínimos profesionales los cuestionan hoy día... Pero al hacer uso del internet para el envio de avisos afilatorios ya no se expone al rechazó en ventanila... casi con seguridad en fechas posteriores le envien una invitación a que regularice la situación... pero si el sueldo lo fijan patrón y trabajador de común acuerdo, si hay contrato firmado, el IMSS puede pretender lo que quiera, pero no le aumento el sueldo al trabajador... Debe advertirse al trabajador lo que implica la afiliación con el SMG, ya que su abono a afore será menor al real, las posibles incapacidades médicas se van a cuantificar en base al SMG... es decir, soluciona lo del INFONAVIT, pero debe revisar las aristas que cada tiene... no vaya a ser que luego le ande reclamando su afore... Saludos.
Tópico: RETENCION CRED INFONAVIT ALTA PARA SALARIO OBTENIDO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 26, 2006 Asunto:
Dicen que "Nadie esta obligado a lo imposible"... El patrón no puede retener lo que no paga... en el peor de los escenarios deberá retener el total del salario al trabajador... en cuyo caso, se puede anticipar va ocurrir lo del mismo caso que expone Anaili, renuncia por no convenir a sus intereses... El trabajador no podrá pagar lo que es impagable, si renuncia no tendrá ingresos, el INFONAVIT lo incorpora al REA y le intenta obligar a pago directo, no ingresos no pago = a cartera vencida... Existe una posibilidad, la que por mencionarla ya en una ocasión se me recriminó, regaño que acepto por no ser prudente andar sugiriendo tales maniobras... pero como la voy a volver a mencionar, aceptado de antemano el regaño que pueda generarse... Afilie al trabajador con salario mínimo general, al gozar dicho salario de un blindaje contemplado en el 97-III, no puede el patrón retenerle un monto mayor al 20% de su salario... lo anterior sin importar la modalidad de descuento pactada entre trabajador e infonavit... Saludos.

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